Decreto 93-1975-4
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 93-1975-4
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1975
1442 DIARIO DE CENTRO AMERICA -Diciembre 30 de 1975 NUMERO 87 "30 Por certificaciones manuscritas 0 escritas orfandad 0 invalidez, 0 de sus sueldos. en el DECRETO NUMERO 93-75a máquina, cincuenta centavos de quetzal monto que determine el Ministerio de h Defensa ((20.50) por enda hoja 0 fracción. Si SC extenNacional: para tal efecto. la Dirección General dieren en copia fotográfica, fotostática, fotocode Contabilidad del Estado y el Institut) de Pre EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, pia 0 mediante cualquier otro procedimiento si-visión Militar. harán los descuentos respectivos. milar, además del costo de la reproducción y elQuienes no perciban su jubilación. los Oficiales CONSIDERANDO: valor de los timbres, cobrarán veinte centavos afiliados en Active al Instituto de Previsión Mi (Q0.20) por cada hoja se lada y rubric la litar que se encuentren de baja y los compren Que US deber del Estado velar por el bienestar integre la certificación. Queda prohibida dides en el inciso 30. de este artículo. contribui y la superación de les guatemaltecos, proporcioextensión de certificaciones como originales en copin al carbon. Las disposiciones de este in-rán directamente al Hospital Militar y estos últi-nándoles las facilidades necesarias para el lociso son aplicables a las certificaciones que se mos, pagarán les servicios de conformidad con gro de estos fines;
extiendan en las oficinas administrativas del el porcentaje que determine el Ministerio de la CONSIDERANDO: Gobierno y municipales". Defensa NacionalArticulo 20.--Se decoga el Decreto 5-73 del Con Que la Constitución de la República expresaArtículo 29-El presente Decreto entravá en mente preceptúa que la propiedad privada puevigor el día de su publicación en el Diario Ofigreso de la República. de ser expropiada en casos concretos por utilicial. Artícu'o 30.-El presente Decreto entrará en vidad y necesidad públicas debidamente compro-gor al día siguiente de su publicación en el Diariobadas: Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaOficial. CONSIDERANDO: ción y cumplimiento. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación Que la Ley de Expropiación establece que co-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, y cumplimiento. rresponde al Congreso la declaratoria de nece-en la ciudad de Guatemala! 21 los tres días del mes sidad pública y nti idad colectiva a que hace re-de diciembre de mil novecientos setenta y cinco. Dado on el Palacio del Organism Legislativo. ferencia el principio constitucional relacionado.en In ciudad de Guatemala. a los tres dias del mes DONALDO ALVAREZ RUIZ. de diciembre de mil novecientos setenta y cinco. POR TANTO,Presidente. DONALDO ALVAREZ RUIZ. En uso de las facultades que le confiere el ar-HECTOR MANUEL MORALES Y MORALES. Presidente. tículo 170 de la Constitución de la República y loSecretario. que para el efecto establece la Ley de Expropia-HECTOR MANUEL MORALES Y MORALES.
LUIS ALFONSO ORELLANA CHACON, ción y SJS reformas, Secretario.
Secretario. DECRETA: LUIS ALFONSO ORELLANA CHACON Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve: de di: Secretario. Articulo 19-Se declara de utilidad colectiva,tiembre de mil novecientos setenta y cinco. beneficio e interés públicos, la expropiación a Publiquese y cúmplase. Palacio Nacional: Guatemala, diez y nueve de favor de la Municipalidad de Antigua Guatemadiciembre de mil novecientes setenta y cinco. la, Departamento de Sacatepéquez, del área en KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. que se encuentra localizado un pozo de agua en Publiquese y cúmplase. la finca identificada con el número 27023, del folio 73 del libro 190 de Sacatepéquez, on un áreaE1 Ministro de Gobernación, KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA total de 5,285 metros cuadrados, que servirá pa-LEONEL VASSAUX MARTINEZ ra surtir de agua potable a la ciudad de AntiguaEl Ministro de la Defensa Nacional. Guatemala.
