Decreto 98-1970
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 98-1970
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1970
194 EL GUATEMALTECO,-DIARIO OFICIAL NUMERO 16
Artículo 952. línea tres. dice <<portador>, siendo fiere esta ley. a un plazo fijo no menor de cinco POR TANTO. to cotre: <porteador> años (5), a una lasa de interés hasta del ocho Articulo 986, última linea. dice «sinistro». siendo por ciento (8'7) anual y con un descuento, por una En uso de las atribuciones que le confiere el in to correcto: "siniestro>. sola vez, del cinco por ciento (5%) sobre el valorciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la Artículo 995. Inciso 30., dice: «inadecuando». nominal, siempre que dichos certificados se CORepública, siendo lo correcto: <<inadecuado>> loquen en las condiciones que se establezcan en Artículo 997. linea sicte, dice «del tercer asegu el Reglamento de la presente ley. DECRETA: rado», siendo lo correcto: «del tercero asegurado>>>. Articulo 40.-El plazo de quince años (15) de Artículo 1024. linea tres, dice «otroguen», siendo los bonos a que se refiere esta ley, se computaráArtículo 10.-Se exonera al Organismo Legislato correcto: «otorguen» a partir de la fecha de emision de cada serie. tivo del pago de cerechos arancelarios. tasas y Disposiciones Transitorias. Artículo II. Párrafo Artículo 50.-El Banco de Gua-emala ejercerá demás carges y sobrecargos que gravan las im: segundo, línca cuatro, dice «desidentes» siendo lo las funciones de Agente Financiero de la deuda portaciones de los articu.os a que se refiere la
correcto: «disidentes». que se origine por la negociación de bonos, serápartida cel are neel de Aduanas vigente número Disposiciones Deregatorias, Artículo I, Inciso 20.,el encargado de la misma y por el desempeño de 112-04-04, en la cantidad de 225 cajas. de 40 on dice «del Congreso». siendo lo correcto: «del Contales funciones devengará una comisión de un zas cada unvidad. que le son necesarias para cumgreso de la Repúblicas. cuarto del uno por ciento (1/4 del 1%) anual, que plir determinados compromisos. Disposiciones Derogatorias, Artículo II. último se calculará sobre (i) monto de los bonos en circuArticulo 20.-El presente Decreto entrará en viparrafo, línea seis, dice «conostitución». siendo 10 lación. a cada último día del m( y se cargará gor el mismo día de su publicación en el Diatio correcto: «constitución». al fendo de amortización correspondiente. Ofic al. Artículo III. segundo párrafo. línea cuatro. dice Artículo cubrir la amortización de -convensións. siendo to correcto: «convención». capital, intereses. comisiones y demás gastos delPase al Organismo Ejecutivo para su publicaArtículo IV. línea tres. dice "no tendrá aplica servicio de la deuda que se originen por la emición. y cumplimiento. ción», siendo to correcto no tendran aplicación sión de los bonos, el Agente Financiero, separará. Dado en el Palacio del Organismo Legisla sin tramite previo ri posterior. los recursos netivo, en la ciudad de Guatemala. a los tres diascesarios GC la cuenta «Gobierno de la República del mes de diclembre de 1970
-Fondo Comun->, de acuerdo con el plan de amortización respectivo.FE DE ERRATA MARIO SANDOVAL ALARCON. Artículo 70.-EI Agente Financiero procurará Presidente. mantener invertidos los recursos destinados al serAl Decreto número 25-70 del Congreso de la Re vicio de la deuda en valores que posean un graHECTOR ANDRADE URREJOLA, pública. publicado en el Diario Oficial «El Guate do adecuado de liquidez y rendimiento, a fin de Primer Secretario, malteco> can fecha 28 de mayo de 1970. número evitar la acumulación de fondos ociosos, sin per61. Tomo CLXXXVIII. Dicho Decreto contiene refor juicto del cumplimiento oportuno de las obligaCESAR AUGUSTO DAVILA, mas al Código Municipal, Decreto 1183 del Congre ciones. Segundo Secretario.so. Debe corregirse to siguiente: Artículo 80.-El producto de la negociación deDespués de donde dice Decreta: dabe leerse así: los bonos. deberá ser situado por el Agente Fi-Palacio Nacional: Guatemala. catorce de diciemLas siguientes refermas al Codigo Municipal, Denancicro a la orden de la Tesoreria Nacional en bre de mil novecientos setenta.creto del Congreso número 1183>> la forma que disponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Publiquese y cúmplase. Artículo 90.-El Organismo Ejecutivo, por meFE DE ERRATA dio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CARLOS ARANA OSORIO. queda obligado it incluir cn el Presupuesto de
Al Decreto número 84 70 del Congreso de la Re egresos del Estado de cada uno do los ejerciciosEI Ministro de Hacienda v Crédito Público, fiscales. las asignaciones que correspondan para JORGE LAMPORT RODIL pública publicado en el Diario Oficial «El Guate malteco». con fecha 25 de noviembre de 1970. nú amortizar el valor principal. intereses y demás mero 2. Tomo CXC. Sc trata de enmendar el Degastos de los bonos. hasta la cancelación total de creto Legislativo 1153, Ley de Contribuciones, De la deuda. be corregirse to siguiente: Articulo 10-Los bonos podrán ser negociados.
