DIAN - Concepto 018 de 2000
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Concepto 018 de 2000
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2000
NIT 800197268-4
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
DIVISIÓN DE VALORACIÓN Y ORIGEN
61.00.046Santafé de Bogotá D.C.
Señora
FANNY OCAMPO Z.
Comercio Exterior
FRUTICOLA COMERCIAL PANAMERICANA S.A. "FRUTCOM S.A."
Calle 13 No. 37-34
Fax: 2999601 - 4539345
Ciudad
CONCEPTO No. 018
ALADI. Competencia expedición certificados de origen - ALADI.
Cordial saludo, Señora Ocampo.
En ejercicio de la facultad asignada a esta División para emitir conceptos técnicos de carácter general, relacionados con la interpretación y aplicación de las normas de origen y de conformidad con el numeral 43, literal c) de la circular 0017 de agosto 20 de 1999, nos permitimos dar respuesta a su consulta formulada mediante su comunicación CE-031-00 de marzo 29 de 2000, radicada en esta División bajo el número 2000/0411 de marzo 29. Las respuestas están dadas en el orden en que fue presentado el caso a tratar.
Consulta:
1. ¿Para las mercancías originarias de Chile que pretendan acogerse a los beneficios arancelarios en el marco de la ALADI , quien debe emitir el Certificado de Origen?
De conformidad con lo establecido en el Régimen General de Origen de la ALADI (Resolución 252), para que las mercancías puedan beneficiarse de los tratamientos preferenciales pactados en los Acuerdos suscritos al amparo del Tratado de Montevideo, éstas deberán acompañarse de una declaración que acredite el cumplimiento de los requisitos de origen.
mercancías puedan beneficiarse de los tratamientos preferenciales pactados en los Acuerdos suscritos al amparo del Tratado de Montevideo, éstas deberán acompañarse de una declaración que acredite el cumplimiento de los requisitos de origen. Esta declaración podrá ser expedida por el productor final o por el exportador de la mercancía y deberá ser certificada, según lo señala en el capitulo II de la mencionada Resolución, por las reparticiones oficiales y entidades gremiales habilitadas por el gobierno del país exportador, cuya relación se comunica por sus representaciones permanentes a la Secretaría General de la ALADI, quien mantiene un registro actualizado de las reparticiones oficiales y entidades gremiales habilitadas por los países miembros, así como las nóminas de los funcionarios autorizados y sus correspondientes firmas autógrafas. Las comunicaciones remitidas por la Secretaría General son enviadas a las Administraciones de Aduanas una vez se reciben en esta División, para que éstas lleven un control de los Certificados de Origen de mercancías que se presenten como documento soporte, cuando el declarante solicite acogerse a un tratamiento preferencial.
2. ¿El Certificado de Origen debe ser emitido en algún formato especial?, ¿debe mencionarse en el Certificado de Origen el Acuerdo a cuyo amparo se acoge la exportación del país miembro?
Tal como se le comunicó a usted en el Concepto No. 00015 de Marzo 31 del 2000 emitido por ésta Subdirección (fotocopia adjunta), conforme al artículo 14º de la Resolución 252, el Certificado de Origen deberá ser expedido en el formulario único adoptado por el Comité de Representantes (fotocopia anexa), debidamente intervenido, con sello y firma, de la repartición
adjunta), conforme al artículo 14º de la Resolución 252, el Certificado de Origen deberá ser expedido en el formulario único adoptado por el Comité de Representantes (fotocopia anexa), debidamente intervenido, con sello y firma, de la repartición oficial o entidad gremial, autorizada para su expedición. Junto al sello de la repartición oficial o entidad gremial autorizada, deberá registrarse asimismo, el nombre del habilitado en caracteres de imprenta.
Respecto de la exigencia de la anotación del Acuerdo en el cuerpo del Documento de Origen, le informo que conforme alinstructivo para el diligenciamiento del formulario “Certificado de Origen”, en la parte relacionada con Declaración de Origen, se debe anotar además del número de la factura comercial, el número del Acuerdo y especificar si se trata de un Acuerdo de Alcance Regional o de Alcance Parcial. Adicionalmente, en la casilla “normas” se debe registrar la norma de origen con la cual cumple cada mercancía, individualizada por su número de orden.
En espera de haber atendido su consulta, me suscribo.
Cordialmente,
LEONOR EUGENIA DE VILLALOBOS
Jefe División de Valoración y Origen Subdirección Técnica Aduanera
Anexo: Lo enunciado en tres (3) folios
Proyectó: Jimeno Perdomo
Revisó: Diana carolina Díaz R.
Origen concepto10 2000-04-26