DIAN - Resolución 600346 de 30-07-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600346 de 30-07-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
——— DIAN ——— RESOLUCION NUMERO 2024003980600346 (30 jul. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001418 de 29 de enero de 2024, el Sr. VICTORALFREDO TARRA DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía 73.137.446, RepresentanteLegal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOSADUANEROS DE COLOMBIA S A NIVEL 1, con NIT 890.404.619-2, mandatario de laSociedad C £ F S.A.S con NIT 901.223.719-1, presenté una solicitud de resolución declasificación arancelaria. a petición de cualquier interesado para la mercancía denominadatécnicamente "UNIDAD FUNCIONAL. SISTEMA DE CEBA GRANJA PORCICOLA” ycomercialmente como "SISTEMA DE CEBA GRANJA PORCÍCOLA LAS GLORIAS” El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicituddiligenciado en la plataforma SARP, en dos (2) folios, poder mandato en un (1) folio,comprobante de pago en un (1).folio, ficha técnica “sistema de tolvas” en un (1) folio, fichatécnica “sistema de silos” en un (1) folio, flujograma en un (1) folio, listado de equipos en un(1) folio.
El solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos mí/cte. ($ 1.318.000,00) segúnconsignaciones número 48321335 del 21 de diciembre de 20203 y 96021262 del 12 deenero de 2024 del Banco de Occidente. . Mediante Requerimiento de Informacién:Adicional-RIA S2024000100165398000109 del 06de marzo de 2024, este Despacho solicitó al usuario: describir. un ciclo de operación de todoel conjunto en donde intervengan todas las máquinas de la mercancía; indicar cómo secontrola el producto; señalar la función de los ítems “Unidad de Transferencia a segundoFlex Vey 75”; 1.1.1.11 “Control 3x FlexVey”; 1.1.1.12 “Sensor DOL 44RG” y “Drive 1.10kW400V 3Ph 60Hz:FlexVey 75” del listado de equipos, y precisar cuáles son los accesorios dela unidad motriz mencionados en el ítem “accesorios. para unidad motriz FlexVey 75” dellistado de equipos. -Con solicitud.realizada en el sistema el 18 de abril de 2024 el interesadosolicito prórroga paras. dar. respuesta, la cual fue autorizada con oficio No.$2024000100165398000183 del 18 de abril de 2024. El usuario responde mediante YRESOLUCIÓN NUMERO 2024003980600346 de 30 jul. 2024 Hoja No. 2 a Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación —Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
radicado No. E2024000100165398000194 def 09 de mayo de 2024, con tres (3) folios y no!renunció a los términos restantes para dar respuesta. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. VICTOR ALFREDO:TARRA DIAZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado;notificacionesjudiciales@asercol.comnotificacionesjudiciales@asercol.cam; o por correo:en la dirección Transversal 33 a # 19-21 barrio Martinez Martelo, en CartagenaBolivar ‘FUNDAMENTOS DE DERECHO j Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 648 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8# de 1973. i Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textqúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capitulo y, si no sen contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
Nota 4 de la Sección XVI: "Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementosindividualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamentedefinida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto seclasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.36: i “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura oapicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporadosy las incubadoras y criadoras avícolas.” Regla General Interpretativa 6: . :i La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. 3¢RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600346 de 30 jul. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001418 de 29 de enerode 2024, y E2024000100165398000194 del 09 de mayo de 2024 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas para ceba porcina,mediante el siguiente proceso: El proceso comienza con el transporte del alimento a los comederos de los animalesmediante un espiral, que es accionado un motor. Para la hidratación de los cerdos, secuenta con un sistema de agua que puede estar integrado a los comederos o serindependiente. El sistema de agua está compuesto por varias conexiones y componentes:un filtro, un contador de agua, un reductor de presión y un bypass. El agua entra.al panel de agua a través del.filtro, que incluye un manémetro, desde la fuentede agua local del granjero. Después, pasa por un manómetro electrónico que estáconectado a un controlador para medir el uso del agua. El agua. entra en un mediador paracompletar la profilaxis.del/ agua. Una vez filtrada y regulada, el agua llega al galpón a travésde un regulador que ajusta la presión dentro de las tuberías, conectadasa las tetillas de losbebederos. Los cerdos golpean o muerden estas tetillas para obtener agua de forma librey sin restricciones. :
