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DIAN - Escrito 2025 00145 MARIA ISABEL LONDONO DIOSA

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Escrito 2025 00145 MARIA ISABEL LONDONO DIOSA
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 1 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada

SEÑOR

JUEZ DE CIRCUITO

(REPARTO) ANTIOQUIA,

MEDELLIN. E.S.D.

Asunto: Acción de Tutela por vulneración a los derechos fundamentales de: ACCESO AL DESEMPEÑO DE

FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS, DEBIDO PROCESO,

TRABAJO, E IGUALDAD.

Accionante: MARIA ISABEL LONDOÑO DIOSA.

Accionados: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS

NACIONALES (DIAN), COMISIÓN NACIONAL DEL

SERVICIO CIVIL (CNSC).

Yo, MARIA ISABEL LONDOÑO DIOSA, identificada civilmente con la cédula de ciudadanía número 1.036.646.823, expedida en Itagüí, invocando el artículo 86 de la Constitución Política, acudo ante su H. DESPACHO, para instaurar ACCIÓN DE TUTELA contra LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN) y LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC), con el objeto de que se proteja

contra LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN) y LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC), con el objeto de que se proteja mis siguientes derechos fundamentales: ACCESO AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS, DEBIDO PROCESO, TRABAJO, E IGUALDAD, con ocasión de los siguientes,

I. HECHOS PRIMERO: Que en atención a lo dispuesto en la ley 909, Participé en el Concurso de Méritos denominado PROCESO DE SELECCIÓN DIAN 2022 - MODALIDAD INGRESO, para ocupar el empleo denominado GESTOR I, código 301 y grado 01, con número de

OPEC 198333.

SEGUNDO: Que el día 06 de mayo del año 2024, y posterior a surtir todas las etapas del proceso de selección, entre las que vale destacar, un examen médico costeado por los participantes, se publicó el acto administrativo número 2024RES -400.300.24-039676, mediante el cual, se conformó lista de elegibles.

TERCERO: Que, en dicha lista ocupé el puesto número 63.

CUARTO: Que, mediante el Decreto 419 del 31 de marzo del año 2023, Por medio de cual se amplía la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de ImpuestosContinuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 2 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo

denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada y Aduanas Nacionales DIANse creó un total de 1421 empleos denominados GESTOR I, con código 301 y grado 1.

QUINTO: Que, el artículo 36 del Decreto 927 del año 2023, consagró que las vacantes creadas con posterioridad a las convocatorias deberán ser ocupadas con las listas de elegibles.

SEXTO: Que, mediante fallo de Tutela con radicado 76001-33-33-017-2023-00295-01, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, ordenó a la DIAN, al momento de proveer 154 vacantes de facilitador iii, código 103, grado 3, tener en cuentan la lista de elegibles.

SÉPTIMO: Que, con base en lo anterior, mediante derecho de petición, el día 20 de enero del año 2025, el ciudadano DANNY JOHANG PAREJA RUIZ en lista de elegible también solicito a la DIAN, entre otras cosas lo siguiente: • Se le informe de manera detallada, ¿Cuántos de estos empleos denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01, existen actualmente en la Entidad? • Del total de los empleos antes referidos, se le informe la modalidad en la que

fueron provistos, es decir, ¿Cuántos por carrera administrativa?, ¿cuántos por provisionalidad?, ¿cuántos por encargos?, etc.

  • Del total de los empleos antes referidos, se le informe la modalidad en la que

fueron provistos, es decir, ¿Cuántos por carrera administrativa?, ¿cuántos por provisionalidad?, ¿cuántos por encargos?, etc. • La situación actual, de la creación y cómo han sido provistos los 1421 empleos señalados por el Decreto 419 del año 2023, denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01.

OCTAVO: Que el día 17 de febrero del año 2025, mediante correo electrónico, el Jefe de Coordinación de Selección y Provisión del Empleo (A), señor DANNY HAIDEN LÓPEZ BERNAL, dio respuesta al Derecho de Petición en los siguientes términos:

  • Petición: “PRIMERA: Se le informe de manera detallada, ¿Cuántos de estos empleos denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01, existen actualmente en la Entidad?

Respuesta: Actualmente en la planta de personal de le Entidad existen 3644 empleos con denominación de Gestor I código 301 grado 01.

