DIAN - Concepto 900829 de 2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Concepto 900829 de 2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
CONCEPTO 900829 027 DE 2021
CONCEPTO 900829 027 DE 2021
(febrero 3)
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN
Dirección de Gestión Jurídica 100202208-027 Bogotá, 03 de Febrero de 2021 Señores
CONTRIBUYENTES
UAE-DIAN
Bogotá D.C. Ref. Concepto general unificado garantías: doctrina y línea sobre el procedimiento en sede administrativa De conformidad con los artículos 19 y 38 del Decreto 4048 de 2008, en concordancia con el artículo 7 de la Resolución 204 de 2014, se avoca conocimiento para expedir el
presente “CONCEPTO GENERAL UNIFICADO GARANTÍAS: DOCTRINA Y LÍNEA SOBRE EL
PROCEDIMIENTO EN SEDE ADMINISTRATIVA”
Atentamente
LILIANA ANDREA FORERO GÓMEZ
Directora de Gestión Jurídica Dirección de Gestión Jurídica UAE - DIAN ANEXO. Concepto general unificado garantías: doctrina y línea sobre el procedimiento en sede administrativa.
CONCEPTO 900829 027 DE 2021
TABLA DE CONTENIDO
CONCEPTO GENERAL UNIFICADO GARANTÍAS: DOCTRINA Y LÍNEA SOBRE EL
PROCEDIMIENTO EN SEDE ADMINISTRATIVA TÍTULO 1 15
CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES 15 1.1. ¿Qué es una garantía? 15 1.2. ¿Qué es una póliza? 16 1.3. ¿Qué es el seguro de 17 cumplimiento? 1.4. ¿Cuál es el objeto y 18 cuáles son las partes en el contrato de seguro?
1.5. ¿Cuáles son los 19 elementos esenciales del contrato de seguro? 1.5.1. ¿Es posible eliminar la 20 exigencia de allegar a las actuaciones que se surten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el recibo de pago de la prima de las garantías de cumplimiento suscritas en materia contractual y en las demás disposiciones en las que obra como asegurado/beneficiario la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales? 1.5.2. ¿Cuál es el valor de la 21 unidad de valor tributario - UVT aplicable al valor asegurado de las garantías? 1.6. ¿Cuál es el límite de 21 responsabilidad de las CONCEPTO 900829 027 DE 2021 aseguradoras y/o garantes? 1.7. ¿En qué calidad se 22 vinculan las aseguradoras? 1.8. ¿Cuál es el alcance de 23 las garantías aduaneras? 1.9. ¿Cómo opera la 24 cláusula de restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestros, al monto inicialmente establecido, a la que se refiere el artículo 31 del Decreto 1165 de 2019?, ¿Puede aceptarse la póliza que no tenga la referida cláusula referida?, y ¿En estos casos es obligatorio modificar la vigencia de la póliza vigente? 1.10. ¿Es viable cancelar 26 pólizas incompletas o en fotocopias?
TÍTULO 2 27
TIPOS DE GARANTÍAS 27
2.1. ¿Cuáles son los tipos 27 de garantías que se constituyen ante la DIAN?
