DIAN - Circular 05 de 21-06-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Circular 05 de 21-06-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
DIRECCIÓN GENERAL
CIRCULAR NUMERO
( )
PARA: Usuarios aduaneros Directores Seccionales de Aduanas y de Impuestos y Aduanas
Jefes División de Gestión de Operación Aduanera Jefes División de Gestión de Control Carga
ASUNTO: Trayectos cortos para la entrega de la información sobre los documentos de viaje.
De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 189 de la Resolución 046 de 2019, modificada por la Resolución 039 de 2021, a continuación se señalan los puertos y aeropuertos que se consideran trayectos cortos:
MODO DE TRANSPORTE AÉREO:
Trayectos cortos: Aquellos en los cuales, en condiciones normales de operación en términos de tiempo, entre el último aeropuerto de salida del medio de transporte en el exterior y el primer aeropuerto de destino en Colombia, existan máximo tres (3) horas.
País Ciudad Colombia HONDURAS / Todas Todas las ciudades del territorio aduanero nacional con aeropuerto habilitado para operaciones internacionales.
NICARAGUA/ Todas
SALVADOR/ Todas
COSTA RICA/ Todas
PANAMÁ/Todas
VENEZUELA/ Todas
SURINAM/Todas
GUYANA FRANCESA/Todas
GUAYANA/Todas CUBA/Todas HAITI/Todas
REP. DOMINICANA/ Todas
PUERTO RICO/Todas
ARUBA/Todas CURAZAO/Todas ECUADOR/Todas PERU/Todas
BOLIVIA/ La Paz
HAITI/Todas
REP. DOMINICANA/ Todas
PUERTO RICO/Todas
ARUBA/Todas CURAZAO/Todas ECUADOR/Todas PERU/Todas
BOLIVIA/ La Paz
BRASIL/Manaos MEXICO/Todas USA/Miami USA/ Fort Lauderdale USA/Orlando GUATEMALA / todas
MODO DE TRANSPORTE MARÍTIMO:
Trayectos cortos: Aquel en el cual , entre el último puerto de salida del exterior al primer puerto de destino en Colombia , exista una distancia igual o inferior a las dos mil (2.000) millas náuticas .
000005
21/JUN/2021CIRCULAR NÚMERO del Hoja No. 2
Continuación de la circular con asunto “Trayectos cortos para la entrega de la información sobre los documentos de viaje.” _______________________________________________________________________________
La distancia en millas náuticas ser á́ tomada de puerto a puerto.
LISANDRO JUNCO RIVEIRA
Director General
Aprobó: Ingrid Magnolia Díaz Rincón
Directora de Gestión de Aduanas
Liliana Andrea Forero Gómez Directora de Gestión Jurídica
Revisó: Claudia Patricia Marín Jaramillo
Subdirectora de Gestión de Comercio Exterior
Proyectó: Andrea Carolina Jimenez - Subdirección de Gestión de Comercio Exterior Hashb59b16f4284a37a2707718a91444d042 000005 21/JUN/2021
21/JUN/2021