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Decreto 89-1986-7

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 89-1986-7
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1986

NUMERO 89 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Enero 8 de 1986 2255 de la explotacion del dibujo . diseño Industrial. En Octave Anualided Q. 120.00 tal virtud. el titular del registro tendrá el derecho de Novene Anualided Q. 130.00 entabler acciones en contre de cusiquier persons que, sin Decime Anuelidad Q. 140.00 su consentimiento fabrique, importe. comercialice . Decime Primera Anualidad Q. 150.00 utilice productos que reproduzcen . Incorporen el dibuje . Decime Segunds Anualided Q. 160.00 disello Industrial. Decime Tercera Anuelided Q. 170.00 Decime Cuarte Anualided Q. 180.00 Solicitud de Cicencia Doligetoria Q. 100.00 Toda cesion. transferencia o licencia relative . un dibujo o diseño Industrial deberá Inscribirse en el Registro PATENTE MODELO DE UTILIDAD de la Propleded Industrial, sin 10 cust no tendrá efectos legales frente a terceros. Para los efectos del tramite se Pago por solicitud Q. 75.00 aplicaran en cuento corresponde las normes correspondientes . Registro de cesion, transferencia .patentes de Invencion bajo reserve de las disposiciones cambio de nombre Q. 30.00 express contenidas en al presente capitulo. Primera Anualided Q. 50.00 Segunds Anualided Q. 60.00 Tercera Anuelided Q. 70.00 Cuarte Anuelided Q. 80.00

CAPITULO IV: ACCIONES Y SANCIONES POR INFRACCION DE DERECHO Quints Anualided Q. 90.00

Sexts Anualided Q. 100.00 Septime Anualided Q. 110.00 Articulo 580.1 Acciones civiles Octave Anualided Q. 120.00 Novene Anualided Q. 130.00 E1 titular de una patente o de un registro de dibujo o diseno industrial podrá entabler accion ante los tribunales REGISTRO DE DIBUJOS Y DISEROS INDUSTRIALES competentes contra cualquier persona que Infrinja los derechos que 10 han sido conferidos por medio de esta Ley, Pago por solicitud O. 100.00 sin perjuicio de las acciones penales que corresponden. E1 Prorroge del plazo Q. 150.00 titular de un derecho de propieded industrial podrá entabler la accion civil de daflos y perjuicios ocasionados por el uso Primers Anuelided Q. 20.00 indebido de un derecho de propieded industrial, el cusl Segunde Anualided Q. 30.00 caducará a los cinco años contados desde que se cometi6 at Tercera Anualided Q. 40.00 hecho o tuvo conocimiento del mismo. Cuarta Anualided Q. 50.00 Articulo 6601 Articulo 590: Protección durante 1a tramitacion de is patente Los montos de les tarifas correspondientes - los servicios de Informacion de patentes que prestará el Registro de laE1 titular de la patente podrá demander is Propleded Industrial quederán determinades en el Reglamentoindemnizacion por defios y perjuicios contra cuelquier persone de esta Ley.que hublese explotado is Invencion relyindicade en la

respective solicitud de patente durante el periodo comprendido entre la Fecha de presentacion de 1a solicitud · Articule 6701la Fecha de otorgamiento. E1 derecho reclamer is indemnizacion quedara sujeto at otorgamiento de 18 patente y A1 entrar on vigencia 1a presente ley. Queda derogado elsolo proceder& con respecto . las relvindicaciones que Decreto Gubernative 2011 que continue 1a Ley de Patentes dehublesen quededo Incluides en ella. Invencion. ast COMO cuslquiera otre que contravenge les disposiciones contenides on este Instrumento legal. Articulo 600: Acciones Penales Articule 6801 La accion penal y la aplicacion de las penes indicades en este articulo se regire por les disposiciones del Codigo E1 presente Decreto Ley entrera en vigor treints dias despuésPenal en 10 que seen aplicables. de su publicacion on el Diario Oficial. Los productos fabricados. importados. comercializados o utilizados en infraccion de algon derecho de propleded Dado en el Pelacio Mecional, . los TREINTA dias del mes de DICIEMENT de all novecientos ochents Y cinco. Industrial protegido por esta Ley, ast como el material y los Instrumentos que strven exclusivamente para la comision de la Infraccion. podrán ser decomisados por la autorided PUBLIQUESE Y CUMPLASE competente en espera de las resultas del proceso correspondiente. General de División, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES CAPITULO V: DISPOSICIONES TRANSITORIAS E Secretario General de in Jefatura do Estado

