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Decreto 94-1996

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 94-1996
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
1996

DE Diario de DEPTO, Centro America Organo oficial de la República do Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLV Guatemala, lunes 18 de noviembre de 1996 Director: Hector Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 26 SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO sas proveedoras de servicios de telecomunicaciones. y apoyar el uso racional y eficiente del espectro radioeléctrico. ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARTICULO Sujetos. La presente ley es aplicable CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 94-96 a todos los usuarios y usufructuarios del espectro radioeléctrico, así como a todas las personas que operan y/o comercializan servicios de telecomunicaciones en el teDECRETO NUMERO 94-96 El Congreso de la República de Guatemala, rritorio nacional, sean éstas individuales 0 jurídicas. nacionales 0 extranjeras, con participación privada, mixCONSIDERANDO: ta 0 estatal, independientemente de su grado de autonomía y de su régimen de constitución. ORGANISMO EJECUTIVO Que es indispensable una adecuada normativa de los En la presente ley, se denomina operador a toda sistemas y servicios de telecomunicaciones, para permi-persona, individual 0 jurídica que posee y administra MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL tir su expansión y mejora, y asegurar permanentementeuna red de telecomunicaciones. la prestación de estos servicios a la población, de acuerdoARTICULO3 Términos técnicos. Para efectos de

Confiérese la condecoración "Medalla Póstuma", al per-a las necesidades del desarrollo económico y social del país; interpretación y aplicación de la presente ley, los térmisonal integrante de los Comités Voluntarios de Denos técnicos en materia de telecomunicaciones tendrán fensa Civil que se mencionan. CONSIDERANDO: los significados reconocidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Que es necesario apoyar y fomentar la participación MINISTERIO DE GOBERNACION en el sector de las telecomunicaciones, para favorecer laARTICULO 4. Cómputo de plazos. Los plazosoferta de estos servicios a través de la libre competenciacomputados en dias, estipulados en esta ley, comprendeReconócese la personalidad jurídica de la Iglesia Evan-y mejorar el nivel de vida de todos los guatemaltecos;rán únicamente los días hábiles y serán perentorios e gélica denominada "Iglesia Bíblica Jesús".. improrrogables.CONSIDERANDO: Apruébanse los estatutos de la "Asociación Mentores TITULO II Empresariales";y reconócese su personalidad jurídica.Que dentro de nuestro ordenamiento jurídico, la legislación en materia de telecomunicaciones y radiocomuORGANO COMPETENTE Apruébanse los estatutos de la "Asociación de Vecinos nicaciones no ha permitido realizar el aprovechamiento Promejoramiento El Esfuerzo"; y reconócese su per-y uso del espectro radioeléctrico de manera eficiente y ensonalidad jurídica. beneficio de la economía nacional;

CAPITULO

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE ECONOMIA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES Que es necesario crear un marco legal que contenga Acuérdase incrementar el contingente arancelario de normas de aplicación general, proporcione un procedi-ARTICULO 5. Creación. Se crea la Superintentrigo para 1996, en la forma que se indica. miento ágil para la explotación eficiente del espectrodencia de Telecomunicaciones como un organismo emiradioelectrico y ayude a evitar todo tipo de discreciona-nentemente técnico del Ministerio de Comunicaciones, lidad en cuanto a su uso y aprovechamiento, Transporte Obras Públicas, en adelante la Superintendencia y el Ministerio, respectivamente. Dicha SuperinMinisterio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas POR TANTO, tendencia tendra independencia funcional para el ejercicio de las atribuciones y funciones que le asigne esta ley.

Autorízase el cambio de la planta de transmisión de laEn ejercicio de las facultades que le confiere el ARTICULO 6. Superintendente. El Superintenestación radiodifusora "Radio Chiquimulilla". Artículo 171, literal a) de la Constitución Política de ladente es la máxima autoridad de la Superintendencia y República, ejerce sus funciones con estricto apego a lo que establece PUBLICACIONES VARIAS esta ley. El superintendente tiene todas las facultades legales para actuar judicial y extrajudicialmente en elDECRETA: ámbito de su competencia. Tendrá, además, las facultaCORTE SUPREMA DE JUSTICIA des que se requieran para ejecutar los actos y celebrar los.La siguiente: contratos que sean competencia de la Superintendencia, ACUERDO No. 39-96 que de ella se deriven 0 que con ella se relacionen.LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES ARTICULO 7. Funciones. La Superintendencia, por medio del Superintendente, de conformidad con lo TITULO I ANUNCIOS VARIOS preceptuado en los artículos anteriores, tendrá las funciones siguientes: DISPOSICIONES GENERALES Matrimonios.-Líneas de transporte.-Solicitud de naa) Crear, emitir, reformar y derogar sus disposicionescionalidad.-Constituciones de CAPITULO UNICO internas, las que deberán ser refrendadas por elde sociedad.-Patentes de invención.-Registro de Ministerio; marcas.-Títulos supletorios.-Edictos.-Remates. ARTICULO 1. Ambito de aplicación. El objeto de b) Administrar y supervisar la explotación del espectro Importadora y Exportadora Lamhua, S. A. Balanceesta ley es establecer un marco legal para desarrollarradioeléctrico; General al 30 de junio de 1992. actividades de telecomunicaciones y normar el aprovec) Administrar el Registro de Telecomunicaciones; chamiento y la explotación del espectro radioeléctrico,d) Dirimir las controversias entre los operadores surgiAdministradora Industrial, S. A.-Balance General alcon la finalidad de apoyar y promover el desarrollo das por el acceso a recursos esenciales; 30 de junio de 1996.

eficiente de las telecomunicaciones, estimular las inver-e) Elaborar y administrar el Plan Nacional de NumeKaminal, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1996.siones en el sector; formentar la competencia entre los ración: Producción y Negocios Industriales, S. A.-Balance Ge-diferentes prestadores de servicios de telecomunicacio-f) Aplicar. cuando sea procedente, las sanciones conneral al 30 de junio de 1996. nes: proteger los derechos de los usuarios y de las empre-templadas en la presente ley.770 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 18 de 1996 NUMERO 26 g) Participar como el órgano técnico representativo del pais, en coordinación con los 'b) Los intereses que generen sus recursos financieros órganos competentes, en las reuniones de los organismos internacionales de telecomunicaciones y en las negociaciones de tratados, acuerdos y convenios El fondo será invertido en valores de primer orden los cuales deberán ser adquiridos internacionales en materia de telecomunicaciones ca operaciones realizadas on las bolses de valores del pais. h) Velar por el cumplimiento de esta ley y demás disposiciones aplicables ARTICULO 15. Presupuesto El presupuesto de la Superintendencia provendrá de los recursos de su Fondo Privative. Todas las funciones descritas en este artículo se desarrollarán en estricto apego a lo que establece esta ley. Para financiar su presupuesto, la Superintendencia sólo podrá usar el cinco por ciento (5%) del valor del Fondo de Capital al final de su año fiscal En materia de

ARTICULO 8. Atribuciones del Superintendente Además de las atribuciones presupuesto la Superintendencia deberá cumplir con to que establecen Constitucion y derivadas del articulo 7. el Superintendente tendrá las atribuciones siguientes las demis normas aplicables a) Dirigir la Superintendencia y definir sus politicas, en coordinacion con el Ministerio ARTICULO 16. Cargos. La Superintendencia podra determinar y cobrar cargos por b) Elaborar y emitir las disposiciones internas para establecer la estructura los servicios que otorsa, siempre que no excedan de los costos administrativos de los mismos organizacional que permita a la Superintendencia alcanzar sus objetivos. c) Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Superintendencia ARTICULO 17. Fiscalizacion. La fiscalizacion de las operaciones financiero contables de la Superintendencia estará a cargo de la Contraloria General de Cuentas de la d) Preparar el presupuesto anual de la Superintendencia Nación, sin perjuicio que la Superintendencia pueda establecer sus propios mecanismos decontrol interno e) Informar al Ministerio, por lo menos dos (2) veces al año, sobre las principales actividades y los actos de la administración interna de la Superintendencia La ARTICULO 18. Régimen laboral Las relaciones de la Superintendencia con sus oportunidad para la presentación de dichos informes deberá ser coordinada con el empleados se regirán de conformidad con las leyes de la materia, pudiendo establecer Ministerio mejores prestaciones a las contempladas en la mismas

f) Ejercer las demás funciones y facultades que le corresponden de conformidad con la CAPITULO II ley NORMAS GENERALES DE ACTUACION ARTICULO 9. Nombramiento. El Superintendente será nombrado por el Ministro de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, en adelante el Ministro ARTICULO 19. Silencio Administrative Se entenderá por silencio administrativo el incumplimiento de la Superintendencia en resolver una solicitud dentro del plazo El Superintendente desempañará sus funciones a tiempo completo. por lo que su estipulado en esta ley. salvo por caso fortuito o fuerza mayor cargo será incompatible con cualquier otro cargo remunerado, público O privado, excepto el de catédrático universitario A menos que esta ley lo determine de otra manera, el silencio administrativo operará en el sentido que lo solicitado se tendra por rechazado o resuelto en sentido ARTICULO 10. Requisitos e impedimentos Son requisitos para ser nombrado negativo Superintendente Ser profesional colegiado activo, guatemalteco. de reconocida capacidad, honorabilidad y experiencia profesional Cuando el silencio administrativo opere en sentido negativo, el afectado podrá. a su eleccion, utilizar los medios de impugnación a que se refiere esta ley No podrá ser nombrado Superintendente quien: Cuando el silencio administrativo opere en sentido positivo, en ningun caso se a) Tenga antecedentes penales o haya sido condenado en juicio de cuentas endran por convalidados actos nulos segun la ley b) Haya representado O defendido los intereses de empresas operadoras O ARTICULO 20 Notificaciones Toda notificación deberá efectuarse dentro de los

comercializadoras de servicios de telecomunicaciones dentro del año anterior a la tres (3) dias siguientes de haberse emitido la resolucion respectiva. debiendo quedar fecha del nombramiento constancia fehaciente de su recepción Si la persona nombráda como Superintendente ejerciera algún cargo público, deberá ARTICULO 21. Publicaciones. Las publicaciones a que se refiere esta ley deberan renunciar al mismo dentro de los diez (10) dias siguientes de haber sido nombrado En hacerse tres (3) veces dentro de un plazo de veinte (20) dias, contados a partir de la fecha caso contrario, no podrá tomar posesión y el Ministro deberá nombrar un nuevo de vencimiento del plazo para ordenar la publicación, en el Diario de Centro America y en Superintendente uno de los periódicos nacionales de mayor circulación ARTICULO 11 Responsabilidades. El Superintendente ejercerá sus funciones con Cuando se trate de concursos publicos para otorgar derechos de usufructo del absoluta independencia de criterio y bajo su entera responsabilidad de conformidad con laespectro radioelectrico, asi como de los cambios al Plan de Numeración, las publicaciones ley Sin perjuicio de lo que establezcan otras leyes, el Superiptendente a responsable dese deberan realizar ademas en un periódico financiero de amplia circulación internacional los daños y perjuicios que cause por los actos u omisiones en que incurra en.el ejercicio de TITULO III su cargo CONDICIONES DE OPERACION ARTICULO 12. Ausencia del Superintendente En el caso de ausencia temporal del Superintendente, asumirá el cargo el funcionario que la Superintendencia determine de CAPITULO

