Decreto 97-1973
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 97-1973
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1973
LIB .NSA 01
Diario Hmerica
CONGRESO
CONTROL
CONTROLLIB
NTESEL GUATEMALTECO.NSA
NO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C.
Director: Periodista Augusto Acuña G. Fundado el 2 de Agosto de
Decano de la Prensa Centroamericana
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CXCVII GUATEMALA, VIERNES 7 DE DICIEMBRE DE 1973 NUMERO 71
I. INGRESOS CORRIENTES 236 610 850
SUMARIO 205 458 545
1. Ingresos Tributaries 39 612 954
ORGANISMO LEGISLATIVO A) Directos DECRETO No. 97-73 Impuesto sobre la Renta Personal 6 922 889 Impuesto sobre la Renta de Sociedades 22 215 725 ORGANISMO EJECUTIVO Contribución sobre Inmuebles (Dto, Leg. 1153) 6 138 918 Adicional sobre inmuebles (Dtos. 1627 y 1731 del Cong.)2 830 280 Impuesto sobre Hereneias Legados y Donaciones486 763 MINISTERIO DE FINANZAS Compraventa y Permuta de Inmuebles 1 018 379 165 845 591 PUBLICAS B) Indirectos Derechos Arancelarios de Importación 28 819 131 Concédese la exoneración que se expresa, a favor de la "Asociación BenéficaImpuestos Internos a Productos Importados (Dto. 1780Amigos". 373 224
del Congreso) Concédèse a la Liga Nacional contra el Cáncer, exoneración de derechosImpuesto de Estabilización Económica (Protocolo de8 938 577 aduaneros y demás impuestos que gravan la importación del automóvilSan José, Dto. 1778 C.) Otros Impuestos de Importación 15 551 que se expresa. Derechos de Exportación de Cafe 14 093 822 Otros Impuestos de Exportación 780 550 MINISTERIO DE RELACIONES Impuestos sobre Licores y Otras Bebidas Alcohólicas19 538 932 Impuestos sobre Elaboración de Bebidas Carbonatadas2 722 760 EXTERIORES y no Carbonatadas Impuesto sobre Elaboración de Cigarrillos (Dto. 399 y4 380 628 Cancélase el Acuerdo de Nombramiento del señor Francisco Tello, como Cónsul1787 del Congreso) ad honórem de Guatemala cn Bismark, Dakota del Norte, Estados UnidosImpuesto sobre el Consumo de Productos Derivadosdel Petróleo (Dto. Ley 58) 18 027 723 de América. 20% Adicional Cigarrillos Nacionales (Dto. 1787 del2 948 432 MINISTERIO DE TRABAJO Congreso) Otros Impuestos sobre el Consumo de Productos224 499 Impuestos sobre el uso de Servicios 7016319 Y PREVISION SOCIAL Impuestos sobre Actividadea1Comerciales 1 762 357 Impuestos sobre Actos Jurídicos y Transacciones (Dto. Nómbrase a las personas que se mencionan, para que integren la ComisiónLeg. 1831 y Dto. 1731 del Congreso) 55 943 903
Nacional del Salario. Otros Impuestos y Gravámenes Diversos 259 183 8 082 798
2. Ingresos no Tributarios
ANUNCIOS VARIOS Arrendamiento de Terminal Aérea 130 447 Otras Rentas de Activos Fijos 36 259 Matrimonios. Líneas de Transporte - Constitución de sociedades. Modi-Rentas de Inversiones Financieras 929 321 ficación de sociedades. Patente de invención. Registro de marcas. Venta de Artículos Estancados y Productos ComerciaTítulos supletorios. Edictos. - Licitaciones. Remates. 269 965 les del Estado 1 660 843Servicios de Correos Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala. - Balance General CondensadoServicios de Telecomunicaciones 672 420 Otras Tasas, Derechos y Cargos por Servicios 2 535 816 Consolidado al 31 de octubre de 1973. Utilidades de Empresas del Estado 1 847 727 2506 839
3. Transferencias Corrientes
ORGANISMO LEGISLATIVO 1570785
