DIAN - Resolución 600028 de 23-01-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600028 de 23-01-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 (23 ene. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000001798 de 15 de agosto de 2024, el Sr. BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES, identificado con Cédula de Ciudadanía 80 .169.984, representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario de la Sociedad YELLOW RIVER CO., LTD. SUCURSAL COLOMBIA con NIT 901 .720.510-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como
“PLANTA MEZCLADORA DE CONCRETO”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : Formato de solicitud SIESARP en dos (2) folios, mandato aduanero en cuatro (4) folios, comprobante de pago en un (1) folio, despiece en un (1) folio, resolución en un (1) folio, plano en un (1) folio , excel descriptivo de cantidades en un (1) folio, catálogo en dos (2) folios, y ficha técnica en treinta y siete (37) folios.
descriptivo de cantidades en un (1) folio, catálogo en dos (2) folios, y ficha técnica en treinta y siete (37) folios.
El solicitante pagó un millón trescientos diez y seis mil pesos m/cte ($1.316.000,00) según Transferencia número 77606 de 09 de agosto de 2024 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA S2024000100165398000472 del 20 de agosto de 2024, este Despacho solicitó al usuario: descripción detallada del proceso que adelanta el conjunto de máquinas, aclarar en el archivo Excel la función de cada uno de los equipos y máquinas relacionados en la columna A, aclarar en la casilla de características y subcomponentes los elementos que en cantidad no corresponden a las piezas relacionadas en la casilla de observaciones , aclarar si se trata de partes d e una máquina o de equipos diferentes, relacionar en el cuadro las características técnicas de los equipos. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 04 de octubre de 2024 El interesado solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2024000100165398000581 del 07 de octubre de 2024. La reunión técnica se llevó a cabo de manera virtual el día 21 de octubre de 2024. El usuario responde mediante radicado No. E2024000100165398000612 del 04 de diciembre de 2024, con 47 folios , renunciando al término restante para dar respuesta.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 de 23 ene. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
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Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado fsterling@roldanlogistica.com - ybarreto@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, Bogotá, D.C., Colombia
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas de Sección y texto de Partida
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“cuando una máquina o una combinación de máquinas esten constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice”
Partida 84.74
“máquinas y aparatos de clasificar, cribar , separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar, o sobrar, tierra piedra u otra materia minera l sólida (incluso el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar, o moldear combustibles minerale s sólidos, pastas cerámicas, cementos, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 de 23 ene. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
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subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan entre otras las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001798 de 15 de agosto de 2024, y E2024000100165398000612 del 04 de diciembre de 2024 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como : un conjunto de máquinas y equipos utilizados para amasar hormigón, con una capacidad de producción de 60 m3/h, los cuales funcionan mediante el siguiente proceso:
Se inicia con el sistema de agregados, compuesto por 4 tolvas que permiten almacenar diferentes tipos de agregados: arena, grava, el agregado medido en tierra se aloja en las tolvas del mismo nombre y son transportadas por la cinta inclinada transportadora hacia la estructura principal de la planta compuesta por el marco principal y su revestimiento.
Conexo al marco principal se encuentra la sala de control principal el sistema de seguimiento y el sistema de control eléctrico donde se realizan las funciones de monitoreo
estructura principal de la planta compuesta por el marco principal y su revestimiento.
Conexo al marco principal se encuentra la sala de control principal el sistema de seguimiento y el sistema de control eléctrico donde se realizan las funciones de monitoreo de señales, procesamiento de datos, diálogo hombre -máquina, entre otros. Una vez que los agregados que están siendo transportados , ingresan hacia la estructura principal de la planta, pasan por el sistema de filtrado para reducir la liberación de polvo durante el transporte en la cinta.
Paralelamente a este proceso, se empieza a alimentar el sistema de pesaje de aditivo y el sistema de pesaje de agua de forma manual, para el caso del sistema de pesaje de cemento se realiza la alimentación mediante el transportador de tornillo que funciona como una cinta y/o banda transportadora conduciendo el cemento desde el silo hacia la estructura principal, cuando el silo de cemento llega a su tope máximo de almacenamiento, existe un alimentador horizontal que sirve como almacenamiento adicional de cemento, el alimentador horizontal de cemento puede transferir rápidamente el cemento a granel desde el camión c isterna al silo de ceme nto, garantizando la continuidad en el suministro sin interrupciones.
Una vez finalizado el proceso de medición, de acuerdo con el orden de configuración, la puerta de descarga del agregado se abre y el agregado se descargará en el silo de almacenamiento intermedio de áridos que sirve como área de almacenamiento temporal de agregados, debido a que la capacidad de la cinta transportadora es limitada y no puedo cumplir con el agregado suficiente y/o requerido para la producción única.