TÍTULO 3 28
CLASES DE GARANTÍAS 28 3.1. ¿Cuáles son las clases 28 de garantías que se constituyen ante la DIAN? 3.2. Garantías Globales 29 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.1 ¿Cuál es el objeto de 29 las garantías globales? 3.2.2 ¿Quiénes son los 29 obligados a constituir garantías globales? 3.2.3 ¿Cuál es la vigencia de 30 las garantías globales? 3.2.4 ¿Cuándo se deben 30 renovar las garantías globales y cuál es el efecto de no hacerlo en la oportunidad legal? 3.2.4.1. ¿Cuál es el monto para 31 realizar las renovaciones de las garantías y los requisitos para que procedan las disminuciones? 3.2.4.2. ¿Cuáles son las 31 condiciones para que apliquen las disminuciones al momento de las renovaciones? 3.2.4.2.1. ¿Cuál es la reducción 32 para la constitución de garantías constituidas por un Operador Económico Autorizado? 3.2.4.2.2. ¿Si un usuario 32 aduanero antes de la entrada en vigencia del Decreto 1165 de 2019, ha realizado más de tres renovaciones de garantía globales; conforme a lo dispuesto en la actual normatividad podrá aplicarse la disminución de la
cuantía originalmente CONCEPTO 900829 027 DE 2021 constituida al veinticinco por ciento (25%) toda vez que al momento de la renovación, el usuario aduanero no presenta antecedentes durante los treinta y seis (36) meses anteriores, correspondientes a infracciones gravísimas o graves contenidas en el mencionado Decreto, no ha sido sancionado mediante acto administrativo en firme o las ha aceptado en virtud del allanamiento, además, de que está al día con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias? 3.2.4.3. ¿Es procedente reducir 33 al 25% el monto de una garantía global en la tercera o subsiguientes renovaciones, cuando previamente no se hizo uso de las disminuciones previstas en los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 30 del Decreto 1165 de 2019? 3.2.4.4. ¿Cuál es la 34 consecuencia, de que se venza la garantía y no se haya presentado la solicitud de renovación? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.4.5. ¿Cuál es el término 35 para presentar la modificación de la garantía y la consecuencia si no se presenta? 3.2.4.6. ¿Se pueden aceptar las 35 pólizas o garantías presentadas por las agencias de aduanas, depósitos y empresas transportadoras, con la presentación de la solicitud de modificación que estos presentaron a la
aseguradora? 3.2.5. ¿Cuáles son los 36 requisitos de las garantías globales? 3.2.6. ¿Cuáles son los 37 montos asegurables de las garantías globales para cada usuario aduanero? 3.2.6.1. Consorcios y Uniones 37 Temporales. 3.2.6.2. Agencias de Aduanas. 37 3.2.6.3. Usuario Aduanero 37 Permanente. 3.2.6.4. Usuario Altamente 38 Exportador. 3.2.6.5. Sociedades de 38 Comercialización Internacional 3.2.6.6. Muelles o Puertos 38 Públicos y Privados 3.2.6.7. Puertos o muelles 38 Públicos o Privados y Depósitos habilitados públicos o privados. 3.2.6.8. Depósitos públicos 39 3.2.6.9. Depósitos privados. 40 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.6.10. Depósitos privados 41 para transformación y/o ensamble. 3.2.6.11. Depósitos privados 41 para procesamiento industrial. 3.2.6.12. Depósitos privados 41 para distribución internacional. 3.2.6.13. Depósitos privados 41 aeronáuticos. 3.2.6.14. Depósitos para envíos 41 urgentes. 3.2.6.15. Depósitos de 42 provisiones de a bordo para consumo y para llevar. 3.2.6.16. Depósitos francos. 42
