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Decreto 85-1975

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 85-1975
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1975

Diario de Centro América

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

ANTES EL GUATEMALTECO Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCII GUATEMALA, MIERCOLES 10 DE DICIEMBRE DE 1975 NUMERO 75

SUMARIO DECRETA: Artículo 10.-Se aprueba el Presupuesto de Ingresos del Estado para el periodo comprendido del primero de: enero al treinta y uno de diciembre de ORGANISMO LEGISLATIVO mil novecientos setenta y seis, en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN QUETZALES EXACTOS (Q553 686 381.00), distribuides enDECRETO NUMERO 85-75 la forma siguiente:

ORGANISMO EJECUTIVO I. INGRESOS CORRIENTES Q379 848 300

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL 1. Ingresos Tributarios @350 318 604 Nómbrase al Licenciado Baudilio Portillo Merlos, Auditor de Guerra con caracter ad honórem de la Zona Militar Mariscal Gregorio Solares.

A. Impuestos Directos Q 59 973 744

MINISTERIO DE ECONOMIA

Otórgase a la empresa FUTURATEX. Sociedad Anónima (División de Tejidos Impuesto sobre la Renta Personal Q 9 395 176 de Punto), clasificación de industria existente dentro del grupo "B": y Impuesto sobre la Renta de Sociedades 40 117 389 equipárase con la similar guatemalteca Fábrica de Tejidos de Punto "La Contribuciones sobre inmuebles 8 687 840 Princesa". Impuesto sobre Herencias, Legados y Donacicnes 528 659 Otórgase a la empresa FUTURATEX Sociedad Anónima, exoneración del Compraventa y Permuta de Inmuebles 1 244 680 40% del impuesto de estabilización económica, sobre los rubros que se expresan.

B. Impuestos Indirectos 290 344 860

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Derechos Arancelarios de Importación Q 52 533 470 Impuestos Internos a Productos ImportaModificase en el sentido que se indica el artículo 1o. del Acuerdo Guberdos 646 702 nativoradel 9 de septiembre de 1975. relativo a la suscripción como accioImpuesto de Estabilización Económica nista aa la escritura constitutiva de la Compañía Procesadora de Datos, (Protocolo de San José, C. R., Dto. 1778 S.A. del Congres) 15 760 041 Otros impuestos de importación 171 788 MINISTERIO DE GOBERNACION Derechos de Exportación de Cafe 35 512 453 Derechos de Exportación de Azúcar 7 760 000 Apruébanse los Estatutos de la "Asociación de Estudios Yoga del Ka": y re Derechos de Exportación de Banano 6 307 099

conócese su personalidad jurídica. Derechos de Exportación de Algodón 1 598 226 Otros derechos de exportación 140 070 Créase el carnet de identificación y migración que será expedido y suminis Impuestos sobre Licores y otras Bebidas trado a los atletas, delegados y oficiales de paises extranjeros que lle Alcohólicas y Fermentadas 28 672 821 garán a la República de Guatemala, con motivo de su participación en Impuesto sobre elaboración de bebidas los Juegos Deportivos Universitarios Centroamericanos. carbonatadas y no carbonatadas 3 571 068 Impuesto sobre elaboración de cigarrillos 5 616 322 ANUNCIOS VARIOS Impuesto sobre el Consumo de Productos Derivados del Petróleo 21 219 353 Impuesto sobre el Consumo de Cigarrillos 4 827 833 Matrimonios. Lineas de transporte Constitución de sociedades. PrórroOtros Impuestos sobre el Consumo de ga de sociedad. Modificación de sociedad. Solicitud de exploración y Productos 280 170 explotación petrolera. Registro de marcas. Titulos supletorios. Impuestos sobre el uso de Servicios 8 753 484 Edictos. Licitaciones. Remates. Autorizaciónes farmacéuticas. Impuestos sobre Actividades Comerciales 2 078 005 Impuesto sobre Actos Jurídicos y Transac-Banco del Agro, S. A., Balance General Condensado Consolidado al 31 de OCciones 94 560 612 tubre de 1975. Otros Impuestos y Gravámenes Diversos 335 343