Del Sector Privado 1173376 Multas e Intereses 397 409Otras 936 054 DECRETO No. 97-73 De Organismos Estatales 210 856
4. Otros Ingresos Corrientes EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Reintegros IGSS, Acdo. Gub. del 30 de abril 1969162 275
48 581 Otros 17 858 031
5. Rentas ConsignadasCONSIDERANDO: Impuestos Adicionales sobre Elaboración de AguarQue el Organismo Ejecutivo ha presentado en forma oportuna y de con-dientes. y Licores Preparados (Dtos. 435 y 934 del formidad con el inciso 10 del Artículo 189 de la Constitución de la República, 2285868 el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio10% Congreso) sobre Ingresos Aduanales, Dto. 1269 del Congreso5 976 725
Derechos de Exportación de Cafe, para Fondo de Di-Fiscal 1974; versificación OIC (Dto. 1797 del Congreso) 799 671
CONSIDERANDO:
Dividendos Acciones Eléctrica de Guatemala,
S. A. Dto, 21-72 del Congreso 3 117 520
Que analizado dicho proyecto desde el punto de vista de su factibilidad fi 4942562 nanciera, se ha encontrado que los ingresos fiscales previstos en el mismo,Descuento de Montepio Otras Rentas Consignadas 735 685 provenientes de la tributación y otras fuentes financieras, han sido estimados técnica y racionalmente, lo que garantiza la posibilidad de su recaudación; 2.493 781
6. Ingresos Específicos CONSIDERANDO: Presidencia de la República: Secretaria de Asuntos Sociales (Dirección de Bienestar Infantil y Familiar) 865 187
Que el proyecto de presupuesto presentado responde al plan anual de ac- :ión que el Gobierno de la República se ha trazado en concordancia con el"lan Nacional de Desarrollo y que todos los Organismos y Ministerios dispon-"Ministerio de Gobernación:
rán de los recursos financieros necesarios para llevar a cabo los programasPolicia Nacional, Licencias Conduct. de vehículos108 648 Policía Nacional, Impuesto Semáforos 118 432 uc a cada uno corresponden; Tipografía Nacional, Diario de Centro América279 994 POR TANTO, Ministerio de Educación: En uso de las facultades que le confiere el inciso 20. del Artículo 170 deComité Operación Pupitre 77 904 Comité Distribución Material Didáctico 75 645 Constitución de la República, 108 072 Dirección de Alfabetización stituto Técnico Industrial "Georg Kerschensteiner"1538
DECRETA: Dirección General de Cultura y Bellas Artes (AcuerArtículo 10.-Se aprueba el Presupuesto de Ingresos del Estado rara el pe-do Gub. 843 del 24 de junio de 1958 y Dto. Leg. odo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de milConservatorio 859) Nacional de Músicavecientos setenta y cuatro, en la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA CINCO MILLONES. QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENSeminario de Integración Social os SEIS QUETZALES EXACTOS (Q.355.597,706.00), distribuidos en la formaDirección de Educación Fisica
guiente: OTECA Editorial "Jose de
NOS1082 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 7 de 1973, NUMERO 71
Ministeriold Agricultura: PRESUPUESTO DE EGRESOS DE CAPITAL
(En Quetzales) Instituto Técnico de Agricultura (ITA) 11 027 Dirección de Recursos Naturales Renovables: Programas de Programas de División de Fauna. Ingresos Pesca Marítima 18 294 Inversión TransferenTotal Division Forestal, Parme Naciones Unidas 17'476 Organismo Ministerio Directa cias de Capital Dirección de Investigacion Apricola: Análisis de Muestras de Suelos 734 Presidencia de la República 50 000 50 000 Estaciones Experimentales 35350 M. de Relaciones Exteriores 100 000 100 000 Venta Productos A molorestales 114808 M. de Gobernación 285 500 285 500 Dirección de Desarrollo Merícola 190 567 M. de la Defensa Nacional 1 400 000 1 400 000