Después de donde dice Decreta: debe leerse así: descontados y redescontados a personas individua-ORGANISMO EJECUTIVO <Las siguientes modificaciones a los artículos 84 yles O jurídicas. nacionales 0 extranjeras, com80. prendiendo los Bancos del Estado y Bancos privados por medio del Agente Financiero. Asimismo, el Banco de Guatemala podrá descontarlos.MINISTERIO DE AGRICULTURA ORGANISMO LEGISLATIVO redescontarlos 0 admitirios on garantía de adelantos y adquirirlos por cuenta propia de acuer-Reglamento de la Jornada Unica de Trabajo etf do con su Ley Orgánica. El Ministerio de Hacien-el Instituto Nacional de Transformación ···· DECRETO No. 98-70 da y Crédito Público. queda autorizado para emi-ria. tir certificados on moneda extranjera amparados por los bonos a que se refiere la presente ley.ACUERDO GUBERNATIVO No. M. DE El Congreso de la República de Guatemala,cuando los mismos scan negociados en el extcA. Y M. DE T. Y P. S. 50.70 rior.
CONSIDERANDO: Artículo 11.-Los bonos a que SC refiere el pre-Palacio Nacional: Guatemala. 9 de diciembre sente Decreto. su enajenación. transferencia de 1970. negociación y los intereses que devenguen. quedanQue el Presupuesto de Ingresos V Egresos del exentos del Impuesto del Papel Sellado y Tim E1 Presidente de la República,Estado correspondiente al ejercicio fiscal 1971. bres: del Impuesto Sobre Herencias. Legados yse ha previsto entre los ingresos de capital, el Donaciones. del Impuesto sobre la Renta. y demás CONSIDERANDO: producto de la negociación de Bonos del Tesoro impuestos y tasas que SC establezean.para complementar el financiamiento de los proArtículo 12-EI Organismo Ejecutivo por ConQue el Conscio Nacional de Transformación gramas de inversión del Gobierno de la Repú- ducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Pú-Agraria, aprobó el Acuerdo número ocho que con-blica: blico emitirá cl Reglamento correspondiente a latiene la resolución número 197 según consta en presente lev. el punto 2o. del acta número 44 de fecha 29 de CONSIDERANDO: septiembre de 1970, por medio del cual emite el Artículo 13.-EI presente Decreto fue aproba-Reglamento para la aplicación do la Jornida
Que es indispensable autorizar la emisién y nedo con el voto favorable de más de las dos ter-Unica de Trabajo en el Institute Nacional de gociación de los valores a que se refiere el conceras partes del total de Diputados que integranTransformación Agraria: siderando anterior, con el fin de que el Gobierno el Congreso de la República y entrará en vigorde la República pueda financiar en forma oporel día siguiente de su publicación en el Diario CONSIDERANDO: tuna las obras programadas para dicho ejercicio: Oficial. Que el referido scuerdo fue sometido a la conCONSIDERANDO: Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-sideración de la Oficina Nacional de Servicio Cición y cumplimiento. vil, en cumplimiento del artículo 17 del Acuerdo Que de conformidad con et articulo 123 de la C. M. 39.70, habiendo esta oficina emitido dictaLey Orgánica del Banco de Guatemala, se recaDado en el Palacio del Organismo Legislativo.men con fecha 30 de octubre de 1970, 30 opinión de la Junta Monetaria con respecto a en la ciudad de Guatemala, a los tres dias del In emisión de los indicados valores, la que emimes de Diciembre de mil novecientos setenta. POR TANTO, tió dictamen favorable según resolución de reciente fecha. En uso de las facultades que le confiere el MARIO SANDOVAL ALARCON. inciso 4n. del artículo 189 de la Constitución de POR TANTO. Presidente la República y el artículo 17 del Acuerdo C. M.