ROMEO LUCAS GARCIA. Artículo 20-La expropiación a que se refiere el articulo 19 de este Decreto, se realizará en el DECRETO NUMERO 89-75 área de terreno exclusivamente necesaria para el aprovechamiento del caudal de agua proveniente EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, DECRETO NUMERO 92-75 del referido pozo y de acuerdo con las normas
que para el efecto establece la Ley de ExpropiaCONSIDERANDO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,ción y sus reformas. Artículo 39-EI presente Decreto entrará en Que el articulo 134 del Decreto 1782 del Congreso CONSIDERANDO: vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. de la República. Ley Constitutiva del Ejército. no determina con claridad qué personas tienen dereQue conforme lo establece el articu'o 37 del Co cho a gozar de servicios hospitalarios, per lo quedigo de Notariado. los Notarios deberán remitir al Pase al Organismo Ejecutivo para su publiDirector del Archivo General de Protocolos. en es cacion y cumplimiento. US procedente dictar las normas que permitan acin. rar ese aspecto. y establecer la forma mediante lata capital y a los Jueces de Primera Instancia en los Departamentos, dentro de los veinticineo dias Dado on el Palacio del Organismo Legislativo, eual contribuyan a su financiamiento las personas que con la enlidad de beneficiarios queden comhábiles siguientes a su ctorgamiento. on papel seen la ciudad de Guatemala. a los nueve dias del prendidos dentro de esa ley: llado del menor valor. testimonio especial de los mes de diciembre de mil novecientos setenta y actos 0 contratos que autoricen. actes de protococinco.
CONSIDERANDO: lacion. razones de legalización y avisos de las es DONALDO ALVAREZ RUIZ, crituras canceladas. los cuales son coleccionados Presidente.
Que la aplicación del Decreto 5.73 del Congreso.y archivados en el Archivo General de Protocoles ha demostrado que no Hena los fines para los cun-para los fines que dicha dependencia tiene a su ERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. Secretario. les fue emitido. por to que es procedente su deto cargo: 1
CONSIDERANDO: gatoria, y sustituirlo por normas que estén más HECTOR MANUEL MORALES y MORALES, acordes con las capacidades económicas. técnidas Que conforme lo establece el articulo 100 del Co Secretario. materiales del Hospital Militar. digo de Notariado. los notarios que incumplan con dicho requisito. les corresponde una mu'ta por la Palacio Nacional: Gratemala, 19 de diciembre POR TANTO. infracción y asimism) cancelar el impuesto que de 1975. corresponda: En uso de Ins facultades que le confiere el inciso CONSIDERANDO: Publiquese y eumplase. 10. del artículo 170 de la Constitución de la Re pública. KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA.Que por motivos de diversa indole. algunos NoDECRETA: tarios no han podido cumplir con la obligación se El Ministro de Gobernación. nalada, lo que hace necesario emitir una exoneArtículo 10.-Se modifica el articulo 134 del De LEONEL VASSAUX MARTINEZcon que les permita cumplir con esa obligación sin creto 1782 del Congreso de la República. Ley Cons sufrir una sanción previamente establecida.
titutiva del Ejército. en la siguiente forma: POR TANTO. Articulo 134.-Tendrán derecho a servicios DECRETO NUMERO 97-75 hospitalarios en las mismas condiciones que JosEn uso de las facultades que le confiere el articu miembros del Ejército en situación de active laslo 170. inciso 10., de la Constitución de la República.EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.siguientes<personas:
DECRETA:
CONSIDERANDO:
10. Los Oficiales Generales. Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos que esten jubilados Articulo 10.--Se exonera de la multa a que se refiere articulo 100 del Código de Notariado. a Que de conformidad con el inciso 39 del articu-en el Orden Militar y los que estándolo. no los notarios que hayan incumplido el requisito que lo 36 de la Constitución de la República, el Conperciban la jubilación por encontrarse des establece el articulo 37 de ese mismo cuerpo legreso, por sorteo, deberá designar un miembroempeñando un cargo on el Estado a en las instituciones que actuan por delegación del gal. por el termino de sesenta dias. propietario y uno suplente para integrar el Consejo Electoral a efecto de continuar con las funmismo y que hayan optado por devengar el Articulo 20.--El presente Decreto entrara en viciones que dejaran de desempeñar los Diputados sueldo que corresponda a dicho cargo. asi gor el dia siguiente de su publicación on el Diarioanteriormente electos y euyas funciones finalicomo los Oficiales Afiliados en activo del Ins Oficial. zaron el 15 de junio de 1974, tituto de Previsión Militar que se encuentren de baja; Pase al Organismo Ejecutivo para su publica POR TANTO,
20. Las personas que perciban montepio, pen con y cumplimi-nto. sión por viudedad, orfandad 0 invalidez. Con fundamento en lo que preceptúan el incisoDado on of Palacio del Organismo Legislativo. siempre en el Orden Militar: 39 del articulo 36 y el inciso 19 del artículo 170en la ciudad de Guatemala. a los nueve dias del de la Constitución de la República,30. Los Oficiales Generales. Oficiales Superioresmes de diciembre de mil novecientos setenta y V Oficiales Subalternos que se encuentren de cinco. DECRETA: baja del Ejército y no esten contemplades DONALDO ALVAREZ RUIZ. en los incisos anteriores: Presidente. Articulo 19-Se declara miembro propistaria to Las esposas e hijos menores de edad de los del Consejo Electoral en representación del ConOficiales aludidos en los numerales que an ERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. greso de la República, de conformidad con el sor-Sccretario.teceden: y teo practicado por rste Organismo, al Diputado:
50. Los miembros del personal que presta servi FACTOR MENDEZ MENDIZABAL.HECTOR MANUEL MORALES Y MORALES.
cios al Instituto de Previsión Militar. Secretario. Artículo 29-Se declara miembro suplente ante el Consejo Electoral en representación del Para los casos a que se refieren les incisos Palacio Nacional: Guatemala, 19 de diciembre de Congreso de la República, de conformidad con 10., 20., 30. y 4o. de este articulo. deberá acre1975. el sorteo practicado por este Organismo, al Diditarse el grado militar profesional del Oficial putado: RAMON SANDOVAL CONTRERAS. del Causante. Publiquese y cumplase. Artículo 39-E1 presente Decreto entrará en vigor al mismo día de su publicación en el DiaLas personas a que se refiere este artículo KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA Tic Oficial. contribuirán al financiamiento de los gastos que ocasione el programa, con un percentaje de sus El Ministro de Gobernación. Pase al Organismo Ejecutivo para su publijubilaciones, montepios 0 pensiones de viudedad.LEONEL VASSAUX MARTINEZ cación.NUMERO 87 DIARIO DE CENTRO AMERICA. Diciembre 30 de 1975 1443 Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. CONSIDERANDO: POR TANTO. en la ciudad de Guatemala, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y Que según lo manifiesta la parte interesada, Con fundamento en los articulos 2, J, 5, 15, 19. cinco. en el artículo 29 de dicho Acuerdo se indica que 22, 33, 31, 35, 36, 37, 38, 30, 40 y 46 del Convenio
DONALDO ALVAREZ RUIZ, los beneficios de la empresa con la eual se le Centroamericano de Incentivos Fiscales al DesPresidente. equipara "finalizan el 12 de febrero de 1978" y arrollo Industrial y 11 del REIFALDI, en la realidad, los beneficios que le fueron conERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. cedidos a la empresa "Confiteria Flores" finaliSecretario. zan el 12 de junio de 1978; asimismo, en el lisACUERDA tado contenido en el artículo 49 del mencionado Acuerdo, inveluntariamente fue mal consignada Articulo 19-- Otorgar Clasificación de IndusLUIS ALFONSO ORELLANA CHACON. una partida arancelaria y el nombre de dos signatro del grupo "C" a la empresa CONSecretario. terias primas que son necesurias para el norFECCIONES SOL-MAYA, SOCIEDAD ANOmal funcionamiento de la empresa, de ahí que se NIMA, para que se dedique a la confección de Palacio Nacional: Guatemala, 19 de diclembrede solicita la enmienda de dicho Acuardo numero prendas de vestir tales como ropa exterior para1975. 333-75; niños, pantalones, blusas para damas, camisas. pijamas, chumpas y batas.
Publiquese. CONSIDERANDO: Artículo 29-La empresa que por este acto se clasifica, gozará de la exención total de derechos:
KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. Que del análisis de las presentes actuaciones de aduana y demás gravámenes conexos incluse comprueba que efectivamente el vencimiento yendo los derechos consulares, sobre la importaE1 Ministro de Gobernación, de beneficios Se eneuentra mal consignado, asi ción de maquinaria y equipo durante un periodoLEONEL VASSAUX MARTINEZ como la partida arancelaria y rubros a que alude tres años. de el solicitante, por lo que, es conveniente reArticulo empresa CONFECCIONES solver favorablemente, SOL-MAYA. SOCIEDAD ANONIMA debera cumplir con las siguientes obligaciones: DECRETO NUMERO 98-75 POR TANTO, a) Invertir en la industria un capital no meEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,En base a to antes considerado y Acuerdo Minor de ciento veinte mil quetzales (0120,- nisterial número 333-75 de fecha : de septient000.00) como se indica en et estudio 020bre de 1975. nómico presentado;CONSIDERANDO: ACUERDA: b) Contar con sus instalaciones totalmente terQue compete al Congreso de la Republica clegir minadas e iniciar su producción a escala Articulo 19-Se modifica el Acuerdo Ministeindustrial inmediatamente al obtener sua los Magistrados de la Corte de Apelaciones de los Tribunales de lo Contencio Administrativo, de rial número 333-75 del : de septiembre de 1975, clasificación; Segunda Instancia de Cuenias y de Cenflictos de en el sentido de aclarar que la fecha de vencic) Producir sus articulos en ignal 0 mejor camiento de beneficios para la embresa denomina-Jurisdice:ón y que ha s'do realizada la elección lidad que los de