DIAN - Resolución 600644 de 12-12-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600644 de 12-12-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600644 (12 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2° de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS. Mediante radicado No. 235410000001837 de 05 de septiembre de 2024, la señoraCLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE, identificada con cédula de ciudadanía, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEVS.A.S. NIVEL 1, con NIT GO presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como“TERCER RIEL MODULO ESTANDAR” y comercialmente como “TERCER RIEL PARAPROYECTO METRO LINEA 1”La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE-SARP en cuatro. (4) folios, comprobante de pago en un (1) folio y documento técnico en dieciséis (16) folios.La solicitante pagó seiscientos sesenta mil pesos micte ($ 660.000,00) segúnTransferencias número 43013845 de 03 de agosto de 2023 y 50524070 del 29 de agostode 2024 del Banco de Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. S2024000100165398000545del 20 de septiembre de 2024 este Despacho solicitó al usuario: Explicar de manera claray precisa con ayudas audiovisuales preferiblemente, la función principal del riel, sufuncionamiento, cómo se conecta a la electricidad, cómo la conduce y suministra; deacuerdo con la información contenida en el numeral 3.1 del documento adjunto a la solicitudel Riel Conductor está fabricado de aleación de aluminio de alta conductividad con unasuperficie de acero inoxidable contra el desgaste, por lo que se solicita
informar: Elporcentaje (%) de participación de la aleación de aluminio y del acero inoxidable dentro delriel. El proceso de obtención y fabricación del riel, precisando cómo se incorpora la tira deacero inoxidable al riel; confirmar la composición química del riel incluyendo el porcentajede aluminio; confirmar la composición química de la banda de acero; aportar ficha técnicadel riel, expedida directamente por el fabricante, en la cual conste, entre otros, lacomposición química, participación porcentual de cada uno de los elementos que contiene,materia constitutiva, características, propiedades mecánicas, en idioma español; anexarRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600644 de 12 dic. 2024 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide:una resolución de Clasificación:Arancelaria Ordinaria : catálogo específico del riel expedido por el fabricante, :fotografías, esquemas, dibujcstécnicos, preferiblemente a color, en las que se pueda visualizar claramente la pieza objet.)de clasificación, en idioma español; Informar si la sección transversal del módulo estandéres constante en toda su longitud. :El usuario responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000552 del 30 dssoctubre de 2024, con 22 folios, renunciando al término restante para responder alRequerimiento de Información Adicional.Este despacho programó una reunión técnica virtual el día 21 de noviembre de 2024, cc.el fin de precisar otros aspectos técnicos de la mercancía, de conformidad con lo previst.)en el parágrafo 3° del artículo 314 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el articul:»15 de la Resolución 185 de 2024, en dicha reunión se solicitó al usuario: “Detallar la listade componentes que vienen enel módulo objeto de clasificación arancelaria, indicando le:cantidades de cada uno, por cada tramo de 15 metros”.El usuario responde mediante radicado No. E2024000100165398000598 del 29 «:2noviembre de 2024, precisando cuales son los componentes de un módulo estándar, per:3sin indicar cantidades exactas.;Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora CLAUDIAPATRICIA HENAO BERNATE, a las direcciones electrónicas manifestadas por «linteresado: o por correo en :dirección
FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y s:1anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante ey 87 de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Text:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros 'del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas :!otras disposiciones. :Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida:Regla General Interpretativa 1:“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidesy de las Notas de Sección o de Capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Partida 85.44:RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600644 de 12 dic. 2024 Hoja No. 3
= Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria - Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad,- aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras- ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductoreseléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.Regla General Interpretativa 6:, “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse:. subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”2 Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,_ mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resoluciónde clasificación arancelaria ordinaria.- Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinaria.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministradacon los radicados No. 235410000001837 de 05 deseptiembre de 2024, E2024000100165398000552 del 30 de octubre de 2024 y| £2024000100165398000598 del 29 de noviembre de 2024, la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un tercer riel módulo estándar que suministraenergía a un tren de pasajeros, mediante el siguiente proceso:“El riel conductor es un montaje rígido, fijado en soportes fuera de los límites del vehículo,junto a las vías del tren que proporciona energía eléctrica al bus eléctrico del tren a travésde zapatas colectoras, está conectado a un cable externo mediante una placa de terminales-. de cable unida al cuerpo del riel, que transmite energía eléctrica al riel conductor, se instalade manera modular para obtener la electricidad necesaria para su funcionamiento.- El módulo está compuesto por un perfil de diseño especial de acero inoxidable/aluminiolaminado, apoyado sobre aisladores que descansan en las traviesas de la vía y aseguradosen sus extremos. Se encuentra ligeramente elevado del plano de rodadura sobre soportesaislados; para proteger contra contactos directos, se utiliza una cubierta protectora deplástico PVC-U que recubre el módulo de riel conductor, dejando una abertura para el pasode la zapata. Este módulo se repite a lo largo del viaducto tanta distancia de recorrido tengael tren.”: Se trata de un sistema de conducción eléctrica tipo modular compuesto por las siguientes partes y piezas:- Riel conductor fabricado
de aleación de aluminio de alta conductividad con unasuperficie de acero con tramos de 15 metros.- Anclaje de punto medio que conecta los módulos del mismo material del riel queutilizando sujetadores estándar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600644 de 12 dic. 2024 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide:una resolución de Clasifiicación:- Arancelaria Ordinaria :
- Placa de terminales de cable que conecta el cable de alimentación para suministre::energía al módulo, están compuestas por anclajes soldados con placa de conexiéy tornillos de conexión.- Dispositivo antideslizamiento que se utiliza para asegurar los extremos del soportaaislado.- Junta de expansión.- Soporte, dispositivo de protección.- Cubierta protectora que se utiliza para la protección del aislamiento de todo élmódulo, fabricada en plástico PVC-U.- Bloque de apoyo que se utiliza para soportar la cubierta protectora del módulo.- Rampa para garantizar la misma altura en su interfaz que se puede instalar al fin:|de cualquier sección. :“La energía entra al módulo de tercer riel mediante las placas de terminales de cable. Estácorriente de tracción de corriente continua fluye desde la barra colectora positiva de iasubestación de tracción hasta las placas de terminales de contacto del módulo, las cuale3desempeñan un papel fundamental al facilitar una conexión eléctrica segura y eficientesdentro del módulo, son responsables de asegurar que la energía eléctrica transmitida (7501DC), desde la subestación hasta el tercer riel sea estable y confiable. Además, permitesgestionar correctamente las transiciones entre diferentes materiales conductores, como elaluminio, asegurando así la integridad eléctrica y la eficiencia operativa del sistemaferroviario electrificado.”Visto lo anterior, se tiene que los componentes de un módulo estándar son: riel conductor,anclaje de punto medio, placa de terminales de cable, rampa, dispositivo antideslizamienta,junta de expansión, soporte dispositivo de protección,
cubierta protectora y bloque deapoyo. :De acuerdo con la anterior información, se establece que la mercancía descrita correspondearancelariamente a un conductor eléctrico que, aunque no está completamenteencapsulado, tiene elementos aislantes y cumple con las funciones de conducción deselectricidad, se instala de manera modular y esta provisto de piezas de conexión, que enaplicación de la Regla General Interpretativa 1, está comprendido en la partida 85.44 de laNomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 5se clasifica en la subpartida 8544.42.90.00 del Arancel de Aduanas.Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 d:»abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a seisciento:cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco pesos moneda legal ($657.645), incluidoIVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite, queda upsaldo a favor de dos mil trescientos cincuenta y cinco pesos M/CTE ($2.355), del cual podrasolicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem. :En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de ClasifiicaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 8544.42.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conductor aislado paraelectricidad, para una tensión inferior a 1000 V, provisto de piezas de conexión, ennd
RESOLUCION NUMERO 2024003980600644 de 12 dic. 2024 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria
: aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario,- contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente_ Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE identificada con cédula deciudadanía No. NW) en calidad de Representante Legal Suplente de lasociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1 con NI3, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud:A de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto: e modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de laresolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.- De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se: notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, @D>-e QUO o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de__ la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los“ artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. / ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá- interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con-lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011.-
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019,=. modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. _° ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por“ medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASENP Coordinación de Notfcaciono!POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Miel Central Bogotá D.C
18 ENE 20252024 AM E rúlfica gue el Agio rá fue publicada= BIO OFICIOL, ICADIS Ale2.995. PAG: ot ” Zz Áy De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEALRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600644 de 12 dic. 2024 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide:una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria sl Jefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera