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Decreto 98-1973

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 98-1973
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1973

Diario

CONTROLCANONOS SIBLIGTECA

DEL

NTES EL GUATEMALTECO CONTROL.NSA

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMAL C. A. NSA REVISTA Decand de Prense Centroamericana Director: Periodista Augusto Acuña G, Fundado el 2 de

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administracion TOMO CXCVII GUATEMALA, JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 1973 NUMERO 84

DECRETA:POR TANTO.

SUMARIO En uso de las facultades que le confiere el in-Artículo 19-Se declara el año de 1974, como ciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la"Año Centenario de Fundación del Instituto Nacional Central para Varones", como un justo hoRepública, menaje a su importante y meritoria labor desORGANISMO LEGISLATIVO arrollada en pro de la cultura del país.DECRETA: Artículo 29-El presente Decreto entrará en DECRETO NUMERO 98-73 vigor el día siguiente de su publicación en el Dia-Artículo 10.-Las industrias que fueron va exorio Oficial. DECRETO NUMERO 99-73 neradas del Impuesto de Estabilización Económica conforme al Protocolo al Tratado General de In-Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaORGANISMO EJECUTIVO tegración Económica Centrosmericana (Medidas deción y eumplimiento. Emergencia de Defensa de la Balanza de Pagos).suscrito en San José, Costa Rica, el 10. de junioDado en el Palacio del Organismo Legislativo,

MINISTERIO DE ECONOMIA de 1968, no requieren ninguna gestión adicionalen la ciudad. de Guatemala, a los cinco días del y en base a ello, seguirán gozando de todos losmes de diciembre de mil novecientos setenta y Ampliase on el sentido que se expresa el artículobeneficios que sus respectivos Acuerdos le esta-tres. 10. del Acuerdo número 226-71 del 25 de octubreblecen, al amparo del Protocolo antes relacionado de 1971, solicitado por la empresa «Industriasy cuya vigencia ha sido prorrogada por cinco (5)MARIO SANDOVAL ALARCON, Plásticas de Guatemala> (INDUPLASTIC). Presidente.años más; MINISTERIO DE FINANZAS Artículo 20.-El presente Decreto entrará en vi-Guillermo Alfonso Hernández Soto, gor al día siguiente de su publicación en el Dia-Secretario. PUBLICAS rio Oficial. Manfredo Hemmerling Morales, Secretario. Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-Prorrógase, sin más trámite para 1974 los can-tratos individuales de trabajo que estén en vi-ción y cumplimiento. Palacio Nacional: Guatemala, veinte de diciemgor al 31 de diciembre de 1973 que hayan sido bre de mil novecientos setenta y tres. suscritos y aprobados con lo establecido en losDado en el Palacio del Organismo Legislativo, Acuerdos Gubernativos que se indican. en la ciudad de Guatemala, a los cinco días delPubliquese y cúmplase, mes de diciembre de mil novecientos setenta y tres. Concédese al Instituto Católico de Capacitación CARLOS ARANA OSORIO.

exoneración de todos los derechos aduaneros y MARIO SANDOVAL ALARCON, demás impuestos que gravan la importación del Presidente. El Ministro de Educación, automóvil que se menciona. ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE.

GUILLERMO ALFONSO HERNANDEZ SOTO,

MINISTERIO DE GOBERNACION Secretario.

MANFREDO HEMMERLING MORALES.

Apruébanse las operaciones de mensura practicaORGANISMO EJECUTIVOSecretario. das a la finca urbana que se expresa, situada en la 18 avenida «A» número 12 80, zona 1 dePalacio Nacional: Guatemala, veinte de diciemesta cludad, propiedad del Crédito Hipotecariobre de mil novecientos setenta y tres. MINISTERIO DE ECONOMIANacional. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Publiquese y cúmplase. Ampliase en el sentido que se expresa el artículo10. del Acuerdo número 226:71 del 25 de ectubreCARLOS ARANA OSORIO Y ASISTENCIA SOCIAL de 1971, solicitado por la empresa «Industrias Plásticas de Guatemala» (INDUPLASTIC).El Ministro de Economia. Declárase de máxima prioridad la construcción deCARLOS MOLINA MENCOS. ACUERDO No. 260-73 la obra del Hospital tipo "Regional". para laciudad de Quezaltenango Depto. de QuezalPalacio Nacional: Guatemala, 12 de diciembre

tenango. de 1973. ANUNCIOS VARIOS DECRETO No. 99-73 El Ministro de Economia, Autorización farmacéutica. Matrimonios. LiCONSIDERANDO: nea de transporte. Solicitud de nacio nalidad.EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,Constitución de sociedades. Modificación de Que con fecha 24 de mayo de 1973, el señor An-sociedades. Diso'ución de sociedad. PatentesEl Congreso de la República de Guatemala,tonio Zimeri Kattán, en su calidad de gerentede invención. - Registro de marcas. T tulos propietario de la empresa denominada <Industriassupletorios. - Edictos. Licitación.- RemaCONSIDERANDO: Plásticas de Guatemala> (INDUPLASTIC), solicites. tó de este Ministerio ampliación del artículo 10. del Que el Instituto Nacional Central para Varo-Acuerdo Ministerial número 226-71 de fecha 25 de nes, ha sido un centro de enseñanza que vieneoctubre de 1971, por medio del cual se le otorgo prestando grandes servicios a la cultura de laexoneración del cuarenta por ciento (40%) del ImORGANISMO LEGISLATIVO Nación, desde el año de 1874, por lo que será ce-puesto de Estabilización Económica creado por el lebrado el Primer Centenario de su fundación elProtocolo de San José, en el sentido de que se próximo año; adicionen otros rubros de materias primas que son necesarios para el proceso productivo de la CONSIDERANDO: industria a que se dedica;

DECRETO No. 98-73 Que el Instituto Nacional Central para VaroCONSIDERANDO: nes ha albergado en sus aulas a miles y miles de adolescentes, tanto.guatemaltecos como de los de-Que son justos y atendibles los motivos invocaEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,más paises del Istmo Centroamericano, a quienesdos por el personero de la mencionada empresa, ha formado, haciendo destacar a muchos de ellospor cuanto efectivamente algunos rubros de mateCONSIDERANDO: en los campos de la ciencia, el arte, el pensamien-ria prima que solicita se adicionen, son parte funto puro 0 en la acción positiva, dando con ellodamental del proceso productivo de la industria y Que el Protocolo al Tratado General de Integra-luz, prestigio y humanidad a Guatemala y a Cen-que la Dirección de Politica Industrial en dictación Económica Centroamericana (Medidas detroamérica; men número 186/(249) del 22 de junio de 1973, cmiEmergencia de Defensa de la Balanza de Pagos). tió opinión favorable sobre el particular.CONSIDERANDO: suscrito en San José, Costa Rica, el 10. de junio de POR TANTO. 1963, fue prorrogado por el Protocolo que los Go-Que el pueblo de Guatemala ha sido el benefi-biernos de Guatemala, El Salvador, Nicaragua yciario directo O indirecto de las excelencias de ACUERDA: Costa Rica, debidamente representados, suscribie-tan glorioso establecimiento y como tal, a travésron on Managua, Nicaragua. el 15 de octubre delde sus representantes ante este alto Organismo,Artículo 10.-Ampliar el artículo 10. del Acuerdo

año en curso; tiene la obligación de retribuirle To mucho que leMinisterial número 226-71 del 25 de octubre de 1971, debe, por lo menos con un justo reconocimientoen el sentido de adicionar los rubros de materiasCONSIDERANDO: a la labor docente realizada durante sus primeros 100 años de vida edificantes y fecunda, primas que a continuación se detallan, los cualespodrán ser importados por la empresa «IudustriasQue tal Protocolo de prórroga fue aprobado por Plásticas de Guatemala> (Induplastic), libre del este Organismo, mediante Decreto número 93-73 y POR TANTO, pago del cuarenta por ciento (40%) del impuestoen tal virtud, se hace necesario establecer clara-En uso de las facultades que lu confiere el in-de Estabilización Económica, siempre que ro se mente la situación legal de las industrias que fueciso 1° del artículo 170 de Constitución de lapreduzcan en el país 0 en el resto del área centroaron inicialmente exoneradas conforme a dicho mericana: Protocolo, República,

LISTECA

DEL CONCR

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