DIAN - Circular 21 de 14-09-2011
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Circular 21 de 14-09-2011
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2011
100000210CIRCULAR EXTERNA 000021
PARA: DIRECTORES SECCIONALES DE ADUANAS, DIRECTORES SECC IONALES DE IMPUESTOS Y ADUANAS DIRECTORES SECCIONALES DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADU ANAS, JEFES DIVISION DE GESTION DE LA OPERACIÓN ADUANERA, FUNCIONARIOS INSPECTORES, IMPOR TADORES Y DEMÁS USUARIOS DEL COMERCIO
EXTERIOR
DE: DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS
ASUNTO: DERECHOS CORRECTIVOS EN FORMA DE GRAVÁMENES ARANCE LARIOS APLICADOS A LAS
IMPORTACIONES DE LOS PRODUCTOS CLASIFICABLES POR LA PARTIDA 17.01
FECHA: 14 Septweimbre 2011
Para dar cumplimiento a lo establecido en los Decretos 1054 de junio 21 de 1995, 1935 de octubre 28 de 1996 y al Oficio del Ministerio de Agricultura de septiembre de 2011, me permito informarles que las importaciones originarias de Venezuela para los productos clasificables en la partida 17.01 del Arancel de Aduanas, con excepción de las clasificables por las subpartidas arancelarias 1701.11.10.00, 1701.12.00.00, 1701.91.00.00 y 1701.99.10.00, deberán pagar los derechos correctivos totales en forma de gravámenes arancelarios, que aparecen a continuación:
NANDINA TASA ADVALOREM
(%) 17.01.11.90.00 0.0
17.01.99.90.00 0.0 La presente circular se aplicará para la quincena comprendida entre el 16 y el 30 de septiembre de 2011. Cordialmente, (Original firmado)