2. Ingresos no Tributarios 13 997 572

En el Número de mañana jueves II del presente mes, se intercalará el Indice correspondiente Arrendamiento en Terminal Aérea Q 176 328 Otras Rentas de Activos Fijos 69 096 al Tomo CXC de "El Guatemalteco". Rentas de Inversiones Financieras 2 589 664 Venta de Artículos Estancados y Productos Comerciales del Estado 494 660 Servicios de Correos 3 012 075 Servicios de Telecomunicaciones 736 203 ORGANISMO LEGISLATIVO Otras Tasas, Derechos y Cargos por Servicios 4 522 420 Utilidades de Empresas del Estado 2 397 126

3. Transferencias Corrientes Recibidas 3 326 531

DECRETO No. 85-75 Del Sector Privado Q 2 274 287 Del Sector Público 1 052 244 El Congreso de la República de Guatemala,

4. Otros Ingresos Corrientes 9 428 068

CONSIDERANDO: Que cumpliendo con preceptos constitucionales. el Organismo Ejecutivo ha presentado a este. Congreso el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos Descuento de Montepio Q 7 062 900 del Estado para el Ejercicio Fiscal 1976. ajustado a las normas legales Reintegros IGSS, Acdo. Gub. del 20 abril/69 210 910 correspondientes; Varios 154 258

CONSIDERANDO: Descuento para Auxilio Péstumo (Dto. 60-75) 2 000 000

Que analizadas las previsiones de ingresos y gastos contenidas en dicho

proyecto, así como la politica presupuestaria adoptada por el Ejecutivo, se 5. Ingresos Específicos 2 777 525 concluye que las mismas se ajustan a la realidad económica nacional, por lo que es procedente su aprobación, Presidencia de la República Q 1 298 595 POR TANTO. Ministerio de Gobernación 591 302 Ministerio de Educacion 354 544 En uso de las facultades que le confiere el inciso 2c. del artículo 170 de la Ministerio de Agricultura 176 084 Constitución de la República, Ministerio de Trabajo y Previsión Social 357 0001266 DIARIO DE CENTRO AMERICA Diciembre 10 de 1975 NUMERO 75

II. INGRESOS DE CAPITAL @173 838 081 PrograFrogramas de mas de FuncioTransfenamienrencias

1. Préstames Directos Q 75 626,000 to CorrienOrganismo 0 Ministerio tos TOTAL Agencia Internacional para el Desarrollo (AID) Q 5 943 056 Complementos salariales 4 000 000 4 000 000

Bomificaciones de emergencia 21 841 314 21 841 314 Subsidio transporte urbano 3 073 600 3 073 600 Préstamo 520-L-015 (Decreto 6.60 del ConMinisterio de Educación 51 827 279 1 325 991 53 153 273 greso) Q 830 975 Aporte del 2.5% a la Universidad de San Préstamo 520-L-016 (Decreto 50-71 del ConCarlos 0 475 802 9 475 802

greso) 500 000 Ministerio de Salud Pública y Asistencia So Préstamo 520 L-017 (Decreto 3671 del Concial 32 769 368 927 918 33 697 285 greso) 901 608 Cuotas al IGSS 4 000 000 4 000 000 Préstamo 520-L-018 (Decreto 75-70 del ConMinisterio de Trabajo y Previsión Social 1 802 278 405 000 2 207 278 greso) 91 000 Ministerio de Economia 2 878 326 662 271 3 540 597 Préstamo 520-L-019 (Decreto 100-71 del ConMinisterio de Agricultura 9 777 958 5 486 160 15 264 118 greso) 1 030 000 Ministerio de Comunicaciones y Obras Pú- Préstamo 520-L-021 (Decreto 54-73 del Conblicas 23 680 969 23 680 969 greso) 2 213 500 Ministerio Público 660 685 660 685 Préstamo 520-L-023 (Decreto 32-74 del ConRegistro Electoral 199 012 199 042 greso) 372 973 Contraloria de Cuentas 1 950 846 1 950 846 Banco Centroamericano de Integración Eco13 596 544 TOTALES 222 254 021 73 148 692nómica (BCIE) 300 402 713 Préstamo 07-GU2 (Decreto 101-73 del Congreso) 0 67 544 PRESUPUESTO DE EGRESOS DE CAPITAL