Para garantizar una ventilación óptima en la granja, se utilizan ventiladores que combinandos sistemas de ventilación diferentes: en condiciones. de baja temperatura exterior, seutiliza la ventilación lateral para mantener temperaturas uniformes en todo el galpón. Encondiciones de alta temperatura exterior, se emplea la ventilación en modo túnel para unamayor eficiencia de enfriamiento con bajo consumo de energía. En caso de temperaturasbajas, los sistemas de calefacción se activan automáticamente para mantener latemperatura ideal dentro del galpón. La:temperatura deseada también varía según la edadde los porcinos. El proceso es llevado a cabo por los siguientes equipos: — Ocho (8) sistemas de alimentación. Dieciséis (16) botas básicas azul:por silo.Ocho (8) partes inferiores:por bota de silo M 75 1 línea 1 dirección.Ocho:(8) Partes inferiores por bota de silo M 75 1 linea continua.Cuatrocientos (400) tubos 75x3080 cpit. “FlexVey 75”.Cuarenta y ocho (48) uniones para tuvo “FlexVey 75”.Cuarenta y ocho (48) clips de fijación “FlexVey 75”. ;Treinta y dos (32) curvas plásticas cplt. 45grad radio 1533 “FlexVey” 75.Dieciséis (16) prolongaciones de tubo para tolva para transferencia 2a espiral“FlexVey” 60/75/90 incl. Tornillos.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600346 de 30 jul. 2024 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado
9. Treinta dos (32) anillos tensores D150 galv. con junta 1mm.10. Dieciséis (16) unidades de Transferencia a segundo “FlexVey” 75 (incl. eje tensor). ;11.Ocho (8) controles 3x “FlexVey” c/timer 1,1kW 127/220V 3F. }12. Veinticuatro (24) sensores DOL 44RG 230 V con rosca PG36 y contra-anillo.13.Novecientos sesenta (960) ganchos en S 1" Nr. 40/4x35. i14. Novecientos sesenta (960) pasadores universales UX 10x60 s/cuello.15.Novecientos sesenta (960) tornillos de ojo 120x22x7,8 galv.16.Mil novecientos veinte (1920) metros de cadena de suspensión Nr, 27.17.Ocho (8) accesorios para unidad motriz FlexVey” 75.18 Dieciséis (16) piezas de ajuste 150 sin rosca para PG36.19. Veinticuatro (24) “drive” 1.10kW 400V 3Ph 60Hz “FlexVey” 75.20.Ciento setenta y seis (176) tubos caída c/ bajante telescópico 70/75x2800 FV75.
~ Ocho (8) bebederos
21. Quinientos veintiocho (528) “adjustable drinker” 1/2"m 2 “nipples w/pipe cpl’.22 Quinientos veintiocho (528) sets conexión agua PE 25x20-1200 para set bebed:SP/BD-Swing. :23. Dos mil ciento doce (2112) pasadores universales UX 10x60 s/cuello.24.Dos mil ciento doce (2112) arandelas A 8,4 DIN 125 inox. ~ Un (1) sistema de silos 25.Nueve (9) silos “BD-MAL-M" 21,8m 42750 H6528 3-anillos 6-puntales. '26. Nueve (9) escaleras por silo “BD-MAL” D2750 3-anillos incl escala de techo :27.Nueve (9) escalas por silo “BD-MAL” cpl inferior para colgar :28.Nueve (9) seguridad cesta silo BD-MAL D2100 4-an/D3660 3-an/D3660 2-an i29.Nueve (9) sets de elevación silo BD-MAL D2750 4
Considerando lo anterior, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 a 29,se trata de una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente paraalimentar, dar de beber y brindar una temperatura óptima a los cerdos durante el procesoceba, que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla Generalinterpretativa 1, queda comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del SistemaArmonizado y con fundamento en la Regla General interpretativa 6, se clasifica en tasubpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, 4 RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en tasubpartida 8436.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas; yaparatos para la porcicultura, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicaciónde las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidasen el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ identificado con cédula deciudadanía No. 73.137.446,en calidad de Representante Legal suplente de la+6 RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600346 de 30 jul. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado sociedad AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS DECOLOMBIA S A NIVEL 1con NIT 890.404.619-2, a las direcciones electrónicasmanifestadas por el interesado notificacionesjudiciales@asercol.com -notificacionesjudiciales@asercol.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 yel artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Transversal 33 a #19-21 barrio Martínez Martelo en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria medianteaviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidadcon lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conlo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO, Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Coordinación de NotificacionsPOR UNA COLOMBIAMAS NONES?A Hival Central Bogotá D.C =! 30 AGO 2022024. / 05:37:06 P. M. vi que elActo Administrativo fue puPacha Acuse de Recibo ¿$a4Ieee AS ENT Firmado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita, HECTOR ARTURO GARAY LEALJete (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIORESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600346 de 30 jul. 2024 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado