DIAN - Resolución 007252 de 12-08-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 007252 de 12-08-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
MANS RESOLUCIÓN NÚMERO ( 7252.12 AGOSTO 2024 ) Por la cual se corrige un error formal en la Resolución de Clasificación Arancelaria aPetición de Cualquier interesado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de 2023 EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 70 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante. radicado : No. 235410000000894 del 9 de: mayo de 2023, la Sra. MARIAFERNANDA OYUELA FRANCO, identificada con cédula de ciudadanía 51.930.446,representante legal de la sociedad MEGAFITNESS S.A.S., con NIT 900.047.279-5,presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquierinteresado para la. mercancía denominada técnicamente como “CATÉTER PARAABLACIÓN VALVULAR” y comercialmente como “VALVULOTOMO LEMAITRE HYDRO,REF 1009-00". Adelantado el estudio de la solicitud, esta Coordinación determinó que la mercancíaconsiste en un surtido acondicionado para la venta al por menor, compuesto por varioselementos, de uso médico, cuyo carácter esencial está dado por el catéter, que se utilizapara ser introducido en el cuerpo de los pacientes y realizar corte de válvulas venosas conayuda de cuchillas que tiene en su extremo.
En razón a'lo anterior, mediante: Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición deCualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de 2023, la Coordinación deClasificación Arancelaria determinó clasificar. arancelariamente la mercancía denominadatécnicamente como “CATÉTER PARA ABLACIÓN VALVULAR” y comercialmente como“VALVULOTOMO LEMAITRE HYDRO, REF 1009-00" en la subpartida 9018.39.00.00 delArancel de Aduanas, como un catéter, en aplicación de la Regla General Interpretativa 3 b)del mencionado texto: arancelario, contenido. en el, Decreto - 1881. -de -2021--y susmodificaciones. La citada Resolución fue enviada por correo electrónico el 5 de octubre de 2023, a la señoraMARIA FERNANDA OYUELA - FRANCO,. identificada con. cédula ciudadanía - No.51.930.446, representante legal de la sociedad MEGAFITNESS S.A.S. con NIT900.047.279-5, a la . dirección - electrónica manifestada por ia interesada:mariafer@megafitnesscol.com; siendo entregada y notificada electrónicamente el mismodía, según consta en el certificado de notificación electrónica de la DIAN con identificadorde la comunicación: d37388d6-5230-4 192-98e5-c13527968d12 emitido el 6 de octubre de2023.Continuación del acto administrativo por el cual se corrige un error formal en la Resolución de ]Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado No. 2023003980600417 del'5 de octubre de 2023
Mediante escrito con radicado 091E2024010846 del 4 de julio de 2024 la usuaria solicitó §conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, la corrección de un error |formal en la Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No.2023003980600417 del 5 de octubre de 2023, debido a'que en el acápite“CONSIDERACIONES DEL DESPACHO?” se indicó la referencia “Hydro 1090-00”, cuandolo correcto es “100900”. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Revisada la Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. a2023003980600417 del 5 de octubre de 2023 se encontró que en el segundo párrafo delacápite “CONSIDERACIONES DEL DESPACHO” se indicó lo siguiente: “El dispositivo (valvulotomo “Hydro” 1090-00 tiene una longitud total de 110 cm, cuenta con :.un mango ergonómico de color verde, conectado a un accesorio en “Y”, el cual está unido ¿al catéter con revestimiento hidrofílico cuya longitud de trabajo es de 98 cm, seguido de tresmarcas verdes de profundidad (cada 10 cm), en su extremo dispone de brazos y cuchillas.El diámetro externo del catéter en posición cerrada es de 1,5 mm, el diámetro máximo deapertura de los brazos es de 9,5 mm, el diámetro máximo de las cuchillas abiertas es de6,0 mm.”
Una vez revisados los documentos denominados “Ficha Técnica” e “INSTRUCCION DEUSO (IFU)”, aportados por la solicitante, se encontró que la referencia correcta es 1009-00. Por lo tanto, se observa que efectivamente hay un error formal en el acápite {“CONSIDERACIONES DEL DESPACHO” de la Resolución de Clasificación Arancelaria aPetición de Cualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de 2023,alindicarse allí la referencia “1090-00”, cuando lo correcto es 1009-00. Respecto a la corrección de errores formales en los actos administrativos el artículo 45 delCódigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: “Artículo 45.- Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a peticiónde parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actosadministrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de ¡:palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de ladecisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección,ésta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” t(subrayado del despacho) be Por lo anteriory teniendo en cuenta que se trata de un error de digitación, se hace necesariocorregir el segundo párrafo del acápite "CONSIDERACIONES DEL DESPACHO” de la [Resolución de. Clasificación «Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. :2023003980600417 del 5 de octubre de 2023, el cual quedará así:
“El dispositivo (valvulotomo “Hydro” 1009-00 tiene una longitud total de 110 cm, cuenta con +un mango ergonómico de color verde, conectado a un accesorio en “Y”, el cual está unido Éal catéter con revestimiento hidrofílico cuya longitud de trabajo es de 98 cm, seguido de tres |:marcas verdes de profundidad (cada 10 cm), en su extremo dispone de brazos y cuchillas. |El diámetro externo del catéter en posición cerrada es de 1,5 mm, el diámetro máximo de |apertura de fos brazos es de 9,5 mm, el diámetro máximo de las cuchillas abiertas es de J :6,0 mm.” ERESOLUCIÓN NÚMERO “292 de 12DEAGOSTO 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se corrige un error formal en la Resolución deClasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 deoctubre de 2023 Es de anotar que el caso que nos ocupa corresponde a un error formal que no incide-en ladecisión de fondo, ni en ningún otro aspecto contenido en la Resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de2023, por lo que las demás partes del mencionado acto administrativo continúan vigentes. Así mismo, es preciso indicar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de laLey 1437 de 2011, esta corrección no revive términos para interponer recursos ni parademandar el acto administrativo.
Asi las cosas, teniendo en cuenta que se cumplen los presupuestos legales señalados enel artículo 45 del Código de. Procedimiento Administrativo y de lo. ContenciosoAdministrativo; procede el despacho a corregir el error formal antes mencionado. “En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Corregir. el segundo párrafo del acápite “CONSIDERACIONESDEL DESPACHO” de la Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de CualquierInteresado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de 2023, el cual quedará así: “El dispositivo (valvulotomo “Hydro” 1009-00 tiene una longitud total de 110 cm, cuenta conun mango ergonómico de color verde, conectado a un accesorio en “Y”, el cual está unidoal catéter con revestimiento hidrofílico cuya longitud de trabajo es de 98 cm, seguido de tresmarcas verdes de profundidad (cada 10 cm), en su extremo dispone de brazos y cuchillas.El diámetro externo del catéter en posición cerrada es de 1,5 mm, el diámetro máximo deapertura de los brazos es de 9,5 mm, el diámetro máximo de las cuchillas abiertas es de6,0 mm.”
ARTÍCULO SEGUNDO. Las demás partes de la Resolución de Clasificación Arancelaria aPetición de Cualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 de octubre de 2023continúan vigentes. ARTÍCULO TERCERO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución a la señora MARIA FERNANDA OYUELA FRANCO, identificada con cédula deciudadanía No. 51.930.446, representante legal de la sociedad MEGAFITNESS S.A.S. conNIT 900.047.279-5, a la dirección electrónica informada en el formato de la solicitud No.235410000000894 del 9 de mayo de 2023: mariafer@megafitnesscol.com, de conformidadcon lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado porel artículo 114 de la Resolución 39 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por la interesada: KM 1 VIA SIBERIA-COTA, CENTRO EMPRESARIAL DE OCCIDENTE, en Cota — Cundinamarca, o de manerasubsidiaria mediante aviso en el sitio web' de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165de 2019. ARTÍCULO CUARTO. Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno,Continuación del acto administrativo por el cual se corrige un error formal en la Resolución de :Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. 2023003980600417 del 5 de - >octubre de 2023 :
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por A >medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección-Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica :Aduanera para lo de su competencia. : NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .i Firmado digitalmente por EH ECTOR , HECTOR ARTURO GARAYARTURO GARAY teatFéchia:2024.08.12 09:56:31LEAL 500HÉCTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) de la Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera a
Proyecto: Eddie Fernando Gutiérrez Ramirez
Revisó: Claudia Alejandra Jurado