DIAN - Resolución 600039 de 30-01-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600039 de 30-01-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 (30 ene. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000001977 de 07 de noviembre de 2024, el señor JAVIER GARZON RAYO, identificado con cédula de ciudadanía 16.694.853, Representante Legal de la sociedad CARVAJAL PULPA Y PAPEL S.A., con NIT 890 .301.960-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ PRECIPITADOR ELECTROSTATICO” y comercialmente como
“PRECIPITADOR O FILTRO ELECTROSTATICO PARA LA CALDERA DE
RECUPERACION DE P2”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE -SARP en trece (13) folios, Declaraciones de importación en treinta (30) folios, hoja de planta actual en un (1) folio, plano en un (1) folio, Resolución en un (1) folio, fotografía en dos (2) folios y comprobante de pago en un (1) folio.
El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y un pesos m/cte
comprobante de pago en un (1) folio.
El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y un pesos m/cte ($ 1.315.291,00) según Transferencia número 1 de 07 de noviembre de 2024 del Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000681 del 18 de noviembre de 2024 este Despacho solicitó al usuario: Explicar claramente, en orden secuencial y en párrafos cortos, el funcionamiento de las máquinas o equipos que intervienen en el proceso, abarcando desde el primero hasta el último de los componentes, indicando que proceso realiza cada uno de ellos. Explic ar la forma en que las máquinas o equipos se conectan físicamente entre sí y señalar cuáles son los dispositivos o elementos para ello. Explicar cómo se controlan los procesos que realizan las máquinas o equipos. Elaborar un listado de equipos en un archiv o Excel, editable, donde se indiquen las máquinas y equipos que conforman el precipitador o filtro electrostático para la caldera de recuperación de P2, señalar: ítem, nombre de la máquina o equipo, cantidad exacta, unidad comercial, características físicas y técnicas y función de los equipos, para lo que se sugiere elaborar un cuadro en Excel. Anexar un plano donde se identifiquen las máquinas y su ubicación dentro del área de montaje.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
El usuario responde mediante escrito s radicados No. E2024000100165398000634 del 13 de diciembre de 2024 con 25 folios y E2024000100165398000650 del 23 de diciembre de 2024, renunciando al término restante para responder el Requerimiento de información.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor JAVIER GARZON RAYO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado javier.garzonrayo@carvajal.com - jesus.orozco@carvajal.com; margarita.valencia@carvajal.com; o por correo en la dirección CR 21 10 300, en YumboValle del Cauca.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Textos de Partida:
Regla General Interpretativa 1
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Textos de Partida:
Regla General Interpretativa 1
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjun to se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.21:
“Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.”
Regla General Interpretativa 6
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 3
subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 3
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Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan “entre otras” las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000001977 de 07 de noviembre de 2024 , E2024000100165398000634 del 13 de diciembre de 2024 y E2024000100165398000650 del 23 de diciembre de 2024, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos utilizados para disminuir la cantidad de material particulado en los gases que salen por la chimenea, específicamente carbonato de sodio producto de la combustión de calderas, a concentraciones admisibles de acuerdo con especificaciones legales, mediante el siguiente proceso:
Los gases de combustión del proceso de quema de licor negro en la Caldera de Recuperación ingresan al precipitador electrostático a través de ductos. Primero, pasan por una pantalla de distribución ajustable que distribuye los gases dentro de la cámara del
el siguiente proceso:
Los gases de combustión del proceso de quema de licor negro en la Caldera de Recuperación ingresan al precipitador electrostático a través de ductos. Primero, pasan por una pantalla de distribución ajustable que distribuye los gases dentro de la cámara del precipitador. Esta pantalla tiene un sistema de limpieza con martillos de golpeo para retirar el polvo acumulado.
Luego, los gases pasan por una cámara metálica con tres campos mecánicos y tres eléctricos. Los electrodos y placas colectoras dentro de estos campos convierten el flujo de gases de turbulento a laminar, mejorando la eficiencia del precipitador. Los transformadores rectificadores trifásicos cargan negativamente los electrodos y positivamente las placas colectoras, atrayendo el material particulado a las placas.
El polvo adherido a las placas colectoras es golpeado por martillos rotativos, haciendo que las partículas caigan a la tolva de fondo plano. Los electrodos de emisión también tienen un sistema de golpeo similar. El polvo acumulado en la tolva es retirado p or un sistema raspador y llevado a un transportador de arrastre por cadena, que lo entrega a una válvula rotativa.
Finalmente, el gas de combustión, con menos material particulado, sale del precipitador hacia la chimenea. La salida de gases también tiene una pantalla de distribución con un sistema de golpeo para mantenerla limpia de polvo.
