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Decreto 97-1971

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 97-1971
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1971

REVIS natteco de

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. AMERICA DEL

DEL FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA CG Teléfono 24-4-18 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración LIB Impreso en Diario deNSA Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.

Agencia: Teléfono 28-0-27 América 9a. Av. 11-34,

REVISTAS DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA G TOMO CXCH GUATEMALA, MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 1971 NUMERO 53

POR TANTO. 2. Tener experiencia en el ramo que representa, SUMARIO relacionada con las actividades de la EmpreEn uso de las facultadés que le confiere el inciso sa. 10. del artículo 170 de la Constitución de la Repú-3. Ser de reconocida honorabilidad y carecer deblica, de antecedentes penales.

ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETA: Articulo 9o. Impedimentos. No podrán ser miem-DECRETO No. 97.71 bros de la Junta Directiva: La siguiente ORGANISMO EJECUTIVO Ley Orgánica de la Empresa de Productos1. Quienes hayan infringido las disposiciones de DECRETO NUMERO 1-71 esta ley O sus reglamentos.

Lácteos de Asunción Mita 2. Quienes tengan parentesco legal con otro MINISTERIO DE ECONOMIA miembro de la Junta Directiva 0 con el GeCAPITULO I rente.

3. Los declarados en quiebra mientras no seanAutorisase a O. CIFUENTES Y COMPAÑIA S. de R.1 de nombre comercial «LITO ARTES» para Disposiciones generales rehabilitados y en caso de quiebra culpable aún euando hubieran sido rehabilitados. que traspase a favor de la empresa «Industrias Unidas. Gandara Merkle Sociedad Civil-Division Artículo 10. Creación, demicilio y sucursales. Den4. Quienes pertenezcan al personal de la empreLito Artes", todos los derechos y franquicias que tro del Sector Público Agricola se crea la Empresa sand tengan contratos e intereses que implile fueron otorgados. como Industria Existente de Productos Lácteos de Asunción Mita. cuyo nomquen. negocios 0 relaciones de cualquier indole Grups «B». bre abreviado es PROLAC V que esta ley denomina con otras empresas que se dediquen a la misla Empresa, con personalidad estatal descentralima actividad: y Autorizase el traspaso a favor de la empresa MEN5. Los deudores reconocidos morosos de cual-zada autónoma y plena capacidad para adquirirDEZ HERBRUGER Y COMPAÑIA LIMITADA. derechos y contraer obligaciones. Su domicilio será quier institución de crédito que opere en el de Lodos los derechos y franquicias que le fucron atorgados a la empresa Méndez Herbruger y Asunción Mita: pero puede establecer sucursales y país, Compañia. Sociedad Colectiva. la cual fue clasiagencias en cualquier lugar del territorio 0 fuera

ficada como Industria Nueva por equiparac'd de él. conforme to requiera el desenvolvimiento de Artículo 10. Sesiones y dietas. La Junta Directiva sus actividades. celebrará sesiones ordinarias por lo menos una vez Artículo 20. Duración y Ley Privativa. La Em cada quince dias y las extraordinarias que a crite-Apruébonse los Estatutos de la Cooperativa de Abory> y Crédito «Santiago de Coat peque. Respresa tiene duración indefinida: se rige privativario de su Presidente fueran necesarias. Los miemponsibilidad Limitada» y reconócese su persona-mente por la presente ley y sus reglamentos. bros titulares. 0 los suplentes cuando hagan sus veIdad jurídica. Articulo 30. Objetivos. La Empresa liene por obces, devengar dietas por sesión celebrada a jetivos: la que asistan pero en ningún caso más de una en MINISTERIO DE GOBERNACION el mismo dia. ni más de cuatro al mes. Su monto

1. Incrementar y mejorar la producción de leche no será mayor de cien quetzales al mes y deberá en el Valle de Asunción Mita y en otras áreas estar previsto en el Presupuesto respectivo.Apruchanse las modificaciones introducidas a los Estanutos de la «ASOCIACION GREMIAL DE que tenga comunicación con el mismo. Articulo 11. Quórum y resoluciones. Cuatro miemPANELEROS DE LA REPUBLICA DE GUATE2. Contribuir al abastecimiento de la demanda bros constituyen quórum para toda la sesión. Las MALA>. de leche fluida. leche en polvo, derivados de resoluciones de Junta Directiva deben tomarse por

la leche: y mayoria dervotos de los miembros presentes, salvo MINISTERIO DE HACIENDA 3. Fomentar y faciliar el mercadeo de los proen aquellos, asuntos para los cuales esta ley exija ductos láctoos. mayoria calificada. En caso de empate, quien preY CREDITO PUBLICO side tendrá doble voto. No son permitidas las absArtículo 40. Facultaries. Son facultades de la Em tenciones. Concédese d favor de la RADIO CULTURAL TGN presa: Articulo 12. Ausencia temporal. En caso de ausenTGNA. la exoneración que se menciona. cia temporal O falta evidente del Presidente. será

1. Todas aquellas actividades compatibles con su el suplente del M nisterio de Agricultura quien lo MINISTERIO DE TRABAJO naturaleza. que S2 consideran convenientes sustituya y actúe como tal mientras el titular se para su mejoremiento y desarrollo. reincorpera a su cargo 0 es nombrado por el Eje2. Adquirir derech contraer obligaciones, pacutivo su sustituto.

Y PREVISION SOCIAL ra la consecuella de sus fines. En caso de ausencia temporal de los otros miembros propietarios, se llamará a los suplentes que Nombranse representantes para integrar al Comideben sustituirlos. El reglamento de las sesiones s.ón Nacional del Salario. a las personas que CAPITULO II determinará las medidas que deben adoptarse por se expresan. Estructura administrativa la ausenciantemporal de los miembros suplentes.

Si la ausencia de cualquiera de los miembros fueANUNCIOS VARIOS Artículo 50. Organas. La Empresa para su direcre definitiva. debe solicitarse al Organismo EjecutiAnterizaciones farmaceuticas. Matrimon'os. ción, administración y desarrollo. se regirá por losVO el nombramiento del sustituto de acuerdo a la presente ley. Minus de transporte. Const eión de socieda órganos siguientes: Artículo 13. Atribuciones. Son deberes y atribucio-Modificación de sociedad. Registro de

1. La Junta Directive: y nes de la Junta Directiva: marchs. Patentes de invención. Titulos S1

photocios. Edictos. Licitaciones. Remates. 2. La Gerencia.

1. Dictar las disposiciones necesarias para la eficiente realización de los fines de la EmJunta directiva presa y su mejor funcionamiento y desarrollo.

ORGANISMO LEGISLATIVO Articulo 60. Funchin. La Junth Directiva US In an 2. Aprobar los reglamentos internos de la emforidad máxima de to Empresa y en consecuencia, presa necesarios para la correcta aplicación le corresponde la dirección general de las actividade esta ley, a excepción de los que necesitan des de la misma. aprobación superior. Articulo 70. Integracion, duración de funciones y 3. Proponer una terna al Ministerio de AgriculDECRETO No. 97-71 nombramiento. La Junta Directive de la Empresa tura para que de ella seleccione y nombre se integra con eineo miembros titulares y sus resal Gerente de la Empresa, dentro de las dispeteivos suplentes. como sigue: posiciones de esta ley. Congrese de la Republico de Guatemala. 4. Remover al Gerente cuando así sea necesa1. Un representante del Ministerio de Agriculturio, debiendo proponer la terna a que se rera. quien la preside. fiere el inciso anterior. dentro de los siguien-CONSIDERANDO:

2. Un representante del Ministerio de Salud Pú- tes diez dias, contando a partir de la reublica. nión. razones de orden práctico US conveniente 3. Un representants del Ministerio de Econo 5. Aprobar 0 improbar los presupuestos formuproceder a la descentralización de la Planta demia: V, lados por la Gerencia.

Lácteos de Asuncion Mita. para conver 4. Dus representantes de los productores de le 6. Velar que los fondos de la Empresa se invierthe ma empresa moderna. dinámica. funcional. che que proveder la Empresa. tan de acuerdo con su presupuesto. operar dentro de la realided guaternal 7. Autorizar la compra de inmuebles. muebles, acuerdo con las nermas legales que rigen El nombramiento the las microbros de la Junta acciones, derechos, activos y contrataciones bliades autónomas del país: Directiva debe hacerse mediante acuerdo gubernade obras 0 de servicios cuando el valor en tivo, dictado por conducto del Ministerio de Acricada caso exceda de tres mil quetzales CONSIDERANDO: cultura. Los representante de los productores deben (623,000.00). En este caso deberá proceder coSOP seleccionades por deceión entre elles V prepuesmo lo disponga la ley de la materia; cuando necesario emitir las disposiences legales tos al Ministerio Agricultura para su nembrano exceda de la suma indicada se procederá mitan a la administración de la Planta 1111 miento. por un pervide de dos 2003. de acuerdo con lo que establece el artículo xibilidad en et manejo de los fendos V en 18 numeral trece de la presente ley. de todas las operaciones 11 mins Articulo = la 8 Aprobar toda clase de contratos 0 convenios el funcionamiento de la Planta en cuanto a Junta Derective require: tendientes a la consecución de sus fines: exCollection mercades de SHS productos, evituado ceptuando 3 los relacionados con la venta de el also artificial de los precios de los products Me 1. mayor de allos. ciudadano en eienproductes lácteos de conformidad con el retood, cleis de SES d. y glamento respectivo. OTECADEL 000337 LAMITAUD J3 722 EL GUATEMALTECO Guatemala, Noviembre 23 de 1971 NUMERO 53