Artículo 6101 MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ

Toda solicitud de patente que estuviere en tramite ast COMO El Ministre de Economic las acciones que se hubieren derivado al entrar en vigor la REINALDO DANIEL ARRIOLA GALINDO presente Ley. continuarán tramitandose de conformided con las disposiciones de las leyes bajo las cuales se Iniciaron. Articulo 6201 RECRETO LEY Todas las patentes que se hubieren otorgado de conformidad con is vigencia de leyes anteriores a esta conservarán los KL JEFE DE ESTADO, plazos para los que se otorgaron y is validez que tales leyes les concedieron. CONSIDERANDO: Articulo 630: Que - necesaria mementer los ingresos corriantes del Gobierno , reduE1 Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de air al deficit fiscal, pers stemmer los efectos desfeverables que Sate proEconomic emitire el Reglamento respectivo pera is aplicacion de la presente Ley. voca al generar tensiones inflacionerias; CONSIDERANDO: DISPOSICIONES FINALES Que pera Legrar al objetive enterier, los sectores participantes on el Gram Billege Macional recommendares por componse establecer - impuests Artículo 6401 Recursos selective al consumo. Contra las resoluciones que dicte el Registro de la Propieded FOR TANTO,Industrial podrá plantearse el recurso de revocatoria y se resolverá de conformidad con 10 que establece la Ley de 10 Contencioso Administrativo. Contra las resoluciones de mero the al ejercicie de Las facultades que le confisren Los articulos 40. y tramite. no cabra recurso alguno, salvo el de 26, incise $), del Estatute Fundamental do Cobierno, modificado por los De-responsabilidad.

cretos Leyes affects 36-82 y 87-83, Articulo 650: Pagos - CONSEJO DE MINISTROS

PATENTES DE INVENCION DECRETA: Pago por solicitud Q. 250.00

Registro de cesion. transferencia o cambio La signients de nombre Q. 50.00 LEY BE IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMOPatente Precautoria Q. 50.00 Prorroge de is Patente Precautoria Q. 75.00

CAPITULO I

Primera Anualided Q. 50.00

Segunda Anualidad Q. 60.00 DEL OBJETO Y DEL SECHO CENTRADOR DEI IMPUESTO

Tercera Anualidad Q. 70.00 Cuarta Anualidad Q. 80.00 Quints Anualidad Q. 90.00 ARTICULO 10.- Sa establece al imposto selective 1. consumo, que se Sexta Anualided Q. 100.00 Septime Anualided Q. 110.00 aplica Enicaments - la primers staps del proceso productive n de comercia-2256 DIARIO DE CENTRO AMERICA. - Enero 8 de 1986 NUMERO 89 lisacion de las mercancias destinadas al consumo interno, comprendidas on ex-florrice se modifiques, indicando - is comunicacion la fecha la lista que apruabe el Organismo Ejecutivo, mediants Acuerdo Cubernative, a partir de la cual rigen las actualizaciones; smitido on Consejo de Ministros.

2. Llever , mantener al die - registro de las compras du materias ARTICULO 20.- Pare las mercancias afectas de producción nacional la primes , dama insumos que - atilizen an al process productive

etapa de aplicacion del impuesto selective al consumo as la manufacturers, y otro registre do Las ventas efectuadas. Dichos registros deon tanto que para las importadas la etaps de aplicacion as la adusns de inbeen par hobilitades por La Disección General de Rentan Internas, greso. quedande - liberted al contribuyente - - diseños, siempre ARTICULO 30.- K1 impuesto selective al consumo se general - les mismon messtron come sinine:

1. En el momento de la vents o de cualquier transferencia de A. K1 registre de compres de materia prime y dama insumes, dominio de las mercancias afectss que realicen los fabrifachs diaria do Las adquisitiones, precio de las compras cantes contribuyentes del impuesto. En este caso, la oblilocales, valor de Les importaciones, total de adquisiciogacion de pagar al impuesto se origina en la fecha de endnee, total utiliands - al - y salds pare al promise sion de la facture de vents o del documento equivalente, - Con base - esta registro, al contribuyents dabe que acredite la transferencia de dominio o la entrega de presentar - informs, come parts de au declaración jurada la mercancia, al acto que se realice primero; sensual, de is materia prime . insures principales stili2. En la fecha on que se efectue al retire de mercancias afecsafes - al - , al salds para al proximo mes; tas, del inventario, para uso o consumo personal del fabriB. K1 registre de ventas, fecha diaris de las ventes, valor cante contribuyente; y. do Las ventes locales, valer de Las exportaciones, precios

ex-fforica de Las mercancias vendidas, valor do las ventas3. En la fecha on que ae acepte la poliza definitive de imporlocales a precios em-florica . imposto selective aplicable.tacion, parcial o total, o al formulario adusnero, seglin corresponds. Con base a este registre, al contribuyents dabs formular - declaración jurada memoval; 7. CAPITULO II DE LAS EXCLUSIONES DEL IMPUESTO 3. Buitir factures de vents . documentos aquivalentes por las treasARTICULO 40.- Estan excluidos del objeto del impuesto selective forencias de deminio do merconcias afectas al impuests. Dichos al consumo las entregas de mercancias sfectas an consignacion , a610 documentos doban estar autorizados per la Direccion Congral de mientras permanexcan en ... situacion, asf como las transferencias de Rentas Internes , llemar todes les requisites y condiciones a que dominio de mercancias afectss en los casos de: se refiere al Capitale VI del Accordo Gubernative a 907-84, Reglamento de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA). on 10

1. Adquisiciones an judiciales o en subsetas publicas; que fuere aplicable.

2. Adquisiciones que se exectuen de conformidad con el Capítulo CAPITULO IV VI del Título VII de la Ley de Bancos, Decreto numero 315

DE LA BASE DE IMPOSICION del Congreso de la Republica: y. ARTICULO 80.- La base sobre la cual se dabe aplicar la tase de in-3. Donaciones a entids les de beneficencia y de servicio social,

puesto que proceds, se determine de la memore signismentno lucrativas, constituidas legalmente y debidemente regis--

1. Ea la produccion ascional, sobre al valor de las ventas paratradas como tales, ante la Direccion General de Rentas Internas. computer interno calculades a Loe precios de vonts ex-fabrica de Las mercancias afectes que fabrica el contribuyents. 81 precioCAPITULO III de vents ex-fforice le constituye al costo de fabricacion de la DE LOS CONTRIBUTENTES mercencia 4a que se trate who La wrilided del productor: y.

ARTICULO 50.- Son contribuyentes: 2. En las importaciones, adicionando al valor CIF al month de los derechos arancelarios efectivamente pagados por el importador que1. Los fabricantes redicados en el pais, de acuerdo con 10 que figures en la poliza o - al formulario aduanero, segus el caso.establece el Reglamento: y.

2. Las personss individuales O jurídicas que importen mercanLa conversion del valor CIF en la fecha de acaptacion de la polise o del formularie adusnero, segúa corresponda, se hara aplicandoclas afectas al impuesto. las normas contenides on al Decreto Ley numero 149-85 " on al ARTICULO 60.- Los fabricantes de mercancias afectas al impuesto, Acuerdo Cubernative almaro 1393-85. inscritos como contribuyentes del impuesto al valor agregado (IVA), quedan automiticamente y de oficio inscritos como contribuyentes en ARTICULO 90.- K1 impuests selective al consumo se aplica Gnicamente el regimen del impuesto selective al consumo, a cuyo efecto la Direc- - los casos a que se refieres los mumerales 1 , 2 del articule anterior y

cion General de Rentas Internas queda facultada para entregarles a diforms parts de la base de imposicion dal impuesto al valor agregado (IVA). chos fabricantes sus correspondientes constancias de inscripcion por conforms Le prevists - al ameral 2 dal artículo 27 del Decrete Ley número los med 08 que estime convenientes. 97-84. ARTICULO 70.- Los fabricantes de mercancias afectas, que tengan ARTICULO 10.- Les precios do vents ex-fabrice de cade contribuyents la calidad de contribuyentes del impuesto, estão obligados a: son, para cade norcancia, Les contenidos on La declaración jurada de precios presentads a la Direccide General de Rentas Internes, conforms 101. Presentar d la Direccion General de Rentas Internas, dentro tipulade por al numeral del artícule 70. de esta Ley. de los primeros dies (10) dias habiles de vigencia,del AcuerCostra al procio do dal fabricents contribuyents, bedo Cubarnative que contengs la lists de Las marcancias efactas, del imposite, - be admiter una lists de Los precios ex-fforica de las mercencias que fabri 1. Deduccious per descreates concedides . per stree conceptes sinican, la cual revists la condicion de declaracion jurada. Dicha lares: y. lists debe actualizarse, en oportunidad de fabricar nuevas mer2. Adiciones por financiamientes otorgades a los compradores, tales cancias, eliminar producciones existentes o cuando los precios come intereses, comisiones y similares.NUMERO 89 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Enero 8 de 2257 ARTICULO 11.- No obstante lo establecido an al numeral 2. del artículo cide General de Bontas laternas, as formulari que Sata proporanterior, cuando por cualquier circunstancia se opere una devolucion o rececioners, uns declaración jurada, que comprenders los actos grave peracion de une mercancia, al precio establecido en el acto del ingreso de doe a que se refiere al artículo 30. de eath Ley, efectuados dutal mercancia al inventario del contribuyente, se admite agregar los gastos rante el - calendario anterior, , el impuneto . pagar. La deincurridos para ponerla nuevamente a la vents. En este caso, la base del claracion gurada dabe, firmada por al contribuyents, as toimpuesto la constituye ase nuevo precio de venta. presentants legal . - apoderado, , al imposito on alla comsig nado dabe pagares on al acts de - presentation: y.CAPITULO V DE LAS TASAS Y DEL IMPUESTO 2. Cuando se trate do importaciones, al page dabe becares a partir de la fachs on que La advane netifique la liquidación de la p6-ARTICULO 12.- Las tasas del impuesto selective al consumo son: lisa da importación o del formalario adminare, según corresponda.

1. De hasts el quince por ciento (152) para las a compresdidas en la categoria "A" de la lists a que se refiere al articule ARTICULO 17.- La declaración jurada a que se refiere al memeral 1. 10. de esta Ley; del articule anterior, debe presentarse auaque al fabricante contribuyen2. De hasta el cuarents y cinco por ciento (45%) para Las BATto no tangs - pager impuest selective al compune.

cancias comprendidas en la categoría "B" de la lists a que ARTICULO 18.- La declaracion jurada y page del imposte podrá remise refiere el artículo 10. de esta Ley: y, tires a la Direccion General 4a Rentas Internas per correo certificado, la

3. De hasts el cien por ciento (100%) para las mercancias com- - 00 tendri por presentads on tiempo, of la fecha de recepción del correo prendidas en la categoría "C" de la lista a que se refiere está demtro del termine a que se refiere al memeral 1. del articule 16 de esta Ley. el artículo 10. de esta Ley.

ARTICULO 13.- E1 impuesto selective al consumo as al resultado de ARTICULO 19.- $1 - contribuyents no presents ou declaracion jurada, aplicar a la base de imposicion establecide, conforms las reglas contedestro del termine a que se refiere el mumeral 1. del artículo 16 de ests nidas en los numerales y 2 del artículo 80. de esta Ley y. en su caso, Ley, La Direccion General de Rentas Internae quade !acultada para establede scuerdo a lo previsto en al artículo 11 de 1s misms, las tasas de incer de oficio al impuesto, observándose al procedimiento siguients: puesto a que se refiere el artículo anterior.

1. La Direccion General de Rentas Internes fijara al contribuyente CAPITULO VI - termino improrrogable de dies (10) dias para eue presents B" DE LA FLEXIBILIDAD EN LA APLICACION derlaracion jurada; DEL IMPUESTO 2. Si no present la declaracion en al termiso fijado, la Direction

General de Rentas Internas quada facultads para taser do oficio ARTICULO 14.- E1 Organismo Ejecutivo, mediante Acuerdo Cubernativo, el imposto, com base an al promodio aritentico memoual de las dictado en Consejo de Ministros queda facultado para: ventas declaradas per al contribuyante on los ditimos tree (3)

1. Elaborar , aprobar la lists de mercancias a que se refiere al a falts de esta informacion la tasaci6m as hard con base artículo 10. de esta Ley; dates do las ventas de empresas similares que funcionen

2. Clasificar las mercancias, dentro de la lists a que se refiere - el pain: al numeral 1. anterior, por categorias "A", "B" , "C", según 3. Contra la tasación de oficio practicado por la Direccion General al grado de prescindibilidad; de Bentas Internes, cabe La presentación do la declaración jurada

3. Modificar la lists de mercancias, por adicion 0 exclusion; y al page del imposeto, who las canciones you corresponden; y.

4. Trasladar mercancias comprendidas en una categoría de La lists 4. Be case que dentre del termino 4a tree (3) dise siguientes al de otra tegoria de La misms; y. la notificación de la tasacion do oficie as se presents la decla

5. Modificat las tasas impuesto, sin que las misms exceden reción jurada, - pagus al impuests , las multes y recargos impual limits máximo fijado pars cade categoría, de scuerdo con tables, la tasacion de oficia quada - firms. lo establecido por al artículo 12 de ests Ley.