Préstamo 36 GU-0 (Decreto 94-74 del Con- (EN QUETZALES)greso) 2 024 000 Préstamo 74GU0 (Decreto 24-75 del ConProgramas Programas greso) 200 000 de Inverde TransPréstamo 75-GU-0 (Decreto -24 75 del Consión Diferencias greso) 11 305 000 Organismo 0 Ministerio recta de Capital TOTAL Banco Interamericano de Desarrollo (BID) 17 156 006 Presidencia de la República 1 000 000 1 000 000 Ministerio de Relaciones Exteriores 156 376 156 376 Préstamo 294-SF-GU (Decreto 91-71 del ConMinisterio de la Defensa Nacional 1 748 805 1 748 895 greso) 230 914 Ministerio de Finanzas PúblicasQ 11 519 870 10 921 608 22 441 478 Ministerio de EducacionPréstamo 370-SF-GU (Decreto 86-74 del Con1 826 067 98 164 1 924 231 greso) 7 863 940 Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Préstamo 398-SF-GU (Decreto pendiente por 5 723 176 5 723 176 parte del Congreso) 1 228 000 Ministerio de Trabajo y P. S. 135 000 135 000 Ministerio de Economia Préstamo 410-SF-GU (Decreto pendiente por 90 000 2 000 000 2 090 000

parte del Congreso) 655 000 Ministerio de Agricultura 4 762 688 4 211 000 9 003 688 Préstamo 423 SF-GU (Decreto 70-75 del ConMinisterio de Comunicaciones y Obras greso) 4 102 000 Públicas 48 540 828 97 140 000 145 680 828 Préstamo por obtener 3 076 122

TOTALES 75 502 810 114 400 772 189 903 582

Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF) 858 400 Préstamo 723 GU 0 (Decreto 5271 del Con PRESUPUESTO DE EGRESOS POR DEUDA PUBLICA greso) R 858-100 (EN QUETZALES) Otros Préstamos 38 072 000 Intereses AmertizaConcepto y Ministerio Comisiones cienes TOTAL Préstamos por obtener Q 38 072 000 Ministerio de Finanzas Públicas

2. Créditos en Valores Públicos 81 133 000 Deuda Interna 19 077 822 32 252 688 51 930 510

Douda Externa 5 461 662 5 987 914 11 449 576 Bonos Ejercicio Fiscal 1976 Q 67 000 000 Saldo de Bonos Ejercicios Anteriores 11 133 000 TOTALES 25 139 484 38 240 602 63 380 086 Decreto 103-73 del Congreso 02 000 000 Decreto 104.73 del Congreso 1 000 000 Decreto 97-74 del Congreso 5 000 000

Decreto 73-73 del Congreso 6 133 000 RESUMEN

EN QUETZALES)

3. Otros Ingresos de Capital 17 079 075

PRESUPUESTO DE 6% Utilidades Loteria Nacional Q 200 000 FuncionaDeuda Remanente de Bonos Ejercicios Anteriores 1 879 075 Organismo D Ministerio miento Capital Pública TOTAL Decretos 1819 y 1822 del Congreso (i) 190 000 Organismo Legislativo 2 199 434 2 199 434 Decreto 105-71 del Congreso 17 997 Organismo Judicial 5 446 561 5 446 564 Decreto 59-72 del Congreso 489 609 612 874 Organismo Ejecutivo:Decreto 80-72 del Congreso Presidencia de la República 7 534 452 7 534 452 Decreto 49 73 del Congreso 333 422 Secretaria de Asuntos Sociales 4 304 940 4 304 940 Decreto 90 71 del Congreso 235 173 Desarrollo de la Comunidad 1 428 057 1 000 000 2 428 057 Ministerio de Relaciones Ext. Superávit Ejercicio Fiscal 1975 15 000 000 5 495 430 156 376 5 051 806 Ministerio de Gobernación 17 549 657 17 549 657 RESUMEN Ministerio Defensa Nacional 32 236 570 1 748 805 33 985 375 Ministerio de Finanzas Púb. 20 096 336 22 411 478 63 380 086 105 917 900

INGRESOS CORRIENTES Q379 848 300 Transferencias Corrientes 7 815 235 7 815 235 INGRESOS DE CAPITAL 173 838 081 Clases Pasivas. Aguinaldo y otras prestaciones 19 551 258 19 551 258 TOTAL ()553 686 381 Complementos salariales 4 000 000 4 000 000 Benificaciones de Emergencia 21 841 314 21 841 314 Subsidio Transporte Urbano 3 073 600 3 073 600 Ministerio de Educación 62 629 075 1 924 231 64 553 306 Artículo 20.-Se aprueba el Presupuesto de Egresos del Estado para elMinisterio de Salud Pública y mismo periodo en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLOAsistencia Social 37 697 286 5 723 176 43 420 462 NES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y Ministerio de Trabajo y Previsión UN QUETZALES EXACTOS (0553 cuya distribución es la si Social 2 207 278 135 000 2 342 278 guiente: Ministerio de Economia 3 540 597 2 090 000 5 630 597 Ministerio de Agricultura 15 264 118 9 003 688 24 267 806 PRESUPUESTO DE EGRESOS DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Comunicaciones y 1 (EN QUETZALES) Obras Públicas 23 680 969 145 680 828 169 361 797

Ministerio Público 660 685 660 685 PrograPrograRegistro Electoral 199 012 199 012 mas de mas de Contraloría de Cuentas 1 950 846 1 950 846FuncioTransfenamienrencias TOTALES 300 402 713 189 903 582 63 380 086 553 686 381 to CorrienOrganismo 0 Ministerio tes TOTAL Organismo Legislativo 2 199 434 2 199 434 Artículo 39-En la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Organismo Judicial 5 446 564 5 446 564 del Estado para 1976, ademas de las disposiciones legales vigentes deberán Organismo Ejecutivo: observarse las siguientes Normas: Presidencia de la República 7 534 452 7 534 452 Secretaria de Asuntos Sociales 4 304 940 4 304 940 I Desarrollo de la Comunidad 1 428 057 1 428 057 Ministerio de Relaciones Exteriores 4 066 915 1 428 515 5 495 430 Se prohibe el traslado de asignaciones presupuestarias, salvo en los caMinisterio de Gobernación 17 529 657 20 000 17 549 657 SOS siguientes: Ministerio de la Defensa Nacional 30 100 945 2.135 625 32 216 570 a) Para incrementar asignaciones destinadas al pago de la Deuda Pu.

Ministerio de Finanzas Públicas 20 096-335 7 815 235 27 911 571 blica; Clases Pasivas, Aguinaldo y Otras Presta 1) Para incorporar al Presupuesto los gastos efectuados con aportaclones 19 551 258 19 551 258 ciones extranjeras sin obligacion de reembolso;NUMERO 75 DIARIO DE -CENTRO AMERICA. Diciembre 1975 1267 c) Para incrementar la asignación destinada a Clases Tasivas del EsXIV tado; d) Para atender situaciones de emergencia O de calamidad pública, Cuando las necesidades del Servicio lo exijan, el Ministerio de Educapreviamente declarados por acuerdo gubernativo; ción, previo el acuerdo ministerial de ese despacho, podrá trasladar direce) Para atender casos muy especiales O de interés nacional, calificados tores y profesores de una escuela a. otra dentro de Educación Primari: y aprobados por el Presidente de la República cn Consejo de MiUrbana, y de una escuela a otra dentro de Educación Primaria Rural, quenistros; y dando obligado a transeribir el acuerdo correspondiente a la Dirección Téef) Cuando se trate de traslados de asignaciones dentro de un mismo nica del Presupuesto, Dirección de Contabilidad del Estado, Oficina NacioSubprograma, de un Subprograma de Funcionamiento a otro, 0 de nal de Servicio Civil, y a los maestros afectados. un proyecto de Inversión a otro; siempre que estén a cargo de una

