🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Concepto 481 de 2018

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Concepto 481 de 2018
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2018

CONCEPTO 100202208-481 [906833] DE 2018

(abril 27) Diario Oficial No. 50.628 de 18 de junio de 2018

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Dirección de Gestión Jurídica 100202208-481 Bogotá, D. C., abril 27 de 2018 Señores

CONTRIBUYENTES

UAE-DIAN

Bogotá, D. C.

Referencia: Radicado 000094 del 27/04/2018 – CONCEPTO UNIFICADO ESAL

Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Modificado por el Concepto 7468 de 21 de junio de 2023. - Adicionado por el Oficio 904442 [043] de 12 de abril de 2022. - Concepto adicionado por el Oficio 246 de 9 de julio de 2021. - Concepto adicionado por el Concepto 588 [907034] de 11 de noviembre de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 51.528 de 14 de diciembre de 2020. - Concepto adicionado por el Oficio 1505 de 24 de enero de 2020. - Concepto adicionado por el Oficio 2879 de 6 de febrero de 2019. - Concepto adicionado por el Concepto 1363 de 2018, publicado en el Diario Oficial No. 50.799 de 6 de diciembre de 2018. - Concepto modificado por el Oficio 30309 [100208221-001817] de 16 de octubre de 2018. Doctrina Concordante Concepto DIAN 7468 de 2023 Oficio DIAN 907157 de 2022 Oficio DIAN 903190 de 2022

Oficio DIAN 915460 de 2021 Oficio DIAN 905054 de 2021 Oficio DIAN 24315 de 2019 Oficio DIAN 18733 de 2018 Oficio DIAN 30909 de 2018 De conformidad con los artículos 19 y 38 del Decreto 4048 de 2008, en concordancia con el artículo 7o de la Resolución número 204 de 2014, se avoca el conocimiento para expedir el presente concepto unificado. Atentamente, La Directora de Gestión Jurídica, Liliana Andrea Forero Gómez. Concepto General Unificado número 0481 - 27/04/2018

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y DONACIONES

Título 1 Generalidades Título 2 Donaciones Que se entiende por donación. ¿Quiénes pueden optar por el beneficio tributario que establece el artículo 257 del E.T.? ¿A partir de qué año gravable aplica el tratamiento tributario previsto en el artículo 257 del E.T.? ¿Cuál es el descuento tributario para el donante de las donaciones realizadas a las entidades de los artículos 22 y 23 del E.T.? ¿Todas las donaciones que se realicen generan beneficio tributario para el donante? Requisitos ¿Cuáles son los requisitos para el beneficiario de la donación o donatario? Requisitos ¿Cuáles son los requisitos para aplicar el descuento tributario por el donante y los documentos que debe expedir la entidad donataria? Requisitos Término para expedir el certificado de donación. Requisitos Los requisitos establecidos en los artículos 125-2, 125-3, 125-4 del E.T. solo son aplicables para

las deducciones o aplica para el descuento tributario. Requisitos ¿Cuáles son las modalidades de las donaciones para que proceda el descuento tributario? ¿Por qué los artículos 125-2, 125-3, 125-4, 126-2 y 126-5 del E.T. da el tratamiento de deducciones a las Donaciones y no de descuento tributario que establece el artículo 257 del mismo estatuto? Cuál es el tratamiento tributario para el donante por las donaciones realizadas a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas. Las donaciones realizadas por los donantes a las entidades que establece el artículo 126-2 del E.T., pueden aplicar la deducción del 125% de acuerdo al ET o el 25% descuento tributario del art 256 del ET. ¿Qué certificación debe emitir la Corporación General Gustavo Matamoros D'Costa cuando recibe una donación? ¿Cuál es el tratamiento tributario del donante cuando la donación es realizada para el apadrinamiento de parques naturales y conservación de bosques naturales? ¿Cuál es el tratamiento tributario del donante cuando la donación es realizada a organismos del deporte aficionado, tales como clubes deportivos, clubes promotores, comités deportivos, ligas deportivas, asociaciones deportivas, federaciones deportivas y Comité Olímpico Colombiano? ¿Cuál es el tratamiento tributario del donante cuando la donación es realizada a organismos recreativos o culturales? ¿Puede una entidad del Régimen Tributario Especial realizar donaciones a otras entidades del mismo régimen o a entidades No Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta? Es posible tratar como egreso aquellas donaciones realizadas por una entidad del Régimen

Tributario Especial que tiene como actividad meritoria número 12 del artículo 359 del E.T. ¿Cómo se debe reportar una “donación anónima”? Qué se puede entender por evento colectivo ¿Qué se puede entender por evento colectivo a que hace mención el numeral 10 del parágrafo 2 del artículo 364-5? ¿Pueden tomar el descuento tributario del artículo 257 del E.T. los contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen donaciones a entidades del exterior? ¿Hay lugar a practicar retención en la fuente en donaciones realizadas por los contribuyentes del impuesto sobre la renta a entidades del exterior? ¿La publicación de la información del donante de que trata el numeral 9 del parágrafo 2 del artículo 364-5 del E.T. procede sin perjuicio que haga uso del descuento tributario? ¿Cuál es el tratamiento de las donaciones recibidas bajo lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 788 de 2002? Título 3 No contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios ¿Cuáles entidades son no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario? ¿Qué se entiende por Asociaciones Gremiales? Las Asociaciones gremiales y su calidad de no contribuyentes del impuesto sobre la renta. Alcance del carácter de no contribuyente del impuesto sobre la renta de las Iglesias y confesiones religiosas. ¿Qué es un Establecimiento Oficial Descentralizado? ¿Qué es un Establecimiento Público? Los Hospitales que son Empresas Sociales del Estado “ESE” y su calidad de no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario. Las instituciones públicas de educación superior y su calidad de no contribuyentes del impuesto

sobre la renta y complementario. Instituciones oficiales de educación preescolar, básica primaria, secundaria y media y su calidad de no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario. ¿Los cuerpos de bomberos son contribuyentes del R.T.E. o no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios? Las asociaciones de hogares comunitarios y hogares infantiles y las asociaciones de adultos mayores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o autorizados por este. ¿Cuál es la condición de las asociaciones de adultos mayores autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)? Título 4

RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL DEL ARTÍCULO 19 DEL E.T.

Aspectos generales Las ESAL y la ausencia de ánimo de lucro. Aspectos generales ¿Qué se entiende por asociaciones, fundaciones y corporaciones? Aspectos generales ¿Cuándo se entiende constituida una entidad sin ánimo de lucro para efectos fiscales? Aspectos generales ¿Qué se entiende por Régimen Tributario Especial? Aspectos generales ¿Cuáles entidades sin ánimo de lucro se encuentran dentro del artículo 19 del E.T.? Aspectos generales ¿Quién pertenece al Régimen Tributario Especial? Aspectos generales ¿Cuáles son las actividades meritorias? Aspectos generales Las actividades complementarias que realiza una entidad sin ánimo de lucro y las actividades meritorias en el Régimen Tributario Especial Registro Web ¿Cuáles son los términos y condiciones para entregar la información que será materia de publicación por el Registro Web para adelantar los procesos de calificación, permanencia o actualización?