ARTICULO 20.- Be virtud de que is lists de precise . queEn al Acuerdo Gubernative que se emits COM base a 10 astablacido - refiere al numeral 1. del articule 70. de asta Ley, reviste la condien este art ulo, se debe indicar las tasse de impuests aplicables a cide de declaracion jurada, la aisms quade sejeta 1MB able a verificación cade una de las tres categorias de mercancias que compremde la lists per parts de la Direccion General do Rentas Internals, sime tombian a las que se refiere al artículo 10. de esta Ley. sanciouse que fueren splicables conforms esta Ley. ARTICULO 15.- Las modificaciones a 34 lists de mercancias a que Ea case de resistencia a presentar la lists do precios ex-ffbrica, se refieren los numerales 3, 4 y 5 del artículo anterior, unicaments poadembe de las senciouss a que hubiers lugar, al impuesto se liquidard , pe-dran hacerse despuss de transcurridos dos (2) meses de so implantacion . garl al Fisce con base a las ventas totales del fabricante contribuyents, de su Gltima modificacion. No obstante, tratandose de axclusiones de marsin admitires deduccion alguse. cancias del Ambito del impuesto, las mismas pueden hacerse en coalquier fecha, emitiendose a este respecto al correspondiente Acuardo Cubernative. CAPITULO VIII DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO VII DE LA LIQUIDACION Y PAGO DEL IMPUESTO ARTICULO 21.- La presentación extemporanes de la declaración jurada

será anncionada con use mults de cincuenta quetzbles (Q.50.00); misntras queARTICULO 16.- E1 impuesto se liquida , page de la meders siguients: la presentación extemporanes de La lista da precice ex-ffbrice a que se re1. Para las mercancias de produccion nacional, los fabricantes CODfiere al numeral 1. del articule 70. de esta Ley, setá sancionada con USE tribuyentes deben liquidar , pagar mensualments el impuer to, dessults de quinientos quotiales (Q.500.00).tro del termino de los primeros veinte (20) dias siguientes al calendario que corresponds. Para el efecto, dentro de diARTICULO 22.- La more al page del impuisto obliga al contribuyencho termino, el fabricante contribuyente presentará a la Directe, sin necesidad de requerimiento alguno, al pago de un interes por cada2258 DIARIO DE CENTRO AMERICA. - 8 de 1986 NUMERO 89 die de atraso, al cual se calcula aplicando al impuesto a pagar, la tass ests Ley, cubte operaciones a partir de la fecha de vigencia del activa de interes anual afxime fijada por la Junta Monetaria para los banAcuardo Cubernative que contangs la lists do mercancias afectas hasta COS del sistems, incrementade en custro (4) puntos porcentuales. Dicho al altime día calendario dal - respective. interes debe pagares juntaments con al impuesto cafio an mora.

ARTICULO 23.- Los contribuyentss que proporciones datos que den como ARTICULO 31.- a los casos de importaciones de mercancine afecresultado un pago menor de impuesto al que corresponde, deberan, además de tas al impuesto selective al communo, que se liquiden con base on los cubrir al impuesto omitido, pagar une mults equivalente al mismo, sin perarticules 40. , 50. del Decrete Ley afmero 146-85, Arencel Contrommerica juicio de las sanciones penales que establescan las leyes respectivas, si no de Importacion, a La base de imposicibe que se determine or al fuers al caso. memoral 2. del articule Bo. do esta Ley, se agregard, cuando corresponda, al imports del impuesto de estabilización economica efectivaments pagado ARTICULO 24.- Las multas R que se refiere el presents Capitulo no por al importador do que se trate. podran ser exoneradas ai rebajadas por al Ministerio de Finanzas Publicas. ARTICULO 32.- as Organismo Ejecutive, por conducto del Ministerio CAPITULO IX de Finanzas Publicas, emitirs las normas regismentaries complementarias DE LA RECTIFICACION, LIQUIDACIONES PARCIALES DE IMPUESTO Y DE que funrus necessrias pers la corrects aplicacion de la presents Ley. LA LEGISLACION SUPLETORIA ARTICULO 33.- K1 presents Decreto Ley será publicado en al Diario Oficial y entrars - vigor al dia siguiente de - publicacionARTICULO 25.- Los fabricantes contribuyentes pueden rectificar . - pliar al contenido de sus declaraciones juradas, dentro de los tree (3) noDADO - IL PALACIO NACIONAL: - la ciudai de Quatemals, a los siete

