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DIAN - Auto 2025 00109 LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Auto 2025 00109 LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO TREINTA Y UNO (31) ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ

SECCIÓN TERCERA

Bogotá, D. C. Siete (07) de abril de dos mil veinticinco (2025)

JUEZ DRA. CORINA DUQUE AYALA

REF. EXPEDIENTE 110013336031-2025-00-109-00

ACCIONANTE LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO

ACCIONADO COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Y LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL

DIRECCIÓN DE IMPUE STOS Y ADUANAS

NACIONALES - DIAN

ACCIÓN DE TUTELA

AUTO ADMISORIO

ANTECEDENTES

1. El señor LUCIANO IGNACIO SAA VEDRA FINO , quien actúa en nombre propio, interpuso acción de tutela en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN, por la presunta vulneración a su derecho fundamental de al debido proceso , igualdad, mérito y petición.

2. La acción de tutela interpuesta, reúne todos los requisitos legales para su admisión, razón por la cual es competente el Despacho para su conocimiento.

Por tanto se,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la presente Acción de Tutela, interpuesta por el señor LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO , quien actúa en nombre propio , esperando sea amparado su derecho fundamental al debido proceso , igualdad, mérito y petición , presuntamente vulnerado por la COMISIÓN

LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO , quien actúa en nombre propio , esperando sea amparado su derecho fundamental al debido proceso , igualdad, mérito y petición , presuntamente vulnerado por la COMISIÓN

NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN.

SEGUNDO: SE ORDENA a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN que, deben publicar el presente auto admisorio de tutela en la página Web de las entidades, para que los terceros interesados del concurso intervengan en el presente asunto, allegando el cumplimiento de esta orden dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación del presente auto.

TERCERO: REQUERIR a las entidades accionadas para que en el término de dos (02) días, remita con destino a la presente acción, copia de la documentación donde conste los antecedentes o actuación adelantada en virtud de la presente acción, con la advertencia que la omisión injustificada implicará que se tengan por ciertos los hec hos y se entre a resolver de plano. (Artículo 19 y 20 Decreto 2591 de 1991).EXPEDIENTE 2025-109

ACCIONANTE: LUCIANO IGNACIO SAAVEDRA FINO

ACCIONADO: COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC Y OTROS

ACCIÓN DE TUTELA

2

CUARTO: NOTIFICAR por el medio más expedito y eficaz, al representante

legal la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIDAD

ACCIÓN DE TUTELA

2

CUARTO: NOTIFICAR por el medio más expedito y eficaz, al representante

legal la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL o quien haga sus veces, en el trámite de la presente acción, entregando el traslado aportado con la solicitud y anexando copia de este auto, para que manifiesten sobre los hechos en que se fundamenta la acción y soliciten o aporten las pruebas que considere o que pretenda hacer valer.

QUINTO: COMUNICAR por el medio más expedito y eficaz la presente decisión a la accionante.

SEXTO: TENER como pruebas, los documentos aportados con el escrito mediante el que se incoa la acción, con el valor probatorio que en derecho corresponda.

SEPTIMO: Se advierte que toda respuesta y/o memorial que requiera ser radicado en este despacho, deberán ser tramitados a través de la ventanilla virtual del aplicativo SAMAI, en el siguiente enlace:

HTTPS://VENTANILLAVIRTUAL.CONSEJODEESTADO.GOV.CO/

Se anexa el enlace de ayuda sobre el manejo de esta ventanilla:

HTTPS://WWW.CONSEJODEESTADO.GOV.CO/MANUALES/MANUALSUJETOS/K NOWLEDGE-BASE/VENTANILLA-VIRTUAL/

Se anexa link del expediente digital en la plataforma “SAMAI”.

 https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/list_procesos.asp x?guid=110013336031202500109001100133

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

 https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/list_procesos.asp x?guid=110013336031202500109001100133

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

AGMS

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