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DIAN - Resolución 600031 de 23-01-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600031 de 23-01-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 (23 ene. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000001807 de 17 de agosto de 2024, la Sra. DIANA CAROLINA TOVAR AZULA, identificad a con cédula de ciudadanía 52 .868.540, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AVIATUR S.A.S. NIVEL 1, con NIT 830 .002.571-4, mandatari a de la Sociedad AVIAGEN COLOMBIA S.A . con NIT 890.900.135-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente “ SISTEMA DE

PROCESAMIENTO DE POLLOS”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud clasificación arancelaria en dos ( 2) folios; elementos e información de la línea en un (1) archivo Excel; plano en un (1) folio; copia del mandato en veinticuatro (24) folios y copia del comprobante de pago en un (1) folio.

La solicitante pagó un millón trescientos quince mil trescientos pesos m/cte ($ 1.315.300,00)

comprobante de pago en un (1) folio.

La solicitante pagó un millón trescientos quince mil trescientos pesos m/cte ($ 1.315.300,00) según consignación número 98014926-2 de 18 de julio de 2024 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA S2024000100165398000475 del 21 de agosto de 2024, este Despacho solicitó a la usuaria: describir en orden secuencial las etapas del proceso, abarcando desde el primero hasta el último componente de la unidad; cómo se programa y controla el ciclo del producto a clasificar; señalar si cada equipo cuenta con su propio controlador; informar la capacidad del sistema; remitir los equipos principales que componen el sistema señalando: nombre, cantidad exacta, características técnicas, función de los equipos, y señalar si tiene equipos de respaldo. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 09 de octubre de 2024, él interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S 2024000100165398000589 del 10 de octubre de 2024, él usuario responde mediante radicado No. E2024000100165398000614 del 05 de diciembre de 2024, con trece (13) folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr DEVINSON PUENTES NOVA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesadoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 de 23 ene. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

morozco@aviagen.com - aviagencolombia@aviagen.com; o por correo en la dirección Calle 26 68 C 61 Of 527 Torre Davivienda, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Textos de Partida.

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 de 23 ene. 2025 Hoja No. 3

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Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan “entre otros”, las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001807 de 17 de agosto de 2024 y E2024000100165398000614 del 05 de diciembre de 2024 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una máquina para clasificar el sexo de las aves, con capacidad hasta de 18.000 pollitos por hora, mediante el siguiente proceso:

Una vez que los pollitos son transportados desde la mesa de extracción, se utilizan equipos inclinados para moverlos hacia la línea de sexado ; este transporte está diseñado con un ángulo de 6 grados y se desplaza a una velocidad de 0,3 m/s, permitiendo que los pollitos caigan en un transportador que los dirige a la siguiente etapa del proceso. La estructura inclinada asegura un flujo adecuado hacia la línea de sexado. En la línea de sexado, los pollitos son distribuidos equitativamente a través de un sistema de transportadores , a scendiendo por el transporte, los pollitos descienden a un transportador principal, donde se dividen aproximadamente en un 50% hacia dos transportadores adicionales. En esta fase, el sexador controla la velocidad de los motores para asegurar que todos los pollitos tengan el tiempo adecuado para ser sexados. Además, las rampas específicas permiten que los machos y las hembras sean dirigidos a diferentes

transportadores adicionales. En esta fase, el sexador controla la velocidad de los motores para asegurar que todos los pollitos tengan el tiempo adecuado para ser sexados. Además, las rampas específicas permiten que los machos y las hembras sean dirigidos a diferentes salidas, con un sistema de control de calidad que ajusta la distribución de los pollitos según sea necesario. Los pollitos sexados se organizan en dos líneas, donde los machos son dirigidos al lado izquierdo y las hembras al derecho; posteriormente, los machos avanzan hacia un segundo transportador, mientras que las hembras son distribuidas en otros transportadores. Esta separación es crucial para el manejo eficiente y la preparación de los pollitos para su siguiente destino. Finalmente, el sistema de amortiguación para las cajas de pollitos es ajustable, permitiendo el uso de dos tipos diferentes de cajas de cartón; con un mecanismo manual, las cajas son llenadas por la máquina de vacunación y empujadas a la posición de salida una vez que están completas. Este proceso se repite continuamente, garantizando que cada caja se llene adecuadamente y mantenga la eficiencia del sistema de manejo de pollitos. El control de la línea se centraliza en un armario eléctrico, que recibe la alimentación eléctrica y distribuye la energía a través de cables individuales a diferentes partes de la línea; este gabinete alberga componentes como el interruptor principal, dis yuntores de seguridad, convertidores de frecuencia para el control de velocidad de los motores, un transformador que convierte 230Vac a 24Vdc, una unidad central de parada de emergencia, un control lógico programable (PLC) con entradas y salidas digitales, y una interfaz hombremáquina (HMI). Los equipos que hacen parte de la línea de sexado de pollitos son:

un control lógico programable (PLC) con entradas y salidas digitales, y una interfaz hombremáquina (HMI). Los equipos que hacen parte de la línea de sexado de pollitos son:

1. Una (1) mesa de salida para separación manual de pollitos, operada por 3 personas ; contiene una (1) banda de transporte interconectada a la mesa de retiro, dimensiones

3000 mm de largo, 830 mm de ancho, 1200 mm de alto, altura de trabajo de la mesa es de 1000 mm desde el suelo, cinta transportadora elaborada en polímero, velocidad deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 de 23 ene. 2025 Hoja No. 4

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0,31 m/s; tiene una posición de parada de emergencia para detener el movimiento del cinturón azul en caso de emergencia, la parte superior de la mesa de extracción tiene rodillos de acero inoxidable que permiten que las cajas se deslicen libremente. Función: proporciona un lugar para que las personas puedan sacar los polluelos de las cestas de las nacedoras y colocarlos en el sistema de transporte que se encuentra debajo.

2. Una (1) cinta transportadora azul; dimensiones 6105 mm de largo, 400 mm de ancho,

1000 mm de alto, equipo accionado que está inclinado hacia arriba en un ángulo de 6 grados, se mueve con una velocidad de 0,3 m/s. Función: mueve los pollitos desde la mesa de extracción hasta la línea de sexado.

3. Una (1) línea de sexado de pollitos; con 18 posiciones operada por un sexador por

grados, se mueve con una velocidad de 0,3 m/s. Función: mueve los pollitos desde la mesa de extracción hasta la línea de sexado.

3. Una (1) línea de sexado de pollitos; con 18 posiciones operada por un sexador por posición; dimensiones 12000 mm de largo, 3300 mm de ancho, 2200 mm de alto, con capacidad de 1000 pollitos/hora/sexador, para un total máximo de 18.000 pollitos por hora. Función: Esto hace posible contar los pollitos sexados por una persona y transportarlos a un lugar diferente.

4. Cuatro (4) cintas transportadoras azul; dimensiones 9200 mm de largo, 6700 mm de ancho, 1400 mm de alto. Función: transportar el pollito ya sexado desde la línea de sexado hacia el flujo principal y secundario, y luego los alimenta a las otras máquinas.

5. Dos (2) sistemas de transporte de cajas de pollitos; dimensiones 2000 mm de largo,

1300 mm de ancho, 900 mm de alto. Función: alimentará las cajas de pollitos debajo de la maquina NovaTech y también enviará la canasta llena una vez que la maquina NovaTech alcance la cantidad de pollitos.

Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 al 5 corresponden arancelariamente a una combinación de máquinas con la función de clasificar por sexo polluelos (sexadora); utilizada en el sector avícola . Qué de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.36 d e la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Las demás máquinas y aparatos para

acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.36 d e la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” Y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.29.90.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para "Las demás máquinas y aparatos para la avicultura". Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESO MCTE ($1’315.291) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de NUEVE PESOS, ($ 9), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVERESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 de 23 ene. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la

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ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas con la función de clasificar por sexo polluelos (sexadora); utilizada en el sector avícola, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor DEVINSON PUENTES NOVA identificado con cédula de ciudadanía No. 93.384.710, en calidad de Representante Legal de la sociedad AVIAGEN COLOMBIA S.A. con NIT 890.900.135-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud morozco@aviagen.com - aviagencolombia@aviagen.com; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, TO DAVIVIENDA CL 26 68 C 61 BRR CIUDAD SALITRE OF 527 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria

notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, TO DAVIVIENDA CL 26 68 C 61 BRR CIUDAD SALITRE OF 527 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-01-23 / 05:13:41 P. M.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-01-23 / 05:13:41 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

MARIN CABARCAS IRMA LUZRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600031 de 23 ene. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZEl acto administrativo fue publicado en diario oficial edición No. 53.090 del 15-04-2025,página 82.El acto administrativo fue publicado en diario oficial edición No. 53.090 del 15-04-2025,página 82.

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