3.2.6.17. Centros de Distribución 42 Logística Internacional 3.2.6.18. Agentes de Carga 42 Internacional en el modo marítimo. 3.2.6.19. Habilitación de un 42 punto de ingreso y/o salida para la importación y/o exportación por poliductos y/o oleoductos. 3.2.6.20. Agentes 42 aeroportuarios y terrestres, así como los agentes de carga internacional en el modo aéreo. 3.2.6.21. Habilitaciones de las 43 Instalaciones Industriales. 3.2.6.22. Intermediarios de 43 Envíos Urgentes. 3.2.6.23. Transito Aduanero. 43 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.6.24. Operador de 43 Transporte Multimodal. 3.2.6.25. Operación de Cabotaje 44 especial. 3.2.6.26. Operación de Cabotaje. 44 3.2.6.27. Usuario operador de 44 zona franca. 3.2.6.28. Salas de exhibición. 44 3.2.6.29. Mercancías en tránsito 44 desde el Puerto Libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para su embarque a otros puertos nacionales o extranjeros. 3.2.6.30. Depósitos Públicos 44 para Distribución Internacional en el Régimen Puerto Libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 3.2.6.31. Usuarios Aptos. 45 3.2.7. ¿Quién es el 45
competente para aprobar una garantía global y cuando se entiende aprobada? 3.2.8. ¿Qué anexos se deben 45 presentar a la solicitud de aprobación de una garantía global? 3.2.9. ¿Quién y cómo se debe 46 presentar la solicitud de aprobación de una garantía global? 3.2.10. ¿Cuándo se entienden 47 presentadas a través del servicio informático electrónico las garantías globales? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.11. ¿Cuándo se rechaza 47 una garantía global? 3.2.12. ¿Qué se debe hacer 48 cuando se afecta una garantía global? 3.2.13. ¿Cuál es la 49 dependencia encargada del archivo, custodia y control de las garantías globales? 3.2.14. ¿Cuál es el trámite de 49 devolución de las garantías globales al tomador o asegurador? 3.2.15. ¿Cuál es el trámite 49 manual para la aprobación de garantías globales? 3.2.16. Temáticas Especiales 50 3.2.16.1. ¿Las empresas 50 transportadoras con inscripción y póliza vigente para realizar operaciones de cabotaje deben constituir garantía adicional para realizar operaciones de cabotaje especial? 3.2.16.2. ¿La garantía global 52 constituida con ocasión de la autorización, reconocimiento e inscripción de un usuario aduanero permanente, ampara la finalización de la modalidad de transito aduanero, cuando
dicha modalidad, se realiza en medios de transporte pertenecientes a estos, CONCEPTO 900829 027 DE 2021 que a su vez son declarantes de la misma? 3.2.16.3. ¿Procede la sanción 53 prevista en el numeral 2.1 del artículo 615 del Decreto 1165 de 2019, por no presentar para control de la modalidad declarada, ante la División de Operación Aduanera donde se formaliza la operación, una garantía específica o global cuando por prescripción de disposiciones especiales las primeras no se exigen en determinadas circunstancias y las segundas son objeto de aprobación con ocasión de la inscripción o autorización del usuario? 3.2.16.4. ¿Cuál es la razón por la 55 que debe señalarse expresamente que el consorcio o unión temporal es consignatario de la mercancía en una garantía global? 3.2.16.5. ¿Un Usuario Altamente 55 Exportador incurre en infracción administrativa aduanera por haber realizado operaciones de exportación sin haber renovado la CONCEPTO 900829 027 DE 2021 garantía dentro de la oportunidad legal? 3.2.16.6. ¿La garantía global 58 constituida por los Usuarios Altamente Exportadores, cobija la constitución de garantía de que trata el artículo 860 del Estatuto Tributario, a efectos de obtener dentro de los diez (10) días siguientes a la solicitud, la devolución de saldos a favor del IVA por concepto de
exportaciones realizadas? 3.2.16.7. ¿Los usuarios 60 aduaneros permanentes pueden optar por afianzar el pago de derechos antidumping provisionales mediante la garantía global previamente constituida en virtud de su calidad? 3.2.16.8. ¿Es viable constituir 63 una sola garantía global que ampare las obligaciones aduaneras adquiridas cuando un mismo titular obtenga la habilitación de un depósito privado y otro depósito de transformación y/o ensamble y este último a su vez, tenga resoluciones de desplazamiento de CONCEPTO 900829 027 DE 2021 mercancía fuera del depósito por razones industriales? 3.2.16.9. ¿Ante la ausencia de 66 contratos con el estado, ¿los consorcios pueden efectuar operaciones de comercio exterior, sin necesidad de constituir garantía global? 3.2.16.10. ¿Si un exportador 66 cuenta con autorización de OEA y es una sociedad de comercialización internacional, se encuentra eximido de constituir garantía o póliza global? 3.2.16.11. ¿Cuál es la situación 67 jurídica de los certificados al proveedor expedidos en las fechas en que una sociedad de comercialización internacional no contaba con la garantía de que trata el artículo 67 del Decreto 1165 de 2019? 3.2.16.12. ¿Un consorcio o unión 69 temporal tiene la obligación de constituir garantía específica de que trata el
artículo 205 del Decreto 1165 de 2019 para la ejecución de operaciones bajo la modalidad de importación temporal? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.2.16.13. ¿Qué ampara la 71 garantía de los Usuarios Aptos y cuál es la consecuencia de perder dicha calidad? 3.2.16.14. ¿De conformidad con lo 71 previsto en el Decreto 1206 de 2020, qué modificación deben realizar los usuarios aptos de que trata el artículo 693 de la Resolución 046 de 2019 a sus garantías globales aprobadas?, ¿El artículo 2 del Decreto 1206 de 2020, sustituye la disposición legal actualmente amparada por las garantías de cumplimiento de disposiciones legales constituidas y aprobadas bajo el artículo 693 de la Resolución 46 de 2019?, y ¿Para hacer uso de los tratamientos de que trata el artículo 2 del Decreto 1206 de 2020, los usuarios que fueron considerados aptos en virtud de lo señalado en el artículo 693 de la Resolución 46 de 2019, deben cumplir con lo previsto en el parágrafo 3 del artículo 2 del Decreto 1206 de 2020? 3.3. Garantías Específicas 74 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.1. ¿Cuáles son las 74 garantías específicas en el régimen de importación? 3.3.1.1. Reexportación del 74 medio de transporte. 3.3.1.1.1. Procedencia: 74
3.3.1.2. Autorización de 74 levante. 3.3.1.2.1. Controversias de valor. 75 3.3.1.2.1.1. Procedencia: 75 3.3.1.2.1.2. Monto asegurable: 77 3.3.1.2.1.3. Objeto de la Garantía: 77 3.3.1.2.1.4. Término de vigencia: 77 3.3.1.2.1.5. ¿Cuál es el 77 procedimiento que debe realizar el importador o inspector de la DIAN, cuando con fundamento en el numeral 5.1 del artículo 185 del Decreto 1165 de 2019, el inspector niega el levante y la garantía de que trata el numeral 5.1.2., no alcanzó a ser aprobada por el GIT de garantías de la DIAN por cuanto fue presentada el último día de vencimiento de términos? Y ¿sí se debe proceder con el pago del reajuste o hay alguna forma de restablecer los términos para presentar nuevamente la póliza que garantice el valor? 3.3.1.2.2. Controversias por 78 errores en la CONCEPTO 900829 027 DE 2021 subpartida arancelaria, tarifas, tasa de cambio, sanciones, operación aritmética, modalidad, tratamientos preferenciales: 3.3.1.2.2.1. Procedencia: 79 3.3.1.2.2.2. Monto asegurable: 79 3.3.1.2.2.3. Objeto de la Garantía 79
3.3.1.2.2.4. Término de vigencia: 79 3.3.1.2.3. Controversias para la 79 entrega del certificado de origen o los documentos que prueben las condiciones de expedición directa, tránsito y/o transbordo o en su defecto el pago de los tributos aduaneros y sanciones a que haya lugar: 3.3.1.2.3.1. Procedencia: 79 3.3.1.2.3.2. Monto asegurable: 80 3.3.1.2.3.3. Objeto de la Garantía: 80 3.3.1.2.3.4. Término de vigencia: 80 3.3.1.2.3.5. ¿En los eventos de que 80 trata el numeral 8 del artículo 185 del Decreto 1165 de 2019, quién debe constituir la garantía que asegure la obtención y entrega a la aduana del certificado de origen, o en su defecto, el pago de los tributos aduaneros y sanciones correspondientes? 3.3.1.3. Procedencia del 82 levante con posterioridad a la formulación de CONCEPTO 900829 027 DE 2021 requerimiento especial aduanero: 3.3.1.3.1. Procedencia 82 3.3.1.3.2. Monto asegurable: 83 3.3.1.3.3. Objeto de la Garantía: 83 3.3.1.3.4. Término de vigencia: 83 3.3.1.4. Importación de papel 83
destinado a la edición de libros y revistas de carácter científico y cultural: 3.3.1.4.1. Procedencia 83 3.3.1.4.2. Monto asegurable: 84 3.3.1.4.3. Objeto de la Garantía 84 3.3.1.4.4. Término de vigencia: 84 3.3.1.4.5 ¿En qué porcentaje 84 debe hacerse efectiva la póliza de cumplimiento de disposiciones legales que ampara una importación con franquicia arancelaria al tenor de lo dispuesto por el Decreto 2893 de 1991, respecto de la cual se cumplen los requisitos para obtener dicha franquicia, cuando parte de la mercancía importada es hurtada? 3.3.1.4.6. ¿Debe hacerse efectiva 85 la garantía que ampara la importación con franquicia de papel destinado a la edición o impresión de libros y revistas de carácter científico o cultural y suspenderse el beneficio de la exención por un CONCEPTO 900829 027 DE 2021 período de dos (2) años, si durante el término de vigencia de la póliza el papel no fue utilizado por falta de demanda y permanece la totalidad en el almacén? 3.3.1.5. Importación en 87 cumplimiento de garantía: 3.3.1.5.2. Monto asegurable: 87 3.3.1.5.3. Objeto de la Garantía: 87
3.3.1.5.4. Término de vigencia: 87 3.3.1.6. Importaciones 87 temporales para rexportación en el mismo estado. 3.3.1.6.1. Procedencia: 88 3.3.1.6.2. Monto asegurable 88 3.3.1.6.3. Objeto de la Garantía 88 3.3.1.6.4. Término de vigencia: 89 3.3.1.6.5. Modificación de la 89 garantía: 3.3.1.6.6. Temáticas Especiales. 90 3.3.1.6.6.1. ¿En fusiones por 90 absorción de sociedades, se debe modificar la declaración de importación y la garantía otorgada respecto de aquellas aeronaves sometidas a importación temporal de largo plazo bajo contrato de arrendamiento financiero 'leasing' de las cuales antes era arrendataria la compañía absorbida y CONCEPTO 900829 027 DE 2021 actualmente lo es la absorbente? 3.3.1.6.6.2. ¿En una importación 91 temporal de mercancías en arrendamiento que supera los cinco años, cual es el objeto asegurable y el monto de la renovación de la póliza al finalizar el quinto año, teniendo en cuenta que a esta fecha la totalidad de tributos aduaneros ya fue cancelada? 3.3.1.6.6.3. ¿Es procedente 92 declarar el incumplimiento y ordenar hacer efectiva la póliza que garantiza la obligación adquirida por el importador de
finalizar oportunamente el régimen de importación temporal a corto plazo, cuando el importador, vencido el término de la importación temporal reexporta la mercancía? 3.3.1.6.6.4. ¿La póliza otorgada por 93 los usuarios aduaneros permanentes, cubre las obligaciones derivadas de una importación temporal efectuada por dicho sujeto? 3.3.1.6.6.5. ¿Bajo qué modalidad 94 de importación, qué garantía se debe acreditar, y que CONCEPTO 900829 027 DE 2021 requisitos deben exigirse para efectos de introducir a territorio nacional contenedores que transporten mercancías de procedencia extranjera? 3.3.1.6.6.6. ¿Cuándo se ha 95 legalizado una importación temporal para reexportación en el mismo estado, procede la efectividad de su garantía? 3.3.1.6.6.6.7. ¿Cómo debe calcularse 96 el monto de la garantía específica constituida para salvaguardar el cumplimiento de las obligaciones en una importación temporal de corto plazo? 3.3.1.6.6.8. ¿Cuál es el monto de la 97 garantía que se debe constituir en la importación temporal de una aeronave realizada por una empresa nacional de transporte público aéreo? 3.3.1.6.6.9. ¿Pueden ampararse las 98 importaciones temporales por leasing con las garantías de los usuarios aduaneros permanentes, así el
