Decreto 88-1971
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 88-1971
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1971
El DEL Gua 00 Iteco Repúblics
REVISTAS
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA GUATEMALA. -CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24-4-18 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Central ue Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.Impreso en Diario de Centre
Agencia: Teléfono 28-0-27
DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA América 9a. Av. 11-34, Zona 1.
TOMO CXCII GUATEMALA, MARTES 9 DE NOVIEMBRE.DE 1971 NUMERO 43
DECRETA SUMARIO Artículo autoriza a la Empresa Nacional de Desarrollo de EI Petén (FYDEP), por una sola vez, para negociar libre de los requisitos de subasta pública, así como su exportación sin pago de los derechos respec-ORGANISMO LEGISLATIVO tivos, quinientas quincen(515) trozas de madera en rollo (170,000 pies tablares),de caoba y cedro, que se encuentrar en el aserradero El Ceibo> y río SanPedro, Departamento El Petén, propiedad de dicha empresaDECRETO NUMERO 88-71. Artículo 20 Eleproducto de esa negociación deberá destinarse por el DECRETO NUMERO 94-71. FYDEP. exclusivamente y en la proporción que sea necesaria, a cubrir los arbitrios que por concepto forestal adeuda las Municipalidades de El PeORGANISMO EJECUTIVO tén, beneficiadas contribución, ingresando el rematante a SUS pro-pias cajas, MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo 30 Contraloría de Cuentas queda obligada a fiscalizar los ingresos y egresos correspondientes a las operaciones que autoriza esteOtórgase a la Sociedad ROLF FRANKFURTER y COMPANIA LIMITADADecreto, así como debida aplicación por FYDEP det producto quepropiedad de la Industria fábrica MULTIPLAST. equiparación conse obtenga de la negociación la similar hondureña <Plásticos, S. A.» Artículo 4o vigor el día siguiente deDeclárase la caducidad de la concesión minera denominada «SANTIAGO DEsu publicación en Diario Oficial XUAXAN otorgada al señor Gustavo Adolfo Benz Avila. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento.Calificase como Industria de Exportación a la empresa «INDUSTRIAL SANTA AGAPE, SOCIEDAD ANONIMA>. para que pueda dedicarse a laDado en el Palacio del Organismo egislativo, em la ciudad de Guaproducción de los artículos de cuero que se mencionan. temala, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos setentauno.
MINISTERIO DE HACIENDA MARIO SANDOVAL ALARCON
Presidente Y CREDITO PUBLICO J. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ Primer Sedretario Autorizase a la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones (GUATEL), OLIVERIO CASTANEDA PAIZpara que contrate con el Banco Centroamericano de Integración Econó- Segundo Secretariomica, un préstamo hasta por la cantidad del equivalente de un millón,ciento cincuenta mil dólares (US$1.150,000). el cual se destinará exclu-Palacio Nacional: Guatemala, dos de hoviembre de mil novecientos se-sivamente para financiar la adquisición del equipo especial que setenta y uno.menciona. Publíquese y cumplase PUBLICACIONES VARIAS CARLOS ARANA OSORIOEl Ministro de Agricultura MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTOBAL VERAPAZ. ALTA VERAPAZ. MARIO MARTINEZ GUTIERREZ ERI Reglamento para el Servicio de Agua Potable Municipal de San CristóbalVerapaz, Alta Verapaz. BIBLIOTELIB ANUNCIOS VARIOS DECRETO NUMERO 94-71Matrimonio. Autorizaciones farmacéuticas, Linea de transporteConstitución de sociedades. = Modificación de sociedad. Registro deEl Congreso de la República de Guatemala,RepublicaMarcas. Patentes de invención. - Títulos supletorios. Edictos.Licitaciones. - Remates. CONSIDERANDO: DEL Que por medio del Decreto número 90-71 del Congreso de la República,
se autorizó la emisión de Notas del Tesoro para el financiamiento y ampliaciónONTROL ORGANISMO LEGISLATIVO de varios programas de entidades descentralizadas del Estado, así como gastos de seguridad e iniciación del Programa de Mantenimiento y MejoramientoNSA de Carreteras a que se refiere el préstamo otorgado por el Banco Interameri-cano de Desarrollo y que fue aprobado por Decreto numero 91-71 de este Con-VISTAS GustemalsDECRETO NUMERO 88-71 greso; CONSIDERANDO: W Congreso de la República de Guatemala, Que para el efecto es necesario ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal vigente, tanto con los fon-CONSIDERANDO: dos provenientes de las Notas del Tesoro, como con el préstamo externo otorgado para el programa de mantenimiento y mejoramiento de carreteras, Que es obligación del Estado promover el progreso económico de la Nación en sus diferentes aspectos, una de cuyas formas consiste en la conPOR TANTO, servación. desarrollo, restauración y aprovechamiento de las riquezas forestales, ya sea valiéndose de procedimientos para la industrialización de losEn cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 10 del arproductos primarios 0 bien mediante la venta y exportación de los misinos;ticulo 170 y el párrafo cuarto del artículo 223 de la Constitución de la Repú-blica, CONSIDERANDO: DECRETA: Que según información de la Empresa Nacional de Fomento y Des-Artículo 10.-Se amplia el Presupuesto de Ingresos del Estado corresponarrollo Económico de El Petén (FYDEP), existen en la actualidad en lo quediente al Ejercicio Fiscal 1971, en la cantidad de nueve millones ochocientos fuera el Aserrado «El Ceibo> de aquel Departamento, incendiado por manosochenta mil quetzales exactos (Q9.880,000.00) que provienen de las siguientes criminales, quinientas quince (515) trozas de madera en peligro de deterio-fuentes:- rarse y perderse por falta de medios para industrializarla, lo que ha moti vado la solicitud de dicha entidad para que se le permita negociarla y exporII INGRESOS DE CAPITAL tarla en la forma en que se encuentra y cuyo producto se aplicará a cum-1. plir los compromisos que el FYDEP tiene pendientes por el impuesto forestalPréstamos Directos con Municipalidades del propio Departamento; Préstamo No. GU otorgado por el BID, aproCONSIDERANDO: bado por Decreto 91-71 del Congreso de la República Q2.880,000.00 2. Que no obstante que de conformidad con el artículo 18 del DecretoCréditos en Valores Públicos Presidencial número 543, reformado por el Decreto número 7-70 de este Congreso, se prohibe la exportación de madera en trozas rollizas 0 cuadradasNotas del Tesorbs Decreto No. 90-71 del Congreso dela Repúblicaprovenientes de todos los bosques nacionales de la República, las razones ¥7,000,000.00 que concurren en este caso son justificadas para tal gestión. por lo que pro-TOTAL
cede otorgar, por una sola vez. la autorización de que se trata. Q9,880,000.00
POR TANTO.
En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. del artículo 170Artículo 20.-Se amplia.el Presupuesto de gresos del Estado del mismo de la Constitución de la República, ejercicio, en lacantidade hueve millones schocientos ochenta mil quetzalesexactos (629.880,000.00) siguiente:
BLIOTECA
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