Los equipos que componen el precipitador o filtro electrostático son los siguientes:
1. Una (1) cámara o caja del precipitador, conformada por una estructura metálica primaria, compuesta por; tres (3) vigas superiores, seis (6) vigas inferiores, seis (6)
1. Una (1) cámara o caja del precipitador, conformada por una estructura metálica primaria, compuesta por; tres (3) vigas superiores, seis (6) vigas inferiores, seis (6) columnas (laterales) y doce (12) vigas de refuerzo en diagonal, 26 laminas para paredes o paneles laterales, piso plano y 51 laminas para techo frio y caliente, 8 columnas para apoyo paredes laterales. En esta estructura se incluye la transición de salida gases (outlet tipo "C") conformada por 13 laminas y ángulos de refuerzo) y las dos (2) pantallas para la distribución de los gases (entrada y salida), construidas en perfilería estructural tipo "C", IPE y ángulos, en calidad ASTM A - 36 y A - 572 GR
50. las láminas son en acero carbono de 6,55 mm de espesor , con la función deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 4
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hacer una buena distribución de los gases dentro del precipitador y direccionar los gases de combustión para que pasen por los tres (3) campos, donde se ubican las placas colectoras y electrodos de emisión.
2. Doscientas ochenta y cinco (285) unidades de sistema de placas colectoras tipo H500, Fabricadas en lámina de acero templado de 9 metros de altura x 0.5 metros de ancho y espesor de 1,25 milímetros, las placas atraen el material particulado
(polvo), haciendo que se adhiera a las placas colectoras. Su función básica es acumular material particulado.
de ancho y espesor de 1,25 milímetros, las placas atraen el material particulado (polvo), haciendo que se adhiera a las placas colectoras. Su función básica es acumular material particulado.
3. Doscientas setenta (270) unidades de electrodos rígidos de emisión tipo Fibulax "V" Fabricados en tubo ovalado, de longitud 9 metros cada uno, Función: Cargar negativamente el material particulado (polvo).
4. Sesenta y ocho (68) unidades de sistema de golpeo por martillos rotativos, cada sistema está conformado por martillos, ejes, acoples, cojinetes, ruedas de pines y aisladores. Estos sistemas van soportados sobre estructuras metálicas para garantizar su rigidez, encargados de golpear las vigas que sostienen los electrodos y las placas colectoras, ocasionando una vibración que hace caer el polvo o material particulado al piso de la tolva de fondo plano.
5. Una (1) unidad de sistema raspador de polvo, transportador longitudinal, conformado por dos (2) ejes, uno motriz y otro conducido, apoyados sobre chumaceras internas de grafito, con sistema tensor, cada eje tiene dos (2) piñones de 10 dientes cada uno, sobre los cuales se apoyan las cadenas que tienen las guías de arrastre de polvo. Función: Transportar el material particulado o polvo acumulado en la tolva de piso plano hasta el transportador de cadena.
6. Una (1) unidad de s istema de descarga de polvo. Transportador tipo cadena de arrastre conformado por dos 2) ejes, uno motriz y otro conducido, apoyados sobre chumaceras externas bipartidas, cada eje tiene dos (2) piñones de10 dientes cada
arrastre conformado por dos 2) ejes, uno motriz y otro conducido, apoyados sobre chumaceras externas bipartidas, cada eje tiene dos (2) piñones de10 dientes cada uno y sistema tensor. Función: Recibe el polvo que se acumula en el piso de la tolva y lo traslada hasta la válvula rotativa.
Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 al 6, corresponden arancelariamente a un grupo de aparatos y dispositivos que operan en conjunto para disminuir la cantidad de material particulado en los gases que salen por una chimenea, específicamente carbonato de sodio producto de la combustión de calderas, qué de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “ Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.” Y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8421.39.20.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Filtros electrostáticos de aire u otros gases”.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8421.39.20.00 del Arancel de Aduanas, como un filtro electrostático de gases
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8421.39.20.00 del Arancel de Aduanas, como un filtro electrostático de gases de chimenea, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las ReglasRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 5
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Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JAVIER GARZON RAYO identificado con cédula de ciudadanía No. 16.694.853, en calidad de Representante Legal de la sociedad CARVAJAL PULPA Y PAPEL S.A. con NIT 890.301.960-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud javier.garzonrayo@carvajal.com - jesus.orozco@carvajal.com; margarita.valencia@carvajal.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 21 10 300 en
2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 21 10 300 en Yumbo - Valle del Cauca o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-01-30 / 10:57:16 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica AduaneraRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600039 de 30 ene. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZPublicado en diario oficial edición No. 53.090 del 15-04-2025 página 91Publicado en diario oficial edición No. 53.090 del 15-04-2025 página 91.Publicado en diario oficial edición No. 53.090 del 15-04-2025 página 91