manufactura extranjera y para los cargos de Magistrados (uyos cargos están da PRODUCTOS ALIMENTICIOS SHARP, SOofrecerlos a la venta a igual 0 menor prevacantes por renuncia de les profesionales inicialCIEDAD ANONIMA. es el 12 de junio de 1978 rio que estos: mente electos, y no el 12 de febrero de 1978 como erróneamend) Operar como minimo con una producción POR TANTO. to se consignó en el Artículo 29 del referido anual de 120,000 unidades equivalentes a Acuerdo: asimismo, 8P modifican los rubros y 0300,000.00 de los articulos que elabore: En uso de las atribuciones que le confieven los partida arancelaria de las materias primas que e) Exportar la totalidad de sus productos fuearticulos 166, inciso 90. y 242 de la Constitueion de a continuación so detallan, las cuales fueron mal ra del area centroamericana: la República. consignadas on el Articalo 19 del Acuerdo de mer) Efectuar et transporte internacional de sus DECRETA: rito: 1) La Partida arancelaria correcta que ammercaneias que goeen de exoneración de impara la importación de Knomel (accite de alment puestos fiscales, ya sen por la via maritima Artículo Se declara electos Magistrados pro dra de palma) US el número 413-02-00-09: ID E 0 aérea en naves 0 aeronaves de empresas
pietarios de la Corte de Applaciones. a los aboga nombre correcto de la materia prima amparada nacionales, asi como utilizar para el efecto dos: Manfredo Marrequ'n. José Viet Taracena por la partida número 0-22-02-02-02 CS Suero de nuestros puertos y respetar las demás disAlba. Victor Raul Barrios Romano y Roberto Cue queso Krafen y 111) E1 nombre correcto de la posiciones que sobre el particular estatuye Har Estrada. materia prima que ampara la partida arancelael Decreto 11-71, del Congreso de la Repú- ria número 029-09-00-09 es Mil Lait. blica; Artículo 20.--Se declara electos Magistrades suArtículo 2?-Quedan vigentes las demás esti5) Proporeionar ocupación a un número no me-plentes de la Corte de Apelaciones. a los abogados: pulaciones contenidas en el Acuerdo Ministerial nor de cineaenta y dos (52) trabajadoresRolando Velásquez, Guillermo Alvarez del Cid y número 333-75 de fecha 3 de septiembre de 1975. guatemaltecos y respetar las leyes laborn-Rolando Cabrera Sagastume. Artículo 39-EI presente Acuerdo deberá transles en cuanto a salarios y demás prestacioArtículo 30.--Los Magistraco: electos de conforcribirse a donde corresponde y publicarse en el nes que rigen esa materia; m'dad con el presente Decre'o. completarán el peDiario Oficial para que entre en vigor immediah) Trasladar parte de los beneficios derivados
riodo const lucienal a que se refiere el asticulo 242 tamente. de las exoneraciones que se le otorguen, de la Constitución de la República. al mejoramiento de las condiciones de traComuniquese. bajo de su personal: Artículo 40.-EI presente Decreto entrará en viEDUARDO PALOMO E., i) Lievar para los efectos de control de la augor d dia de su publicación en el Diario Oficial. toridad administrativa, los libros que otorGUSTAVO A. BARRIOS FLORES. guen el detaile de las mercancias que imPase al Organismo Ejecutivo para su publicaViceministro de Economia, Eneargado de los porte con franquicia, asi como el destino ción. Asuntos de Integración. y uso que SC les haya dado a las mismas: j) Para garantizar et cumplimiento de las obliDado en el Palacio del Organismo Legislativo, 631499 30 Die. gaciones del presente Acuerdo, deberá renen la ciudad de Guatemala. a los once dias del mes dir informe trimestral a la Dirección de de diciembre de mil novecientos setenta y cinco. 00X00 Politica Industrial, sobre aspectos que decinco. muestren sa realización, asi como costos DONALDO ALVAREZ RUIZ. Otorgase classificación de Industria dentro del de producción de los articulos fabriendos. Presidente. Grapo "(", " lu empresa CONFECCIONES precios de venta al público de los mismos SOL-MAYA, SOCIEDAD ANONIMA. y permitir que se inspeccione enando la
ERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. propia Dirección lo disponga: Secretario. ACUERDO No 139-75 k) Efectuar la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial dentro de los sesonLUIS ALFONSO ORELLANA CHACON. Palacio Nacional: Guatemala, 16 de diciembre ta (60) dias calendario siguientes al de la Secretario. de 1975. fecha de su aceptación.