Registro Web ¿Quiénes están obligados a realizar el Registro Web? Registro Web Información a registrar en el caso de los fundadores que se encuentren liquidados o fallecidos. Registro Web La información que se debe registrar en la Web y los documentos soportes Registro Web ¿Cuándo estará disponible y a través de que formulario se realizará el registro Web? Registro Web ¿Es obligatorio que la entidad de Régimen Tributario Especial cuente con su propia página web para registrar la información? Registro Web Periodicidad en la actualización de la información en el Registro Web Registro Web ¿Se debe actualizar el registro de junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de órganos de dirección que se encuentran activos anualmente? Registro Web ¿Qué sucede con los documentos requeridos para el registro Web de las entidades que no se registran ante las cámaras de comercio? Registro Web La información para los procesos de permanencia, calificación y actualización se debe realizar en otros registros adicionales al registro web que establezca la DIAN. Registro Web ¿Se deben publicar los contratos que se celebran a título gratuito? Registro Web ¿La información requerida para el registro web se puede registrar parcialmente en el Servicio Informático Electrónico RTE? Registro Web ¿Se puede presentar extemporáneamente la información? Registro Web ¿A qué año corresponde la información de que trata el registro web para la asignación permanente en los procesos de permanencia y actualización? Registro Web ¿Existe protección de datos al publicar los datos personales requeridos para el registro web? Registro Web ¿Cuál es el tratamiento de los comentarios de la sociedad civil en el registro web? Registro Web ¿Se debe dar respuesta a todos los comentarios realizados por la sociedad civil? Registro Web ¿Los términos establecidos para el procedimiento del registro web y comentarios de la sociedad

civil son prorrogables? Registro Web - Información adicional ¿Se requiere modificar los estatutos de la entidad con el fin de ajustarse a los requerimientos de información del Régimen Tributario Especial? Registro Web - Información adicional ¿Qué se entiende por órgano máximo de dirección? ¿Cuál es el plazo para la toma de decisiones para adelantar los procesos en el Régimen Tributario Especial? Registro Web - Información adicional ¿Qué persona puede adelantar los procesos en el Régimen Tributario Especial? Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial Consideraciones preliminares. Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial. ¿Cuál es el trámite para realizar la solicitud de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial? Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial ¿Cuál es el tratamiento de las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a educación no formal, teniendo en cuenta las modificaciones que trajo la Ley 1819 de 2016, en especial a la actividad meritoria que debe corresponder el objeto estatutario? Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial ¿Le son aplicables los procesos de calificación, permanencia y actualización a las entidades extranjeras de derecho privado sin ánimo de lucro y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) extranjeras que operan en Colombia? Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial ¿Cuál es el término para solicitar la calificación para pertenecer al Régimen Tributario Especial?

Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial ¿Qué pasa con la personería jurídica de una entidad sin ánimo de lucro que no realiza los procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial y es excluida o no es admitida en este régimen? Procesos de calificación, permanencia y actualización en el Régimen Tributario Especial ¿Puede una entidad que no haya realizado el proceso de calificación, permanencia o que haya sido excluida o no admitida en el Régimen Tributario Especial adelantar el proceso de actualización? ¿Cómo se acredita si una entidad sin ánimo de lucro es del Régimen Tributario Especial o realizó los procesos de permanencia o actualización? Memoria económica ¿Cuál es el año gravable de los ingresos obtenidos a considerar para determinar si se está obligado a la presentación de la memoria económica? Memoria económica Contenido de la memoria económica Memoria económica Contenido de la memoria económica Registro ante la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional ¿Para las entidades del Régimen Tributario Especial el beneficio neto o excedente a reinvertir es el contable o el fiscal? Beneficio neto o excedente Ingresos fiscales Beneficio neto o excedente Ingresos fiscales ¿Cuál es el carácter de los dividendos recibidos por una entidad del Régimen Tributario Especial? Beneficio neto o excedente Ingresos fiscales ¿Cuál es el tratamiento fiscal de las donaciones y subvenciones? Beneficio neto o excedente Ingresos fiscales ¿Cuál es el tratamiento fiscal de los rendimientos asociados a la constitución de asignaciones

