Decreto 83-1997
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 83-1997
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 1997
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Quatemala, viernes 17 de octubre de 1997 Director: Héctor Cituentes Aguirre Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 57
SUMARIO CONSIDERANDO: la publicación de ambos en el Diario Oficial, todo a costa Que se ha dado el trámite administrativo a la gestióndel interesado". mencionada y que dentro del mismo, se han producido losAl agradecer su atención a la presente, me es grato ORGANISMO LEGISLATIVO dictámenes jurídico y académico a cargo de sendas comi-suscribirme de usted. siones designadas por este Consejo, asentando, por unaAtentamente, parte, que la petición se encuentra ajustada a los requeCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA rimientos de forma y de fondo ordenados por la ley, y porCONSEJO DE LA ENSEÑANZA PRIVADA SUPERIOR. la otra, que la plataforma educativa formulada para Lic. LEOPOLDO COLOM MOLINA, DECRETO NUMERO 83-97 poner en funcionamiento dicha universidad, satisface Presidente.
DECRETO NUMERO 94-97 las exigencias propias de la academia;
DECRETO NUMERO 95-97
DECRETO NUMERO 97-97 CONSIDERANDO: ORGANISMO LEGISLATIVO Que la autorización de una universidad privada, determina el otorgamiento de su personalidad jurídica yCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA el reconocimiento de su libertad para crear sus facultaPUBLICACIONES VARIAS des e institutos, desarrollar sus actividades académicas DECRETO NUMERO 83-97
y docentes, así como para el desenvolvimiento de sus MUNICIPALIDAD DE QUETZALTENANGO planes y programas de estudio, siempre que no se aparte El Congreso de la República de Guatemala, de la finalidad de contribuir a la formación profesional, a la investigación científica, a la difusión de la cultura y CONSIDERANDO: Apruébase el conocimiento del lindero del perímetro urbano no de la ciudad de Quetzaltenango en elal estudio y solución de los problemas nacionales, Que la Constitución Política de la República, establerumbo nororiente en el Cantón Chitay. ce en su Artículo 149, que "Guatemala, normara sus POR TANTO, relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el proEl Consejo de la Enseñanza Privada Superior, conpósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la base en las consideraciones que anteceden y lo quelibertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, ANUNCIOS VARIOS disponen los Artículos 85 y 86 de la Constitución Políticaal fortalecimiento de los procesos democráticos e institude la República, 1, 4, 11, 12 inciso e), 14, 15, 18 y 20 de laciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo Matrimonios. Líneas de transporte. Registro de derechos deLey de Universidades Privadas, Decreto 82-87 del Con-equitativo entre los Estados"; autor. Constituciones de sociedad. Modificaciones de greso de la República, 22, 23 y 25 del Reglamento de la CONSIDERANDO:
sociedad Disolución de sociedad. Registro de marca.Ley de Universidades Privadas, al decidir, Títulos supletorios. Edictos. Remates. Que el ACUERDO MARCO DE COOPERACION ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LAS REPUBLI-RESUELVE: CAS DE COSTA RICA, ELSALVADOR, GUATEMALA, Exportadores Unidos, S. A.-Balance General al 30 de Se autoriza la creación y funcionamiento de la UNI-HONDURAS, NICARAGUA Y PANAMA, suscrito en la junio de 1994. VERSIDAD ISTMO, entidad independiente de eduIX Reunión de San José en San Salvador, el 23 de febrero cación privada superior, con personalidad jurídica yde 1993, el interés de las partes es fortalecer y diversifipatrimonio propio, que tiene su sede en la Ciudad decar la cooperación, en las áreas económicas, financier as, Guatemala y se rige por sus Estatutos. comerciales, sociales, cientifico-técnicas y de medio amLas autoridades de la Universidad del Istmo se consbiente, así como promover el fortalecimiento y la consotituirán y designarán inmediatamente conforme lo dis-lidación del Sistema de Integración Centroamericana; FE DE ERRATA puesto estatutariamente, con la salvedad que el primer CONSIDERANDO: En la Sección Oficial del Diario de Centro América Consejo de Fiduciarios, en calidad de su máximo órgano tomo CCLVII, número 56, de fecha 16 de octubre de 1997,de dirección, será inicialmente el que propone la Asocia-Que el Acuerdo Marco de mérito, no contradice 0
ción Servicios Universitarios y de Extensión Educativa.vulnera principios constitucionales ni legales vigentes página 1887, se publicó la Resolución para el funcionaen nuestro país, lo que hace procedente su aprobación, miento de la Universidad del Istmo, la cual por un La designación de nuevos miembros se regirá por loemitiéndose en tal sentido, la respectiva disposición lamentable error, salió errada, por lo que se publicadispuesto en los Estatutos. El Consejo deberá emitir delegal, nuevamente. inmediato su propio reglamento interno. La Universidad del Istmo iniciará sus actividades con POR TANTO, CONSEJO DE LA ENSEÑANZA PRIVADA SUPEel funcionamiento de la Facultad de Direccion y AdmiRIOR. Guatemala, diez y nueve de septiembre de milnistración de Empresas y la Facultad de Arquitectura yEn ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal 1) del Artículo 171 de la Constitución Política de la novecientos noventa y siete. Diseño, dentro del término de cuatro meses. Las autori-República de Guatemala, dades de esta Universidad serán las siguientes: Se tiene a la vista para resolver, la solicitud interDECRETA: puesta por la Asociación Servicios Universitarios y deConsejo Directivo: Artículo Se aprueba el ACUERDO MARCO DE Extension Educativa, que actuó por medio de su repre-Rector: Ing. José Eduardo Ascoli Cáceres. COOPERACION ENTRE LA COMUNIDAD ECONOsentante legal, Doctor Guillermo Mata Amado, para queVicerrector: Ing. Manuel Antonio Marroquín Conde. MICA EUROPEA Y LAS REPUBLICAS DE COSTA
se autorice la creación y funcionamiento del centro deVicerrector: Licda. Linda Yolanda Paz Quezada. RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, estudios superiores que se denominará Universidad delSecretario: Lic. Luis Roberto Sarmiento. NICARAGUA Y PANAMA, suscrito en la IX Reunión de Istmo. Y; Director Administrativo: Ing. Irma Corado Ruano. San José en San Salvador, el 23 de febrero de 1993.
Vocales: Licda. Irma Raquel Zelaya. Artículo El presente Decreto entrará en vigencia CONSIDERANDO: Ing. Beatriz Ymbert Garavito. ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Facultad de Dirección y Administracion de Pase al Organismo Ejecutivo para su sancion, proEmpresas mulgación y publicación.Que el CEPS es el órgano investido por la Constitución Política de la República con la potestad para autori-Decano: Lic. Oscar Cordón. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: En la Facultad de Arquitectura y Diseño ciudad de Guatemala, a los veinticuatro días del mes de zar la creación de nuevas universidades privadas, asignándole la función de velar porque se mantenga el nivelDecano: Arq. Ana María Cruz de Garcia. septiembre de mil novecientos noventa y siete. academico de las mismas; La Universidad del Istmo deberá rendir anualmente ARABELLA CASTRO QUINONES, Presidenta. al Consejo de la Enseñanza Privada Superior, un infor-CONSIDERANDO: ANGEL MARIO SALAZAR MIRON,
me general de sus actividades, indicando las facultades Secretario. e institutos nuevos que haya creado, sus planes y prograCESAR FORTUNY ARDON, Que la Asociación Servicios Universitarios y de Ex-mas de estudio y el desenvolvimiento de ellos. Cualquier Secretario. tension Educativa ha solicitado ante este Consejo lamodificacion de los Estatutos de la Universidad del PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciséis de octubre autorización para instituir la UNIVERSIDAD DEL IST-Istmo deberá ser comunicada al Consejo de Enseñanza de mil novecientos noventa y siete. MO, acompañando a su solicitud la documentación indi-Privada Superior para que se ordene su publicación en elPublíquese y cúmplase. cada en la Ley de Universidades Privadas y su reglamen-Diario Oficial. ARZU IRIGOYEN. to, así como satisfaciendo los otros requisitos estableci-Notifiquese y al estar firme la presente resolución,EDUARDO STEIN, dos por esta normativa; extiéndase certificación de la misma y los Estatutos paraMinistro de Relaciones Exteriores.