Decreto 86-1963
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 86-1963
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1963
EL Guatemaltero
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
"NNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA
Administración: Teléfono 24418
Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Agencia: Telefono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de n.arzo de 1950, bajo al No.749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.
ToMo CLXVIII Guatemala, Miércoles 21 de Agosto de 1963 NUMERO 45 ORGANISMO EJECUTIVO tranquilidad de la ciudadanía honrada y trabajaSUMARIO dora, la que se siente justamente protegida bajo el estado de sitio, y que en la zona Norte-oriente del pais persiste el bandolerismo de élementos subORGANISMO EJECUTIVO versivos; razón por la que el Gobierno de la ReDECRETO LEY NUMERO 86 pública debe continuar en ejercicio de facultades Decreto Ley No 86 especiales, para garantizar debidamente a los habitantes del país el normal desarrollo de sus actiDecreto Ley No 87 ENRIQUE PERALTA AZURDIA, vidades cotidianas, POR TANTO, MINISTERIO DE. ECONOMIA Jefe del Gobierno de la República,Con base en el inciso 13 del Artículo 27 de la Carta Fundamental de Gobierno y en el Decreto-Otorgase a la Fábrica de Baterias o Pilas Secas "Dura ux, Con base en el inciso 60. del artículo 27 de la Ley Número 12,S. A.", exoneración de impuestos aduanales. Carta Fundamental de Gobierno,
EN CONSEJO DE MINISTROS.Flacese la exoneración que se menciona, a favor de la em en Consejo de Ministros, presa "Cajas y Empaques de Guatemala". DECRETA: DECRETA: Establecese el procedimiento que se menciona, para obARTICULO 1°-Se prorroga el estado de sitio entener del Gobierno de Guatemala los proyectos de In Artículo 10.-Se nombra al licenciado Luis Batodo el territorio nacional, por el tiempo que seaversión de Capitales estadounidenses en la República de rrutia Castro, Magistrado Suplente de la Sala Pri. mera de la Corte de Apelaciones en sustitución necesario para que el país vuelva a la completaGuatemala. del licenciado Emilio Beltranena Sinibaldi, quiennormalidad y que la ciudadanía no esté amenazada por las actividades de elementos subversivos.pasó a otro puesto. MINISTERIO DE HACIENDA Articulo 20.-Se nombra al licenciado Rafael ARTICULO 2°-En consecuencia, continúan en Ugarte Rivas, Magistrado Suplente de la. Sala suspenso las garantías contenidas en los incisos Y CREDITO PUBLICO Cuarta de la Corte de Apelaciones, en sustitución 29. 69, 79, 8°, 9º y 10°, del Artículo 22 de la Carta del licenciado Luis Barrutia Castro que pasa a otroFundamental de Gobierno. Rectificase el acuerdo gubernativo de 16 de mayo de 1963, puesto. en el sentido de que el número que le corresponde al ARTICULO 39-- El Jefe del Gobierno dictará las
mausoleo propiedad de la Nación, que se adscribió a la Articulo 30.-Se nombra al licenciado Héctor Medisposiciones, ordenanzas y reglamentos necesarios Administración del Servicio Funebre. es el que SC mennendez de la Riva, Magistrado Suplente de la Sala para el mantenimiento del orden público. ciona Tercera de la Corte de Apelaciones, en sustitución del licenciado Rafael Castellanos Avendaño, queARTICULO 4°-EI presente Decreto entra en vigor Autorizase a las oficinas fiscales para que, durante el terpasó a otro puesto. inmediatamente; y se publicará y divulgará por mino de 15 dias improrrogables, permitan a los fabricantodos los medios de difusión. tes de alcoholes y bebidas alcoholicas envasar sus proArticulo 40.-El presente Decreto entra en vigor ductos con el sistema antiguo. el dia siguiente de su publicación en el Diario Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Oficial. quedando encargada la Corte Suprema deGuatemala, a los veinte días del mes de agosto de Disponese que los ingresos de los periódicos "El GuateJusticia de dar posesión del cargo a las personasmil novecientos sesenta y tres.nombradas.malteco" y "Diarie de Centro América", se invertirán en el sostenimiento de los periódicos mencionados, con CI Publiquese y cúmplase.Dado en el Palacio Nacional: en la Ciudad decarácter de disponibilidad privativa. Guatemala. a los catorce días del mes de agosto ENRIQUE PERALTA AZURDIA, de mit novecientos sesenta y tres. Jefe del Gobierno de la República,
Ministro de la Defensa Nacional. MINISTERIO DE TRABAJO Y Publiquese y cúmplase. El Ministro de Gobernación,
PREVISION SOCIAL LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.