permanentes, inversiones y donaciones condicionadas? Beneficio neto o excedente Egresos fiscales Beneficio neto o excedente Egresos fiscales ¿Cuál es el tratamiento fiscal de las erogaciones relacionadas con los tributos, sanciones, multas e intereses moratorios pagados por la entidad del Régimen Tributario Especial en desarrollo de su actividad meritoria? Beneficio neto o excedente Egresos fiscales ¿Se consideran egresos los pagos que se realizan en desarrollo de la reinversión del beneficio neto o excedente o asignación permanente? Beneficio neto o excedente Egresos fiscales ¿Se puede tratar como egreso la adquisición de activos, tales como propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión, intangibles, inventarios, inversiones? Beneficio neto o excedente Inversiones Beneficio neto o excedente Patrimonio Beneficio neto o excedente Inversiones En el caso de las inversiones constituidas en periodos gravables anteriores a 2017 ¿estas deben sumarse a las inversiones liquidadas en el 2017 y que hacían parte de las asignaciones permanentes? Beneficio neto o excedente Determinación Beneficio neto o excedente Determinación ¿Cuál es el alcance del término egresos no procedentes? Beneficio neto o excedente Pérdidas fiscales Beneficio neto o excedente de las entidades del Régimen Tributario Especial ¿En el caso que la entidad genere pérdida fiscal hay lugar al pago del impuesto sobre la renta sobre los egresos no procedentes? Exención del beneficio neto o excedente Aspectos generales Exención del beneficio neto o excedente

¿Cómo se demuestra la destinación del beneficio neto o excedente? Exención del beneficio neto o excedente Reinversión del beneficio neto o excedente Exención del beneficio neto o excedente Constitución de asignaciones permanentes a partir del año gravable 2017 Exención del beneficio neto o excedente Asignaciones permanentes ¿Es posible destinar el beneficio neto o excedente como asignación permanente a la adquisición de propiedades de inversión? Exención del beneficio neto o excedente Asignaciones permanentes En el caso de las asignaciones permanentes constituidas por los años anteriores a 2017 ¿se pueden dejar invertidas y con sus rendimientos se desarrolla la actividad meritoria? ¿Es obligatorio ejecutarlas? Exención del beneficio neto o excedente Inversiones En el caso de los saldos de las inversiones efectuadas a 31 de diciembre de 2016 ¿se pueden dejar invertidas y con sus rendimientos se desarrolla la actividad meritoria? ¿Es obligatorio ejecutarlas? Distribución indirecta de excedentes Aspectos generales Distribución indirecta de excedentes y remuneración de los cargos directivos Remuneración de cargos directivos y gerenciales ¿Qué se entiende por representación legal directa e indirecta? Distribución indirecta de excedentes y remuneración de los cargos directivos Remuneración de cargos directivos y gerenciales ¿Es obligatorio que exista una relación contractual remunerada para el representante legal o puede ser ad-honórem? Distribución indirecta de excedentes Remuneración de los cargos directivos y gerenciales en el RTE ¿Existe algún impedimento para que los miembros de la junta directiva de una entidad del RTE

pueda celebrar un contrato laboral o civil para realizar alguna actividad dentro de la misma entidad? Distribución indirecta de excedentes Remuneración de los cargos directivos y gerenciales en el RTE ¿Cómo opera la limitación en la remuneración de cargos directivos? Distribución indirecta de excedentes ¿Se deben registrar todos los contratos que suscriba una entidad del Régimen Tributario Especial? Distribución indirecta de excedentes ¿Desde qué fecha deben registrarse los contratos celebrados por las entidades del Régimen Tributario Especial? Retención en la fuente ¿Hay lugar a practicar retención en la fuente a las entidades del Régimen Tributario Especial? Retención en la fuente ¿Cómo se acredita la excepción de retención en la fuente? Retención en la fuente ¿Cómo se solicita la devolución de las retenciones practicadas durante el año 2017 antes de la expedición del Decreto 2150 del 2017? Título 5 RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO Proceso de actualización y readmisión ¿Las cooperativas deben realizar proceso de permanencia o calificación? Proceso de actualización y readmisión ¿A partir de qué año las Cooperativas deben realizar el proceso de actualización? Proceso de actualización y readmisión ¿Cuándo deben las cooperativas realizar el proceso de readmisión? Beneficio neto o excedente Aspectos preliminares para su determinación Determinación del beneficio neto o excedente ¿Cómo se determina el beneficio neto o excedente para las entidades del sector cooperativo? Determinación del beneficio neto o excedente ¿Cuál es el tratamiento tributario de los fondos y reservas que constituyen las entidades del

sector cooperativo? Determinación del beneficio neto o excedente ¿Cómo se aplica la tarifa del Impuesto sobre la renta y complementario para las entidades del sector cooperativo? Título 6

PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO ORIGINADAS DE LA PROPIEDA

HORIZONTAL.