  • PETICIÓN: “Del total de los empleos antes referidos, se le informe la modalidad

en la que fueron provistos, es decir, ¿Cuántos por carrera administrativa?, ¿cuántos por provisionalidad?, ¿cuántos por encargos?, etc. La situación actual, de la creación y cómo han sid o provistos los 1421 empleos señalados por el Decreto 419 del año 2023, denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01.

Respuesta: Para dar respuesta a su inquietud, a continuación, se relaciona cuadro

Decreto 419 del año 2023, denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01.

Respuesta: Para dar respuesta a su inquietud, a continuación, se relaciona cuadro de resumen del total de empleos de Gestor I de la planta de personal.Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 3 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del

Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

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Modalidad de provisión Cantidad

CARRERA ADMINISTRATIVA 168

PERIODO DE PRUEBA 618

VACANCIA DEFINITIVA OCUPADA EN ENCARGO 90

VACANCIA DEFINITIVA OCUPADA EN

PROVISIONALIDAD

1524

VACANCIA DEFINITIVA SIN OCUPAR 949

VACANCIA TEMPORAL OCUPADA EN ENCARGO 157

VACANCIA TEMPORAL OCUPADA EN

PROVISIONALIDAD

78

VACANCIA TEMPORAL OCUPADA EN

PROVISIONALIDAD - TITULAR EN PERIODO DE

PRUEBA

12

VACANCIA TEMPORAL SIN OCUPAR - TITULAR

EN PERIODO DE PRUEBA

48 Total general 3644 En cuanto a la modalidad de provisión de las 1421 vacantes creadas con ocasión de la

PRUEBA

12

VACANCIA TEMPORAL SIN OCUPAR - TITULAR

EN PERIODO DE PRUEBA

48 Total general 3644 En cuanto a la modalidad de provisión de las 1421 vacantes creadas con ocasión de la expedición del Decreto 419 de 2023, en el siguiente cuadro encontrará el resumen con la información requerida:

Modalidad de Provisión cantidad

PERIODO DE PRUEBA 51

VACANCIA DEFINITIVA OCUPADA EN

ENCARGO

78

VACANCIA DEFINITIVA OCUPADA EN

PROVISIONALIDAD

1193

VACANCIA DEFINITIVA SIN OCUPAR 99

Total general 1421

NOVENO: Que con dicha respuesta la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, evidencia que está desconociendo totalmente el artículo 36 del Decreto

927 del año 2023, que reza:

ARTÍCULO 36. USO DE LISTA DE ELEGIBLES. Una vez provistos los empleos objeto del concurso, la lista de elegibles tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir de su firmeza.Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 4 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

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Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada La lista de elegibles deberá ser utilizada en estricto orden descendente para vacantes generadas con posterioridad a la convocatoria, siempre y cuando los requisitos del empleo sean los mismos y sus funciones iguales o equivalentes.

DÉCIMO: Que con el desconocimiento y la no aplicación de la norma, la DIAN, está vulnerando los derechos fundamentales de ACCESO AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS, DEBIDO PROCESO y TRABAJO, de las personas que en ejercicio del artículo 125 Constitucional y en pro del Mérito ocuparon un lugar en la lista de elegibles y a las c uales se debería proveer las vacantes creadas, tal y como fue reconocido y ordenado por el TRIBUNAL DEL VALLE DEL CAUCA en una situación similar, por lo que también se transgrede el derecho fundamental a la IGUALDAD.

DÉCIMO PRIMERO: Que, en el derecho de petición antes referido, se indagó con la DIAN “si tal y como ya procedieron en su momento, con base en el fallo de tutela, y en virtud del artículo 125 Constitucional, ¿van a hacer uso de la lista de elegibles, para hacer uso de las vacantes que a hoy se encuentran en provisionalidad para los cargos denominados GESTOR 1, con código 301 y de grado 01?” DÉCIMO SEGUNDO: Que la respuesta al anterior interrogante por parte de la DIAN, fue: Sobre el tema la Corte Constitucional se ha pronunciado mencionando que “ La

GESTOR 1, con código 301 y de grado 01?” DÉCIMO SEGUNDO: Que la respuesta al anterior interrogante por parte de la DIAN, fue: Sobre el tema la Corte Constitucional se ha pronunciado mencionando que “ La decisión y órdenes contenidas en la parte resolutiva de las sentencias de tutela siempre tienen efectos “Inter - partes”, es decir, que los efectos de las sentencias solo afectan a las partes involucradas en el caso específico y no se extienden a terceros que no participaron en el proceso judicial. Por otra parte, podemos informarle que con base en el análisis de prioridades que debe atender la Entidad en cuanto a su organización interna para el cumplimiento de fines esenciales del Estado, de momento no se tiene contemplado hacer uso de nuevas listas del empleo de Gestor I.

