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DIAN - Resolución 600403 de 27-08-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600403 de 27-08-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

IAN RESOLUCION NUMERO 2024003980600403 (27 ago. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral:3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001572 de 12 de abril de 2024, la Sra. SANDRACAROLINA ¡VARGAS (AREVALO, identificada con: cédula. de ciudadanía 52.705.817,representante . legal suplente de. la sociedad AGENCIA. DE: ADUANAS . MIRCANALOGISTICS S.A. NIVEL 1, con NIT 830.009.686-4, presentó una solicitud de resoluciónde clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado: para la mercancíadenominada técnicamente “SISTEMA DE: CAMARA ENDOSCOPICA CON SUSACCESORIOS - VIDEOCAMARA .TIPO CAPSULA” y comercialmente “CAPSOCAMPLUSCAPSULA ENDOSCÓPICA”. La. interesada adjuntó a. la solicitud los. siguientes -documentos: . formato | solicitudclasificación arancelaria en dos (2) folios; copia ficha técnica del producto en un (1) folio;catálogo del producto en siete (7) folios y copia del comprobante de pago en un (1) folio.

La solicitante pagó seiscientos cincuenta y nueve mil pesos m/cte ($ 659.000,00) segúnTransferencia número 33396193 de 06 de abril de 2024 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA-No.-S2024000100165398000252del 15.de mayo de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: señalar. cómo funciona elproducto y cómo se extraen los datos de la cápsula para realizar el diagnóstico; indicar elmodo de uso del producto en el paciente y a los cuantos días sale el mismo del cuerpohumano; aclarar cómo se utiliza la capsula en el equipo Analizador de cápsula y cómo elsistema de acoplamiento posibilita al personal médico capacitado descargar las imágenesde exploración endoscópica tomadas con. la. CapsoCam recuperada después. delprocedimiento; remitir las dimensiones del producto, e indicar si la bandeja de recogida, lavarita magnética, el vial de recuperación y la.taza de enjuague hacen parte del producto aclasificar, y remitir. imágenes a color del producto, de su presentación comercial; indicandosu contenido (embalaje, cantidad, etc.) y de sus etiquetas y si se presenta para la venta alpor menor. La usuaria |. responde . mediante escrito radicado No.E2024000100165398000330 del 15 de julio de 2024, con cinco (5) folios, renunciando altiempo restante para responder la solicitud.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600403 de 27 ago. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. SANDRACAROLINA VARGAS AREVALO, a las direcciones electrónicas manifestadas por lainteresada directoracomex@mircana.com - vargas_carolina(W hotmail.com; o por correo enla dirección Calle 52 B # 72 b - 52, en Bogota, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cua! se aprobó el Textoúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida. Regla General Interpretativa 1 “Los fítulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.”

Partida 85.25 “Aparatos emisores de radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o degrabación o reproducción de sonido incorporado; cámaras de televisión, cámaras digitalesy videocámaras” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHORESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600403 de 27 ago. 2024 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001572 de 12 de abril de2024 y E2024000100165398000330 del. 15 de julio de 2024 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un producto en forma de capsula elaboráda enpolicarbonato de grado médico, en su interior tiene cámaras que sirven para tomarfotografías del tracto gastrointestinal de una persona, es de uso médico y presenta lassiguientes especificaciones:

Longitud (mm): 31Diámetro (mm): 11Peso (g): 4Batería (h): +15Campo de visión: 360°Profundidad (mm): 0 -18Cámaras: 4LEDs: 16Frame (max. FPS): 20Resolución (píxeles): 221.184Memoria de almacenamiento: 1 GB El producto en forma de cápsula, estéril y único uso, se utiliza en pacientes para realizarexploraciones endoscópicas del intestino delgado; el producto captura imágenes digitalesde alta resolución mientras se desplaza por el tracto gastrointestinal, impulsado por losmovimientos peristálticos del paciente. La mercancia está equipada con cuatro cámaras digitales que generan una vistapanorámica de 360 grados; captura imágenes a una velocidad de 20 fotogramas porsegundo durante las primeras dos horas y luego reduce ta velocidad’a 12 fotogramas porsegundo. El modo de uso del producto en el paciente inicia cuando este ingiere la cápsula tragándolacon la preparación previa indicada por el médico, luego el paciente excreta la cápsulamediante heces, que normalmente es entre 3 a 30 horas luego de ingerida la cápsula. Una vez el paciente excreta la capsula, este debe recuperarla directamente con el Kit derecuperación, el cual debe realizar la deposición en la bandeja de recogida, luego con lavarita -magnética imantar la capsula, limpiarla y después guardarla en el vial derecuperación. La capsula recuperada es embalada y enviada al personal médico para que este medianteun sistema de acceso a datos (CapsoAccess) permita la descarga y lectura de las imágenesdigitales después del procedimiento; la lectura se realiza por el médico tratante mediante elsoftware (CapsoView) que facilita la transferencia y “análisis: de datos. (El sistemaCapsoAccess y el software CapsoView, no son objeto de clasificación).

El producto se presenta comercialmente para la venta al por menor en una caja de cartón,en su interior tiene una (1) cápsula endoscópica (empacada en caja de acrílico azul), una(1) bandeja de recogida, una (1) varita magnética (con imán en la punta), un (1) vial derecuperación y una (1) taza de enjuague. Del análisis de la información anterior, se establece que la mercancía corresponde a unacapsula que en su interior cuenta con cámaras digitales 'para-tomar fotografías paraexámenes médicos.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600403 de 27 ago. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación :Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por lo anterior, se concluye que la mercancía descrita corresponde arancelariamente a:cámaras digitales para tomar fotografías para realizar exámenes médicos, que en:aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, se encuentra comprendido en la 'partida 85.25 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla:General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8525.89.00.00 del Arancel de:Aduanas. : Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 de;abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a.SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS;($ 657.645), incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante de pago aportado para el:trámite, queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS($1.355), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. |a

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación |Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la:subpartida 8525.89.00.00 de! Arancel de Aduanas, como las demás cámaras digitales, en:aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario,contenido en el Decreto 1881 de diciembre de 2021. : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica,el contenido de la presente:Resolución a la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO identificada con cédula;de ciudadanía No. 52.705.817, en calidad de representante legal suplente de la sociedad!AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS S. A. NIVEL 1 con NIT 830.009.686-4, a;las direcciones electrónicas informadas en la solicitud directoracomex@mircana.com -vargas_carolina@hotmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del:Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo;319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de:2021. : De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se:notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, Calle 52 B #72 b - 52:en Bogotá, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de:impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y:764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo:procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá,interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con.lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de.la Ley 1437 de 2011. ARTICULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución.en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo:319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600403 de 27 ago. 2024 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024-08-27 / 01:33:04 P.MFecha true de le De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene piená validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera

Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁNRevisó: LEONARDO RICO

© NI Ceerdinacion de NotificacionesPOR UMA CO! Garros br eres, Nivel Central Bogetá De e 224 Se certifica que el Acto Administrative fueLA ee eyEN Enceper See pas ILS > UU fotcls QUe y727 rif

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