Decreto 85-1974
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 85-1974
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1974
NSA Diario de Centro America DEL EL
is ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. CONTROL
TROL LIB
NSA
ANTES GUATEMALTECO
STAS Director Interino Periodista I Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 1S Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración 24-4-18
TOMO CC GUATEMALA, VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 1974 NUMERO I SUMARIO Organismo Judicial y facultar a la Corte Suprema ORGANISMO LEGISLATIVO de Justicia para que la reglamente en forma adecuada,
ORGANISMO LEGISLATIVO POR TANTO.
DECRETO NUMERO 85-74 DECRETO No. 85-74 Con fundamento en lo que establece el inciso 10. del Artículo 170 de la Constitución de la RepuDECRETO NUMERO 87-74 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,blica,
DECRETA: ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: Artículo 10.-Se crea una tasa, por el estacionaQue la Municipalidad de la ciudad de Guatemicnto de vehiculos en los edificios destinados al MINISTERIO DE AGRICULTURA mala, ha justificado plenamente la necesidad de Organismo Judicial, que incrementará los fondos que SC declare de utilidad colectiva, beneficio 0privativos de dicho Organismo.interés públicos, la expropiación a su favor de Establécese como patrones oficiales para clasifica-varias fracciones de terreno que son necesarias Artículo 20.-La tasa tendrá las siguientes limitación del algodón correspondiente a la cosecha para la construcción de vías de acceso para los ciones: por hora de estacionamiento, no podrá
1974/75, los 10 tipos aprobados por la Comisiónvecinos de la segunda calle y treinta y una aveexceder de veinticinco centavos de quetzal ni será Nacional de Clasificación, los cuales están connida de la zona siete de esta ciudad y para el menor de diez centavos, a juicio de la Corte Sutenidos en 10 cajas que en orden de calidades seproyecto de la via de interconexión 0 anillo periprcma de Justicia. scriben de la manera que se indica. férico que actualmente se construye; Articulo 30.-Las excepciones al pago de la tasa, SU monto de conformidad con las limitaciones MINISTERIO DE COMUNICACIONES CONSIDERANDO: relacionadas y forma de hacerla efectiva, será reglamentado por la Corte Suprema de Justicia. Que de conformidad con el artículo 71 de la Y OBRAS PUBLICAS Artículo 40.-Esta ley entrará en vigor al dia Constitución de la República, en casos coneretos wells siguiente de su publicación en et Diario Oficial. la propiedad privada podrá ser expropiada por Pase all Organismo Ejecutivo, para su publicarazones de utilidad colectiva, beneficio e interés Autorizase a la Asociación Pro Desarrollo y Edución y cumplimiento.públicos debidamente comprobados, y que la Mucación Popular, para que pueda seguir operando nicipalidad de la ciudad de Guatemala ha demosDado en el Palacio del Organismo Legislativo.
la estación de tipo cultural. no comercial, "Latrado fehacientemente la necesidad de dicha deon la ciudad de Guatemala, a los siete días del Voz de Nahuala", ubicada en di Departamento de claratoria, mes de octubre de mil novecientos setenta y cuatro. Solola. POR TANTO, LUIS ALFONSO LOPEZ, Autorizase a la Asociación La Vez de Atitlan para Con fundamento en lo dispuesto por los articuPresidente. que pueda continuar operando la estación de tipolos 71 y 170 de la Constitución de la República y cultural, no comercial. denominada "La Voz dela Ley de Expropiación y sus reformas, JUAN DE DIOS REYES LEAL, Secretario. Atitian", ubicada en el Departamento de Sololá. DECRETA: JORGE CARDONA SERRANO, MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo 10.-Se declara de utilidad colectiva, Secretario, beneficio e interés públicos, la expropiación a favor de la Municipalidad de Guatemala, de las Palacio Nacional: Guatemala, cuatro de noviemOtórgase a la empresa "Industria Metalúrgica Cen-signientes fineas: bre de mil novecientos setenta y cuatro. treamericana, Sociedad Anónima", exoneracion de un 4012 del Impuesto de Estabilización Económi-Finca No. Folio No. Libro No. Area Afectada Publquese y cúmplase. ca, sobre los rubros que se detallan. 29541 119 161 600.00 27729 65 576 129.00 HJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA
Ampliase en el sentido que SC expresa. el artículo27730 66 576 132.50 40. del Acuerdo Ministerial numero 172. del 3 27709 45 576 250.00 El Ministro de Gobernación, de enero de 1972, solicitado por la Empresa 27710 46 576 250.00 LEONEL VASSAUX MARTINEZ. Gillette de Centro América, Sociedad Anónima. 27711 47 576 250.50 CONT 27712 18 576 250.80 27713 49 576 250.80 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA ORGANISMO EJECUTIVO Y Articulo 20.--Ln expropiación a que se refiere REVIST Y ASISTENCIA SOCIAL el presents Decreto, y la valuación de los bienes DOLICEa expropianse, deberán efectuarse conforme a los de 6 requisitos establecidos por la Constitución de la República y to dispuesto en la Ley de ExpropiaMINISTERIO DE AGRICULTURADeclárase de Emergencia Nacional la situnción existente on les Hospitales "Roosevelt" y Generalcion y sus reformas. "San Juan de Dios". de esta ciudad y exonérase Articulo 30.--El presente Decreto entrará en Establécese como patrones oficiales para clasifial Ministerio de Salud Pública y Asistencia Socialvigor el día siguiente de su publicación en el Diacación del algodón correspondionte a la cosepara que, sin requisitos de Licitación Pública yrio Oficial. cha 1974/75, los 10 tipos aprobados por la CoPase al Organismo Ejecutivo para su publicamición Nacional de Clasificación, los cuales
Cotizaciones, adquiera el cquipo de Rayos X queción y cumplimiento. están contenidos on 10 cajas que on orden dose menciona. Dado on Palacio del Organismo Legislative, calidades St describen de la manera que so inen In cindad de Guatemala. a 103 veintiséis días dica. MINISTERIO DE FINANZAS del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro. Palacio Nacional: Guatemala, 30 de octubre de 1974. PUBLICAS LUIS ALFONSO LOPEZ, El Ministro de Agricultura, Presidente. CONSIDERANDO: Contrato número 59-74. celebrado entre el Jefe del Departamento Administrativo del Ministerio deJUAN DE DIOS REYES LEAL, Secretario. Que se han iniciado las negociaciones de algoFinanzas y la firma comercial "Kurt Wulff Redón la presente temporada, por longue es presentaciones", por el cual dicha firma se compromete a proporeitnar a la Tipografio NacioJORGE CARDONA SERRANO, procedente de conformidad con la ley de la maSecretario. teria aprobar oficialmente los patrones nacionanal para trabajos que necesita la Contraloria de les de elasificación elaborados por la Comi ión Cuentas, 1,993 resmas de papel "Control Fiscal";Palacio Nacional: Guatemala, cuatro de noNacional de Clasificación; y acuerdo de aprobación. viembre de mil novecientos setenta y cuatro. CONSIDERANDO:Publiquese y cumplase. MINISTERIO DE TRABAJO KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. Que los patrones oficiales aprobados por la
mencionada Comision, llenan todos los requisitos Y PREVISION SOCIAL El Ministro do Gobernación, técnicos y practicos, y que en su elaboración parLEONEL VASSAUX MARTINEZ ticiparon todas las entidades y personas con exApruébanse las reformas de los artículos que se periencia en la materia, así como representantes indica, de bs Estatutos del Sindicato de Obreros del Consejo Nacional del Algodón,-0000000 Textiles de la Empresa Nortiopic. POR TANTO, DECRETO No. 87-74ANUNCIOS VARIOS En uso de las facultades que le confiere el artículo 20 del Decreto Ley 187, Ley de Algodon, Autorizaciones farmacéuticas. - Matrimonios. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,y en lo prescrito por los artículos 1, 2 y 8 del Constitución de sociedades. Modificación de Acuerdo Ministerial del 31 de marzo de 1967, sociedades. Prórroga de sociedad. DiscluCONSIDERANDO: ción de sociedad. Patentes de invención. ACUERDA: Registro de marcas. Titulos supleterios. Que es conveniente crear una tasa por el estacio Edictos. Licitaciones. Remates. namiento de vehiculos en los edificios destinados al Artículo 10.-Establecer como patrones oficia-