Palacio Nacional: Guatemala. 19 de diciembre de El Ministro de Economia, Articulo 19Para los efectos de las exonera1975. ciones a que se refiere la clasificación antes ciCONSIDERANDO: tada, se da en seguida el listudo de los bienes que Publiquese. la empresa podrá importar libre del pago de deQue con fecha 22 de enero de 1975, of senor rechos arancelarios, siempre que no pueda' di-- KJELL EUGENIO LAUGERED GARCIA Mario Castillo Sinibaldi, en representación leponerse de sustitutos centroamerieanos adecuagal de la empresa CONFECCIONES SOL-MAdos.
E1 Ministro de Gobernación. YA, SOCIEDAD ANONIMA, que S0 dedicará LEONEL VASSAUX MARTINEZ 21 la confeecion de prendas de vestir, tales como ropa exterior para niños, pantalones, blusas paMaquinaria " Equipo Partida Fa damas, camisas, pijamas, chumpas y batas, SOAcaneclacia licito a este Ministerio clasificación de Indastria
ORGANISMO EJECUTIVO existente dentro del Grapo "C", para bacer USO Máquinas para poner elásticos 716-11-01-01 de los beneficios que oforga el Convenio CentroMáquinas para hacer ojales 716-11-01-01 americano de Incentivos Fiscales al Desarrolio Máquinas para pegar botones 716-11-01-01
Industrial: Máquinas para pespuntar 716-11-02-01
Remachadores 716-05-00 MINISTERIO DE ECONOMIA CONSIDERANDO: Máquinas de doble aguja 716-11-01-01 Máquinas para quitar hilos 716-11-01-01 Que la aludida empresa cuenta con tiil capital Planchas eléctricas de vapor 721-06-01 Modificase CH et sentido que ST expresa it Accesdo Minister rial námero 433-75 del : de septionsque asciende a la suma de cuarenta y cinco mil Máquina de servicio para planchar 716-08-04 bic de 1975, solicitado por In empreso denomiquetzales (Q-15,000.00). euya producción se destiCaldera de alta presion de I cabanara rxclusivamente para el mereado internaciollos de fuerza; 711-01-00-01 mada Productos Alimenticios Sharp. Sociedad Anónima, nal y dará ········· a un número de cincuenta Sillas de accro para fábrica 821-02-03-09
y dos (52) personas entre empleatios administrativos y laborantes: Articulo 59- -La exoneración que otorga el pre-ACUERDO No 128-75 sente Acuerdo será aplicable a las importaciones CONSIDERANDO: que se hubieren efectuado al amparo de fianza 0Palacio Nacional: Guatemala, 9 de diciembre depósito y en espera de esta concesión, compution-de 1975. PM Ministro de Economia, Que en la tramitacion respectiva se han Henadose la vigencia desde la fecha en que Fuera predo todos los exiremos legales y que la Dirección sentada la solicitud a la Dirección de Politica INde Politica Industrial en dictamen número 019 dustrial.
CONSIDERANDO: (526) del 9 de octubre de 1975 emitio opinion recomendando que a dieha empresa se le conceda Articulo 60 La CONFECCIONES Que con fecha 3 de septiembre de 1975, este clasificación como Industria perteneciente al SOL-MAYA. SOCIEDAD ANONIMA, queda obli-Ministerio emitio el Aeuerdo número 333-75, por grupo "(". de conformidad con el analisis reagada al estrieto cumplimiento de todos y cada unoel emal SP otorgó a la empresa denominada PROEzado; de los requisitos que establece el Convenio CenDUCTOS ALIMENTICIOS SHARP, SOCIEtroamericano de Incentivos Fiscales al DerDAD ANONIMA, clasificación de Industria denCONSIDERANDO: arrollo Industrial, to previsto en el articulo ID
tro del Grupo "C" y equiparación en beneficios del Decreto-Ley numero 170 y los enumerados con la similar guatemalteca "Confiteria Flores". Que es preciso señalar las condiciones bajo las en el articulo 39 del presente Acuerdo, lo que de conformidad con las disposiciones legales del cuales el Estado otorga beneficios it las induscontrariamente motivará su inmediata revocatoConvenio Centroamericano de Incentivos Fiscatrias para garantizar los objetivos de la politicaria. Asimismo deberá rendir un informe trimesles al Desarrollo Industrial y 113 del REIFAEDI: de fomento industrial tral tanto a la Dirección dePolitien Industrial