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DIAN - Circular 60 de 30-12-2011

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Circular 60 de 30-12-2011
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2011

CIRCULAR No. 0060

PARA: DIRECTORES SECCIONALES DE ADUANAS JEFES DIVISION DE GESTION E OPERACIÓN ADUANERA

USUARIOS DE COMERCIO EXTERIOR.

DE:DIRECTORAS DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL y GESTION DE A DUANAS (A)

FECHA: 30 DE DICIEMBRE DE 2011

ASUNTO: EXPEDICION CERTIFICADOS DE ORIGEN DE PRODUCTOS COL OMBIANOS CON DESTINO A LA

EXPORTACION.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 4176 del 3 de noviembre de 2011, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, le fueron reasignadas, entre otras, las funciones de expedición de certificados de origen de productos colombianos con destino a la exportación. Con el fin de informar a funcionarios y usuarios sobre el procedimiento a cumplir en desarrollo de lo previsto en dicho Decreto se emitió la Circular 56 del 20 de diciembre de 2011, indicando que los trámites para elaboración de la Declaración Juramentada de Origen y expedición de los Certificados de Origen, a partir del 1 de enero de 2012, se realizarían a través del Sistema Informático de la DIANMUISCA; unido a lo anterior y como complemento se decidió la emisión del certificado sin el cobro de valor alguno. No obstante lo anterior y dada la presentación de algunas dificultades en los aspectos informáticos que impidieron la realización de pruebas con los usuarios externos se tomó como plan alternativo temporal, de acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, continuar con dicho trámite a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE hasta el 15 de enero de 2012. En consecuencia, hasta dicha fecha los usuarios externos solicitarán el servicio a través de la VUCE con el cumplimiento de los

y Turismo, continuar con dicho trámite a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior-VUCE hasta el 15 de enero de 2012. En consecuencia, hasta dicha fecha los usuarios externos solicitarán el servicio a través de la VUCE con el cumplimiento de los requisitos previstos por la norma y el pago del valor que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo había establecido para su prestación. Así mismo, considerando que la función de expedición de los Certificados corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, debe informarse que los funcionarios de la DIAN con firmas autorizadas para la expedición de certificados de Origen accederán a la VUCE desde las Direcciones Seccionales, para la emisión de los certificados, los cuales serán entregados en las Divisiones de Gestión de la Operación Aduanera. El soporte técnico a los usuarios será brindado por los funcionarios de la DIAN a través la Coordinación del Servicio de Origen de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera teléfono 6079800 extensiones 10431 o 10432. Atentamente, (original firmado )

MARIA ELENA BOTERO MEJIA

Directora de Gestión Organizacional (original firmado ) LIGA ENEIDA FLOREZ SEPULVEDA Directora de Gestión de Aduanas (A)

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