Finalmente, una vez obtenida la cantidad suficiente de agregado pasará a la mezcladora
agregados, debido a que la capacidad de la cinta transportadora es limitada y no puedo cumplir con el agregado suficiente y/o requerido para la producción única.
Finalmente, una vez obtenida la cantidad suficiente de agregado pasará a la mezcladora donde se combinan y/o agitan los diferentes tipos de agregados. Finalmente, después de terminar de mezclar, el resultado obtenido del proceso es el concreto, el cual pasa a la tolva de descargue de hormigón donde procede a realizar su disposición final, general mente inyecta el hormigón directamente en las míxeres (camión hormigonero) para que pueda ser transportado.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 de 23 ene. 2025 Hoja No. 4
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Las máquinas y equipos que realizan el anterior proceso son:
1. Un (1) sistema de agregados: compuesto de marco, pared lateral, pared vertical, y báscula, cuatro (4) contenedores cada uno con capacidad de 12 m3
2. Una (1) cinta transportadora: compuesta por el bastidor, la correa, el dispositivo de accionamiento, dispositivo de inversión, rodillo plano y ranurado
3. Un (1) marco principal de la planta de hormigón diseñado para soportar y fijar diversos equipos, como la mezcladora, máquina dosificadora y cintas transportadora
4. Un (1) revestimiento para planta mediante paneles resistentes a la corrupción, al fuego y resistencia a condiciones meteorológicas.
5. Una (1) Sala de control principal, con sistema de seguimiento y sistema control eléctrico: está compuesta por un soporte, una sala de control y una escalera
fuego y resistencia a condiciones meteorológicas.
5. Una (1) Sala de control principal, con sistema de seguimiento y sistema control eléctrico: está compuesta por un soporte, una sala de control y una escalera externa, el soporte es un marco estructural conectado entre sí por una sección de acero, el exterior está decorado con tablero tianrong. En la sala de control principal hay consolas, cajas de control, sistemas de m icrocomputadoras, impresoras, sistemas de monitoreo. Se conecta al sistema de medición y cinta transportadora y sistema de distribución de agregados.
6. Un (1) sistema de filtrado: para reducir y controlar el polvo generado durante el proceso de transporte por cinta.
7. Un (1) silo de almacenamiento intermedio de áridos: almacena agregados dosificados mediante una tolva , se compone de un cuerpo de tolva de almacenamiento y una puerta de descarga
8. Un (1) sistema de pesaje de cemento, un (1) sistema de pesaje de aditivo
(manual), un (1) sistema de pesaje de agua (manual)
9. Un (1) transportador de tornillo: ubicado entre la incrustación de polvo y el silo de polvo
10. Un (1) mezclador que incluye el motor principal y la cubierta de la unidad principal que están conectados por tornillos y sellados con una tira de goma esponjosa en el medio.
11. Un (1) tolva de descarga de hormigón: recoge y transporta el concreto a una ubicación o equipo especifico.
12. Un (1) Alimentador horizontal: se utiliza para transferir cemento a granel desde camiones cisterna hasta el silo de cemento mediante aire a alta presión.
Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los
12. Un (1) Alimentador horizontal: se utiliza para transferir cemento a granel desde camiones cisterna hasta el silo de cemento mediante aire a alta presión.
Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 a 1 2 corresponden arancelariamente a un conjunto de máquinas y equipos destinados y dispuestos para amasar hormigón, con capacidad de 60 m3 /h, que en atención a la Nota 4 e la Sección XVI y de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1 se clasifica en la partida 84.74 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “ Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materia s minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición ”. Y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8474.31.90.00 que incluye “las demás hormigoneras y aparatos de amasar hormigón, con capacidad superior a 3 m3.” del Arancel de Aduanas.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN
TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESO MCTE (($1’315.291)
2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN
TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESO MCTE (($1’315.291)
incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo aRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 de 23 ene. 2025 Hoja No. 5
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favor de SETECIENTOS NUEVE PESOS ($709), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8474.31.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y equipos para amasar hormigón, con una capacidad de 60 M 3/h, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES identificado con Cédula de Ciudadanía No. 80.169.984, en calidad de Representante Legal de la
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES identificado con Cédula de Ciudadanía No. 80.169.984, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud fsterling@roldanlogistica.comybarreto@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, Bogotá, D.C., Colombia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-01-23 / 10:55:25 A. M.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600028 de 23 ene. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
MARIN CABARCAS IRMA LUZ
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA
MARIN CABARCAS IRMA LUZ
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.090 del 15 deabril de 2025, página 77.Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.090 del 15 deabril de 2025, página 77.