DIAN - Circular 05 de 09-09-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Circular 05 de 09-09-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
100202210 ;::)IAN Dirección de Gestión de Aduanas CIRCULAR NUMERO 00005 (09 de septiembre de 2024) PARA: Funcionarios de la DIAN, importadores y demás usuarios del Comercio Exterior ASUNTO: Modificación de la Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP) No. 12757000005496 del 30 de agosto de 2024 por aplicación de las disposiciones del Decreto 1092 del 27 de agosto de 2024. Con el fin de implementar las medidas señaladas en el Decreto 1092 del 27 de agosto de 2024 "Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la imporlación de trigo y se suspende la aplicación del Sistema Andino de la Franja de Precios para el trigo" se hacen las siguientes precisiones: El citado decreto que entró a regir el 28 de agosto de 2024 establece en el artículo 1 º un arancel del cero (O %) para la importación de los productos clasificados por las subpartidas arancelarias 1001.11.00.00, 1001.19.00.00, 1001.91.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y 1001.99.20.00. Así mismo, el artículo 2º suspende la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para el trigo clasificado en las subpartidas arancelarias 1001.19.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y 1001.99.20.00. En cumplimiento a lo anteriormente dispuesto, se suspende la aplicación del arancel variable para
clasificado en las subpartidas arancelarias 1001.19.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y 1001.99.20.00. En cumplimiento a lo anteriormente dispuesto, se suspende la aplicación del arancel variable para las subpartidas arancelarias 1001.19.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y 1001.99.20.00; así mismo se deja sin efecto la Nota 5 de la Circular de Aranceles Totales del Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP) No. 12757000005496 del 30 de agosto de 2024 publicada en la página de la DIAN (https://www.dian.qov.co/normatividad/Paginas/Circulares.aspx), aplicable entre el 1 y 15 de septiembre de 2024. Para la segunda quincena del mes de septiembre y en adelante, las medidas relacionadas con la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios y establecidas en el Decreto 1092 de 2024 se verán reflejadas en la circular SAFP que se expida hasta la vigencia del decreto mencionado.
CLAUDIAfifi jARAMILLO
DIRECTORA DE ADUANAS (E)
·= Proyectó: José Ricardo Clavija Mayorgai -- Andrés Felipe C6caro Valdezfijlií•)ío,;,.
Revisó: Marina Rocio Bustos Pi lla fi Funcionarios Coordin n de Clasificación Arancelaria
Roque Amado Fiófi ·r fi Aprobó: Héctor Artu Garay LiiJf! Jefe (A} Coordinaci de Clasi.:::c:, n Arancelaria. Sonia Victona Robles Marum Subdirectora (A) Técnica Aduanera 09/09/2024