Decreto 88-1984
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 88-1984
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1984
ob 1. UNITIA ·····
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Director Capitán de Navio DEM y Licenciado Decano de la Prensa Centroamericana Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL 18 Calle 6-72. sone 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXIV GUATEMALA, VIERNES 31 DE AGOSTO DE 1984 NUMERO 53
SUMARIO Adhesivos Industriales de Guatemala, S. A.-Bac) Quince (15) pagos parciales; el primer pago lance General al 30 de septiembre de 1979. parcial se efectuará seis (6) años despues de ORGANISMO EJECUTIVO la fecha devilar última entregal del producto Adhesivos Industriales de Guatemala, S. A.-Baen cada año calendario. lance General al 30 de septiembre de 1980. JEFATURA DE ESTADO Tasa de interés: DECRETO-LEY NUMERO 88-84 Tasa inicial de interes durante el' período de ORGANISMO EJECUTIVO gracia del tres por ciento (3%) y tasa de interés durante el pago de capital del cuatro poraciento
MINISTERIO DE AGRICULTURA, (4%).
GANADERIA Y ALIMENTACION JEFATURA DE ESTADO Plazo: Acuérdase emitir regulaciones complementarias al Veinte ands (20), incluyendo seis (6) de gracia.
Reglamento de Operación y Funcionamiento de DECRETO-LEY NUMERO 88-84Instalaciones Avicolas, aprobado por Acuerdo Artículo 29-Las amortizaciones de capital, inteGubernativo No. 26-75 del 21 de octubre de 1975. EL JEFE DE ESTADO, reses y demás gastos derivados del préstamo en referencia, se pagarán por medio de asignaciones presupues'arias que el Organismo Ejecutivo, por MINISTERIO DE GOBERNACION conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, fi-CONSIDERANDO: jará en cada ejercicio fiscal en el Presupuesto Apruébanse los Estatutos de la "Asociación GuaGeneral de Ingresos y Egresos del Estado, hasta laQue es deber del Estado asegurar el suministro temalteca para la Cultura, la Educación y la completa cancelación de la deuda. Ciencia, Doctor José María Estrada (AGCEC);de los alimentos básicos para la población; y reconócese su personalidad jurídica. Artículo 39-Los fondos de este préstamo los utilizará el Gobierno de la República, exclusivamente CONSIDERANDO: para financiar la importación de aceite vegetal MINISTERIO DE FINANZAS y/o semillas oleaginosas procedentes de los Esta-Que la materia prima para producir aceite vege-dos Unidos de America.tal comestible ha decrecido, debido a lo cual existe PUBLICAS un déficit en el mercado interno que debe ser Artículo 49-E1 Ministerio de Finanzas Públicas suplido a través de importaciones; conjuntamente con el Banco de Guatemala. se enConcédese la exoneración que se menciona, a favor de la "Asociación Amigos del Pais". cargarán de los asuntos financieros derivados del CONSIDERANDO: presente convenio. El Ministerio de Relaciones ExAdiciónase al artículo Zo. del Acuerdo Gubernateriores a través de su Embajada en Washington tivo número 711-83 del 28, de septiembre de Que para financiar la referida importación, fue 1983, el párrafo que se indica, solicitado por lasuscrito ad referéndum, el 19 de agosto de 1984, se encargará de hacer todos los arreglos necesarios Asociación "Centro de Integración Familiar de el "Convenio entre el Gobierno de la República de para efectuar las compras de los productos indicaGuatemala". Guatemala y el Gobierno de los Estados Unidos de dos ennel artículo III del capítulo II del Convenio América, para la Venta de Productos Agrícolas" en referencia, a nombre del Gobierno de Repú-hasta por la suma de US$ 7.000,000.00; blica, incluyendo la contratación del flete y los ANUNCIOS VARIOS seguros respectivos, así como cualquier otra acción CONSIDERANDO: que fuere necesaria. Asimismo, el, Ministerio de Matrimonios-Solicitudes de Nacionalidad-Lineas Agricultura, Ganadería y Alimentación se encarde Transporte. Constituciones de Sociedad. Que la Secretaría General del Consejo Nacional de Planificación Económica y la Junta Monetaria,gará de las acciones relacionadas con el desembarModificaciones de Sociedad.