M. de Finanzas Públicas 5 105 835 4 058 440 9 164 275
Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas: M. de Educación -4 612 040 630 000 5 242 040
M. de Salud Pública y A. S 3 806 056 3 806 056
Instituto Geográfico Nacional 29 760 M. de Trabajo y P. S 256 000 256 000
M. de Economia 450 000 1 250 000 1 700 000
Ministerio de Trabajo y Prevision Social: M. de Agricultura 17 254 557 5 659 226 22 913 783
M. de Comunicaciones y O. P 51 937 177 21 899 200 73 836 377
Plants Central, Decreto del Congreso 843.000 Totales 85 257 165 33 496 866 118 754 031
INGRESOS DE GAPITAL 118 986 856
PRESUPUESTODE EGRESOS POR DEUDA PUBLICA1. Préstamos Directos 54 523 115
(En quetzales) Agencia Internacional para el Desarrollo (AID) 18 925 665 Interesca Concepto Ministerio Comisiones Amortizaciones Total Préstamo 520-L-015 (Dto. 6-69 del Congreso) 3 558 235 Préstamo 520-L-016 (Dto. 50-71 Ministerio de Finanzas Públicas:del Congreso) 1 500 000 Préstamo 520-L-017 (Dto. 86-71 del Congreso) 975 390 Préstamo 520-L-018 (Dto. 75-70 del Congreso) Deuda Interna 9 921 130 22 898 159 32 819 289 6809 700 Préstamo 520-L-019 (Dto, 100-71 del Congreso) Deuda Externa 5 124 042 6 630 399 11 754 4413 164 700 Prestamo 520-L-020 (Dto. 10-72 del Congreso) 399 825 Totales 15 045 172 Préstamo 520-L-021 (Dto. 54-73 del Congreso) 29 528 558 44 573 7301 899 400 Préstamo 520-L-023 (Pendiente de Aprobación) 618 416 of Banco Centroamericano de Económica RESUMEN (BCIE) 10 686 248 (En quetzales) Préstamo 23-GU-A- (Dto. 7-73 del Congreso) 1 738 220 Presupuesto de
Préstamo 284-GU-(Pendients de -Aprobación) 2 042 000 Préstamo 348-GU-(Dto, 39-72 del Congreso) 3 336 028 Organismo Ministerio Funcionamiento Capital Deuda Pública Total Préstamo por obtener 3 570 000 Organismo Legislativo 1 503 054 1 503 054 Banco Interamericano de Desarrollo (BID) 17 621 819 Organisme Judicial 4 343 878 4 343 878
Organismo Ejecutivo: Préstamo 162-SF-GU- (Dto. 1823 del Congreso) 125 000 Presidencia de la Rep. 8 976 103 50.000 9 026 103
Préstamo 243-SF-GU- (Dto. 7670 del Congreso) 4 735 000 M. Relaciones Ext. 4811192 100 000 4 911 192 Préstamo 294-SF-GU- (Dto, 91-71 del Congreso) 2 329 919 M. de Gobernación 12 712 849 285 500 12 998 349 Préstamo 319-SF-GU- (Dto. 30+72 del Congreso) 1 772 000 M. Defensa Nacional 22 505 037 1 400 000 23 905 037 Préstamo 370-SF-GU- (Pendiente de Aprobación) 6 622 900 M. de Finanzas Públicas 36 136 659 9 164 275 44 573 730 89 874 664 Préstamo por obtener 2037000 M. de Educación 45 404 058 5 242 040 50,646 098
M. Salud Pública y A. S. 24 211 461 3806 056 28 017 517
Baneo Internacional de Reconstrucción y Fomento M. de Trabajo y P.S. 1 768 479 256 000 2 024 479 (BIRF) 3 586 283 M. de Economía 2 682 838 1 700 000 4 382 838
M. de Agricultura 10 029 874 22 913.783 32 943 657
Préstamo 576-GU- (Dto. 5-69 del Congreso) 1 481 283 M. de Com. y Obr Púb. 15 412 592 73 836 377 89 248 969 Préstamo 722-GU52-71 del Congreso) 2 105 000 M. Público 350 291 350 291 Registro Electoral 156 824 156 824 Organización Internacional del Cafe (OIC) 468 600 Contraloria de Guentas 1-264 756 1 264 756 Préstamo OIC-S/N del Congreso) 468 600 Totales 192 269 945 118 754 031 44 573 730 355 597 706 Otros Préstamos 3234500 Préstamo por obtener 3284500 Artículo 30.-En el transcurso del Ejercicio Fiscal se deben observar las siguientes normas:
