DIAN - Circular 25 de 07-04-2009
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Circular 25 de 07-04-2009
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2009
CIRCULAR 00025
PARA: Directores Seccionales de Aduanas; de Impuestos y Aduanas; Directores Delegados de Impuestos y Aduanas y Director de Gestión de la Policía Fiscal y Aduanera.
DE: Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera.
FECHA: 7 de ABRIL DE 2009
ASUNTO: Precios de referencia calzado.
La Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera, con fundamento en el numeral 6 del artículo 28 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control al precio FOB declarado por las mercancías importadas, fija los siguientes precios de referencia para CALZADO originario de cualquier país. En su definición se tuvo en cuenta: FUENTE DE INFORMACIÓN Precios de listas radicadas por los representantes de estos productos, analizados y evaluados por la Coordinación del Servicio de Valoración Aduanera. Índice de Precios al Productor – Comportamiento (nternacional Monetary Fund, nternacional Financial Statistics). Precios suministrados de las bases de datos DIAN. PROCEDIMIENTO Teniendo en cuenta las diferentes fuentes de información se elaboró la siguiente Circular de precios para ser utilizados como parámetros de comparación durante la diligencia de inspección al momento de la importación. PRECIOS FOB Los precios fijados mediante la presente circular son:
SUBPARTIDA
ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD$/PAR Calzado impermeable con puntera metálica de protección, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera.
haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera. 6401.10.00.00 a. Con suela y parte superior de caucho vulcanizado. b. Con suela y parte superior de plástico o P.V.C. inyectado. 34.90 8.70 Calzado impermeable sin puntera metálica, que cubra el tobillo sin cubrir la rodilla, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera. a. Con suela y parte superior de caucho vulcanizado. Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 4.40 7.35 b. Con suela y parte superior de plástico o P.V.C. inyectado. 6401.92.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 4.00 6.70 Los demás calzados impermeables con suela y parte superior de caucho o plástico.6401.99.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 3.00 4.70 Demás calzado para deporte con suela y parte superior de caucho o plástico, para patinar o para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos 6402.19.00.00(tapones), sujetadores, tira o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo) sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto
6402.19.00.00(tapones), sujetadores, tira o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo) sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 5.90 7.20
SUBPARTIDA
ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN PRECIO FOB USD$/PAR Calzado (chaqueta) con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas), con suela y parte superior de caucho o plástico sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. 6402.20.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 2.20 3.65 Calzados que cubran el tobillo (botas, botines), con suela y parte superior de caucho o plástico. 6402.91.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 3.50 5.30 6402.99.10.00 Los demás calzados con puntera metálica de protección, con suela y parte superior de caucho o plástico. 63.40 Los demás calzados que no cubran el tobillo, con suela y parte superior de caucho o plástico, excepto los de las partidas 6402.12 y 6402.19, sin marcas o con marcas
caucho o plástico. 63.40 Los demás calzados que no cubran el tobillo, con suela y parte superior de caucho o plástico, excepto los de las partidas 6402.12 y 6402.19, sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpilar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. a. Tipo chancleta de baño Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 2.20 3.65 b. Tipo sueco o sandalia casual Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 3.50 4.75 c. Tipo zapato o tenis casual (no diseñado para la práctica deportiva). 6402.99.90.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 3.60 5.10
SUBPARTIDA
ARANCELARIA DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD$/PAR Demás calzado de deporte, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural, para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo), sin marcas o con marcas diferentes Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. 6403.19.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 6.80 9.00
Vans y Umbro. 6403.19.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 6.80 9.00 Calzado (sandalias) con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo pulgar, sin carcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. 6403.20.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 6.60 8.80 6403.40.00.00 Calzado de seguridad con puntera metálica de protección, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 27.40 Los demás calzados con suela de cuero natural que cubran el tobillo (botas, botines) y parte superior de cuero natural. 6403.51.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 12.10 26.40 Los demás calzados que no cubran el tobillo con suela y parte superior de cuero natural (calzado formal). 6403.59.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 8.30