misma unidad ejecutora. Estos traslados, que deben ser debidaXV mente justificados, podrá autorizarlos el Ministerio de Finanzas Públicas, mediante acuerdo ministerial, previo dictamen de la DiDurante el transcurso del ejercicio fiscal únicamente podrá crearse puestos de personal por contrato, cuando se trate de obras 0 servicios nue-receión Técnica del Presupuesto. VOS 0 ampliaciones significativas de los mismos. II XVI Sólo podrán ejecutarse los programas, subprogramas 0 proyectos que estén contemplados en el Presupuesto de Egresos de este Ejercicio Fiscal. Los materiales, equipo, maquinaria V demás articulos que se requierant para la ejecución de los programas del Presupuesto de Egresos del Estado,Asimismo, no podrá variarse la naturaleza de las metas programadas, salvo casos excepcionales debidamente justificados ante el Ministerio de Finanzas deberán ser en orden de preferencia, de producción nacional, de producción Centroamericana, y por último, de producción de fuera del área.Públicas y aprobados por éste. Para incluir nuevos programas, subprograEn las especificaciones para la cotización de maquinaria y equipo, asímas 0 proyectos de inversión, se requiere que los estudios técnicos y financieros correspondientes estén aprobados y evaluados por el Consejo Nacomo en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para cional de Planificación Económica. su adquisición, que se garantice la existencia de repuestos en la calidad ycantidad necesarias.

111 XVII Para evitar duplicidades y pérdidas de recursos, en detrimento del desLas dependencias del Estado Jas Entidades Descentralizadas que para arrollo de los municipios, el Instituto de Fomento Municipal queda encarla ejecución de sus programas requieran bienes O servicios de los que progado de coordinar la ejecución de las obras que con este propósito realicendueen empresas estatales, deben adquirirlos en éstas, salvo que dichas emdependencias del Gobierno Central, para asegurar su adecuada corresponpresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporeionar dencia con las obras que el Instituto ejecute O que se lleven a cabo con en todo 0 en parte los productos 0 servicios. El Ministerio de Finanzas recursos asignados en su presupuesto de egresos. Públicas sancionará a las dependencias con la suspensión de autorización de gastos, por cualquier NEO del importe de los productos IV servicios proporeionados por las empresas estatales. Las dependencias del Gobierno Central y las entidades desecntralizadas XVIII deben presentar a la Dirección Téenica del Presupuesto dentro de los quince dias hábiles siguientes a la terminación de cada trimestre del Ejercicio Los puestos cuya naturaleza requiren el ejercicio de una actividad Fiscal, un informe detallado sobre el avance físico de la ejecución de cada profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales coleprograma. subprograma y proyecto. giados activos de la rama correspondiente, haciéndolo constar en of nomEI Ministerio de Finanzas Públicas podrá suspender la autorización bramiento respectivo.

de los gastos por el incumplimiento de la presente norma. debiéndose on todo caso, sancionar a los responsables. XIX V Los empleados públicos que desemmenen puestos de tiemno completo Las Entidades Descentralizadas del Estado deben remitir a la Direc0 parcial, que durante parte o'toda su jornada ordinaria de trabajo comprometida con el Estado 0 sus entidades descentralizadas, sirvan otrosción de Contabilidad del Estado, dentro de los cinco dias del mes siguiente,cargos remunerados de cualquier indole 0 que ejerzan propesión, pierdenun informe de la ejecución financiera de sus respectivos presupuestos de el derecho de cobro de su sueldo y deberán reintegrar al fisco el montoingresos y egresos del mes inmediato anterior, conforme a las instrucciones de los sueldos que ya hubieren cobrado, sin perjuicio de su destituciónque les sean giradas por esa Dirección, la que procederá a conselidar los inmediata y de cualquier otra sanción que corresponda conforme a la ley.datos del Sector Público. XXVI Las dependencias públicas quedan obligadas a llevar registro y control Los servidores públicos deberán desempeñar las funciones one corresde sus asignaciones presupuestarias a nivel de renglón y de los gastos que pondan al puesto para el que estén nombrados en la dependencia donde efectúen con cargo a enda una de las mismas. La Dirección de Contabilidad se enewentre presupuestado of puesto de que se trate. Los traslados de del Estado dietará las instrucciones que sean necesarias para el debido puestos de una unidad administrativa a otra sólo podrán efectuarse enando

