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Decreto 89-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 89-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1963

El

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL to. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA

Agencia: Teléfono 28027

Hegistrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950. bajo el No. 744América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.

TOMO CLXVIII GUATEMALA, VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 1963 NUMERO 65

SUMARIO El Ministro de Gobernación. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. El Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas. EI Ministro de Relaciones Exteriores, JOAQUIN OLIVARES M. ORGANISMO EJECUTIVO ALBERTO HERRARTE GONZALEZ EI Ministro de Economia, El Ministro de Agricultura. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.Decreto Ley Número 88 Decreto Ley Número 89 CARLOS HUMBERTO DE LEON. El Ministro de Educación Pública,Decreto Ley Número 103 ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR.El Ministro de Comunicaciones MINISTERIO DE ECONOMIA y Obras Públicas. El Ministro de Hacienda yJOAQUIN OLIVARES M. Crédito Público,

Otórgaso a Fábrica de Plásticos "Plasa", exoneraciónde JORGE LUCAS CABALLEROS M.impuestos arancelarios Et Ministro de Economia. Permutanse en sus cargos a los directores del Banco Na-CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. El Ministro de Salud Públicacional Agrario y del Instituto de Fomento de la Proy Asistencia Social,ducción, El Ministro de Educación Pública. ALFONSO PONCE ARCHILA Nombrase delegado del Jefe de Gobierno ante el Consejo ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR Nacional de Planificación Económica. El Ministro de Hacienda y El Ministro de Trabajo y PUBLICACIONES VARIAS Previsión Social.Crédito Público. JORGE JOSE SALAZAR VALDES. Aprucbase el Reglamento General de Trabajadores Munici-JORGE LUCAS CABALLEROS M. pales do Jutiapa El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,

ANUNCIOS VARIOS ALFONSO PONCE ARCHILA DECRETO LEY NUMERO 103

Solicitud de nacionalidad de sociedades.- El Ministro de Trabajo yModificación de nociedades.-Prorroga de sociedad.-RePrevisión Social. gistro do supletorios.-Edictos.-LicitaJORGE JOSE SALAZAR VALDES. ENRIQUE PERALTA AZURDIA,ción-Remates Jefe del Gobierno de la República, ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO LEY NUMERO 89 CONSIDERANDO: DECRETO LEY NUMERO 88 ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Que con fecha 18 de abril de 1961, el Representante de Guatemala, suscribió en la ciudad de Viena, la CONVENCION DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMATICAS, abierto a la firma de Jefe del Gobierno de la República,los Estados Miembros de las Naciones Unidas, con ENRIQUE PERALTA AZURDIA, el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas; Jefe del Gobierno de la República, CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que et Protocolo al Convenio sobre el Régimen de Industrias Centroamericanas de Integración, Que esta CONVENCION contribuirá al desarrollo Que el Protocolo al Convenio Centroamericano so-suscrito por los Plenipotenciarios de Guatemala, Elde las relaciones de amistad entre las naciones, bre Equiparación de Gravámenes a la ImportaSalvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica. el. POR TANTO. ción, suscrito por los Plenipotenciarios de Gua29 de enero de 1963. en la ciudad de San Salvador. temala, FI Salvador, Honduras, Nicaragua y CostaRepública de El Salvador fue celebrado para Rica el 29 de enero de 1963. en la ciudad de San aplicar el Convenio sobre el Régimen de Industrias Con fundamento en lo dispuesto por et artículo Centroamericanas de Integración, y para dar cum-30. de la Carta Fundamental de Gobierno. en Con..Salvador, fue celebrado en cumplimiento del Arplimiento a lo dispuesto por el Artículo XVII delsejo de Ministros,