conformidad con sus disposiciones internas Para el caso de ausencia definitiva del Superintendente. debida a renuficia, fallecimiento, negligencia, inhabilitación legalmente REGIMEN DE OPERACION declarada, o cualquier otra circunstancia que lo incapacite para continuar en su cargo. el Ministro nombrará un nuevo Superintendente ARTICULO 22. Libertad de competencia Las condiciones contractuales. asi como los precios, para la prestación de toda clase de servicios comerciales de ARTICULO 13. Fondo privative. La Superintendencia tendrá un fondo privativo telecomunicaciones, serán libremente estipulados entre las partes y no estaran sujetos a constituido por regulación ni aprobación por autoridad testatal, excepto por lo que relacions con el acceso a recursos esenciales lo cual queda sujeto a lo prescrito en esta lev a) Un Fondo de Capital, de acuerdo al articulo 14 b) El producto de las subastas de los rangos de numeración, cuando sean procedentes CAPITULO II c) Multas cobradas por infracciones cometidas, cuando las mismas se encuentren firmes luego de agotada cualquier impugnación, en su caso REQUERIMIENTOS d) Intereses que generen sus recursos financieros ARTICULO 23. Registro Se establece el Registro de Telecomunicaciones el cual será administrado por la Superintendencia Todos los operadores de redes comerciales de e) Transferencias que el gobierno realice a su favor telecomunicaciones, titulares de derechos de usufructo del espectro radioelectrico usuarios de bandas de reserva estatal y radioaficionados deberan inscribirse en el mismof) Donaciones de otras entidades a su favor antes de iniciar operaciones o ejercer sus respectivos derechos La informacion contenida

Cualquier otro ingreso que le autorice recaudar la presente ley y sus disposiciones en este Registro será pública y por ende toda persona tendrá libre acceso al mismog) internas Solamente surtira efectos frente a terceros lo inscrito en el mismo, pero el Registro no tendra caracter constitutivo de derecho Los recursos del Fondo Privativo de la Superintendencia sólo podrán ser usados para financiar sus operaciones, de acuerdo a lo determinado por esta ley. La Superintendencia deberá cancelar aquellos registros de radioaficionados cuyos certificados que los acredita como tales hayan expirado o hayan sido revocados ARTICULO 14. Fondo de capital La Superintendencia tendrá un fondo de capital privativo cuyos ingresos provendrán de: Para efectos de aplicacion de la presente ley. se entiende por red comercial de telecomunicaciones, toda red de telecomunicaciones que permite el libre acceso a sus a) El treinta por ciento (30%) del producto de las subastas de titulos de usufructo del servicios a cualquier persona individual o juridica, a cambio del pago de una contraespectro radioeléctrico, hasta acumular un monto de DOSCIENTOS CINCUENTA prestación (250) MILLONES DE QUETZALES. Este monto se ajustará en forms semestral a partir de la entrada en vigencia de esta ley, de acuerdo al aumento en el indice de No será obligatorio que consten en escritura publica los actos o contratos que se precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadistica (INE) inscriban en el Registro Los fondos recaudados que excedan del monto referido, deberan transferirse al ARTICULO 24. Informacion. Las personas que deban inscribirse en el Registro defondo común y utilizarse exclusivamente para el pago de deuda O para inversion Telecomunicaciones de conformidad çon esta ley, deberan proporcionar la siguiente

pública informacion general:NUMERO 26 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 18 de 1996 771 a) Si es persona individual, datos de identificación personal Si es persona juridica, elg) Traspaso de identificacion automatica del numero de identificacion del usdario que nombre de la entidad, los documentos legales que acreditan su constitución y los origina la comunicacion datos de inscripción registral. h) Portabilidad del numero de identificacion del usuario final. en caso de cambio de la b) Lugar dentro del territorio nacional para recibir comunicaciones, citaciones y empresa que brinda el acceso a los servicios de telecomunicaciones notificaciones ARTICULO 28. Acceso Todo operador de redes comerciales de telecomunicaciones Además, las personas que se indican a continuación deberán proporcionar los deberá proporcionar acceso a recursos esenciales a cualquier operador que lo solicite siguientes datos para su registro: mediante el pago correspondiente y sin discriminacion alguna El acceso debera ser otorgado con la calidad y en los nodos solicitados, siempre y cuando sea tecnicamenteLos operadores de redes comerciales factible Cuando un operador solicite el acceso a un recurso esencial tendra derecho a condiciones contractuales similares a las que el operador que otorgue dicho recurso hayaa) Caracteristicas técnicas generales de la red que utiliza pactado con otros operadores en clausulas contractuales que esten vigentes 2 Los titulares de derechos de usufructo del espectro radioeléctrico ARTICULO 29. Suspensión del acceso Los operadores no podran suspender el a) Ubicacion geográfica y características técnicas de las bandas de frecuencias acceso a recursos esenciales, excepto al vencimiento de las cláusulas contractuales

