Decreto 99-1971
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 99-1971
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1971
calteco de DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA alstración: Teléfono 24-4-18 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Cent BLUCentral de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.
CMSA Frencia: Telefono 28-0-27 América 9a. Av. 11-34, ZensDIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA RE TOMO CXCII GUATEMALA, LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 1971 NUMERO 52 damentar tales peticiones, invocan el deseo de que del país y coordinar los esfuerzos para el logre SUMARIO los recluidos puedan incorporarse a sus hogares, pade dicho objetivo sin perjudicar, por ello: los merra bien de la Patria y la sociedad y que, además, cados Internos de los productos exportables: se dan las condiciones y exigencias que. taxativamente establece la norma constitucional para que CONSIDERANDO: ORGANISMO LEGISLATIVO se pueda emitir una ley de amnistia; Que el Gobierno de los Estados Unidos de Amé-CONSIDERANDO: DECRETO No. 99-71. rica, concedió a Guatemala un incremento de dos Que la conveniencia pública V el manifiesto pro-millones cien mil libras (2.100,000.000 libras) de ORGANISMO EJECUTIVO pósito del Gobierno de mantener la unidad de la facarne de res, a exportar a ese país de conformimilia guatemalteca, así como la paz, tranquilidad ydad con el Programa Voluntario de Restricciones el progreso del pais. hace necesario dictar Jas norde Importación de Carne; MINISTERIO DE ECONOMIA mas legales adecuadas a tal fin; Anruebase el incremento de dos millones cien mil CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: (2.100,000.00) libras de carne fresca para exportarse durante el transcurso del año calenQue para llenar esa aspiración gubernativa es Que las empresas exportadoras de carne tienen dario 1971. del caso beneficiar con amnistia a quienes, por 1acapacidad instalada suficiente y planificada su zones de indole politica, hubleren infringido la ley producción para cumplir ampliamente las exportaAprucbanse los estatutos de la Cooperativa de Aho-cometiendo delitos políticos y comunes conexos, ciones ya acordadas. así como la actual demanda ·· y Crédito Horizontes, Responsabilidad Liadicional del mercado estadounidense; mitada>>, y reconocese su personalidad jurídica. POR TANTO, Con fundamento en el inciso 70. del artículo 170 CONSIDERANDO: MINISTERIO DE HACIENDA de la Constitución de la República, Que es también deber del Ministerio de EconoY CREDITO PUBLICO DECRETA: mia garantizar el abastecimiento de carne, en cantidades suficientes y precios adecuados, para ARTICULO 10.-Se concede amnistía a toda percumplir con el consumo interno. y que la Direc-Acuérdase distribuir la cantidad de CIEN MIL sona responsable 0 sindicada de haber cometido ción de Comercio Interior y Exterior, ha hechoQUETZALES EXACTOS (Q.100,000.00), a que se delitos politicos 0 comunes conexos, desde el prime-refiere la ampliacion presupuestar.a aprobada estudips y recomendaciones que permiten tomar
ro de julio de 1970 hasta la fecha en que entre enpor Decreto 43-71 del Congreso de la Republica. una resolución al respecto, vigor la presente ley.con destino a la creacion del Subprograma denDe consiguiente, no podrá entablarse ni seguir-tro de Presupuesto de Funcionamiento del MiPOR TANTO, se acción penal contra autores, cómplices 0 encu-nisterio de Trabajo y Previsión Social. bridores de tales delitos: ni contra quienes hubieCon base en lo establecido por el Decreto nú- Liectúase el traslado de las asignaciones que se ren intervenido. en cualquier forma, en su persemero 90 del Congreso de la República y sus recución 0 represión 0 en la tramitación de procesos,indican, dentro del Presupuesto General de Gasformas, Articulo 16 inciso 80. del Decreto númere tos Vigente, soncitada por la Dirección Geneexpedientes O diligencias relacionadas con tales he93 también del Congreso de la República y Decre-chos. ral de Obras Publicas, dep. ndencia del Ministeto Ley número 245, no de Comunicaciones y Obras Públicas. ARTICULO 20.