tículo XII del Convenio Centroamericano sobre Equiparación de Gravámenes a la Importación, fir-Tratado General de Integración Económica Cen. made en San José de Costa Rica el primero de troamericana: DECRETA: septiembre de 1959 y dicho Protocolo se basa en CONSIDERANDO: Articulo 10.-Se aprueba la CONVENCION DE los Artículos II y IV del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito en Que con el citado Protocolo se crean sistemasVIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMATICAS, complementarios de estímulo al establecimiento de suscrita por el Representante de Guatemala, en la la ciudad de Managua el 13 de diciembre de 1960; ciudad de Viena, el 18 de abril de 1961. actividades industriales de particular interés paraCONSIDERANDO: el desarrollo económico de la región, Artículo 20.-El Ministerio de Relaciones Exteriores queda encargado del depósito de los respec-tivos instrumentos de ratificación. Que et citado Protocolo tiende a crear en breve POR TANTO, plazo condiciones propicias a la ampliación y di-Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo Artículo 30.-El presente Decreto entrará en vi-verificación de la producción centroamericana y27. inciso 90. de la Carta Fundamental de Go-gor el dia siguiente de su publicación en el Diarioa la eliminación de diferencias artificiales en los costos de producción de la industria centroameri-bierno, Oficial. cana, expeditando al mismo tiempo, el libre coen Consejo de Ministros.

mercio intercentroamericano e impulsando el desDado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a arrollo económico de los paises signatarios. DECRETA: ios cinco dias del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y tres. POR TANTO. Artículo 10.-Se aprueba el PROTOCOLO AL CONVENIO SOBRE EL REGIMEN DE INDUS. Publiquese y cúmplase. Con fundarcento en lo dispuesto en el Articulo 27.TRIAS CENTROAMERICANAS DE INTEGRACION. inciso Do. de la Carta Fundamental de Gobierno,suscrito por los Plenipotenciarios de Guatemala. ENRIQUE PERALTA AZURDIA. El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, Jefe del Gobierno de la República, on Consejo de Ministros, en la ciudad de San Salvador, República de EI Ministro de la Defensa Nacional. Salvador, el 29 de enero de 1960.

DECRETA: El Ministro de Gobernación, % Artículo 20.-EI Ministerio de Relaciones Exte-LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.

Artículo to.-Se aprueba el PROTOCOLO AL riores queda encargado del depósito del respectivo CONVENIO CENTROAMERICANO SOBRE EQUIinstrumento de ratificación. El Ministro de Relaciones Exteriores,

PARACION DE GRAVAMENES A LA IMPORALBERTO HERRARTE GONZALEZ.

TACION, suscrito por los Plenipotenciarios de Gua-Articulo 30.-E1 presente Decreto entrará en vi. temala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costagor el día siguiente de su publicación en el DiarioEl Ministro de Agricultura,

Rica, en la cludad de San Salvador. República deOficial. CARLOS HUMBERTO DE LEON, El Salvador el 29 de enero de 1963. Dado en el Palacio Nacional. en Guatemala, a El Ministro de Comunicaciones y Artículo 20.-El Ministerio de Relaciones Extelos veinte días del mes de agosto de mil noveObras Públicas, riores queda encargado del depósito de los respec,cientos sesenta y tres. JOAQUIN OLIVARES M. tivos instrumentos, de ratificación. Publiquese y cúmplase. El Ministro de Economia, Artículo 30.-E1 presente Decreto entrará en viCARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. gor el dia signiente de su publicación en el Diario ENRIQUE PERALTA AZURDIA,Oficial. Jefe del Gobierno de la República, El Ministro de Educación Pública, Ministro de la Defensa Nacional ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. Dado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a los veinte días del mes de agosto de mil noveEl Ministro de Gobernación. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, cientos sesenta y tres. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. JORGE LUCAS CABALLEROS M. Publiquese y cúmplase. El Ministro de Relaciones Exteriores. El Ministro de Salud Pública y ALBERTO HERRARTE GONZALEZ Asistencia Social,

ENRIQUE PERALTA AZURDIA, ALFONSO PONCE ARCHILA.

Jefe del Gobierno de la República, El Ministro de AgriculturaMinistro de la Defensa Nacional. CARLOS HUMBERTO DE LEON El Ministro de Trabajo y Previsión Social,JORGE JOSE SALAZAR VALDES

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