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DIAN - Resolución 600659 de 19-12-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600659 de 19-12-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600659 |(19 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria: EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000001967 del 01 de noviembre de 2024, el Sr. ANDRÉSFELIPE CARO SERNA, identificado con cédula de ciudadanía No QED agentede aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ADUANIMEX S.A. NIVEL 1, con NITmandataria de la sociedad INTERNACIONAL DE DISTRIBUCIONES DEVESTUARIO DE MODA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA, con NIT: resentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinariapara la mercancía denominada técnica y comercialmente como “CONTROL CORRECTORDE POSTURA”. .. El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARPen dos (2) páginas, solicitud resolución clasificación en tres (3) páginas, certificado deexistencia y representación legal de Aduanimex S.A. en dieciocho (18) páginas, descripciónmercancía en dos (2) páginas, ficha técnica en doce (12) páginas, mandato aduanero endiez (10) páginas y comprante de pago en una (1) página.El solicitante pagó seiscientos cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco pesosmicte ($ 657.645,00) según transferencia electrónica número 1112024 del 01 de noviembre| de 2024 del Banco de Bogotá.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. CRISTIAN MEJÍAGÓMEZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado:o por correo en la dirección

FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobadopor Colombia mediante Ley 646 de 2001. ]Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. a 6?RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600659 de 19 dic. 2024 Hoja No. 2 nie Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificació::Arancelaria Ordinaria

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texioúnico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel deAduanas Yotras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida: -Regla General Interpretativa 1:.“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valarindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Nota 7 f) de la Sección XI:“7. En esta Sección, se entiende por confeccionados:f) los artículos unidos por costura, pegado u otra forma (excepto las piezas de un mismotextil unidas por sus extremos para formar una pieza de mayor longitud, así como las piezasconstituidas por dos o más textiles superpuestos en toda su superficie y unidas de estaforma, incluso con interposición de materia de relleno);”Texto de la partida 62.12:“Sostenes (corpiños), fajas, corsés, tirantes (tiradores), ligas y artículos similares, y SUS.partes, incluso de punto”.Regla General Interpretativa 6:“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinacia-legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así com:mutatis mutandis, por

las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas c2Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 30%,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución.de clasificación arancelaria ordinarias.| .Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales mediante las cuales se reglamentan, entre otros, las solicitudes de resolución.de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000001967 del 01 denoviembre de 2024, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como unaprenda de vestir para mujer, diseñada para proporcionar soporte y mejorar la postura, cónlas siguientes características:RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600659 de 19 dic. 2024 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: Arancelaria Ordinaria Prenda confeccionada en tejido de punto, compuesta principalmente por un 84% de" poliéster y un 16% de elastano, e incluye “Powernet”. La prenda está disponible en tallas S,M, L y XL. Este producto de uso interior presenta un diseño de escote abierto en la partefrontal, pasando por debajo de los senos, y cuenta con tirantas cruzadas por la espalda y:. sujetas a los hombros. Además, tiene un sesgo elástico que bordea la prenda y un cierrede abrochadura a la altura de la espalda baja, integrado a la prenda mediante elástico.Según lo anterior, la prenda es de uso interior y está diseñada para ayudar a mantener unaposición adecuada de la espalda, los hombros y el cuello. Su objetivo principal es corregirmalas posturas para prevenir o aliviar dolores y tensiones musculares asociados con unamala alineación de la columna vertebral.- Al respecto en la nomenclatura del Sistema Armonizado las prendas destinadas a brindarsoporte o corrección que no sean medicoquirúrgicas, se encuentran comprendidas en lapartida 62.12.En conclusión, este Despacho determina que según la Regla General Interpretativa 1 lamercancía en mención arancelariamente se encuentra comprendida en la partida 62.12 dela Nomenclatura del Sistema Armonizado, y con fundamento en la Regla General_ Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 6212.90.00.00 del Arancel de Aduanas.“En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación= Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 6212.90.00.00 del Arancel de Aduanas, como un corrector de postura en tejidode punto similar a un sostén, para mujer, en aplicación de la Nota 7 f) de la Sección XI,conforme a las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario,contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.- ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente~. Resolución al señor CRISTIAN MEJÍA GÓMEZ identificado con cédula de ciudadanía No.en calidad de representante legal de la sociedad INTERNACIONAL DEDISTRIBUCIONES DE VESTUARIO DE MODA ‘SOCIEDAD POR ACCIONESSIMPLIFICADA, con NIT WD e las direcciones electrónicas informadas en la“ solicitud: A de conformidad con lo-. establecido en el artículo 759 del Decreto e modificado por el artículo 137 delDecreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por elartículo 114 de la Resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en laA subsidiaria medianteaviso en el sitio webde la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidadcon lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede el recurso de apelación ante la Subdirección

Técnica Aduanera, el cual deberáinterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con"to establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 delDecreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

“4RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600659 de 19 dic. 2024 Hoja No. 4Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolucié 1en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 20°3modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley’ 14% 7de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pcr.medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdireccié:1Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnic:aAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE FRIAN 2024-12-19 / 06:47:13A. M.

De conformidad con la resolucién No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electronica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera Proyecto: RICARDO HERRERA DAZARevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ Coordinación de NobficacionePOR UNA COLOMBIA MAS HONESTA Mivel Central Bogota oc 1 7 ENE 2025certifica el Acto inistrativo fue icadoEAS Darts yar ES o.

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