DIAN - Circular 48 de 22-05-2006
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Circular 48 de 22-05-2006
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2006
CIRCULAR 00048
PARA : DIRECTOR POLICÍA FISCAL Y ADUANERA, ADMINISTRADO RES ESPECIALES Y LOCALES DE ADUANAS, LOCALES
Y DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
DE: DIRECTOR DE ADUANAS ASUNTO: PRECIOS DE REFERENCIA DE METALES COMUNES FECHA: 22 MAYO 2006
Con fundamento en las facultades asignadas por el literal v) del articulo 23 del Decreto 1071 de 1.999 y con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control al valor en aduana de las mercancías importadas, se establecen, con carácter ilustrativo, los precios de referencia para metales comunes . Periodo Octubre a Noviembre de 2005
A. FUENTE DE INFORMACIÓN Precios establecidos en publicaciones especializadas de circulación internacional
B. PROCEDIMIENTO De la fuente de información, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A.
Las características de los productos registrados en esta circular, corresponden con las descritas en la Circular no. 49 del 26 de marzo de 2004.
D. PRECIOS Periodo: Octubre a Noviembre de 2005
Condiciones : Precios base FOB US.$ / KG ALUMINIO (ALUMINIUM) Partida arancelaria : 76.01
ALUMINIO PRIMARIO (PRIMARY AVGE)
PERIODO
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB U.S.$ KG
REINO UNIDO
PRECIO FOB US$ KG Octubre 2.150 2.215
Noviembre 2.220 1.244
ALUMINIO ALEADO (ALLOY AVGE)
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB U.S.$ KG
REINO UNIDO
PRECIO FOB US$ KG Octubre 2.150 2.215
Noviembre 2.220 1.244
ALUMINIO ALEADO (ALLOY AVGE)
PERIODO
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB U.S.$ / KG
REINO UNIDO US$.
PRECIO FOB US$ /KG Octubre 1.780 1.013
Noviembre 1.783 1.010
CINC (ZINC) PARTIDA ARACELARIA : 79.01PERIODO
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB U.S.$/ KG
REINO UNIDO PRECIO FOB U.S.$ /KG Octubre 1.657 1.662
Noviembre 1.736 1.715
COBRE (COPPER) PARTIDA ARACELARIA : 74.02
PERIODO
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB U.S.$ /KG
REINO UNIDO
PRECIO FOB U.S.$/ KG Octubre 4.347 4.368
Noviembre 4.373 4.349
ESTAÑO (TIN) PARTIDA ARACELARIA : 80.01
PERIODO
REINO UNIDO
PRECIO FOB U.S.$ /KG
Octubre 6.946 Noviembre 6.834
PLOMO PARTIDA ARACELARIA : 78.01
PERIODO
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB US$ KG
REINO UNIDO
PRECIO FOB U.S.$ KG Octubre 1.066 1.073
Noviembre 1.071 1.062
E. Consideraciones finales
NOTA 1
UNIÓN EUROPEA
PRECIO FOB US$ KG
REINO UNIDO
PRECIO FOB U.S.$ KG Octubre 1.066 1.073
Noviembre 1.071 1.062
E. Consideraciones finales
NOTA 1
Los precios de referencia deben tomarse con carácter indicativo, como una medida de control durante la diligencia de inspección aduanera. Servirán como fundamento de las controversias que se generen entre la administración y el importador y aplicarán para la liquidación del monto de las garantías que deban constituirse. Para efectos de la controversia debe tenerse en cuenta el período a que se refiere cada caso, confrontado con la fecha de negociación de la mercancía importada (fecha de factura o contrato) para el mismo momento o un momento aproximado según lo previsto en el artículo 247 del Decreto 2685 de 1999 y 192 de la Resolución 4240 de 2000. La mercancía importada deberá ser valorada de acuerdo con los artículos 1 a 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC, este ultimo aplicado a través de una segunda vuelta de los artículos 1 a 6 en estricto orden, pero utilizando una flexibilidad razonable en la apreciación de las exigencias que cada uno de ellos contiene. Únicamente cuando la valoración de la mercancía así prevista no haya sido posible, los precios de referencia suministrados podrán también tomarse, en el control posterior, como base para tal valoración, atendiendo lo estipulado en el articulo 7 del Acuerdo sobre Valoración de la OMC.
NOTA 2
Estos precios pueden ser objeto de modificaciones, las cuales serán comunicadas oportunamente
NOTA 3
Para la valoración de las mercancías deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación de la mercancía objeto de revisión.Atentamente,
Estos precios pueden ser objeto de modificaciones, las cuales serán comunicadas oportunamente
NOTA 3
Para la valoración de las mercancías deben tenerse en cuenta las condiciones de venta y entrega que hayan concurrido en la negociación de la mercancía objeto de revisión.Atentamente,
Original firmado por:
JUAN PABLO ORTIZ BRAVO
Director de Aduanas