2. CREDITOS EN VALORES PUBLICOS 50 000 000 I Bonos Ejercicio Fiscal 1974 50 000 000 Se prohibe el traslado de asignaciones presupuestarias durante el Ejercicio
3. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Fiscal, salvo en los easos siguientes:355 500
Donación de la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID) d) Para incrementar asignaciones destinadas at pago de la Deuda Pública282 500 Donación del Banco Interantéricano del Desarrollo b) Para incorporar al presupuesto de Gastos Efectuados con Aportaciones Extranjeras sin obligación de recmbo so:(BID) 78 000 c) Para incrementar la asignación destinada a Clases Pasivas del Estado: 1
4. OTROS INGRESOS DE CAPITAL 14 108 241 d): Para atender situaciones de emergencia 0 de calamidad pública, pre viamente declaradas por Acuerdo Gubernativo: 6% Utilidades Lotería Namional e) Para atender casos muy especiales 0 de interes Nacional, calificados200 000
Remanente de Bonos de Ejercicios Anteriores, 13 908 241 y aprobados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros: f) Cuando se trate de traslados de asignaciones dentro de un mismo sub RESUMEN programa; 0 programa cuando este no tenga subprogramas, del Pie supuesto de Funcionamiento; -0 dentro de un mismo proyecto del Pre INGRESOS CORRIENTES 0236 610 850 supuesto de Capital. Estos traslados, que deben ser debidamente justi INGRESOS DE CAPITAL ficados, podrá autorizarlos el Ministerio de Finanzas Públicas, median118986856 te acuerdo Ministerial, previo dictamen de la Dirección Técnica del Presupuesto.TOTAL @855 597 706 II Sólo podrán ejecutarse los programas subprogramas 0 proyectos que
Artículo 29-Se aprucbs el compuesto de Egreses del Estado para tén contemplados en el Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal. el mismo périodo en la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTICINCO Para incluir nuevos programas, subprogramas 0 proyectos de inversión MILLONES, QUINIENTOS NOVENTISIETE MIL SETECIENTOS requiere que los estudios técnicos y financieros preliminares correspondientes, SEIS QUETZALES EXACTOS (0855 706.00), distribuidos en la siestén aprobados y evaluados por el Consejo Nacional de Planificación Eco nómica,guiente forma: Posterior a la aprobación, deberán llenar todos los requisitos normados PRESUPUESTO DE EGRESOS DE FUNCIONAMIENTO para la programación. (En Quetzales) III Programas de Programas de Organismo Ministerio Funcionamiento TransferenTotal En la ejecución del presupuesto de capital, las dependencias del Gobierne clas Corrientes Central y entidades descentralizadas, deben presentar a la Dirección Técnica Organismo Legislativo 1:503 054 1 503 054 del Presupuesto dentro de los quince días hábiles, siguientes a la terminación Organismo Judicial 843 878 4 343 878 de cada trimestre del ejercicio fiscal, un informe detallado sobre, el avance Organismo Ejecutivo: físico y financiero de la ejecución de cada programa, subprograma y proyecto Presidencia de da República 8 976 103 En el caso de programas de funcionamiento, esta información deberá
M. de Relaciones Exteriores 3 560 177 1 251 015 4811 192presentada anualmente dentro de los quince días hábiles siguientes al vericl M. de Gobernación 12 712 849 12 712 849 mierito del ejercicio fiscal anterior.