9. Aprobar los programas de trabajo corresponse celebre. y los reglamentos especiales, que a juicio de la dientes a cada año. 15. Cualquier otra atribución que por naturale-Junta Directiva sean necesarios, desarrollarán los

10. Estudiar y en su caso aprobar, los balances za sea de su competencia. principios de esta ley. e informes relativos a las actividades de la

Empresa. CAPITULO III CAPITULO VI

11. Crear agencias y designar representantes a

propuestas de la Gerencia. Patrimonio Disposiciones finales, transitorias

12. Tomar las medidas y dictar las disposiciones y derogatorias adecuadas para proteger, defender e increArtículo 19. Patrimonio. El Patrimonio de la mentar el patrimonio de la Empresa. Empresa se constituye con: Articulo 33. Aporte del Estado. Para los efectos de

13. Aprobar, previo estudio, la memoria-de labolo establecido en el artículo 19, numeral dos de esta res desarrolladas por la Empresa durante el 1. El valor neto de los activos que el Estado ley el Gobierno de la República debe hacer las' siaño, la que deberá ser enviada al Ministerio le transfiera en propiedad para el desarrolloguientes aportaciones: de Agricultura dentro de los tres meses side sus actividades y los que la propia Emguientes al vencimiento del año a que correspresa adquiera para este mismo fin. ponda. 2. Los aportes en efectivo que le haga el Esta-1. El saldo de la asignación presupuestal del

14. Proponer al Ministerio de Agricultura la redo: ejercicio fiscal de 1971 a la fecha en vigencia forma 0 modificación de las leyes y reglamen3. Los ingresos y utilidades de sus operaciones. de esta ley, pasará automáticamente a favor tos que regulan las actividades de la Emprede la Empresa. sa, cuando se considere necesario para el Si se consideran necesarios para el desarrollo La asignación presupuestal del ejercicio fiscal mejor desarrollo de la misma normal de sus operaciones, la Junta Directiva dede 1972 que asciende a la cantidad de

15. Ejercer las demás funciones que por su natube gestionar ante el Gobierno de la República la Q453.310.00, contemplados en el presupuesto raleza le correspondan. inclusion en el Presupuesto General de Gastos de del Ministerio de Agricultura pasará automá-

16. Disponer la forma de inversión de la reservala Nacion, de una partida especifica para satisfaticamente a favor de la Empresa en la fora que se refiere el articulo 23 de esta ley; ycer tales requerimientos. ma siguiente:

17. Facultar al Gerente de la Empresa para otorgar poderes especiales, con reserva de ejerCAPITULO IV a) El setenta por ciento (70%) de la asignación, dentro de los treinta días (30) acicio, en asuntos que así lo requieran. Utilidades y Régimen Fiscal partir de la presente ley; y, b) El otro treinta por ciento (30%) en dos Gerencia Articulo 20. Ejercicio financiero. Cada ejercicio partes iguales al inicio de los trimestres financiero de la Empresa debe corresponder a la sucesivos. duración del año civil.

Artículo 14. Integración. La Gerencia está inteArtículo 21. Pérdidas y Ganancias. La aplica2. La cantidad de doscientos mil quetzales grada por un Gerente y es el órgano ejecutivo de ción de las utilidades netas que resulten debe ha- (Q200,000.00) en efectivo, durante el ejercicio la Empresa. cerse en la forma siguiente: fiscal de 1973 que situará a disposición de la Articulo 15. Funciones. El Gerente debe asistir a Empresa en la forma indicada en el numeral

las sesiones que celebre la Junta Directiva, ac1. Un cincuenta por ciento (50%) para la capianterior. tuando como Secretario de la misma, en cuyas setalización de la Empresa. siones tendrá voz pero no voto; es responsable an2. Un diez por ciento (10%) para el Estado. Artículo 34. Desembolsos iniciales. En tanto no te la Junta Directiva por el correcto y eficaz fun3. Un diez por ciento (10%) para reservas; disponga del estado a que se hace referencia en el

4. Un diez por ciento (10%) para distribuirlo numeral dos del artículo treinta y cinco, la Juntacionamiento de la Empresa; está obligado a caucionar su responsabilidad en la forma y cuantía entre el personal; y, Directiva 0 la Gerencia pueden disponer de los fonque determina la ley para los funcionarios públi5. Un veinte por ciento (20%) para financiar dos aportados en efectivo en 1972 por el Estado. servicios de asesoria técnica a los producto- únicamente para cubrir el capital de Trabajo queCOS.

Artículo 16. Calidades. Para ser Gerente se reres de leche que abastecen la Empresa. no debe exceder de ciento cincuenta' mil quetzales (Q150,000.00). Previo a efectuar las inversiones conquiere: La Junta Directiva aprobará un reglamento que base en el estudio mencionado, debe contarse con

1. Ser guatemalteco de los comprendidos en el determinará las modalidades para distribuir las la aprobación de la Junta Directiva.

utilidades. artículo 50. de la Constitución de la Repú- Artículo 35. Comisión organizadora. En tanto iniEn caso de que el resultado del ejercicio finan-blica, mayor de treinta años, ciudadano en cia sus operaciones como Empresa, la Junta Direcejercicio de sus derechos y de estado seglar.ciero sea negativo, la Junta Directiva propondrá tiva fungirá como Comisión Organizadora, en cuyo al Ministerio de Agricultura la forma de enjugar2. Acreditar experiencia en administración de carácter debe dictar las disposiciones y ejecutar las pérdidas. empresas, preferentemente con conocimienlas labores necesarias para la organización de la Artículo 22. Capitalización. Las utilidades a quetos en productos lácteos. Empresa, contratando: se refiere el inciso uno del artículo anterior, de-3. Ser de reconocida honorabilidad y carecer ben ser invertidas para el desarrollo y expansionde antecedentes penales. 1. La organización del personal y de su sistemade las actividades de la Empresa, de acuerdo con contable, de acuerdo a su naturaleza agro-inArtículo 17. Impedimentos. No puede ser nomlos programas que se consignen en sus presupuesdustrial: y.tos anuales. brado para desempeñar` el cargo de Gerente quien 2. Un estudio de ingenieria. en relación a las netenga cualesquiera de los impedimentos estableciArtículo 23. Reservas. Las reservas a que se recesidades de reparación, renovación 0 modifidos para ser miembro de la Junta Directiva 0 tenfiere el inciso tres del artículo 19, pueden invertircación de las instalaciones actuales de PRO.

ga contratos 0 intereses que impliquen negocios 0se, a juicio de la Junta Directiva, en valores del LAC. relaciones de cualquier indole con la Empresa u Estado 0 municipalidades de fácil e inmediata reaotras empresas que se dediquen a la misma actilización. Estos valores no podrán constituirse en gavidad. rantía de ninguna clase de operación mercantil. Artículo 36. Situación Jurídica de los TrabajadoArtículo 18. Atribuciones. El Gerente tiene los Artículo 24. Contabilidad. La Empresa debe estares. En tanto se emite el reglamento de personal blecer un sistema contable de acuerdo con su natusiguientes deberes y atribuciones: respectivo, las relaciones de la Empresa con sus raleza. trabajadores no se alteran en sus derechos y se ri1. Ejercer la representación legal de la EmArtículo 25. Estados financieros. Con la aprobagen por las normas de la Ley de Servicio Civil y ción de la Junta Directiva, el Gerente debe enviarpresa; Código de Trabajo que fueren aplicables.

2. Ejercer la gestión general de los negocios anualmente y dentro del término de ley. a la ConArticulo 37. Establecimiento. La Empresa debe de la Empresa, de' conformidad con las nortaduría General de la Nación, a la Contraloria de iniciar sus operaciones treinta días (30) después de mas que aconseja una eficiente administraCuentas, al Ministerio de Hacienda y Crédito Públique entre en vigor -la presente ley.

ción; CO y al Ministerio de Agricultura, copias del BalanArtículo 38. Representantes de los productores.

3. Cumplir y hacer que se cumplan las resoluce General del ejercicio financiero anterior, así CO-Para la integración de la primera Junta Directiva, ciones dictadas por la Junta Directiva, de mo del Estado de Pérdidas y Ganancias y demás el Ministro de Agricultura designará entre los acconformidad con Ia ley; estados contables del mismo ejercicio. tuales proveedores de la Planta a los dos represen4. Nombrar, promover y renover cuando sea Artículo 26. Exenciones fiscales y municipales. Latantes de los productores. procedente, de conformidad con la ley, al Empresa queda exonerada de toda clase de impuesArticulo 39. El Organismo Ejecutivo, por medio personal de Ia Empresa: tos y contribuciones fiscales y municipales, tasas, del Ministerio de Agricultura, propiciará en todo

