DIAN - Resolución 600317 de 12-07-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600317 de 12-07-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
IAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600317 (42 jul. 2024) Por la cual se expide.una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LAIf SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales. que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001604 de 26 de abril de 2024, el Sr. DANIEL CUISSICANUTO, identificado con cédula de extranjería 7.646.068, en calidad de representantelegal suplente de la sociedad RENAULT SOCIEDAD DE FABRICACION DEAUTOMOTORES S.A.S., con NIT 860.025.792-3, presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancia denominadatécnica y comercialmente UNIDAD FUNCIONAL LÍNEA BITONO. Para el efecto, el interesado adjuntó los siguientes documentos: - Formato de solicitud en dos (2) páginas.- Comprobante de transferencia del 25 de abril en dos (2) páginas.- Descripción de la mercancía en veintiún (21) páginas. El solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos m/cte ($ 1.318.000,00) segúntransferencia del 24 de abril de 2024 de Bancolombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000266del 20 de mayo de 2024 este despacho solicitó al usuario: listado de máquinas y equiposque conforman la unidad funcional, indicar si el barniz que se aplica al vehículo está enestado líquido o en polvo y explicar. cómo. se adelante el proceso de aplicación.
Con escrito radicado.No. E2024000100165398000281 del 17 de junio de 2024 el usuarioresponde al requerimiento mencionado. en documento con dieciséis (16) folios renunciandoal término restante para dar respuesta:
En escrito.radicado: No. E2024000100165398000281 del 17 de junio de 2024 se indicó quese notifique el acto. administrativo..al. Sr. DANIEL CUISSI CANUTO, a las siguientesdirecciones electrónicas: notificaciones.sofasa@renault.com;adriana.salazar@renault.com y gloria.roldan@renault.com; o según el formato de solicitud, — ||RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600317 de 12 jul. 2024 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado por correo en la dirección CARRERA 49 # 39 SUR 100, en el municipio de Envigado --Antioquia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y s.”anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Text:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas +otras disposiciones. Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapitulos solo tienen un val:indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidesy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dicha:partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.... Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elemento:individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisiórcables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netament»definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto síclasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Texto de la partida 84.24: ‘ “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materiaslíquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similare::;máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” Regla General interpretativa 6: "La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinad3legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así comú,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600317 de 12 jul. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan, entre otros, las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con la solicitud radicada con No, 235410000001604 de26 de abril de 2024 y con radicado:'No. E2024000100165398000281 del 17 de junio de 2024la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinasy equipos que trabajan conjuntamente para la aplicación de un segundo color en lacarrocería de vehículos. El proceso comienza en la zona de stock y enfriamiento que permite garantizar elenfriamiento delas carrocerías que han salido del horno de curado a una temperaturaaproximada de 80° C hasta lograr una temperatura inferior a 30°C. Cuando ya se alcanzala temperatura adecuada, se realiza el traslado de la carrocería de la zona de stock yenfriamiento a la zona de empapelado a través del trasportador y la mesa de rodillos, demanera controlada y precisa.
En la zona de empapelado se prepara la carrocería del vehículo para la aplicación delsegundo color, protegiendo las áreas a no pintar con un material plástico protector, demanera manual. La carrocería con las zonas a proteger empapeladas se transporta a lacabina de aplicación a través de mesas de rodillos. En esta cabina se realiza la aplicacióndel barniz a la carrocería mediante un sistema de pistolas electrostáticas. Posteriormente, la carrocería pasa a la zona de horno de lámparas infrarrojas que seencarga de curar la pintura y el bamiz aplicados en la cabina de pintura, mediante unproceso de calentamiento de la pintura a través de radiación térmica con el objetivo deevaporar los solventes dela pintura y el barniz y endurecer la capa de pintura para de estaforma lograr las prestaciones:mecánicas y estéticas del segundo color. Finalmente, luego de que la pintura está seca y curada se hace necesario un proceso deenfriamiento para reducir la temperatura del techo de la carrocería de 110°C a 37°C enmenos de 5 minutos. Para adelantar este proceso, la carrocería ingresa a la cabina dedesenmascarado y enfriamiento donde después de reducir la temperatura se retiran. lasprotecciones instaladas en la zona de empapelado.
La línea está compuesta por los siguientes componentes: Un (1) transportador “transfer”.Una (1) mesa de rodillos para transportador.Cuatro (4) mesas stock en acero al carbono.Una (1) cabina de empapelado o mascaramiento en acero al carbono.Dos (2) plataformas hidráulicas de 3 m x 1 m en acero al carbono.Una (1) mesa rodillos mascaramiento en acero al. carbono.Una (1) cabina de pintura.Un (1) sistema de aplicación bitono.Una (1) mesa de rodillos para sistema de aplicación en acero galvanizado.10. Un (1) horno lámparas infrarrojas.11.Una (1) mesa de rodillos horno en acero galvanizado.12.Una (1) cabina de desenmascarado en acero al carbono.13. Una (1) mesa de rodillos desenmascarado en acero al carbono. 54RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600317 de 12 jul. 2024 Hoja No. 4 rr
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación:Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
14. Una (1) unidad de aire compuesta por un módulo de filtrado, un módulo de secado y:un módulo de humidificación.
Con base en lo anterior, se determina que los componentes listados en los numerales 4:1:14 corresponden a una combinación de máquinas y equipos destinados a funciones”conjuntamente y que la función que caracteriza al conjunto es la de aplicar un segundo ton::de pintura en carrocerías de vehículos a través de un proceso electrostático, por lo qu:conforme a lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y la Regla General interpretativa”:se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84.24 de la nomenclatura del Sistemz .Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartidsarancelaria 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 d:: abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria, tiene un valor equivalente a U: |MILLON TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTAY UN PESOS M/CTE. (: ,1.315.291), incluido IVA. De acuerdo con el comprobante de pago aportado para el tramit::queda un saldo a favor de DOS MIL SETECIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($ 2.709), dilcual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en |:subpartida 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas +equipos para dispersar pintura en carrocerías de vehículos a través de un proces:electrostático, de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y e“:aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelaric:contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica,el contenido de la present:Resolución al señor DANIEL CUISSI CANUTO identificado con cédula de extranjería No.7.646.068, representante legal suplente de la sociedad RENAULT SOCIEDAD D::FABRICACION DE AUTOMOTORES $S.A.S. con NIT 860.025.792-3, a las direccioneselectrónicas informadas en escrito radicado No. E2024000100165398000281 del 17 dejunio de 2024: notificaciones.sofasa@renault.com; adriana.salazar@renault.com ygloria.roldan@renault.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreta1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de laResolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal: CARRERA 49 # 39 SUR 100 en el municipiade Envigado - Antioquia-o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en Ic:artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativaprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. :RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600317 de 12 jul. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024-07-12 1 11:36:25 A, M.echa Acuse de Recto [Eae De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIORevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ Coordinación de NotificacionesFOR UNA COLOMBIA MAS NONEETA Nivel Central Bogota oc Se certifica que al Acto Administrative fue publicadoEN DIALÍO OP/CIALAEDICION Ko: ALELE POR ZDZ. Abeto Liepevor] ‘ Td pie ie y