eumplimiento de esta norma. previumente se hayan llenado los requisitos de traslado de asignaciones presupuestarias y el estudio de clasificación de puestos y salarios corresVII pondiente. Los gastos previstos en el Grupo 9 "Asignaciones Globales". Subgrupo XXI 92 "Gastos Confidenciales"; Renglones 921 9 "Otros Gastes", sa distribuirán en cuotas mensuales iguales dentro del Ejercicio Fiscal 1976. No obsNingún funcionario empleado público del Estado, de las entidadestante cuando las necesidades del servicio lo requieran, podrá utilizarse USdescentralizadas, autónomas seminutónomas y las empresas del Estado,tas asignaciones en la forma que convenga a los intereses del Estado, sin podrá contraer compromisos internacionales que afecten al resuectivo pre-sujetarse a la cuota mensual pero en este caso y euando se trate de asigsupuesto 0 al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, sin la previanaciones del Organismo Ejecutivo, la orden de Compra y Pago correape 11autorización del Organismo Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Fi-diente deberá ser autorizada con la firma del Ministro de Finanzas. nanzas Públicas. XXIIVIII En las Ordenes de Compra y Pago que se emitan con cargo a las Los miembros del Magisterio Nacional que presten sus servicios en asignaciones de "Diversos". "No Previstos" y "Emergencias y Calamidades dos niveles educativos, tendrán derecho a pereibir el noreentaje escalaPúblicas", deben clasificarse los gastes de acuerdo objeto especifico fonar io correspondiente a un solo nivel. pudiendo optar DOB el que más

para efectos estadísticos, La Dirección de Contabilidad del Estado llevará los lavorezza siempre que su catalogación lo permita. los registros correspondientes para la debida elasificación de los gastos XXIII aplicades : las asignaciones que se indican en la presente norma. Se prohibe la concesión de nuevas subvenciones a favor de personas IX individuales. La Oficina Nacional de Servicio Civil haçá una evaluación soria-económica de los beneficiarios de las subvenciones vigentes, DREA suNo se autorizará retiro de fondos con cargo a las asignaciones destiprimir las que ya 110 se justifiquen. nadas a cubrir el aporte nacional de programas que se financian con prestamos externos, en tanto dichos prestamos no hayan sido aprobados por el XXIV Congreso de la República. Los excedentes que se registren' en los ingresos destinados Dara for X tización del principal, pago de los intereses, comisiones y demás gastos de la Deada Pública, deben ser trasladados mensualmente por el Banco de Les aportes de capital que el Estado transfiere a SUB entidades desGuaremala a la edenta "Gobierno de la República, Fundo Cemún". centralizadas, sólo podrán retirarse mediante Orden de Compra y Pago a favor de los proveedores de los bienes y servicios, excepto chanto re trate de ANY pago de salarios, en cuyo caso se hara a lavor de la entidad cen base en la nómina correspondiente. Se exceptuan del cumplimiento de esta norma Los vehiculos de trabajo del Estado. deben ser marcados en lagar

