🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 9-2020

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 9-2020
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2020

----------------iI..1'unbabo en 1880 1-1 ------------- • • mrlObt

ORGANO OFlCIAL DE LA REPOBLlCA DE GUATEMALA, C. A.

MIERCOLES 1 de ABRIL de 2020 No. 42 Torno CCCXIV

EN ESTA EDICION ENCONTRAM:

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA

REpUBUCA DE GUATEMAlA

DECRETO NUMERO 9-2020

P6gina 1

DECRETO NUMERO 10-2020

P6gina 2

DECRETO NUMERO 11-2020

P6gina 3

DECRETO NUMERO 12-2020

Pagina 4

ACUERDO NUMERO 11-2020

Pagina 7

ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE FINANZAS pUIUCAS

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 51-2020

Pagina 7

PUBLICACIONES VARIAS

CONTRALORiA GENERAL DE CUENTAS

ACUERDO NUMERO A-13-2020

P6gina 9

MUNIQPALIDAD DE MIXCO,

DEPARTAMENTO DE GUATEMAlA

ACTA NUMERO 65-2020 PUNTO QUINTO

Pagina 10 ANUNCIOS VARIOS - Matrimonios Pagina 11 - Tftulos Supletorios Pagina 11 . - Edictos Pagina 12 - Remotes Pagina 13 - Convacotorias Pagina 16

ATENCION ANUNCIANTES: IMPRESION SE HACE CONFORME ORIGINAL T oda impresi6n en 10 porte. legal del Diorio de Centro America. se hoc. respetondo .1 originol. Por 10 anterior •• sto

ATENCION ANUNCIANTES: IMPRESION SE HACE CONFORME ORIGINAL T oda impresi6n en 10 porte. legal del Diorio de Centro America. se hoc. respetondo .1 originol. Por 10 anterior •• sto odministroci6n ruego 01 publico tomor nota.

Director General: P ...... Arellano Arellano www.dca.gob.gt

ORGANISMO LEGISLATIVO

W

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 9-2020

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que es obligacion del Estado y sus autoridades mantener a los habitantes de la Nacion en el plena goce de los derechos que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala garantiza, en casos de estado de calami dad publica puede cesar la plena vigencia de algunos derechos, previa declaratoria del presidente de la Republica en Consejo de Ministros, calificando la situacion particular segun su naturaleza y gravedad, de conformidad con el Decreto Numero 7 de la Asamblea Constituyente, Ley de Orden Publico_ CONSIDERANDO: Que con fecha 21 de marzo del allo en curso, el presidente de la Republica en Consejo de Ministros, emitio el Decreto Gubernativo Numero 6-2020, que reforma el Decreta Gubernativo Numero 5-2020, de fecha 5 de marzo de 2020, mediante el cual se declara estado de calamidad publica par el plazo de treinta dias en todo el territorio nacional como consecuencia del pronunciamiento de la Organizaci6n Mundial de la Salud de la epidemia de coronavirus COVID-19 como emergencia de salud publica de importancia internacional y del Plan para la Prevenci6n, Contencion y Respuesta a casas de coronavirus COVlD-19

consecuencia del pronunciamiento de la Organizaci6n Mundial de la Salud de la epidemia de coronavirus COVID-19 como emergencia de salud publica de importancia internacional y del Plan para la Prevenci6n, Contencion y Respuesta a casas de coronavirus COVlD-19 en Guatemala del Ministerio de Salud Publica y Asistencia SociaL CONSIDERANDO: Que con fecha 24 de marzo del ana en curso, el presidente de la Republica en Consejo de Ministros, emiti6 el Decreto Gubernativo Numero 7-2020, que prorroga por treinta dfas mas el plazo de vigencia del estado de calamidad publica, contenido en el Decreto Gubernativo Numero 5-2020, de fecha 5 de marzo de 2020, ratificado y reformado por eJ Decreto Numero 8-2020 del Congreso de la Republica, de fecha 12 de marzo de 2020, siendo reformado el Decreto Gubernativo Numero 5-2020 por el Decreto Gubernativo Numero 6-2020, de fecha 21 de marzo de 2020_ CONSIDERANDO: Que, a la presente fecha, las circunstancias, desarrollo y propagacion del virus identificado como COVlD-19, va en aumento en la Republica de Guatemala, y que como consecuencia y en disposici6n del C6digo de Salud es necesario que las instituciones del sector salud, otros sectores y la comunidad en general cooperen conforme los reglamentos internacionales y nacionales en las medidas preventivas y medicas para seguir evitando su propagaci6n y con ello mitigar ef impacto del virus. • Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa2 Guatemala, MIERCOLES 1 de abril 2020 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMER042

CONSIDERANDO: Que al Congreso de la Republica Ie corresponde ratmcar los Deeretos Gubemativos

CONSIDERANDO: Que al Congreso de la Republica Ie corresponde ratmcar los Deeretos Gubemativos Numeros 6-2020 y 7-2020, ambos emitidos par el presidents de la RepUblica en Consejo de Ministros, "mitiendo "I instrumento legal que en derecho corresponde.