-Disolución de Sociedad.-Registro de Marcas.-Títulos Supleto-consultados oportunamente de conformidad con la que de dichos productos, quedando facultado para rios.-Edictos-Licitación-Remates ley, han expresado opinión favorable sobre el pro-celebrar los contratos y arreglos necesarios para la grama y el empréstito contratado, en función de las distribución y venta de los mismos. Los Ministerios condiciones altamente favorables en que fue obtenido, razones por las cuales es procedente decretar de Agricultura, Ganadería y, Alimentación de Co.-Bienes La Aurora, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1981. su aprobación, municaciones, Transporte y Obras Públicas, se encargarán de ejecutar los proyectos de autoayuda Bienes La Aurora, S. A.-Balance General al 30 POR TANTO, identificados en el presente convenio. Cada uno de de junio de 1982. En el ejercicio de los facultades que le confiere estos ministerios rendirán en el tiempo corresponel artículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierdiente, de acuerdo con el convenio, los informes Mayapán, Sociedad Anónima. Guatemala-Estado no, modificado por los Decretos-Leyes números requeridos sobre las actividades realizadas.de Contabilidad al 30 de junio de 1982. 36-82 y 87-83; Labor Xela, S. A.-Balance General al 31 de diArtículo 5º-Los recursos provenientes de las DECRETA: ciembre de 1980. ventas del producto, que servirán para financiar los Artículo 1°-Se aprueba el Convenio suscrito ad proyectos de autoayuda que se describen en el arLabor Xela, S. A.-Balance General al 31 de di-referéndum, entre el Gobierno de los Estados Unitículo V del capítulo II, del citado Convenio, serán ciembre de 1981. dos de América y el Gobierno de la República de incluidos anualmente en el Presupuesto de IngreGuatemala, para la Venta de Productos Agrícolas, Compañía Suministradora. S. A.-Balance General SOS y Egresos del Estado, para lo cual será necesario bajo los siguientes términos y condiciones: al 31 de diciembre de 1981. que los proyectos anteriores obtengan previamente dictamen favorable de la Secretaría General del La Antártida. S. A.-Balance General al 30 deMonto: Consejo Nacional de Planificación Económica y del junio de 1982. Hasta por la suma de siete millones de dólares Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Dide los Estados Unidos de América (US$ 7,000,000.00).rección de Financiamiento Externo y Fideicomisos. Intusa de Guatemala, S. A. (INGUATESA)-Ba-lance General al 30 de junio de 1982. El financiamiento para dichos proyectos proven-Amortizaciones: drá de una cuenta especial que el Gobierno de la Inmobiliaria Maya, Sociedad Anónima. Balancea) Un pago inicial en dólares del cinco por cientoRepública abrirá en el Banco de Guatemala por la General al 30 de junio de 1981. (5%) del valor total del préstamo; venta del producto. Compañía Comercial, Industrial y Agropecuaria ElRosario, S. A.-Balance General al 31 de di-b) Un pago en moneda local equivalente al cinco Artículo 6°-E1 presente decreto entrará en vigor
ciembre de 1980. por ciento (5%) de las amortizaciones penel día siguiente de su publicación en el Diario dientes: Oficial.1342 DIARIO DE -GENTRO Agester31 de 1984 03 NUMERO 53
Dado en el Palacio Nacional: en la cludad deArtículo 50. las explotaciones de aves deLa dosis, del insecticida dependerá de su formuGuatemala, a los treinta días del mes de agosto dejaula y piso deberá constatarse el volumen delación y concentración, así como el tipo de supermil novecientos ochenta y cuatro. gallinaza acumulado en las galeras expresado en centímetros, así como el estado y característicasficie y área a tratar, temperatura, humedad, caliPublíquese y cúmplase. de la gallinaza de todas las galeras, asimismo,bración del equipo con que se va a aplicar y el General de División deberá investigarse la presencia de mosca en susnivel de resistencia en la población de mosca.
OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, diferentes estadios. Jefe de Estado. Artículo 13.-No obstante a lo que establece el Artículo No se permitirá el acumulo inSecretario General de la Jefatura adecuado de basura o gallinaza en los alrededoresartículo anterior, la Dirección Técnica de Sanidad de Estado, de las instalaciones avícolas y durante la inspec-Animal podrá autorizar otros compuestos químicos MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. ción deberá consignarse la ausencia o cantidad de gallinaza 0 basura acumulada. para el control de la mosca domestica, siempre y
E1 Ministro de Finanzas, cuando los mismos garanticen su acción mosquiLEONARDO FIGUEROA VILLATE Artículo 70.-Toda explotación de aves deberácida y la salud humana. Ministro de Economía, contar con la capacidad instalada para procesar LEONEL HERNANDEZ CARDONA toda la gallinaza producida an la granja; este pro-Artículo 14.-Con base en el cuadro presentado ceso deberá garantizar que el mismo no permits El Ministro de Agricultura, Ganadería yla proliferación de mosca. Durante la inspecciónen el artículo 12, el avicultor podrá seleccionar el Alimentación, deberá estimarse la producción diaria de gallinazainsecticida a emplear y su aplicación será de acuerRODOLFO PERDOMO MENENDEZ. y su proceso. do con las normas técnicas establecidas por la case Artículo 80.-Los métodos para el tratamientofabricante. de la gallinaza serán convenidos por la DirecciónGeneral de Servicios Pecuarios y los propietariosArticulo 15.-Cuando se determine que el conMINISTERIO DE AGRICULTURA, de las granjas. Los procedimientos a seguir, entretrol de la mosca doméstica no ha sido efectivo y GANADERIA Y ALIMENTACION otros, serán los siguientes: se detecte la presencia de mosca en sus diferentes a) Biodegradación Aeróbica: A través de insectos depredadores, patios cubiertos de secado, la-estadios, la Dirección Tecnica de Sanidad Animal gunas de oxidación, etc.; y la Comisión de Fomento Avicola, revisarán el
Acuérdase emitir regulaciones complementarias alb) Biodegradación Anaeróbica: A través de en-programa y mientras se establece la causa que haReglamento de Operación y Funcionamiento deterramiento, digestores 0 tanques cerrados de Instalaciones Avicolas, aprobado por Acuerdo provocado la proliferación de mosca, el avicultoroxidación, etc.; Gubernative No. 26-75 del 21 de octubre de 1975.c) Deshidratación térmica: Mediante el uso deprocederá con caracter urgente en un período prudeshidratadores, hornos, calderas, calefaccióndencial a enterrar o en su defecto, a incinerar la Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto desolar, etc.; gallinaza infestada. 1964. d) Otros que garanticen la no proliferación de Ministro de Agricultura, Ganadería moscas. Artículo 16.-La Dirección Técnica de Sanidad y Alimentación, Artículo 90.-Los métodos para el control de laAnimal notificará a la Comisión de Fomento Avimosca en las explotaciones avícolas serán conve-cola, las infracciones a las presentes regulaciones CONSIDERANDO: nidos por la Direccion General de Servicios Pe-para que de acuerdo con lo que establece el ReQue es deber del Ministerio de Agricultura, Ga-cuarios y los avicultores. glamento de Operación y Funcionamiento de Insnadería y Alimentación, dictar y aplicar las nor-Artículo 10.-Toda explotación de aves, deberátalaciones Avicolas, se proceda a sancionar a los
mas y medidas que garanticen el control sanita-contar con un programa de control de la mosca doméstica, el que será supervisado por la Direc-infractores. rio de las plagas y enfermedades que afectan a los animales domésticos, y que ponen en peligroción Técnica de Sanidad Animal y la Comisión deArtículo 17.-Para establecer un mejor control la salud de la población; Fomento Avícola. Periódicamente debe establecerse y evaluarse la densidad de mosca en laen cuanto al uso de gallinaza en la agricultura, la CONSIDERANDO: granja, a fin de comprobar la eficacia del mismo.Direccion General de Servicios Agricolas, a traves Artículo 11.-La densidad de mosca podrá de-de sus promotores agrícolas y agentes de extenQue es necesario implementar el control sanita-rio de las moscas domésticas en las explotacionesterminarse por medio de cintas o bandas pegajo-sión, deberá establecer programas de Capacitación avicolas establecidas en el territorio nacional, parasas colocadas dentro de las galeras, calculándosey Asistencia Tecnica para el uso de la gallinaza contribuir con los programas de Sanidad Ambien-una cinta para un radio de 100 a 500 metros; lascintas deberán colocarse a una altura no mayorcomo abono orgánico. tal, Educación y Cooperación Pública, con el objeto de reducir 0 eliminar la cría de moscas, fuen-de dos metros. El conteo de moscas atrapadas tes atrayentes, para la protección de alimentos ydeberá hacerse dos horas después de instalada laArtículo 18.-Para que las modificaciones del
cinta y arriba de 100 moscas por cinta se consi-presente reglamento puedan entrar en vigor, la salud humana, derará densidad alta. Se tendrá una escala paraDirección Técnica de Sanidad Animal y la ComiPOR TANTO, determinar el estado de una granja avicola, ensión de Fomento Avicola, conjuntamente con el cuanto a su densidad de moscas, de la manera siEn uso de las facultades que le otorgan los Depropietario de la granja avícola en cuestión, fijacretos 102-70 y 51-81, ambos del Congreso de laguiente: rán un tiempo prudencial acorde al volumen de República y el Decreto Legislativo 463, Ley deDe 0 a 25 Bueno o normal. explotación de la granja, para que se cumplan las Sanidad Animal, De 26 a 50 Regular. modificaciones dadas en este reglamento, de acuerDe 51 a 75 Malo.