Aspectos generales ¿Las propiedades horizontales deben adelantar los procesos de permanencia, calificación o actualización? Aspectos generales ¿La venta de un área común de una propiedad horizontal, se encuentra sometida al impuesto sobre la renta y complementario? Aspectos generales ¿Cómo calculan la renta presuntiva para el año gravable 2017 y siguientes las propiedades horizontales? Título 7 ¿Cuáles el tratamiento tributario de las Cajas de Compensación Familiar? Título 8 ¿Están obligadas a llevar contabilidad las entidades sin ánimo de lucro? ¿Están obligadas las entidades sin ánimo de lucro a registrar las actas y los libros de contabilidad? El artículo 774. Requisitos para que la contabilidad constituya prueba. ¿Están obligadas a realizar la autorretención a título del impuesto sobre la renta y complementarios, las entidades sin ánimo de lucro, las propiedades horizontales, las cajas de compensación familiar? ¿Cuale es el tratamiento tributario de las entidades sin ánimo de lucro, que renuncien, sean excluidas, no realizan el proceso de permanencia, de actualización o de calificación en el Régimen Tributario Especial? ¿Las entidades sin ánimo de lucro, que renuncien, sean excluidas o no realizan el proceso de permanencia o actualización en el Régimen Tributario Especial, pueden aplicar la exoneración de

aportes de que trata el artículo 114-1 del E.T.? ¿La exoneración de aportes de que trata el artículo 114-1 del E.T. aplica para las entidades del Régimen Tributario Especial incluidas las entidades del Sector Cooperativo, Propiedades Horizontales y Cajas de Compensación Familiar? ¿Es obligatorio para las entidades sin ánimo de lucro tener revisor fiscal? ¿Qué calidad para efectos del Impuesto sobre la renta y complementarios tiene Fogacoop? ¿Los medios de pagos que establece el artículo 771-5 aplica para las entidades del Régimen Tributario Especial incluidas las entidades del Sector cooperativo, Propiedades Horizontales, Cajas de Compensación Familiar? ¿Las entidades sin ánimo de lucro ubicadas en una zona franca qué régimen tributario les aplica? Actualización del Registro Único Tributario ¿Una entidad No Contribuyente del Régimen Tributario Especial tiene código de responsabilidad en el RUT de Régimen Ordinario, ¿puede cambiarlo? ¿A partir de qué fecha tiene vigencia la reglamentación expida mediante el Decreto 2150 del 20 de diciembre del 2017? ¿La DIAN puede utilizar el registro que tenga la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio o las Cámaras de Comercio para las entidades sin ánimo de lucro? ¿Las entidades no contribuyentes y no declarantes y las entidades no contribuyentes y declarantes les aplica los medios de pago de que trata el artículo 771-5 del E.T.? Concepto General Unificado número 0481 - 27/04/2018 ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y DONACIONES De conformidad con los artículos 19 y 38 del Decreto 4048 de 2008, en concordancia con el

artículo 7o de la Resolución número 204 de 2014, se avoca el conocimiento para expedir el presente concepto unificado.

TÍTULO 1.

GENERALIDADES. 1.1. DESCRIPTOR: Generalidades Que mediante la Ley 1819 de 2016 se identificaron nuevos sujetos, entidades no contribuyentes y no declarantes –en el artículo 22 del E.T.–, entidades no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio –en el artículo 23 Ibídem– y las entidades contribuyentes del Régimen Tributario Especial –en el artículo 19 Ibídem–. La Ley 1819 de 2016 introdujo cambios sustanciales y formales en materia tributaria para las entidades sin ánimo de lucro, estableciendo en su artículo 19 del E.T. que todas las asociaciones, fundaciones y corporaciones que se creen a partir del 1 de enero del 2017 serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario y excepcionalmente, podrán solicitar ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) su calificación como Contribuyente del Régimen Tributario Especial (en adelante R.T.E.), siempre y cuando:

1. Estén legalmente constituidas.

2. Su objeto social sea de interés general en una o varias de las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del presente Estatuto, a las cuales debe tener acceso la comunidad.