-Los Tribunales correspondienEfectúase el traslado de las asignaciones que se tes. de oficio 0 a instancia de parte, sobreseerán ACUERDA: detatian, dentro del Presupuesto General de Gasdefinitivamente los procesos en trámite por los detos vigente, sohchada pur a Dir.ccion General litos en mención. Corresponde a la Corte Suprema Artículo 10.--Aprobar el incremento de dos mide Kentas, Dependencia der M.n.sterio de nade Justicia la aplicación de esta ley. a quienes se llones cien mil (2.100.000.000) libras de carne frescienda y Credito Público. encuentren condenados por sentencia firme. ea para exportarse durante el transcurso del año calendario 1971. Concédese a favor de la JUNTA EVANGELICA ARTICULO 30.-El presente Decreto fue declaDE SERVICIO SOCIAL CULTURAL. excherado de urgencia y aprobado con el voto unánime ración de los derechos aduan.ros, soore 300 cade cuarenta y ocho Diputados. y entrará en vigor Artículo 20.-EI incremento de carne a exporjas de ieche en polvo. el dia siguiente de su publicación en el Diario Ofitar se distribuye de la siguiente manera: cial. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaEl Ganadero, S. A. 900,000 libras MINISTERIO DE TRABAJO ción y cumplimiento. EXGUAPAGRA. S. A. 900,000 "
PAASA 300,000
Y PREVISION SOCIAL Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los d'eciséis dias del TOTAL 2.100,000 libras Autorizase a la Empresa Pesca, Sociedad Anóni-mes de noviembre de mil novecientos setenta y uno. ma. para que por el term.no de tres anos, pueda disminum las proporciones de los trabajadoALVARO CUEVAS FIGUEROA,
res nacionales y salarios que se paguen a esPresidente en Funciones, Articulo 30.-Se modifica el Acuerdo número 7 tos, hasta en un thez por ciento (10%), respecde fecha 19 de febrero de 1971 en su Artículo 20., tivamente. J. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ, en la forma siguiente:Primer Secretario, Las exportaciones de carne de res del 15 de noANUNCIOS VARIOS OLIVERIO CASTANEDA PAIZ, viembre al 25 de diciembre de este año, quedamSegundo Secretario. asi: Matrimonios. -- Lineas de transporte. ConstituPalacio Nacional: Gurtemala. diecinueve de no-ción de sociedades. Modificación de sociedades. viembre de mil novecientos setenta y uno.Disolución de sociedad. Registro de marcas. El Ganadero. S. A. 2.779,206.00 libras Titulos supletor.os. Edictos - Autorizaciones Publiquese y Cumplase, EXGUAPAGRA, S. A. 2.031.200.00 Farmaccuticas. Remates. PAASA ,
CARLOS ARANA OSORIO. 423,446.00
Bank of America NT&SA. Sucursal Guatemala, El Ministro de Gobernación, TOTAL 5,233,852.00 libras (Banco de América). Balance General. condenJORGE ARENALES CATALAN. sado, consolidado al 31 de mayo de 1971. Artículo 40.-En caso de que haya fundadas ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO EJECUTIVO razones para estimar que alguna de las exportadoras no cumpki adecuadamente con exportar la parte asignada de este incremento, el Ministerio de Economia lo redistribuirá entre las otras empresas. MINISTERIO DE ECONOMIA DECRETO No. 99-71 Apruébase el incremento de dos millones cien mil Artículo 50.-A estas compañías no se les autoCongreso de In República de Guatemala,(2.100.000.00) libras de carne fresca para exrizará exportar carne de esta ampliación, miemportarse durante el transeurso del año calentras no garanticen el suficiente abastecimiento padario 1971.CONSIDERANDO: ra el consumo interno del país, así como el abaraAcuerdo número 111. tamiento y estabilización de los precios de la Que se ha solicitado insistentemente. por recarne de res. cluidos en las diferentes cárceles de la República, Palacio Nacional: Guatemala, 19 de noviembre asi como por familiares de estos. a traves de mede 1971. Artículo 60.-La empresa exportadora de carne moriales y gestiones personales ante el Congreso de El Ministro de Economía, que trate de evadir el cumplimiento de estas disla República, para que se emita un Decreto de posiciones, será sancionada con la suspensión paramnistia: CONSIDERANDO: cial 0 total de su licencia de exportaciones.
CONSIDERANDO: Artículo 70.-La Dirección de Comercio Interior Que una de las principales funciones del Minisy Exterior queda encargada de velar por el estricQue entre las razones que se aducen para funterio de Economia es fumentar las to cumplimiento del presente Acuerdo.