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DIAN - Circular 170 de 22-11-2004

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Circular 170 de 22-11-2004
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2004

CIRCULAR No.00170

PARA : DIRECTOR POLICÍA FISCAL Y ADUANERA

DIRECTORES REGIONALES ADMINISTRADORES ESPECIALES DE DUANAS ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOSDE ADUANAS N ACIONALES

TODOS LOS DEL PAÍS DE : DIRECTOR DE ADUANAS ASUNTO : PRECIOS DE REFERENCIA PARA MOTORES FUERA DE BORDA MARCA SUZUKI FECHA: 22 de Noviembre de 2004

Con fundamento en las facultades asignadas por el literal v) del artículo 23 del Decreto 1071 de 1999, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 237 del Decreto 2685 de 1999, con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control del valor en aduanas de las mercancías que son objeto de importación, por medio de la presente circular estoy remitiendo, con carácter ilustrativo, el estudio elaborado por la División de Valoración y Origen de la Subdirección Técnica Aduanera sobre precios internacionales para Motores Fuera de Borda Marca Suzuki año de fabricación 2004, año modelo 2005. Al respecto sírvase tener en cuenta las siguientes consideraciones: FUENTES DE INFORMACIÓN Lista de precios expedida por el proveedor Suzuki Motor Corporation S.A., analizada y evaluada técnicamente por la División de Valoración y Origen B PROCEDIMIENTO Conforme a los elementos de juicio señalados, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.

C PRECIOS

PAÍS DE ORIGEN Y COMPRA: JAPÓN

Valoración y Origen B PROCEDIMIENTO Conforme a los elementos de juicio señalados, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.

C PRECIOS

PAÍS DE ORIGEN Y COMPRA: JAPÓN

CONDICIONES FOB: PUERTO DE EMBARQUE JAPÓN

AÑO DE FABRICACIÓN: 2004

MODELO: 2005

PARTIDA ARANCELARIA: 84.07

MODELO CILINDRAJE cm

3

PRECIO UNITARIO FOB YENES DT9.9S 284 94.600

DT9.9L 284 96.600 DT15S 284 96.600 DT15L 284 98.600 DT30S 499 128.600 DT30L 499 130.600

DT40WS 696 158.600

DT40WL 696 161.600

DF50WTL 814 315.600

MODELO CILINDRAJE cm

3

PRECIO UNITARIO FOB YENES DF50WQHL 814 295.600

DF70WTL 1.298 380.600

DF70WTHL 1.298 380.600DF115WTL 1.950 519.600

DF115WTUL 1.950 523.600

DF140WTL 2.044 500.600

DF140WTUL 2.044 504.600

DF200WTUL 3.614 904.600

DF200ZUL 3.614 906.400

MODELO CILINDRAJE cm

3

PRECIO UNITARIO FOB YENES DF250TUL 3.614 1.034.600

DF250TXX 3.614 1.043.600

DF250ZUL 3.614 1.036.400

DF250ZXX 3.614 1.045.400

PRECIO UNITARIO FOB YENES DF250TUL 3.614 1.034.600

DF250TXX 3.614 1.043.600

DF250ZUL 3.614 1.036.400

DF250ZXX 3.614 1.045.400

NOTA 1.

Los precios de referencia deben tomarse con carácter indicativo como medida de control durante la diligencia de inspección aduanera. Para tal efecto, servirán como fundamento de las controversias que se generen entre la administración y el importador y aplicarán para la liquidación de las garantías que deban constituirse . Según lo previsto en los artículos 247 del Decreto 2685 de 1999 y 192 de la Resolución 4240 de 2000, la mercancía importada deberá ser valorada de acuerdo con los artículos 1 a 7 establecidos en el Acuerdo de Valoración de la OMC, este último aplicado a través de una segunda vuelta de los artículos 1 a 6 en estricto orden, pero utilizando una flexibilidad razonable en la aplicación de las exigencias que cada uno de ellos contiene.

NOTA 3.

Para la valoración deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación de las mercancías objeto de revisión, de acuerdo con las disposiciones contenidas en las normas de valoración vigentes.

NOTA 4.

La clasificación arancelaria, indicada en esta circular, es sólo con el objeto de ubicar el producto; la clasificación técnica se hará de acuerdo con las características de cada uno de los productos y conforme al Arancel de Aduanas.

ATENTAMENTE,

(Original firmado por )

OSCAR FRANCO CHARRY

DIRECTOR DE ADUANAS

PROYECTADO : LMBG

REVISÓ: LMSJ

BEY

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