PORTANTO: En ejercicio de las atribuciones que Ie confieren los artlculos 138.139 Y 171 literal a) de la Constituci6n Polltica de la Republica de Guatemala, DECRETA: Articulo 1. Ratificar el Decreto GUbemativo Nlimero 6-2020, de fecha 21 de maIZO de 2020. emitido por eI presidente de Ia RepUblica en Consejo de Ministros. que reforma eI Decreto Gubernalivo Nlimero 6-2020, de fecha 5 de marzo de 2020,en eI cual se declara estado de calamidad p~blica por un plazo de treinta dIu en todo el tenitorio nacional.

Articulo 2. Se reforma eI numeral 1) de la literal c) del artIculo 1 del Decreto Gubemativo Numero 6-2020, emitJdo por el Presidente de la RepUblica en Consejo de Mlnlstros, el cual quedar8 redactado con el teXlo siguiente: "1) Los funcionarios y empleados publicos del Estado, los diputados al Congreso de la Republica en congruencia con 10 establecido en los articulos 139 y 161 de Ia Constituci6n Polltica de Ia RepUblica de Guatemala, _ran desarrollar sus funcion ... legislativas, fiscalizar e intermediar durante la presente crisis, para 10 cual mantienen todas sus prerrogativaa y calidade. que la ley les confiere, asl como el personal del Organismo Legislativo designado para brindar 81 apoyo

funcion ... legislativas, fiscalizar e intermediar durante la presente crisis, para 10 cual mantienen todas sus prerrogativaa y calidade. que la ley les confiere, asl como el personal del Organismo Legislativo designado para brindar 81 apoyo administrativo y teenico que cuente con la autorizaci6n de un salvoconducto firrnado por el presidente del Congreso de la RepUblica, durante el tiempo de vigencia del estado de calamided pUblica derivado de la panclemia coronavirus COVID-19." ArtIculo 3. Ratificar 81 Decreto Gubernativo Numero 7-2020, de tacha 24 de marzo de 2020, emitido por el presidente de la Republica en Consejo de Ministros, que prorroga por treinta dlas mas eI plazo de vigencia del estado de calamidad publica, contenido en el Decreto Gubernativo Numero 6-2020, de fecha 5 de maIZO de 2020, ratificado y ~ dO por el Decreto Nlimero 6-2020 del Congreso de la Republica, de fecha 12 de e 2020, siendo reformado el Decreta GUbernativo Numero 6-2020 por el Dacreto ubem tivo Numero 6-2020, de fecha 21 de marzo de 2020. culo 4. El presente Decreta fue declarado de urgencla nacional con el voto favorable de mas de las dos terearas partes del numero total de diputados que integran el Congreso de la Republica. aprobado en un solo debate y entrara en vigencia el dla siguiente de su publicaci6n en el Diario Ofocial.

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCI6N,

PROMULGACI6N Y PUBLICACI6N.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATlVO, EN LA

publicaci6n en el Diario Ofocial.

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCI6N,

PROMULGACI6N Y PUBLICACI6N.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATlVO, EN LA

CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTICUATRO DE MARZO DE DOS MIL

VEINTE.

PALACIO NACIOHAL: Guatemala, treinta y uno de marzo del ano des mil veinte.

GIAMMATTEI FALLA --­Dl!1.A~OELAIU'OU:A(E_31 J.202(t-l-obn

CONGRESO DE LA

REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 10-2020

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a Is familia; au fin supremo es la satisfacclOn del bien comun, y tiene como deber garantizar a los habitantes de la Rep(JbHca Ia vida, Ia justicia, la seguridad. Ia paz y el deslrrollo integral de 18 persona.

CONSIDERANDO: Que Guatemala se encuentra entre los pafses m6. damnlficados per los eventos climaticos y riesgos geoflsicos pot 10 que Be va afectado frecuentemente por terremotos. deslizamter"ltos de tierra y erupciones voCcanicas; el Gobiemo de Guatemala ha expresado su compromise de establecer mecanlsmos financieros que contribuyen al fortalecimiento de la resiliencia fiscal a los potenciales Impactos econ6micos generados por eventos naturaJes adversos. en ese contexte, solicit6 apoyo financiero at Banco

expresado su compromise de establecer mecanlsmos financieros que contribuyen al fortalecimiento de la resiliencia fiscal a los potenciales Impactos econ6micos generados por eventos naturaJes adversos. en ese contexte, solicit6 apoyo financiero at Banco IntemacionaJ de Reconstruoci6n y Fomento (BIRF) para eI disetto y preparaci6n del pres1:amo denominado "segundo Prestamo para PoUticas de OesarTOUo sabre Gesti6n det Riesgo de Oesastres con una 0pci6n de Desembolso otferido ante Catllstrofes (CAT 000)", 10 cual permRirj movilizar nlpk:Iamente recursoa ante la ocurrencia de un desastn!l: en el paSs.