utilizadas respectivas, cuando la otra parte incumpla el contrato, o por caso fortuito o fuerza mayor b) Ubicación geográfica y características técnicas de los sistemas de ARTICULO 30. Solicitud. Cualquier operador que requiera el acceso a recursos transmisión utilizados esenciales deberá presentar su solicitud por escrito al operador que corresponda De esta solicitud y de su constancia de recepcion deberá remitirse copia a la Superintendencia c) Números de orden y de registro del titulo. ARTICULO 31 Negociación. Los precios y condiciones de acceso a cualquier d) Fechas de emisión y vencimiento del titulo recurso esencial serán negociados entre las partes Los usuarios de las bandas de frecuencias reservadas ARTICULO 32. Plazo Las partes tendran un plazo de cuarenta (40) dias contados partir del dia siguiente de recibida la solicitud para llegar a un acuerdo sobre kis precios a) Ubicación geográfica y características técnicas de las bandas de frecuencias condiciones del acceso a cualquier recurso esencial Dicho plazo podra ser ampliado de utilizadas mutuo acuerdo b) Ubicación geográfica y características técnicas de los sistemas de transmisión utilizados CAPITULO V 4 Los radioaficionados PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER CONFLICTOS EN TORNO AL ACCESO A RECURSOS ESENCIALES a) Bandas de frecuencias utilizadas ARTICULO 33. Discordia. Si dentro del plazo establecido en el articulo 32 o de su b) Tipo de unidad, móvil O fija En caso de ser fija. ubicacion geografica de la prorroga. no se llegase a un acuerdo. las partes podrán remitir cada uno de los puntos en

unidad discordia a la Superintendencia para que esta resuelva al respecto, de acuerdo al procedimiento especificado en esta ley Las propuestas de cada una de las partes podran c) Distintivo de llamada ser presentadas en forma conjunts o por separado, debiendo adjuntar los rigumentos en apoyo a las mismas d) Categoria de radioaficionado debidamente certificada por el representante en el pais de la Union Internacional de Radioaficionados -IARU o en 511 Si las propuestas se presentan por separado, la parte que desea remitir la disputa a la defecto, del organismo internacional competente reconocido por el Superintendencia para su resolución, deberá otorgar a la otra parte. con cinco (5) dias de Gobierno de Guatemala anticipacion a la presentacion, copia certificada de la propuesta que rentira La Superintendencia deberá entregar en el momento en que se le presente la El otro operador estara obligado a extender al operador solicitante una constancia solicitud de inscripción, constancia de su recepción Toda inscripción debera hace: de recepción de la propuesta recibida y a presentar a la Superintendencia en el mismo dentro de los dos (2) dias siguientes de presentada la solicitud y la Superintendencia plazo señalado en el parrafo anterior su propuesta con copia certificada de la misma al deberá proporcionar dentro de ese mismo plazo certificación de la misma operador solicitante Si una parte no presenta su propuesta en un punto en disputa se resolvera a favor de la otra parte ARTICULO 25. Establecimiento de servidumbres La instalación de redes Hey implicita la facultad de usar los bienes nacionales de uso comun mediante la constitucion La Superintendencia solamente conocera los puntos en discordia una vez que hava