DÉCIMO TERCERO: La respuesta de la DIAN, permite entrever que la Entidad hará caso omiso a los postulados del artículo 125 Constitucional, a los de la ley 909, y el Decreto 927 del año 2023, y que por el contrario, los puestos creados por el Decreto 419 de 2023, quedaran provistos a provisionales, tal y como más del 50% de los cargos de la Entidad, tal y como se puede observar en la respuesta otorgada el día 17 de febrero.

DÉCIMO CUARTO: Teniendo en cuenta los anteriores hechos interpuso tutela N. 05001310900820250003000 el ciudadano DANNY JOHANG PAREJA RUIZ donde el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO Medellín, diez (10) de marzo de dos mil veinticinco (2025) con cedido el uso de lista del

JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO Medellín, diez (10) de marzo de dos mil veinticinco (2025) con cedido el uso de lista del cargo Gestor 1 OPEC 198248.Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 5 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

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DÉCIMO QUINTO: La ciudadana LILIANA ANDREA CERQUERA ORTIZ interpuso tutela N. 68001311000620250007400 bajo los mismos hechos alegando la ocupación de estos cargos con personal provisional y el JUZGADO SEXTO DE FAMILIA Bucaramanga, veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticinco (2025) concedido el uso de lista del cargo Gestor 1 OPEC 198476.Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 6 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo

denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada DÉCIMO SEXTO: El ciudadano KEVIN JAVIER TOVAR AGUILAR interpuso tutela N. 05001 31 09 006 2024 00189 00 bajo los mismos hechos alegando la ocupación de estos cargos con personal provisional y El JUZGADO SEXTO PENAL DE CIRCUITO DE MEDELLÍN, cuatro (04) de marzo de dos mil veinticinco (2025) concedido y reitero el uso de lista del cargo Gestor 1 OPEC 198368, bajo incidente de desacato.

DÉCIMO SEPTIMO: Los ciudadanos EYDER YESY ARIZA AGUILAR y BERTHA CRISTINA CORDOBA ACOSTA interpuso tutela N. 68001310500520240033200 bajo los mismos hechos alegando la ocupación de estos cargos con personal provisional y J U Z G A D O QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, veinticinco (25) de noviembre deContinuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 7 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo

denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada dos mil veinticuatro (2024) concedido el uso de lista del cargo Gestor 1 OPEC 198369 y confirma fallo de segunda instancia del TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADA PONENTE: SUSANA AYALA COLMENARES el veintinueve (29) de enero de dos mil veinticinco (2025)Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 8 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada

II. DERECHOS VULNERADOS

El caso omiso por parte de la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, a los postulados de mérito consagrados en el artículo 125 Constitucional, ley 909, Decreto 927 del año 2023, y múltiples precedentes de la altas Cortes, compromete los derechos

a los postulados de mérito consagrados en el artículo 125 Constitucional, ley 909, Decreto 927 del año 2023, y múltiples precedentes de la altas Cortes, compromete los derechos fundamentales ACCESO AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS, DEBIDO PROCESO, TRABAJO, E IGUALDAD, dado que han llamado a otras opec del mismo cargo Gestor 1 código 301 grado 01.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Además de los esgrimidos con anterioridad, fundo la presente acción en los siguientes: Artículo 125 Constitucional : La Carta Magna propugna porque los empleos públicos sean provistos con base en el mérito, es así como dispone que los mismos son de carrera, salvo los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. En el presente caso, los empleos denominados “GESTOR I, código 301 y grado 01” no encuadran en ninguna de las excepciones, razón por la cual, los mismos deberían estar provistos con base en el mérito, y no como lo están actualmente donde el mérito brilla por su ausencia.