CONSIDERANDO: Que el aparecimiento y propagaci6n de la epidemia generada par el virus denominado . coronavin.as COVID-19, sa ha ido extendiendo a 10 largo de todos los palses del mundo incluido algunos palaes americanos, as obligaci6n del Gobiemo de la Republica, tomar todas las precauciones y ltevar todas las actividades nacesarias para enfrentar el mismo . pot 10 que se hace necesario efeduar fuertes campanas de prevenci6n as' como detenninar el estado actual de los hospitales nacionakts en todo el pals para que en consecuencia de eUo se toman I .. accionea pertinentes que inctuyen fusrtes inversiooes en equlpamfento de dichos hospitales asf como de proveerse de medieamentos en cantidades suficientes para enfrentar este mal que podrfa afectar la salud de todos los gu~ecos.

CONSIDERANDO: Que el ;2:4 de mayo de 2019 el Directorio del Banco Intemacional de Reconstrucc:i6n y

cantidades suficientes para enfrentar este mal que podrfa afectar la salud de todos los gu~ecos.

CONSIDERANDO: Que el ;2:4 de mayo de 2019 el Directorio del Banco Intemacional de Reconstrucc:i6n y Fomento (BIRF) aprob6 otorgar a Ia RepUblica de Guatemala, un rmanciamiento con carader reembotsabJe pot' un manto de hasta dosdent08 miltones de D6lares de los Estados Unidos de Am6rica (US$ 200 .000,000) denominado "Segundo Pmtamo para Polfticas de Desarrollo sobre Gesti6n del Riesgo de Desa","", con una Opci6n de Oesembolso Diferido ante Cat4strofes (CAT 000); Y que habl6ndose obtenido las opinionea favorables del Organismo Ejecutivo y de la JUnta Monetaria, a que Se refiere eI articulo 171 Ineral Q de Ia COnslituci6n PolItics de Ia RepUblica de Guatemala , es procedente emitir La dlspos.ici6n legal que 10 apruebe.

PORTANTO: En eJ_ de las lllribucionea que Ie corm-e eI articulo 171 literales a) e Q de Ia

Constituci6n Polfties de Ia Rep(tblica de Guatemala.

DECRETA: Articulo 1. Aprobalc16n. Se aprueban las negociaciones del Convenio de Prestamo Numero 8962-GT a ser eelebrado entre 1& RepUbfica de Guatemala y eJ Banco Intemacional de Reconstrucci6n y Fomento (BIRF), denominado "Segundo Pr6stamo para Polfticas de Desarrollo sobre Gesti6n del Riesgo de Desastrea con una Opci6n de

Intemacional de Reconstrucci6n y Fomento (BIRF), denominado "Segundo Pr6stamo para Polfticas de Desarrollo sobre Gesti6n del Riesgo de Desastrea con una Opci6n de Desembolso Diferido ante Cataatrofes (CAT 000)". Articulo 2. Autorfz.acf6n. Sa autoriza at Organismo EJecutivo paniI: que. por intermedio deJ Ministario de Finanzas PCtbUcas, auscriba el COnvenlo de Prestamo Numero 8962-GT . denominado "Segundo Prestarno para Politicas de Oesarrollo sobre GestiOn del Riesgo de Oesastres con una Opcl6n de Desernbolso Diferido ante Catastrofes (CAT 000). bajo los terminoa y condiciones finanCieras que en el mismo .e estabIeoen. La autorizaci6n a que se mere eI presente artIou60 as extensive para suacrtbir loa Coclriti IJio6 modificatorios que corresponda, principalmente en 10 que ...... pecta a ia atend6n de, Is salud p~b"ca para contrarrestar ia pandemia causada por el COVlD-19. De conformidad con .1 Convenio de Pr6stamo correspondieme, las princ:ipales caradarfsticas de eata operaci6n, serfan faa siguientes:

MONTO:

DESTlNO:

ORGANISMO EJECUTOR: PLAZO DE AMORTlZACI6N: Hasta doscientoa mlUones de DOlares de los Estados Unidos de America (US$200,OOO,OOO.00).

Brindar apoyo al Presu~o General de Ingresos Y Egresos del Estado, una vez exista evidencia de un &Stado de calamidad publica en el terrttorio de la

Unidos de America (US$200,OOO,OOO.00). Brindar apoyo al Presu~o General de Ingresos Y Egresos del Estado, una vez exista evidencia de un &Stado de calamidad publica en el terrttorio de la Republica de Guatemala. relacionado con una catUtrofe natural y emergencias de salOO. Ministerio de Finanzas Publica •. Veinticinco arios (25) contados a partir de la fac::ha de fijaci6n de cualquier desembolso del financ:iamiento. que induye hasta diez (10) aftos de perIodo de Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa

Consultar sobre este documento ...