M. de la Defensa Nacional 22 505 037 22 505 037 El Ministerio de Finanzas Públicas podrá suspender la autorización de M. de Finanzas Públicas 12 662 587 2 946 761 15 609 348 gastos por el incumplimiento de la presente norma, debiéndose en todo Clases Pasivas, Aguinaldo y otras sancionar a los responsables. prestaciones 12 762 303 12 762 303
Complementos Salariales 77 765 008 7 765 008 IV M. de Educación 38 725 734 6 678 324 45 404 058
M. de Salud Pública y A S 20 613 807 3 597 654 24 211 461 Las Dependencias Públicas quedan obligadas a llevar registro y conti M. de Trabajo P.-Social 1 368 479 400 000 1 768 479 de sus asignaciones presupuestarias a nivel de reng'on y de los gastos que eft M. de Economía 2-105 617 577 221 2 682 838 tuen con cargo a cada una de las mismas. La Contraloria de Cuentas velat M. de Agricultura 7 430 151 2 599 723 10 029 874 por el cumplimiento de esta disposición.
M. de Comunicaciones y O. P 15 412 592 15 412 592
Ministerio Público 350 291 350 291 V Registro Electoral 156824 156 824 Contraloria de Cuentas 264 756 1 264 756 Para la correcta ejecución presupuestaria. el Mínisterio de Finanza blicas debe comprobar, si los fondos asignados para la realización de la Totales 161 456 944 30 813 001 192 269 945 gramas, subprogramas 0 proyectos que figuren en el Presupuesto del Eject Fiscal, están siendo aplicadas en la forma prevista.NUMERO 71 DIARIO DE CENTRO AMERICA Diei Side 1973 1083 : VI reintegrar al de los sueldos que ya hubieren cobrado en contravención a esta sin perjuicion des destitución inmediata y deLos gastos contemplados en el Grupo 9 "Asignaciones Globales". renglóncualquiera otra sanción que corresponda conforme la ley912 'Gastos Confidenciales" se distribuirán en cuotas mensuales iguales dentro del Ejercicio Fiscal 1974. No obstante, cuando las necesidades del servicio lo XX requieran, podrán usarse estos fondos en la forma que convenga a los intereses del Estado, sin sujetarse a la cuota mensual, pero en este caso y cuan-Ningún funcionario empleado público del Estado, de las entidades des-do se trate de asignaciones del Organismo Ejecutivo, la Orden de Compra y Pago correspondiente, deberá ser autorizada con la firma del Ministerio decentralizadas, autónomas 0 semiautónomas y las empresas idel Estado, podrá Finanzas. contraer compromises internacionales que afecten al respectivo presupuesto
VII 0 al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, sin la previa autorización del Organismo Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, En las Ordenes de Compra y Pago que se emitan con cargo a las asignaciones de "Diversos", "No Previstos" y "Emergencia y Calamidades Públicas" XXI deben clasificarse los gastos de acuerdo con su objeto especifico-para efectos estadisticos. La Dirección de Contabilidad del Estado llevará los registros COLos miembros del Magisterio Nacional que presten sus servicios en dos rrespondientes para la debida clasificación de los Gastos Aplicados a las asig-niveles, tendrán derecho a percibir el porcentaje escalafonario carrespondiente naciones que se indican en la presente norma. a un solo nivel, pudiendo optar por el que más les favorezca. siempre quesu catalogación lo permits. VIII XXII No se autorizarán retiros de fondos con cargo a las asignaciones destinadasSe prohibe la concesión de nuevas subvenciones a favor de personasa cubrir el aporte Nacional de programas que se financian con Préstamos ExIndividuales. Los ministerios que hayan concedido subvenciones con anterioternos, en tanto dichos préstamos no hayan sido aprobados por el Congresoridad, deben hacer una evaluación socioeconómica de los beneficios de lasde la República. mismas para suprimir las que ya no se justifiquen.IX