las transferencias de capital para inversión financiera. visible y facilmente legible con la frase "Gobierno de Guatemala". y la indicación del ministerio, institución 0 dependencia a que ofrespondan. E1 Ministerio de Finanzas Públicas nor medio de la Dirección de Inspeccio-XI nes Fiscales, velará per el debido emmilimiento de la presente norma. Las dependencias del Estado y las entidades descentralizadas 10 poaplicando a los contraventores las sanciones que procedan de conformidad drán iniciar gestiones para obtener préstatios empréstitos internos con la ley.y XXVI externos ni contraer compromists de emalquier naturaleza. sin previo dietamen favorable del Ministerio de Finanzas Públicas, ant vl.enal deberá Para adquirir vehiculos nuevos destinados a funcionatios 0 empleadospresentarse juntamente cen of expediente respectivo, el estudio corresponpúblicos, podrán entregarse a cuenta del precio correspondiente 103 vehicudiente. Se exceptuan de usta disposición, las institutions banearias del Eslos usados que sten a su servicio. tado, las cuales quedan sujetas a to que sobre et particular establece In Ley de Bancos (Decreto número 215 reformado per Decreto 1316. ambos del XXVH Congreso de in Republica). asi como Its municinahdades que regirán por to que al respecto establece et Código Municipal (Decteto 1153 del ConLos vehiculos de trabajo propiedad del Estado, no deben estar especigreso de la Republica). Se exceptua. asimismo, a la Universidad de San finamente al servicio de an funcionario 0 empleado, sino disponibles para Carlos de Guatemala. cuando se trate de prestamos interne caso en () emal la realización de las distintas comisiones 0 labores que demande la ejecu-- deberá informar al Ministerio de Finanzas Públicas subre et month y conción fisien de los programas. Lit asignación de enda vehiculo deberá hacerdicienes para of unico objeto de registro de la Deuda Pública. se conforme a las eircunstancias de la comisión 0 labor que deba llevarse :1 cabo y la provision de combustibles se hará con base en las disposicione XH del Reglamento General de Viáticos. Los jefes de las denendencias son responsables del cumplimiento de esta norma, quedando sujetos a las sanLas personas que desempanen puestos cova demaninación SICciones que correspondan conforme la ley. lario varie en of presente ejercicio fiscal por aplicación de la Ley de Servicio Civil, Ley de Salarios para la Administración Pública, disposiciones reglamentarias sobre la materia. seguiran desempençândoles sin necesidad de nuevo nombramiento, E1 personal de los enerpos de vigilancia interna del ramo Incendario dependerá del Ministerio de Finanzas Públicas, of que podrá delegar tal autoridad en los funcionarios del ramo que estime conveniente Dara la vigi-XIII

lancia V profección de los bienes a cargo del Estado. Corresponde a la Oficina Nacional de Servicio Civil: a) fijar d titulo y salario de evalquier puesto, permanente 0 por contrato que sea necesario XXIX crear; 1.) Notificar al Ministerio de Finanzas Públicas toda modificación Los anteproyectos de Presupuesto de las denendend ins públicas y enti-que se efectue en la denominación de puestos: y c) Consultar a dicho Minisdades descentralizadas del Estado deben contener todos los ingresos, eualterio eualquier cambio en el monto los salario: previamente a su autoquiera sea su procedencia. y el detalle de objetivos. metas distribucionrización. de gastos in la forma que determine el Ministerio de Finanzas Públicas.1268 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Diciembre 10 de 1975 NUMERO 75 Artículo 49 Las entidades descentralizadas quedan obligadas a la TO de mil novecientos setenta y seis y será publicado en el Diario Oficial. rvancia de to dispuesto en las Normas II. IV, V. IX, X. XII, XVI, XVII. XVIII. XIX, XXI, XXV, XXVI, XXVII y XXIX en la ejecución de sas Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento. respectivos resupuestos, para el Ejercicio Fiscal 1976.Articulo 59-Recomendaciones: De las economias en programas de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. on la ciudad de temala. a los veintiseis dias del mes de noviembre de mil novecientos "uncionamiento que se obtengan en el curso del Ejercicio Fiscal, 0 de la