3. Que ni sus aportes sean reembolsados ni sus excedentes distribuidos, bajo ninguna modalidad, cualquiera que sea la denominación que se utilice, ni directa, ni indirectamente, ni durante su existencia, ni en el momento de su disolución y liquidación, de acuerdo con el artículo 356-1 del

E.T. De igual forma, se reguló en el artículo 359 del E.T. trece (13) actividades meritorias que pueden desarrollar este tipo de entidades y que, para proceder a su admisión en el R.T.E, deberá corresponder a cualquiera de ellas su objeto social principal, ser de interés general y la comunidad debe tener acceso a ella. Que uno de los objetivos de la reforma tributaria era lograr un mayor control a estas entidades por parte del Gobierno nacional como de la misma ciudadanía, razón por la cual, se creó en el artículo 364-5 del E.T. el registro web y remisión de comentarios de la sociedad civil, en donde la información que se suministrará para el registro será de acceso público. De lo anterior, se espera que la sociedad civil realice los comentarios que permitan un control social, sobre los cuales la Administración Tributaria analizará junto con la información reportada por la entidad solicitante, si cumple los requisitos para obtener la calificación en el R.T.E. Que entre las normas de control al R.T.E. desarrolladas mediante la Ley 1819 de 2016, se destacan las causales de exclusión del régimen previstas en el artículo 364-3 del Estatuto Tributario, para obtener un debido cumplimiento por parte de las entidades que son calificadas en R.T.E. Que mediante los artículos 364-1 y 364-2 del Estatuto Tributario se establece la cláusula general para evitar la elusión fiscal y los actos y circunstancias que constituyen abuso en el R.T.E., que corresponderá a la Administración Tributaria determinar mediante el procedimiento establecido, que tendrá efectos exclusivamente tributarios. Que con fundamento en la Ley 1819 de 2016 se expidió el Decreto Reglamentario 2150 del 20 de

diciembre del 2017, en donde se adicionaron los Capítulos 4 y 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 al Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Que, con base en las normas mencionadas, la determinación del beneficio neto o excedente a que hace referencia el artículo 357 del E.T., reglado en los artículos 1.2.1.5.1.24. y 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2016, para las fundaciones, asociaciones y corporaciones que se encuentran calificadas en el R.T.E. se calculará conforme a las normas de carácter fiscal, como también, los activos y pasivos, seguirán lo previsto en los Títulos I y II del Libro Primero del E.T. Por otro lado, la Ley 1819 de 2016 también estableció el tratamiento tributario para las Cooperativas, incorporando en el artículo 19-4 del E.T., aspectos tales como la tarifa del impuesto que deben aplicar sobre el beneficio neto o excedente, siendo progresiva del 10% para el 2017, 15% para el año 2018 y del 20% a partir del 2020, con una destinación específica para la financiación de la Educación Superior Pública. Igualmente, la ley señaló que las Cooperativas desde su creación son del R.T.E, sin perjuicio del deber de adelantar la actualización cada año para pertenecer al régimen, así mismo, estarán sujetas a la cláusula general para evitar la elusión fiscal, la regla de distribución indirecta de excedentes y las causales de exclusión del R.T.E.

De igual modo, se establece en el artículo 19-5 del E.T. que las personas jurídicas originadas en la constitución de la propiedad horizontal que destinen algún o algunos de sus bienes, o áreas comunes para la explotación comercial o industrial serán contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementario y se excluyen de manera expresa a las propiedades horizontales de uso residencial. En el mismo sentido, el artículo 1.2.1.5.3.2. del Decreto 1625 de 2016, recalcó que los ingresos originados por cuotas de administración ordinarias y/o extraordinarias en aplicación de la Ley 675 del 2001 y sus costos y gastos asociados sobre los mismos no se considerarán base gravable para la determinación de la renta líquida del impuesto sobre la renta y complementario. En suma, por los cambios incorporados por la Ley 1819 de 2016 y el Decreto 2150 del 2017 en donde se adicionaron los Capítulos 4 y 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 al Decreto 1625 de 2016, y en razón, a las diferentes consultas que se generan sobre la aplicación en materia tributaria para los sujetos del R.T.E. y de los sujetos del artículo 22 y 23 del E.T. se hace necesario la expedición del presente concepto unificado.

TÍTULO 2.

DONACIONES. 2.1. DESCRIPTOR: Donaciones Que se entiende por donación. El artículo 1443 del Código Civil, indica: “…La donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere, gratuita e irrevocablemente, una parte de sus bienes a otra persona que la acepta.”

De la anterior definición, es dable interpretar que la transferencia se podrá predicar no solo de la propiedad jurídica de un bien como el derecho real de una cosa corporal, sino también, del derecho a usarlo o explotarlo económicamente sin que lo posea, o lo que también se conoce como la transferencia de la mera o nuda propiedad, según lo indica el artículo 669 del Código Civil. 2.2. DESCRIPTOR: Donaciones ¿Quiénes pueden optar por el beneficio tributario que establece el artículo 257 del E.T.? De conformidad con el artículo 257 del E.T. y el artículo 1.2.1.4.2. del Decreto 1625 del 2016, que dice: “Artículo 1.2.1.4.2. Beneficiarios del descuento tributario por donaciones. Son beneficiarios del descuento tributario a que se refiere el artículo 257 del E.T., los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario que efectúen donaciones a los contribuyentes del Régimen Tributario Especial del impuesto sobre la renta y complementario de que trata el artículo 1.2.1.5.1.2. de este decreto y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del E.T.” De acuerdo a lo anterior, todas las personas naturales y jurídicas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios que realicen donaciones a (i) los contribuyentes del Régimen Tributario Especial de que trata el artículo 1.2.1.5.1.2. del Decreto 1625 de 2016 y (ii) a las entidades de que tratan los artículos 22 y 23 del E.T. con el lleno de los demás requisitos

enunciados en los artículos 125-1 y siguientes del E.T. y el artículo 1.2.1.4.3. del Decreto 1625 de 2016. 2.3. DESCRIPTOR: Donaciones ¿A partir de qué año gravable aplica el tratamiento tributario previsto en el artículo 257 del E.T.? La Ley 1819 de 2016 fue publicada en el Diario Oficial número 50101 el 29 de diciembre del 2016, fecha a partir de la cual entró en vigencia. Sin embargo, El tratamiento previsto resulta aplicable para todos los efectos fiscales a partir del 1 de enero del 2017 en adelante. Lo anterior se fundamenta en que al considerar que este concepto tiene incidencia directa en la determinación del impuesto sobre la renta, y en consonancia con lo previsto en el artículo 338 de la Constitución Política de 1991, al encontrarnos con un impuesto de periodo, sus efectos no pueden aplicarse de manera retroactiva sino a partir del periodo que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley. De acuerdo a lo anterior, el tratamiento tributario que establece el artículo 257 del E.T. comienza su aplicación a partir del año gravable 2017 y siguientes. 2.4. DESCRIPTOR: Donaciones ¿Cuál es el descuento tributario para el donante de las donaciones realizadas a las entidades de los artículos 22 y 23 del E.T.? Teniendo cuenta lo dicho en la exposición de motivos del proyecto de Ley de la Reforma Tributaria Estructural compilado en la Gaceta del Congreso número 894 del 19 de octubre de 2016, relacionado a la modificación del artículo 257 del E.T., se manifestó que: “La modificación propuesta al artículo 257 del E.T. incorpora parte de la Propuesta 6 de la

Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria incl

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...