XXIII Los retiros de fondos con cargo a las asignaciones de transferencias de capital, se harán con base en las cuotas respectivas, debiendo comprobarseLas Administraciones de Rentas Internas, las Aduanas y las Agencias deante la Dirección Técnica del Presupuesto, como requisito previo al retiro dela Dirección General de Rentas Internas, quedan obligadas a remitir diaria-la segunda y subsiguientes cuotas, la inversión de los fondos retirados, corres-mente al Banco de Guatemala, 0 a sus agencias, el día hábil siguientepondiente a la cuota anterior. Se exceptúan las transferencias de Capital paraal de su recaudación la totalidad de los ingresos que perciban, para serinversión financiera. abonados a las cuentas correspondientes.X XXIV Las Dependencias del Estado y las entidades descentralizadas no podrán iniciar gestiones para obtener préstamos 0 empréstitos internos y externos ni Los excedentes que se registren en los ingresos destinados para la amor-compromisos financieros de cualquier naturaleza, sin previo dictamen favora tización del principal, pago de los intereses, comisiones y demás gastos deble del Ministerio de Finanzas Públicas, ante el cual deberá presentarse junta la Deuda, Pública, deben ser trasladados mensualmente por el Banco demente con el expediente respectivo, el estudio de factibilidad correspondiente. Guatemala a la cuenta "Gobierno de la República Común".Se exceptúan de la disposición anterior, las instituciones Bancarias del Es tado, las cuales quedan sujetas a lo que sobre el particular establece la Ley XXV de Bancos (Decreto No. 215 reformado por Decreto 1316, ambos del Congreso
de la República), así como las Municipalidades que se regirán por lo que al respecto establece el Código Municipal (Decreto 1183 del Congreso de la Re Los vehículos de trabajo del Estado, deben ser marcados en lugar visible pública). Se exceptúa, asimismo, a la Universidad de San Carlos de Guay fácilmente legible con la frase "Gobierno de Guatemala" y la indicación temala cuando se trate de préstamos internos, caso en el cual deberá infordel Ministerio, institución 0 dependencia a que correspondan. El Ministerio mar al Ministerio de Finanzas Públicas sobre el monto y condiciones para de Finanzas Públicas por medio de la Dirección de Inspecciones Fiscales. el único objeto de registro de la Deuda Pública. velará por el debido cumplimiento de la presente norma, aplicando a los contraventores las sanciones que procedan de conformidad con la ley. XI XXVI Las oficinas autorizadoras y pagadoras de gastos, con cargo al Presupuesto, podrán retener el pago de uno 0 varios sueldos, cuando el empleado Para adquirir vehículos nuevos destinados a funcionario O empleadas tenga deudas pendientes a favor del Estado, por sueldos y otra clase de públicos, deberán entregarse a cuenta del precio correspondiente, los vehicuasignaciones cobradas indebidamente. los usados que estén su servicio. Los sueldos retenidos deberán, cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido concelado, o cuando el empleado haya firmado el cd XXVII
rrespondiente compromiso de pago. Para el efecto se autoriza al Ministerio de Finanzas Públicas para que, a su criterio y sin perjuicid de los intereses La adquisición de avehiculos para uso de los funcionaries y de los empleafiscales, acepte que el 0 los adeudos se cancelen en abonos mensuales, des dos públicos, deberá hacerse en relación a la categoria de éstos, de conforcontadós del sueldo respectivo, previo compromiso suscrito para el efecto midad con las disposiciones reglamentarias respectivas. entre las partes interesadas. XXVIII XII Los vehículos de trabajo propiedad del Estado, no deben estar especifiLas personas que desempeñen puestos cuya denominación y/o sueldo hu camente -servicio de an funcionario 0 empleado, sino disponibles para la biere variado en el presente presupuesto por aplicación de la Ley de Salariosrealización de las stintas comisiones 0 labores que demande la ejecución para la Administración Pública, seguirán desempeñándolos sin necesidad defísica de los programas. La asignación de cada vehículo debera hacerse connuevo nombramiento. forme a las circunstancias de la comisión 0 labor que deba llevarse a cabo y la provisión de combustible, se hará con base en las dispesiciones del XIII Reglamento General de Viáticos. Los Jefes de las dependencias respectivas son responsables del cumplimiento de esta norma, quedando sujetos a las La Oficina Nacional de Servicio Civil deberá notificar al Ministerio de sanciones que corresponda. Finanzas Públicas, cualquier cambio en la denominación de puestos, O en XXIX