ses calandario siguientes a la fecha de vencimiento del termino para la pre dlas del - de enero de mil acvecientos a y seis. sentacion de la declaracion jurada del respective período impositive, sienPUBLIQUESE CERTIFIASE pre que tales rectificaciones no se hagan con ocasion de inspecciones, ajustas o denuncias. General de Division, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Jefe de Estado , ARTICULO 26.- Cuando un contribuyente sea objeto de ajustes y multas, Ministro de la Defensa Nacional. In Subsecretarie General de in lefatura dopuede manifestar su conformidad, total o parcial. o consentirlos tacitamenEstade, Encargade del Despache, RODERICO MARTINEZ ALDANA to, en cuyo caso tales ajustes y multas quedan firmes y. en consecuencia, la Di El Ministro de Financias rección General de Rentas Internas deberk formular liquidacion parcial ARIEL RIVERA IRIAS de sus importes, fijando un termino de diez (10) dias para su pago y El Ministro de Economic REINALDO DANIEL ARRIOLA GALINDO haciendo constar estos extremos an el expediente respectivo. Este Gltimo El Ministro de Relaciones Exteriores continuard su tramite an cuanto a los ajustes y multas impugnadas express FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN ments por al contribuyente. El Ministro' de Agricultura, Ganaderia y Alimentación ARTICULO 27.- E1 procedimiento a seguir con respecto al impuesto JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS Ministro de Goberración

CARLOS GUZMAN ESTRADAdejado de pagar, a la imposicion de multas, a la interposicion de recurSOB , a la extincion del derecho del Estado para verificar y del contriLUIS HUGO SOLARES AGUILAR J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ buyente para reclamar al Fisco, as, con las adecuaciones del caso, al Ministre de Comunicaciones, Transporte Ministro de Salud Pública , Obras Publicas , Asistencia Social contemplado por e) Capitulo XI del Decreto Ley número 97-84, Ley de Inpuesto al Valor Agregado (IVA) y sus modificaciones. CARLOS PADILLA NATARENO Ministre de Tr abajo y Prevision Social ARACELY J. SAMAYOA DE PINEDA Ministro de Education

CAPITULO X

DE LA ADMINISTRACION T FISCALIZACION S. ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA

Ministre de Energia , Minas ARTICULO 28.- Corresponde a 1a Direccion General de Rentas Internes la Administracion y fiscalizacion del impuesto selective al consumo. DECRETO LEY NUMERO 4-86 Las aduanas por donde ingresen las mercancias gravadas, estan obligaKL JENE DE ESTADO das a liquider el impuesto selective al consumo que corresponda, al que deCONSIDERAMDO: bera ser pagado en las agencias del Banco de Guatemals o on la caja fiscal Que es deber del Gobierno de la Republica velar portue las cmque autorice la Direccion General de Rentas Internas, como requisito previo presas estatales presten servicio eficients al público, de acherdo con

para desalmacenar las mercancias, debiendo dichas oficines receptoras extenlas leyes de su creacion, dictando para al efecto las medidas que tiender al recibo por al pago dal impuesto selective al consumo que corresponda. dan a esa finalidad: Los funcionarios y empleados aduaneros que incumplan con 10 dispuesto COMSIDERANDO: on al parrafo anterior, son solidariamente responsables del pago del impuesQue por Decreto Ley numero 50-84, modificado por Decreto Ley nGto selective al consumo, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresmero 60-84, se intervino al Instituto Macional de Electrificacion -INDEponderles de acuerdo con otras leyes aplicables. y. babiendose Logrado los objetivos previstos al decretar la intervención, ARTICULO 29.- Las personas individuales o jurídicas que, conprocede dejarla air efecto; forms leyes especiales, consideren tener derecho a que no se les apliCONSIDERANDO: que en sus importaciones el impuesto selective al consumo, pueden preQue para que el Instituto Macional de Electrificacion -INDEcumple sentar solicitud fundada al Ministerio de Finanzas Publicas, para que con los objetivos previstos on su Ley de Creacion, necesario reestrucEste califique y resuelva si procede o no la exoneracion. turar - organizacion administrativa, emitiendose tambien con proposito la presents disposicion legal.

CAPITULO XI

POR TANTO: DE LAS DISPOSICIONES FINALES in el ejercicio de las facultades que 10 confiere el artículo 40. del ARTICULO 30.- La primers declaracion jurada que deben presentar Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes numeros los contribuyentes a que se refiere al numeral 1. del artículo 16 de 36-82 y 87-83,

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