de servidumbres o cualquier otro derecho pertinente para fines de instalación de redes de transcurrido el plazo señalado en el articulo 32 de esta lev O su prorroga telecomunicaciones. sin perjuicio del cumplimiento de las normas técnicas regulatorias. asi como de las ordenanzas municipales y urbanisticas que corresponda ARTICULO 34. Nombramiento del Perito Siempre que la Superintendencia deba resolver una controversia contratara los servicios de un Perito Para tal efecto la Las servidumbres O cualquier otro derecho que pudiera afectar bienes nacionales de Superintendencia debera mantener una lista de peritos acreditados E1 Pento podra ser uso no común O propiedades privadas deberán ser convenidas por las partes y se regiran persona individual o juridica, nacional 0 extranjera por las normas generales que sean aplicables La parte a quien se solicite el recurso esencial seleccionara tres (3) peritos de la lista que se refiere el parrafo anterior. en un plazo de tres (3) dias contados a partir del dia siguiente de recitudas las propuestas de ambas partes Un dia despues el superintendente CAPITULO III debera trasladar a la parte solicitante la nomina de los tres (3) peritos Esta ultima debera seleccionar al perito de dicha nomina en un plazo no mayor de tres (3) diasINTERCONEXION DE REDES Son causales que impediran la inclusion de un perito en la nomina propuesta lasARTICULO 26 Interconexión. La interconexion de redes comerciales de siguientes telecomunicaciones será libremente negociada entre las partes, salvo lo indicado en el articulo 27. Ningún operador podrá interconectar equipos que ocasionen daño a equipos a) Cuando alguno de los peritos 0 sus parientes sean parte en el asunto

en uso b) Cuando tenga parentesco legal con una de las partes Se entiende por interconexion la función mediante la cual se asegura la operabilidad entre redes, de tal modo que se pueda cursar tráfico de telecomunicaciones entre ellas C) Cuando sea socio, accionista o de alguna manera participe con una de las partes CAPITULO IV d) Cuando tenga 0 have tenido un año antes de su inclusion en la lista JUICIO pendiente con una de las partes ACCESO A RECURSOS ESENCIALES e) Cuando haya externado opinion sobre el asunto antes de haber sido propuesto ARTICULO 27. Recursos esenciales Para el propósito de esta ley. seran considerados como recursos esenciales solamente los siguientes f) Cuando tenga enemistad conocida con alguna de las partes a) Terminación en la red de una de las partes. de telecomunicaciones originadas en Si alguna de las partes no cumpliera con los plazos y la forma prevista para la cualquier otra red comercial seleccion del perito. la Superintendencia tomara la decision por la parte que incumpla b) Transferencia de telecomunicaciones originadas en la red de una de las partes a ARTICULO 35. Pagos. Dentro de los cinco (5) dias siguientes a la seleccion del aualquier otra red comercial de telecomunicaciones seleccionada por el usuario perito. la Superintendencia lo contratara y las partes deberan pagar a esta por partes final. implicita o explicitamente iguales. el costo de contratación del perito Por cada dia de atraso en el pago. la Superintendencia cobrará un interes moratorio equivalente a la tasa de interes promedio c) Señalización ponderado para operaciones activas que rija en el mercado bancario guatemalteco

d) Datos necesarios para la facturación de los servicios prestados ARTICULO 36. Plazo para emitir opinion El perito tendra un plazo de treinta (30) dias contados a partir de la fecha de su contratación. para emitir opinion sobre la manera e) Derecho de publicación de datos y registro de usuarios en las páginas blancas demas apropiada de resolver cada uno de los puntos en discordia Dicho plazo podra set todo directorio telefónico prorrogado hasta por treinta (30) dias más a solicitud del perito y con anuencia de las partes Esta prorroga se justificará unicamente cuando el analisis que se require por parte f) Derecho de acceso a las bases de datos de los directorios publicos de los clientes dedel perito imposibilita al mismo a cumplir con el plazo original EI perito no tendra otras empresas de servicios de telecomunicaciones con la unica finalidad de su obligación de limitarse a las propuestas de las partes, sino que podra formular una publicación en las paginas blancas de su directorio telefonico propuesta alternativa772 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 18 de 1996 NUMERO 26 Si el perito no emitiera opinion en el plazo estipulado, quedará sujeto las El costo de endeudamiento promedio de dichas empresas se calculara sobre la base responsabilidades contractuales previstas del retorno promedio de sus bonos ARTICULO 37. Criterios Tanto la Superintendencia en su resolución, como el AI costo de capital promedio se le agregará la diferencia en el rendimiento real entre perito en la preparación de su dictamen deberán utilizar los siguientes criterios los bonos de mas largo plazo del gobierno de Guatemala y los bonos de igual plazo del