el monto de los salarios. El personal de las cuerpos de vigilancia interna del ramo hacendario XIV dependerá del Ministerio de Finanzas Púlicas, el que podrá delegar tal autoridad en los funcionarios del ramo que estime conveniente para la vigiLas asignaciones de sueldos de Directores y Profesores de Educación lancia y protección de los bienes a cargo del Estado de conformidad con Urbana, Rural, Educación Estética, Educación Física y Educación para el respective reglaments XXX Adultos, figurarán en grupos de asignaciones correlatives en la distribución analítica del Presupuesto de Egresos. El Ministerio de d'idanzas Públicas, con base en los lineamientos geEl Ministerio de Educación por Acuerdo Ministerial podrá hacer trasia nerales que para los planes operativos anuales formule la Secretaria General dos del personal a que se refiere el párrafo anterior, dentro del área urbana,del Consejo Nacional de Planificación Económica, elaborará las bases para dentro del área rural y del Area Urbana al Area Rural. la formulación del proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del-Estado para el ejercicio fiscal siguiente, las cuales deberán ser sometidas a la aproXV bación del Presidente de la República, y posteriormente, dadas a conocer a los Jefes de las dependencias para su debida observancia Los contratos por servicios personales, para puestos que no hubieren existido al 31 de diciembre correspondiente al ejercicio anterior, sólo podrán ser aproXXXI bados cuando se trate de obras 0 servicios nuevos cuyo programa esté incluido
en el presupuesto. En todo caso, los sueldos de estos puestos no podrán ser Las instituciones descentralizadas, autónomas 0 semiautónomas · las mayores que los asignados a cargos similares de personal permanente con empresas del Estado, con excepción de la Universidad de San Carles de partida específica, para lo cual deberá oirse a la Oficina Nacional de ServicioGuatemala y las Municipalidades, están obligadas al cumplimiento de lo Civil. dispuesto en las Normas: II. III, IV, V, VIII, IX, X. XVI, XVII, XVIII, XIX. XX, XXV, XXVI, XXVII y XXVIII, en la ejecución de sus respectivos pre-supuestos para el ejercicio fiscal 1974.XVI Articulo presente Decreto entrará en vigor el primero de enero Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos que se requierande mil novecientos setenta y cuatro y será publicado en el Diario Oficial. para la ejecución de los programas del Presupuesto de Egresos del Estado, deberán ser preferentemente de producción nacional. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento. XVII Dado en el Palacio del Organismo Legislative, en la Ciudad de Guatemala, a los cuatro dfas del mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres. En las especificaciones para la cotización de maquinaria y equipos, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para MARIO SANDOVAL ALARCON Presidente su adquisición, que existan repuestos disponibles para la venta al público enel mercado local. MANFREDO HEMMERLING MORALES.XVIII Secretario Las plazas cuya naturaleza requieran el ejercicio de una actividad pro.
fesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados MARIATERESA F. DE GROTEWOLD activos de la rama correspondiente. Secretaria.
XIX Palacio Nacional: Guatemala seis de diciembre de mil novecientostenta y tres.
Los empleados públicos que desempeñen puestos de tiempo completo 0Publiquese parcial, que durante parte 0 toda su jornada ordinaria de trabajo comprome.tida con el Estado, sirvan otros cargos remunerados de cualquier indole CARLOS OSORIO:Ministro que cjerzan profesión. pierden el derecho de cobro de su sueldo y. deberánJORGE