ampliación presupuestaria que por mayores recaudaciones fiscales se soli-la y cinco. cite al Congreso de la República, el Organismo Ejecutivo deberá efectuar DONALDO ALVAREZ RUIZ, Jas operaciones presupuestarias que sean requeridas. a efecto de que se Presidente. proporcione a la Universidad de San Carlos de Guatemala, la suma de un millón ochocientos mil quetzales (6)1.800,000.00) adicionales, necesaria paraERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. elevar al tres por ciento (3%) la asignación privativa a que se refiere el Secretario. artículo 99 de la Constitución de la Republica, en lo que corresponde al Ejercicio Fiscal 1976. OSCAR AVILIO LINARES BARRIENTOS, Secretario. Del Presupuesto de Funcionamiento para el Ejercicio Fiscal 1976. el Ministerio de Finanzas Públicas destinará los recursos necesarios para la Palacio Nacional: Guatemala, ocho de diciembre de mil novecientos ampliación de los presupuestos de los siguientes Ministerios: a) Ministeriotenta y cinco. (10 Educación, para la creación de doscientas cincuenta plazas para maestros en el nivel primario; b) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Publiquese y cumplase. Social, para la ampliación del Presupuesto de Funcionamiento del Hospital KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCI General San Juan de Dios. El Ministro de Finanzas. Artículo 69-E1 presente Decreto entrará en vigor el primero de ene-JORGE LAMPORT RODIL. ORGANISMO EJECUTIVO la vez equipararla en beneficios con la similar gungaciones del presente Acuerdo, deberá rendir

temalteea Fábrica de Tejidos de Punto La Prin un informe trimestral a la Dirección de 1' cesa: y litica Industrial sobre aspectos que demueCONSIDERANDO: tren esos hechos. asi como el costo de pro MINISTERIO DE LA DETENSA ducción de los articulos fabricados. precio Que es preciso señalar las condiciones bajo las de venta al público de los mismos y permits cuales el Estado otorga beneficios a las industrias se inspeccione cuando la propia Dirección in NACIONAL para garantizar los objetivos de la politica de fodisponga sobre este aspecto: mento industrial, n) Efectuar la publicación del presente Acuerdo Nombrase al Licenciado Baudilio Portillo Merlos. POR TANTO. dentro de los sesenta (60) dias calendario SU Auditor de Guerra con carácter ad honórem de guientes al de la fecha de su aceptación. la Zana Militar Mariscal Gregorio Solares. Con fundamento on los articulos 2. 4. 5. 7. 14. 19. 22, 33. 34. 35. 36, 37. 38. 39, 40. 46 y transitorioArticulo 40. -Para los efectos de las exoneracioPalacio Nacional: Guatemala, 21 de noviembre cuarto del Convenio Centroamericano de Incentivos nes a que se refiere la clasificación y equipara de 1975. Fiscales al Desarrollo Industrial y 113 del REIción antes citadas. se da en seguida el listado de El Presidente de la República, FALDI, los bienes que la empresa podrá importar libre

ACUERDA: de derechos arancelarios. siempre que no puedaEn uso de las facultades que le confieren el incise to. del Articulo 189 de la Constitución de disponerse de sustitutos centroamericanos adecuala República. y con fundamento en cl Artículo 250 Artículo 10.--Otorgar a la empresa FUTURATEX. dos: de la citada Constitución. asi como en los ArticuSociedad Anónima (Division de tejidos de punto). para que se dedique a la elaboración de tejidos de Partida los 401 y 402 del Código Militar segunda parte. punto y su conversión en prendas de vestir, clasiMaquinaria y Equipo Arancelaria ACUERDA: ficación de industria existente dentro del grupo «B.- y a la vez. equiparación en beneficios con la Maquinaria para lavar, blanquear. limNombrar Author de Guerra con carácter ad similar guatemalteca Fábrica de Tejidos de Punto piar. aprestar y acabar tejidos tex tiles 716 08 01 honorem de la Zona Militar "Mariscal Gregorio La Princesa de conformidad con las disposicioSelares". al Juez de Primera Instancia del deparnes legales enteriormente citadas. Maquinaria para doblar. cortar y es famento de E1 Quiché, Licenciado Baudilio Portillo tampar tejidos 716-08-04

Metlos. en sustitución del Licenciado Carlos RoArtículo 20. La empresa que por este acto se Telares de toda clase y maquinaria pa que Muñoz, por haber cesado su nombramiento clasifica y equipara, gozará de los beneficios de ra tejidos de punto 716 08 03

como Juez del Tribunal en referencia. exoneración de impuestos fiscales sobre la imporMáquinas de coser industriales 716-11-01-81 11 E1 presente Acuerdo entra

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