ACUERDA: do con el método que se vaya a utilizar para elDe 76 a 100 Pesimo. control sanitario de la granja y proliferación de Emitir regulaciones complementarias al Regla-Con la tabla anterior, se podrá cuantificar elmento de Operación y Funcionamiento de Insta-incremento o descenso de la densidad de moscamoscas. laciones Avicolas, aprobado por Acuerdo Guber-en una instalación avícola que podrá servir paranativo No. 26-75 de fecha 21 de octubre de 1975. Artículo 19.-Las presentes regulaciones commedir la calidad de trabajo que el propietario Artículo 10.-El control oficial de la mosca do-ejecute para el control de la proliferación deplementarias al Reglamento de Operaciones y
méstica y otras plagas en las instalaciones aví-mosca. La instalación de cintas pegajosas deberáFuncionamiento de Instalaciones Avicolas, deberán colas, estará a cargo de la Dirección General derealizarse en horas de la mañana. Asimismo, seser comunicadas a los avicultores a través de la Servicios Pecuarios, a traves de la Dirección Téc-colocarán cintas pegajosas o cebos tóxicos en losComisión de Fomento Avícola y entrarán en vigor nica de Sanidad Animal y la Comisión de Fomentoalrededores de las instalaciones. Se podrán utili-zar otros métodos para determinar la densidad,inmediatamente después de su publicación en el Avicola. de acuerdo con las investigaciones prácticas deDiario Oficial Artículo 20.-Toda explotación avícola debertcampo que la Dirección Técnica de Sanidad Anicontar con el personal necesario y adiestrado paramal y la Comisión de Fomento Avicola coordinenComuniquese. el control de la mosca doméstica dentro de la con el propietario de la granja. RODOLFO PERDOMO MENENDEZ. granja. Artículo 12-Para el control quimico de la mosArtículo 30.-Todas las acciones y recomenda-ca doméstica en sus diferentes estadios, podránViceministro de Ganadería ciones de la Dirección General de Servicios Pe-utilizarse los insecticidas que en su composición cuarios para el control de la mosca, deberán sercontengan los principios activos y concentracio-y Alimentación,
RAUL RICARDO DYSLI QUEVEDO.
registradas en el libro de inspección, de acuerdones siguientes: con lo que establece el artículo 20 del Reglamento de Operación y Funcionamiento de InstalacioMétodo de nes Avicolas. Principio activo Concentración Dosis usual aplicación Frecuencia Artículo 40.-Durante las inspecciones a las granjas, el personal técnico de la Dirección Ge-neral de Servicios Pecuarios además de hacer las Organo fosforado 15-50% 0.3 a 2 gr./m2 Aspersión neDependerá del observaciones y recomendaciones en el libro de bulización. efecto residual Cebos y de la densiinspección a que se refiere el artículo anterior, dad de mosca deberá llenar el formulario de Control de Moscas existente. y Plagas, en el que se anotará la situación de la granja en el momento de la inspección y toda Piretroides 0.5-2.5% 7.5 a 15 mg./m.² Aspersión información que demanda el Capítulo VII (Control de Plagas) del Reglamento de Operación yPiretrinas 0.1-0.4% 7.5 a 15 mg./m.2 Aspersión Funcionamiento de las Instalaciones Avicolas; el Otros: Que garanticen la no proliferación de moscas y la salud animal y humana.propietario o representante de la granja deberá firmar el formulario del cual le quedará una copia.