gobierno de los Estados Unidos de America El rendimiento real se medira como la En relación con los aspectos económicos de acceso a recursos esenciales diferencia entre el rendimiento nominal y la tasa de inflación promedio en los ultimos dos (2) años Todos los costos fijos directamente relacionados con el acceso al recurso esencial, correrán por cuenta del demandante del acceso Dichos costos serán aquellos en Para el propósito de este Articulo, se entenderá por empresa de telecomunicaciones. que incurran las empresas con costos y equipos eficientemente adaptados al toda aquella empresa cuyas ventas por servicios de telecomunicaciones excedan el 80% de mercado sus ventas totales El cargo por acceder al recurso esencial será el Costo Incremental Promedio de Largo Plazo (CIP-LP) que una de las empresas cause a la otra por utilizar sus redes CAPITULO VI Se entiende que la empresa que el cliente selecciona para comunicarse es la que causa costos a la otra Para calcular estos costos se usará el procedimiento PLAN DE NUMERACION especificado en el articulo 40. ARTICULO 41 Plan de numeración El plan de identificacion de las redes En relación con los aspectos técnicos de acceso a recursos esenciales comerciales de telecomunicaciones y de los usuarios finales sera desarrollado administrado por la Superimendencia acceso a dicha identificacion debera estar a) Estándares recomendados por la Union Internacional de disponibilidad de todos los operadores de redes comerciales de telecomunicaciones El Telecomunicaciones (UIT) registro de telecomunicaciones llevará el inventario de la utilizacion y disponibilidad de is numeración y de los codigos otorgadosb) Estándares aceptados por organismos regionales del sector de telecomunicaciones, en los que el Estado de Guatemala sea parte ARTICULO 42. Solicitud de números La Superintendencia otorgara numeros en

base a lotes Los operadores de redes que necesiten lotes de numeros para sus usuariosc) Estándares utilizados por las asociaciones profesionales regionales en deberan solicitarlos a la Superintendencia materia de telecomunicaciones Dentro de los cinco (5) dias siguientes de presentada la solicitud la ARTICULO 38 Resolución. La Superintendencia tendrá diez (10) dias contados a Superintendencia podrá conceder lo solicitado Pero si considera que con ello se corre el partir de la fecha en que se reciba el dictamen del perito para resolver cada uno de losriesgo de agotar el plan de numeración. deberá convocar a concurso publico el puntos en discordia Para cada punto en discordia, la Superintendencia resolverá a favor otorgamiento de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 47 de la propuesta que se aproxime más el dictamen del perito La Superintendencia no podrá adoptar una postura intermedia entre las dos ofertas, excepto en el caso en queARTICULO 43 Números de asistencia pública Todos los operadores de redes ambas sean equidistantes de la opinión del perito Si el perito no emitiera dictamen, lacomerciales de telecomunicaciones deberan brindar acceso libre de cobro a los servicios Superintendencia deberá resolver de conformidad con las literales a) y b) del articulo 39de asistencia publica reconocidos por la Superintendencia. haciendo uso del mismo numero de identificación asignado a cada uno de dichos servicios ARTICULO 39. Silencio administrative Para cada uno de los puntos en discordia, si la Superintendencia no resolviera dentro de los plazos señalados en esta ley. seARTICULO 44. Cambios en el plan de numeración Los cambios en el plan de

entenderá como dirimido el problema de la siguiente manera numeracion se realizaran de la siguente manera a) En relación con los aspectos técnicos de acceso a los recursos esenciales. en favor a) La Superintendencia deberá publicar la propuesta de cambio en el plan de de la parte a la que se le solicitó el acceso numeración dejará abierto un periodo de cuarenta dias para recibir observ aciones de las partes interesadas b) En relación con los aspectos económicos, en favor de la parte que solicita el acceso los recursos esenciales b) La Superintendencia debera considerar las observaciones recibidas y decidir sobre el nuevo plan en un plazo de cuarents (40) dias. que comenzara a correr al finalizar el ARTICULO 40. Cálculo de costos Los peritos deberán basar sus análisis de costos periodo

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