tiempo de amparo de la habilitación como usuario aduanero sea inferior al de la importación temporal? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.1.6.6.10. ¿La no cancelación de 99 cualquiera de las cuotas de una importación temporal a largo plazo generaría la declaración de incumplimiento de la modalidad de importación temporal y por consiguiente la efectividad de la garantía? 3.3.1.6.6.11. ¿Cuál es la situación de 103 las aseguradoras cuando la modalidad de importación temporal para reexportación en el mismo estado finalizó con la destrucción por fuerza mayor o caso fortuito? 3.3.1.6.6.12. ¿En el evento en que se 103 realice el control a la mitad del plazo de la modalidad de importación temporal a largo plazo, o antes de este, en cumplimiento del parágrafo 2 del artículo 208 del Decreto 1165 de 2019, el incumplimiento deberá ser declarado solo por las primeras cinco cuotas o por las respectivas cuotas no pagadas que se han causado al momento del control, o en virtud de la facultad de ordenar la finalización de oficio, se podrán incluir el pago del resto CONCEPTO 900829 027 DE 2021 las cuotas pendientes que aún no han sido causadas? 3.3.1.6.6.13. ¿Cuándo se trate solo 105 de incumplimiento de cuotas, en aplicación del numeral 1.2 del artículo 616 del Decreto 1165 de 2019,
se debe ordenar la modificación de oficio? 3.3.1.6.6.14. ¿A pesar de que la 106 póliza que ampara el régimen de importación a largo plazo, sea de carácter específico, puede ordenarse hacerse efectiva tantas veces como incumplimientos de cuotas haya y a su vez, puede hacer parte de varios títulos ejecutivos al tiempo? 3.3.1.6.6.15. ¿El incumplimiento del 106 régimen de importación temporal a largo plazo, puede ser declarado desde el no pago oportuno de la cuota 1? ¿En el evento en que sea afirmativa la respuesta, los términos de prescripción del contrato de seguro se contarían cuota por cuota? 3.3.1.6.6.16. ¿Si se declara el 107 incumplimiento a la mitad del plazo, se debe ordenar en el acto administrativo de fondo que la división de CONCEPTO 900829 027 DE 2021 gestión de operación aduanera, siga el control aduanero respecto del resto de cuotas que aún no se habían causado y respecto al cumplimiento de la finalización del régimen? 3.3.1.6.6.17. ¿Al momento de 107 proferir un requerimiento, se deben incluir las nuevas cuotas que se causaron desde el momento en que se generó el insumo por operación aduanera hasta el momento de su expedición?, ¿De igual manera en los eventos en que se propone en el requerimiento,
incumplimiento de la modalidad en aplicación del numeral 1.2 del artículo 616 Decreto 1165 de 2019, se debe seguir el control de las cuotas que se causen posterior al requerimiento, para que las mismas sean incluidas en el acto administrativo que decida de fondo, o se debe generar una nueva investigación administrativa, ¿Desde qué momento se contabiliza la CONCEPTO 900829 027 DE 2021 prescripción para las nuevas cuotas incluidas en el requerimiento especial aduanera o en el acto administrativo de fondo? 3.3.1.6.6.18. ¿En los casos de 108 mercancías importadas bajo la modalidad de importación temporal en arrendamiento con el beneficio tributario previsto en el literal e) del artículo 428 del E.T, en qué momento se causa el IVA por el incumplimiento de la modalidad por no finalización? En la fecha en que debió finalizar la importación temporal a largo plazo? A la fecha en que se profiere el acto administrativo que declara el incumplimiento de la modalidad y la efectividad de la garantía? O a la fecha en que se profiere el acto administrativo que finaliza de oficio la modalidad por parte de la división de gestión de operación aduanera? 3.3.1.6.6.19. ¿El IVA causado, por el 109 incumplimiento a la modalidad de importación temporal de mercancía en CONCEPTO 900829 027 DE 2021 arrendamiento con el beneficio tributario
previsto en el literal e) del artículo 428 del ET, se toma una como una cuota y por ende debe aplicarse el numeral 1.1. del artículo 616 del Decreto 1165 de 2019? 3.3.1.6.6.20. ¿La finalización de 109 oficio de la modalidad de importación temporal a largo plazo se da con ocasión del acto administrativo que declara el incumplimiento y ordena la efectividad de la garantía, o puede la División de Gestión de Operación Aduanera finalizar de oficio directamente sin un procedimiento sancionatorio previo? 3.3.1.7. Importación temporal 110 de medios de transporte de personas que vienen a trabajar al territorio aduanero nacional. 3.3.1.7.1. Procedencia 110 3.3.1.7.2. Monto asegurable 110 3.3.1.7.3. Objeto de la Garantía 110 3.3.1.7.4. Término de vigencia: 110 3.3.1.8. Importación temporal 110 para perfeccionamiento activo de bienes de capital: 3.3.1.8.1. Procedencia 111 3.3.1.8.3. Objeto de la Garantía: 111 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.1.8.4. Término de vigencia: 111 3.3.1.9. Entregas urgentes: 111 3.3.1.9.1. Procedencia: 111 3.3.1.9.2. Monto asegurable 111 3.3.1.9.3. Objeto de la Garantía: 112
3.3.1.9.4. Término de vigencia: 112 3.3.1.9.5. ¿La importación de 112 bienes perecederos procedentes del Ecuador bajo la modalidad de entrega urgente por su naturaleza requiere constitución de garantía? 3.3.2 ¿Cuáles son las 113 garantías específicas en valoración aduanera? 3.3.2.1. Valores provisionales: 113 3.3.2.1.1. Procedencia: 113 3.3.2.1.2. Monto asegurable 114 3.3.2.1.3. Objeto de la Garantía: 114 3.3.2.1.4. Término de vigencia: 114 3.3.2.2. Por demoras en la 114 determinación definitiva del valor: 3.2.1.2.1. Procedencia: 114 3.3.2.2.2. Monto asegurable: 114 3.3.2.2.3. Objeto de la Garantía: 115 3.3.2.2.4. Término de vigencia: 115 3.3.3. ¿Cuáles son las 115 garantías específicas en el régimen de exportación? 3.3.3.1. Exportación temporal 115 para reimportación en el mismo estado: 3.3.3.1.1. Procedencia 115 3.3.3.1.2. Monto asegurable: 115 3.3.3.1.3. Objeto de la Garantía: 115 3.3.3.1.4. Término de vigencia: 115 CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.3.2. Reembarque: 115
3.3.3.2.1. Procedencia: 116 3.3.3.2.2. Monto asegurable: 116 3.3.3.2.3. Objeto de la Garantía 116 3.3.3.2.4. Término de vigencia: 116 3.3.3.2.5. ¿Es procedente aceptar 116 como cumplimiento de la obligación garantizada y para efectos de cancelar la póliza constituida con ocasión de la solicitud de reembarque, la presentación de un documento entregado por el importador en el que el transportador certifique que las mercancías fueron embarcadas en el medio de transporte con destino otro país? 3.3.4. ¿Cuáles son las 119 garantías específicas en el régimen de tránsito? 3.3.4.1. Tránsito aduanero: 120 3.3.4.1.1. Por parte del 120 declarante: 3.3.4.1.1.1. Procedencia: 120 3.3.4.1.1.2. Monto asegurable: 120 3.3.4.1.1.3. Objeto de la Garantía: 120 3.3.4.1.1.4. Término de vigencia 120 3.3.4.1.2. Cuando la operación de 120 tránsito se realice en un medio de transporte del declarante: 3.3.4.1.2.1. Procedencia: 120 3.3.4.1.2.2. Monto asegurable: 121 3.3.4.1.2.3. Objeto de la Garantía: 121 3.3.4.1.2.4. Término de vigencia 121
CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.4.1.3. Mercancías que viajan 121 por sus propios medios: 3.3.4.1.3.1. Procedencia: 121 3.3.4.1.3.2. Monto asegurable: 121 3.3.4.1.3.3. Objeto de la Garantía: 121 3.3.4.1.3.4. Término de vigencia 121 3.3.4.2. Tránsito aduanero 121 internacional 3.3.4.2.1. Procedencia 122 3.3.4.2.2. Monto asegurable 122 3.3.4.2.3. Objeto de la Garantía: 122 3.3.4.2.4. Término de vigencia: 122 3.3.5. ¿Cuáles son las 122 garantías específicas para las zonas francas? 3.3.5.1. Usuario operador: 122 3.3.5.1.1. Procedencia: 123 3.3.5.2. Usuario administrador: 123 3.3.5.2.1. Procedencia 123 3.3.5.2.2. Monto asegurable: 123 3.3.5.2.3. Objeto de la Garantía: 123 3.3.5.2.4. Término de vigencia: 123 3.3.5.2.5. Trámite de aceptación 123 3.3.6. ¿Cuáles son las 124 garantías específicas para el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina?
3.3.6.1. Salida Temporal 124 3.3.6.1.1. Procedencia: 124 3.3.6.1.2. Monto asegurable 124 3.3.6.1.3. Objeto de la Garantía: 125 3.3.6.1.4. Termino de vigencia: 125 3.3.7. ¿Cuáles son las 125 garantías específicas para la zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribia y Manaure? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 3.3.7.1 Importación de 125 Maquinaria y Equipos. 3.3.7.1.1. Procedencia 125 3.3.7.1.2. Monto asegurable: 125 3.3.7.1.3. Objeto de la Garantía: 125 3.3.7.1.4. Término de vigencia 125 3.3.8. ¿Cuáles son las 126 garantías específicas en reemplazo de medidas cautelares? 3.3.8.1. En reemplazo de 126 aprehensión 3.3.8.1.1. Procedencia: 126 3.3.8.1.2. Monto asegurable: 127 3.3.8.1.3. Objeto de la Garantía: 127 3.3.8.1.4. Término de vigencia: 127 3.3.8.1.5. ¿Cuándo la DIAN 127 ordena hacer efectiva la garantía constituida en reemplazo de la aprehensión ¿el pago se exige respecto al monto por el cual fue constituida la garantía o también debe incluirse intereses de
mora? 3.3.8.1.6. ¿Es procedente la 128 revocatoria directa de una Resolución que declara el incumplimiento y ordena hacer efectiva la garantía en reemplazo de aprehensión, por haber sido puesta la mercancía a disposición de la aduana con posterioridad a la firmeza del acto CONCEPTO 900829 027 DE 2021 administrativo que ordena el decomiso? 3.3.8.2. Mercancías 130 aprehendidas bajo custodia del interesado. 3.3.8.2.1. Procedencia: 130 3.3.8.2.2. Monto asegurable: 131 3.3.8.2.3. Objeto de la Garantía 131 3.3.8.2.4. Término de vigencia: 131 3.3.8.3. En reemplazo de una 131 medida cautelar diferente a la de aprehensión 3.3.8.3.1. Procedencia: 131 3.3.9. ¿Para la protección a la 131 propiedad intelectual qué garantía específica se debe constituir? 3.3.9.1. Procedencia: 132 3.3.9.2. Monto asegurable: 132 3.3.9.3. Objeto de la Garantía: 132 3.3.10. ¿Para la disposición de 132 mercancías qué garantía específica se puede constituir? 3.3.10.1. Arrendamiento de 133 medios de transporte aéreo, marítimo o fluvial y la maquinaria especializada. 133
3.3.11. ¿Para los depósitos privados transitorios qué garantía específica se puede constituir? 3.3.11.1. Procedencia: 133 3.3.11.2. Monto asegurable: 134 3.3.11.3. Objeto de la Garantía: 134 3.3.11.4. Término de vigencia: 134 3.3.11.5. ¿Cuándo las 134 compañías de seguros no otorgan pólizas para CONCEPTO 900829 027 DE 2021 habilitar depósitos transitorios, puede la DIAN otorgar la habilitación? 3.3.12. ¿Qué procedimientos 135 se deben adelantar para la presentación y estudio de las garantías específicas? 3.3.13. ¿Qué procedimientos 137 se deben adelantar para la aceptación, inadmisión o rechazo de las garantías específicas? 3.3.14. ¿Cuál es la 137 dependencia encargada del archivo, custodia, control y conservación de las garantías específicas? 3.3.15. ¿Qué procedimientos 138 se deben adelantar para la devolución de las garantías específicas al tomador o asegurador? 3.3.16. ¿Qué procedimientos 138 se deben adelantar para el desistimiento de las garantías específicas? 3.3.17. ¿Qué procedimientos 139 se deben adelantar para el tramite manual de las garantías específicas?
TÍTULO 4 140
CASOS QUE NO REQUIEREN LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS 140 4.1. ¿En qué casos no se 140
requiere constituir una garantía? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 4.2. ¿Es viable exigir al 143 fondo rotatorio de la policía nacional, reconocido como usuario aduanero permanente, la constitución de garantía específica cuando pretende ingresar al país mercancías, bajo la modalidad de entregas urgentes?
TÍTULO 5 144
EFECTIVIDAD DE LAS GARANTÍAS 144 5.1. ¿Qué debe contener el 144 acto administrativo que declare el incumplimiento de la obligación asegurada y ordena hacer efectiva la póliza de seguro de cumplimiento de disposiciones legales o la garantía bancaria? 5.2. ¿Dentro de qué término 145 se debe proferir el acto administrativo que declara el incumplimiento de la obligación asegurada y ordena hacer efectiva la póliza de cumplimiento de disposiciones legales? 5.3. ¿A quiénes se debe 145 vincular en un proceso donde se ordene la efectividad de una garantía? 5.4. ¿Cuáles son los 145 procesos para hacer efectivas las garantías aduaneras? CONCEPTO 900829 027 DE 2021 5.5. ¿Cuál es el 146 procedimiento cuando el pago no está condicionado a otro procedimiento administrativo? 5.5.1. ¿Quién tiene la 146 competencia para realizar los trámites previos? 5.5.2. ¿Qué garantías se 146 encuentran sujetas a este trámite? 5.5.3. ¿Quién tiene la 148
competencia para realizar la declaratoria del incumplimiento y efectividad de las garantías? 5.5.4. ¿El incumplimiento del 148 término pre
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