39-70. En uso de las facultades que le confiere el inHECTOR ANDRADE URREJOLA. ACUERDA: ciso 10 del articulo 170 de la Constitución de la Primer Secretario. República. Artículo 10.-Anrobar el Actterdo múmero ocho CESAR AUGUSTO DAVILA M.. del Consejo Naci nal de Transformación Agraria DECRETA: Segundo Secretario. que contiene el siguiente Reglamento de la Jor nada Unica de Trabajo en el Instituto Nacional Artículo 10-Se autoriza al Organismo EjecuPalacio Nacional: Guatemala. catores de diGP Transformación Agraria: tivo para que, por conducto del Ministerio de Haciembre de mil novecientos setenta. cienda " Crédito Público, emita Bonos del Te- «DISPOSICIONES GENERALES» soro por la cantidad de DIECISEIS MILLONES Publiquese y cumplase. DE QUETZALES (Q.16.000.000.00) cuyo producArtículo 10.-Salvo los casos de excepción preto se destinará exclusivamente para el financiaCARLOS ARANA OSORIO. vistos en el presente reglamento. et horario de miento de los programas y proyectos del Presula Jornada Unica de Trabajo para los servidores puesto de Capital del Ejercicio Fiscal 1971. El Ministro de Hacienda V Crédito Público, públicos del Instituto Nacional de Transforma Articulo 20.-Las Bonos a que se refiere el JORGE LAMPORT RODIL. ción Agraria en la capital de la República, se escirticulo anterior, :-0 denominarán «Bonos del Tetablece de las 7.00 a las 15.30 horas de lunes a
soro, Inversión Ejercicio Fiscal 1971 S2 emitiviernes. rán a quince años plazo y al portador: se colocaLos servidores públicos deben gozar de un perán a su valor nominal: devengarán hasta el doDECRETO No. 103-70 riodo de descanso de media hora el cual debe ce por ciento (12 de interés anual, cuando scan otorgarse entre las 12.00 y las 13.30 horas. negociados en el exterior. y el cinco por ciento Para tal efecto se deben aplicar las normas (5%) de interés anual. cuando sean negociados en El Congreso de la República de Guatemala,contenidas en el Acuerdo número C. M. 39-70 que el interior de la República: y el dos y medio por aprucha el Reglamento de la Jornada Unica de ciento (21/2%) de interés anual. cuando los adquieCONSIDERANDO: Trabajo on el organismo Ejecutivo, en todo aquera el Banco de Guatemala y mientras permanezcan No que le sea aplicable, y por las disposiciones en su poder. Dichos bonos serán amortizados Que al Organismo Legislativo le es indispensablecontenidas en los artículos siguientes. anualmente de conformidad con to establecido en contar con determinados articulos que le son nece Articulo 20.-Todo el personal del Instituto el artículo 60. de esta ley V los intereses sarios, por la circunstancia de tener que cumplirNacional de Transformación Agraria en esta ciugarán por semestres vencidos. algunos compromisos de orden oficial y protoco-dad. queda sujeto a las normas que sobre pun Artículo 30.No obstante lo establecido en el lario, y no existiendo otro medio para canalizar tualidad y asistencia. fija el Reglamento de la
artículo anterior, SC faculta al Ministerio de Hatales requerimientos, es imperativo obtener laJornada Unica de Trabajo on el Organismo Eje cienda y Crédito Público, para que, de acuerdo exoneracion del pago de derechos arancelarios. ta-cutivo, las que fija la Ley de Servicio Civil y su con el Banco de Cuatemala, pueda emitir certisas y demás cargos y sobrecargos de dichos are Reglamento y las establecidas en el presente Reficados representativos de los bonos a que se reticulos. a través de un Decreto. glamento.