ENRIQUE PERALTA AZURDIA.
Autorizase a la "Compañía Pesquera de Guatemala, S. A." Jefe del Gobierno de la República El Ministro de Relaciones Exteriores, (COPESGUA). para que, por el término de 3 años, Ministro de la Defensa Nacional ALBERTO HERRARTE GONZALEZ pueda disminuir las proporciones de los trabajadores nacionales y salarios que paguen a éstos, hasta en un El Ministro de Agricultura, 10%. El Ministro de Gobernación. CARLOS HUMBERTO DE LEON.
LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.
El Ministro de Relaciones Exteriores. El Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas,
MINISTERIO DE COMUNICACIONES JOAQUIN OLIVARES M.ALBERTO HERRARTE G.
El Viceministro de Agricultura. El Ministro de Economia, Y OBRAS PUBLICAS encargado del Despacho, CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.
J. ERNESTO GRAJEDALegalizanse los servicios prestados a la Dirección General El Ministro de Educación Pública, de Obras Públicas, por los ingenieros que se mencionan ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR.El Ministro de Comunicacionesy autorizase al Comité Pro Construcción del Teatro Nay Obras Públicas,cional part queproceda a cancelarles los emolumento, JOAQUIN OLIVARES M El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
que les corresponde. JORGE LUCAS CABALLEROS M. El Ministro de Economía, CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. El Ministro de Salud Pública y MINISTERIO DE GOBERNACION Asistencia Social, El Viceministro de Educación Pública.ALFONSO PONCE ARCHILA. Legalizanse los contratos suscritos entre el director general encargado del Despacho, de Radiodifusión y Televisión Nacional y las personas BENJAMIN GAROZ VILLATORO. El Ministro de Trabajo y Previsión Social, JORGE JOSE SALAZAR VALDES.que se expresan. (Concluye). El Ministro de Hacienda Legalizanse los contratos suscritos entre el director general y Crédito Público, de Radiodifusión y Televisión Nacional y las personas JORGE LUCAS CABALLEROS. que se expresan. El Ministro de Salud Pública MINISTERIO DE ECONOMIA y Asistencia Social, Rectificase et Acuerdo Gubernativo de 29 de junio en ALFONSO PONCE ARCHILA. curso, en el sentido de consignar el número de partidas que les corresponden a cada uno de los registradores El Ministro de Trabajo Otórgase a la Fábrica de Baterias 0 Pilas Secas departamentales de la Dirección General de Registro de y Previsión Social, Duralux, S. A.>, exoneración de impuestos aduaJORGE JOSE SALAZAR VALDES. nales. Ciudadanos.
ACUERDO No. 310
Reorganizase el personal del Estado Mayor de la Jefatura
del Gobierno. DECRETO LEY NUMERO 87
Palacio Nacional: Guatemala, 23 de julio de 1963.
ANUNCIOS VARIOS ENRIQUE PERALTA AZURDIA, El Ministro de Economia, CONSIDERANDO: Lineas de transporte-Constitución de sociedades.-DisoJefe del Gobierno de la República,lucion de sociedad.-Registro de marcas.-Titulos supleQue por acuerdo ministerial número 438, fechado torios.-Edictos.-Pemates. el 25 de julio de 1960, la Fábrica de Baterias 0
CONSIDERANDO: Pilas Secas Duralux, S. A.. fue clasificada como industria nueva, de conformidad con el artículo Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.-Balance Ge.Que es evidente la expectativa en que se mantie-50. del decreto número 1317 del Congreso de la yeral, Consolidado y por Departamentos, al 31 de Julio República; que el Departamento Industrial, ennen elementos extremistas, para desatar en cual-1963. dictamen fechado el 23 de julio de 1963, emitióquier momento actos que vendrian a perturbar laopinion favorable a la solicitud presentada por