5. Contratar personal técnico de asesoria, na-arbitrios, derechos y cargos aduanales y de prestartiempo la transferencia de la Planta a personas cional 0 extranjero, necesario para el mefianzas 0 hacer depósitos en los asuntos judicialesguatemaltecas, individuales 0 jurídicas, que se deen que intervenga.jor desenvolvimiento de la Empresa: diquen a la ganaderia 0 producción de leche y en

6. Proporcionar péródicamente y cada vez que Articulo 27. Garantias. No puede la Empresa ad-igualdad de condiciones dará preferencia por su or se lo requiera la Junta Directiva, la inforjudicar 0 gravar sus ingresos. rentas, instalacionesden, a productores organizados en Cooperativas y

mación sobre la marcha de los negocios y y demás bienes. salvo para garantizar los préstaque tuvieran 9 no su asiento en el Departamento de funcionaminto de las oficinas dependenmos contratados conforme la ley 0 para garantizat Jutiapa. Dicha transferencia podrá hacerse a titulo cias de-la Empresa: el pago del precio sobre los bienes que adquiera, de compraventa, de arrendamiento u otra forma de

7. Someter a la consideración de la Junta Diprevia autorización del Ministerio de Hacienda y explotación que no afectare los intereses del Esta-Crédito Público. rectiva los presupuestos correspondientes al do. año administrativo siguiente: Artículo 28. Para que pueda autorizarse la impor-Articulo 40. Derogación y vigencia. Quedan dero8. Contratar, Previa autorización de la Junta tación de los productos 0 subproductos similares a gadas todas las disposiciones legales que se oponDirectiva, la planificación, diseño, elaboralos elaborados por la Planta, es indispensable que gan a la presente ley. ción de presupuesto. construcción. reconspreviamente se acredite que no se producen en el Artículo 41. El presente Decreto entrará en vigor trucción. ampliación y reparación de cualpaís 0 que de producirse es en cantidades insufiel dia siguiente de su publicación en el Diario Ofi-cientes. en cuyo caso se autoriza a la empresa di-quier obra necesaria para la realización de cial. las funciones que esta ley le encomienda 0 cha importación en la medida que sea necesaria para satisfacer las necesidades del consumo nacional. que se le encomendare por leyes posteriores; Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación

9. Someter a consideración de la Junta Direcy cumplimiento. tiva, la memoria anual de la Empresa: CAPITULO V

10. Exigir el estricto cumplimiento de sus debeDado en el Palacio del Organismo Legislativo. en la ciudad de Guatemala. a los cuatro días del mes res a todo el personal de la Empresa. deControl y fiscalización biendo imponer cuando sea necesario, las de noviembre de mil novecientos setenta y uno. medidas disciplinarias a que haya lugar: ALVARO CUEVAS FIGUEROA, 11. (Proponer' a la Junta Directiva las modifiArticulo 29. Organo de control y fiscalización. La Presidente en funciones. caciones al sistema de la organización de la inspeccion, control y fiscalización de las operacioEmpresa: nes contables y financieras de la empresa. corresJ. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ,

12. Invertir los fondos de la Empresa, de acuerponde a la Contraloria de Cuentas, de conformidad Primer Secretario. do con sus presupuestos; con lo que establece la ley.

13. Autorizar las compras a que se refiere el Articulo 30 Auditoria interna. Se integra con un OLIVERIO CASTANEDA PAIZ. artículo 13 numeral séptimo de la presente Auditor interno de medio tiempo para ejercer las Segundo Secretario. ley, cuando el monto de cada operación no labores permanentes de fiscalización y vigilancia: exceda de los tres mil quetzales (Q3.000.00). cumplirá sus funciones de conformidad con el reglaPalacio Nacional: Guatemala, diecisiete de node conformidad con el reglamento respectimento que emita la Junta Directiva. viembre de mil novecientos setenta y uno: vo: Articulo 31. Nombramientos y remoción. El Audi14. Delegar sus funciones en los colaboradóres tor interno es nombrado por la Junta Directiva, toPublíquese y cúmplase. inmediatos asi como otorgar poderes espemando en cuenta los impedimentos señalados en el ciales, reservándose su ejercicio, que los artículo 17 de esta ley. Puede ser removido con el CARLOS ARANA OSORIO. asuntos requieran. cuando lo considere convoto de por lo menos cuatro de los miembros que veniente: debiendo informar de ellos a la la integran. El Ministro de Agricultura, Junta Directiva en la sesión inmediata que Articulo 32. Reglamentos. Un reglamento general MARIO MARTINEZ GUTIERREZ.

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