10.80SUBPARTIDA
ARANCELARIA DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD$/PAR 6403.91.10.00 Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 29.90
6403.91.10.00 Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección, con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 29.90 Los demás calzados que cubran el tobillo con suela de caucho o plástico y parte superior de cuero natural, sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpilar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. a.Botas de seguridad 29.20 b. Otras 6403.91.90.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 11.00 13.80 Los demás calzados que no cubran el tobillo, con suela de caucho o plástico, y parte superior de cuero natural, sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. a. Tipo sueco o sandalia casual Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 6.70 8.40 b. Tipo zapato o tenis casual (no diseñado para la práctica deportiva). 6403.99.90.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante.ii. 9.50 10.80 Calzado de deporte, con suela de caucho o plástico y parte superior de materia textil, para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos (tapones),
9.50 10.80 Calzado de deporte, con suela de caucho o plástico y parte superior de materia textil, para la práctica de la lucha, boxeo y calzado provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares (golf, futbol, ciclismo) sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma Reebok, Skechers, Vans, Umbro. 6404.11.10.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 6.60 8.80
SUBPARTIDA
ARANCELARIA DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD$/PAR Calzado con suela de caucho o plástico o parte superior de materia textil, para la práctica de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares, sin marcas o con marcas diferentes a Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans, Umbro. 6404.11.20.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 5.45 7.55 Los demás calzados con suela de caucho o plástico y parte superior de materia textil, tipo casual, uso diario, excepto los de la partida 6404.11, sin marcas o con marcas diferentes Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. a. Tipo chancleta de baño Tallas hasta 34 i.
diferentes Adidas, Caterpillar, Converse, Diesel, Fila, Lacostte, Lotto, Merrel, New Balance, Nike, OP, Patrick, Puma, Reebok, Skechers, Vans y Umbro. a. Tipo chancleta de baño Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 2.20 3.65 b. Tipo sueco o sandalia casual Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 3.75 4.75 c. Tipo zapato 6404.19.00.00 Tallas hasta 34 i. Tallas 35 en adelante ii. 4.40 5.90 6404.20.00.00 Calzado con suela de cuero natural o regenerado y parte superior de materia textil. 45.10 6405.10.00.00 Los demás calzados con la parte superior de cuero natural o regenerado y el piso de una materia o combinación de materias o citadas en las anteriores subpartidas arancelarias de esta Circular. 65.80 6405.20.00.00 Los demás, calzados con la parte superior de materia textil y el piso de una materia o combinación de materias no citadas en las anteriores subpartidas arancelarias de esta Circular. (No incluye zapatos para bebés con estatura no superior a 86 cm.). 8.80 6405.90.00.00 Los demás calzados. 58.20CONSIDERACIONES FINALES
NOTA No. 1
Los precios de referencia deben tomarse como parámetros de comparación durante la diligencia de inspección aduanera. Para tal efecto, servirán como fundamento de las controversias que se generen entre la Dirección Seccional y el importador y aplicarán para la liquidación del monto de las garantías que deban constituirse.
efecto, servirán como fundamento de las controversias que se generen entre la Dirección Seccional y el importador y aplicarán para la liquidación del monto de las garantías que deban constituirse. Según lo previsto en los artículos 247 y 248 del Decreto 2685 de 1.999 y 192 de la Resolución 4240 de 2000, la mercancía importada deberá ser valorada siguiendo en su orden los métodos establecidos en los artículos 1 a 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC. Si por éstos no es posible hacerlo, deberán aplicarse con flexibilidad sus requisitos en desarrollo del Último Recurso o según procedimientos especiales. Los precios de referencia suministrados podrán también tomarse en el control posterior como base de valoración, atendiendo lo estipulado en el artículo 171 de la Resolución 4240 de 2.000.
NOTA No. 2
Para la valoración de las mercancías deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación, de acuerdo con las disposiciones contenidas en las normas de valoración vigentes. Atentamente,
(ORIGINAL FIRMADO)
DIANA CAROLINA DIAZ RODRIGUEZ
Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera