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DIAN - Circular 48 de 22-05-2006

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Circular 48 de 22-05-2006
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2006

CIRCULAR 00048

PARA : DIRECTOR POLICÍA FISCAL Y ADUANERA, ADMINISTRADO RES ESPECIALES Y LOCALES DE ADUANAS, LOCALES

Y DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DE: DIRECTOR DE ADUANAS ASUNTO: PRECIOS DE REFERENCIA DE METALES COMUNES FECHA: 22 MAYO 2006

Con fundamento en las facultades asignadas por el literal v) del articulo 23 del Decreto 1071 de 1.999 y con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control al valor en aduana de las mercancías importadas, se establecen, con carácter ilustrativo, los precios de referencia para metales comunes . Periodo Octubre a Noviembre de 2005

A. FUENTE DE INFORMACIÓN Precios establecidos en publicaciones especializadas de circulación internacional

B. PROCEDIMIENTO De la fuente de información, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A.

Las características de los productos registrados en esta circular, corresponden con las descritas en la Circular no. 49 del 26 de marzo de 2004.

D. PRECIOS Periodo: Octubre a Noviembre de 2005

Condiciones : Precios base FOB US.$ / KG ALUMINIO (ALUMINIUM) Partida arancelaria : 76.01

ALUMINIO PRIMARIO (PRIMARY AVGE)

PERIODO

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB U.S.$ KG

REINO UNIDO

PRECIO FOB US$ KG Octubre 2.150 2.215

Noviembre 2.220 1.244

ALUMINIO ALEADO (ALLOY AVGE)

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB U.S.$ KG

REINO UNIDO

PRECIO FOB US$ KG Octubre 2.150 2.215

Noviembre 2.220 1.244

ALUMINIO ALEADO (ALLOY AVGE)

PERIODO

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB U.S.$ / KG

REINO UNIDO US$.

PRECIO FOB US$ /KG Octubre 1.780 1.013

Noviembre 1.783 1.010

CINC (ZINC) PARTIDA ARACELARIA : 79.01PERIODO

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB U.S.$/ KG

REINO UNIDO PRECIO FOB U.S.$ /KG Octubre 1.657 1.662

Noviembre 1.736 1.715

COBRE (COPPER) PARTIDA ARACELARIA : 74.02

PERIODO

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB U.S.$ /KG

REINO UNIDO

PRECIO FOB U.S.$/ KG Octubre 4.347 4.368

Noviembre 4.373 4.349

ESTAÑO (TIN) PARTIDA ARACELARIA : 80.01

PERIODO

REINO UNIDO

PRECIO FOB U.S.$ /KG

Octubre 6.946 Noviembre 6.834

PLOMO PARTIDA ARACELARIA : 78.01

PERIODO

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB US$ KG

REINO UNIDO

PRECIO FOB U.S.$ KG Octubre 1.066 1.073

Noviembre 1.071 1.062

E. Consideraciones finales

NOTA 1

UNIÓN EUROPEA

PRECIO FOB US$ KG

REINO UNIDO

PRECIO FOB U.S.$ KG Octubre 1.066 1.073

Noviembre 1.071 1.062

E. Consideraciones finales

NOTA 1

Los precios de referencia deben tomarse con carácter indicativo, como una medida de control durante la diligencia de inspección aduanera. Servirán como fundamento de las controversias que se generen entre la administración y el importador y aplicarán para la liquidación del monto de las garantías que deban constituirse. Para efectos de la controversia debe tenerse en cuenta el período a que se refiere cada caso, confrontado con la fecha de negociación de la mercancía importada (fecha de factura o contrato) para el mismo momento o un momento aproximado según lo previsto en el artículo 247 del Decreto 2685 de 1999 y 192 de la Resolución 4240 de 2000. La mercancía importada deberá ser valorada de acuerdo con los artículos 1 a 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC, este ultimo aplicado a través de una segunda vuelta de los artículos 1 a 6 en estricto orden, pero utilizando una flexibilidad razonable en la apreciación de las exigencias que cada uno de ellos contiene. Únicamente cuando la valoración de la mercancía así prevista no haya sido posible, los precios de referencia suministrados podrán también tomarse, en el control posterior, como base para tal valoración, atendiendo lo estipulado en el articulo 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC.

NOTA 2

Estos precios pueden ser objeto de modificaciones, las cuales serán comunicadas oportunamente

NOTA 3

Para la valoración de las mercancías deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación de la mercancía objeto de revisión.Atentamente,

Estos precios pueden ser objeto de modificaciones, las cuales serán comunicadas oportunamente

NOTA 3

Para la valoración de las mercancías deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación de la mercancía objeto de revisión.Atentamente,

Original firmado por:

JUAN PABLO ORTIZ BRAVO

Director de Aduanas

DGC/MLBV /EQP

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