Ley 909: En dicha norma se pueden encontrar múltiples postulados de cara a la defensa del mérito, entre los que vale destacar: el artículo 2, en el que se establece el mismo, como principio de la función pública, o en el artículo 7 y 12, en el que la Comisión Nacional del Servicio Civil, se constituye como un órgano de garantía, entre otros. Decreto 927 del año 2023: Este decreto tiene como objeto:

[…] modificar el Sistema Específico de Carrera para los empleados públicos de la

del Servicio Civil, se constituye como un órgano de garantía, entre otros. Decreto 927 del año 2023: Este decreto tiene como objeto:

[…] modificar el Sistema Específico de Carrera para los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, estableciendo el ingreso, la permanencia, la movilidad basada en el mérito, el desempeño, la adquisición, evaluación y certificación de competencias laborales, las situaciones administrativas y el retiro; con el fin de profesionalizar el servicio y buscar la excelencia de sus empleados para cumplir su objeto misional. Que el artículo 3, dentro de los principios que deben orientar el sistema de carrera de la DIAN, hace mención al “Mérito, igualdad, especialidad y libre concurrencia en el ingreso, ascenso y movilidad en los cargos de carrera”

El artículo 36, advierte:Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 9 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada ARTÍCULO 36. USO DE LISTA DE ELEGIBLES. Una vez provistos los empleos objeto del concurso, la lista de elegibles tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir de su firmeza.

Información Pública Clasificada ARTÍCULO 36. USO DE LISTA DE ELEGIBLES. Una vez provistos los empleos objeto del concurso, la lista de elegibles tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir de su firmeza. La lista de elegibles deberá ser utilizada en estricto orden descendente para vacantes generadas con posterioridad a la convocatoria, siempre y cuando los requisitos del empleo sean los mismos y sus funciones iguales o equivalentes. (Negrilla fuera del texto original) […] En aplicación de los principios de economía, sostenibilidad fiscal y austeridad del gasto, las listas de elegibles resultantes de los concursos realizados en virtud del parágrafo transitorio del artículo 32 del Decreto-Ley 071 de 2020, luego de que los empleos ofertados sean provistos en estricto orden de méritos, deberán ser utilizadas dentro del término de su vigencia para proveer vacantes generadas con posterioridad a las convocatorias, así como aquellas derivadas de la ampliación de la planta de personal, siempre y cuando los requisitos del empleo sean los mismos y sus funciones iguales o equivalentes […]. Que lo anterior es sumamente importante para la presente acción, toda vez que, tal y como se mencionó en el acápite de los hechos, mediante el Decreto 419 del 31 de marzo del año 2023, es decir, posterior al concurso que presenté, se amplió la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIANcreando un total de 1421 empleos denominados GESTOR I, con código 301 y grado 1; no obstante y pese a que la norma es clara en cuanto a la obligación de usar la lista de elegibles para la provisión de estos

Aduanas Nacionales -DIANcreando un total de 1421 empleos denominados GESTOR I, con código 301 y grado 1; no obstante y pese a que la norma es clara en cuanto a la obligación de usar la lista de elegibles para la provisión de estos empleos, la DIAN, los ha provisto mediante provisionalidad, acrecentando aún más la larga lista de provisionales que se encuentran en este empleo, la cual es mayor al 50% del total de los puestos, donde son amp lia mayoría, tal y como se puede evidenciar en las gráficas, mediante las cuales la Entidad dio respuesta a mi derecho de petición el día 17 de febrero, mediante correo electrónico.

Fallo de Tutela con radicado 76001 -33-33-017-2023-00295-01, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca: Es imperioso mencionar en este punto, que ya existe precedente en el que el H. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA, amparó los derechos de personas que se encontraban en similares condiciones, ordenando a la DIAN, ha ceñirse al ordenamiento jurídico y a respetar el mérito. Vale destacar de dicha providencia, que el tribunal advierte que los integrantes de la lista pasan de tener una expectativa a tener un derecho, pues, así lo estableció el artículo 36 del Decreto 927 del año 2023.Continuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 10 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo

denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada Se trata de un derecho y no una expectativa porque el parágrafo transitorio impuso la obligación de acudir a las listas de elegibles vigentes, sin condicionamientos, y para la fecha de expedición del Decreto Ley 927 estaba vigente la que integra la demandante

Sentencia SU 553 de 2015 : En esta sentencia, la H. CORTE CONSTITUCIONAL, determinó que la acción de tutela procede con el fin de evitar que la lista de elegibles pierda vigencia, evitando con ello el perjuicio irremediable que se pretendería evitar como consecuencias negativas que se derivan de la pérdida de vigencia de la lista de elegibles. En el presente caso, tal y como deja ver la DIAN, en respuesta a derecho de petición, la Entidad no tiene proyectado cumplir la normativa antes referida, y en vez de proveer las vacantes a través de las listas de elegibles, se ha dedicado a seguir nombrand o provisionales, cuando, su actuar debería ser totalmente el contrario, es decir, empezar a reemplazar los provisionales por las listas de elegibles, privilegiando el principio al mérito del que tanto habla nuestro ordenamiento jurídico.

Sentencia C-386 de 2022: En virtud, del DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCEDER AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS POR MÉRITO, la H. CORTE

CONSTITUCIONAL, señaló:

Sentencia C-386 de 2022: En virtud, del DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCEDER AL DESEMPEÑO DE FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS POR MÉRITO, la H. CORTE CONSTITUCIONAL, señaló: el ejercicio de cargos y funciones públicas merece protección, a la luz de la Constitución Colombiana, no únicamente por lo que significa en sí mismo sino por lo que representa, al tenor del artículo 40, como medio encaminado a lograr la efectividad de otr o derecho -genéricocual es el de participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, a objeto de realizar la vigencia material de la democracia participativa.

De la redacción del artículo 40 -7 de la Constitución,4 se deduce que este derecho protege tanto el acceso a, como el desempeño de, cargos y funciones públicas. La garantía de acceso es aplicable a las personas que no ejercen el cargo, como es obvio; mientras que la protección al desempeño cobija a la persona que cumple los requisitos para ejercer el cargo, o efectivamente lo está desempeñando. Esto es relevante porque las garantías de protección tienen un alcance diferenciado

IV. PRUEBAS Con el fin de establecer la vulneración del derecho fundamental, anexo:

  • Acto administrativo número 2024RES-400.300.24-039676, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333,

para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la plantaContinuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 11 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”.

  • Fallos relacionados dentro de los hechos.

V. PETICIÓN

Con base en los hechos, fundamentos normativos y pruebas relacionadas, solicito de manera comedida al señor Juez disponer y ordenar en mi favor, así como en favor del principio al mérito, lo siguiente:

PRIMERO: Amparar mis derechos fundamentales ACCESO AL DESEMPEÑO DE

FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS, DEBIDO PROCESO, TRABAJO, E IGUALDAD.

SEGUNDO: ORDENAR a la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, a realizar las gestiones pertinentes

SEGUNDO: ORDENAR a la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, a realizar las gestiones pertinentes de cara a la utilización de la lista de elegibles conformada mediante Acto administrativo número 2024RES-400.300.24-039676, tal y como dispone el artículo 36 del Decreto 927 del año 2023, así como el criterio unificado de la CNSC del 16 de enero del año 2020, o los pronunciamientos judiciales que en múltiples casos han protegido el acceso al desempeño de funciones y cargos públicos en virtud del principio al mérito.

VI. COMPETENCIA

Es usted, señor Juez competente para conocer del asunto, por la naturaleza de los hechos, por tener jurisdicción en el municipio donde surte efecto la vulneración a los derechos fundamentales y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 333 de 2021.

VII. JURAMENTO Manifiesto señor Juez, bajo la gravedad del juramento, que no he interpuesto otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos aquí relacionados, ni contra la misma

Entidad.

VIII. NOTIFICACIONES

ACCIONANTE: Se solicita hacer llegar la respuesta al correo electrónico mariaisabel0607@gmail.com

ACCIONADOS:

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES:

notificacionesjudicialesdian@dian.gov.co COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL: notificacionesjudiciales@cnsc.gov.coContinuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 12 de 12

notificacionesjudicialesdian@dian.gov.co COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL: notificacionesjudiciales@cnsc.gov.coContinuación Resolución 10812 del 3 de mayo de 2024 Página 12 de 12 “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer catorce (14) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR I, Código 301, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 198333, del Nivel Profesional del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, Proceso de Selección DIAN 2022 - Ingreso”

Información Pública Clasificada

Con el acostumbrado respeto,

C.C. 1.036.646.823 de Itagüí.

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