DIAN - Resolución 69 de 09-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 69 de 09-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 ( 0 9 / A G O / 2 0 2 1 ) Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN En uso de las facultades legales y en especial las establecidas en los artículos 4, 6, los numerales 1, 20 y 26 del artículo 8, así como los artículos 81 y 82 del Decreto 1742 del 22 de diciembre del 2020 y, CONSIDERANDO Que corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN), administrar el recurso humano y definir la organización interna de la Entidad. Que se hace necesario procurar la eficiencia y especialización de las funciones asignadas y el cumplimiento de las competencias a cargo de las dependencias del Nivel Local. Que la especialidad y el volumen de trabajo que tienen algunas de las dependencias hacen necesaria la organización interna por Grupos Internos de Trabajo de forma tal que pueda garantizarse su control y oportunidad en la entrega de resultados. Que el número de empleados públicos en algunas dependencias hace que se dificulten los tramos de control por parte de la jefatura, generando la necesidad de disminuir su extensión. Que a la Dirección General le corresponde garantizar la realización de proyectos especiales y algunos procesos prioritarios dentro de la Entidad, a través de unidades
organizativas que deberán funcionar no solo en el Nivel Central sino también en el Nivel Local para lograr su ejecución. Que se hace necesario distribuir funciones entre las Divisiones y los Grupos Internos de Trabajo que conforman las Direcciones Seccionales. Que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico son las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y afianzar la seguridad jurídica. Que la Entidad requiere responder rápidamente a los cambios de su contexto interno y externo, que impactan su diseño organizacional y el ejercicio de las responsabilidades asignadas a ella. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado entre el 4 y el 8 de mayo de 2021 en el sitio Web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN con el objeto de 000069 09/AGO/2021
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________ recibir comentarios sobre el contenido de este, los cuales fueron analizados para determinar su pertinencia, previa la expedición de esta resolución. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Para la creación de los Grupos Internos de Trabajo, se podrán conformar grupos de trabajo mínimo de diez (10) funcionarios, incluido el respectivo jefe. En el momento en que el grupo no cumpla con el número de funcionarios requerido, tanto para
la dependencia como para el grupo interno, este último será suprimido mediante acto administrativo, en el cual se dispondrán las condiciones de entrega de los activos de información; salvo cuando la disminución obedezca a comisiones de servicios en otras áreas y el término de esta no exceda de noventa (90) días calendario. PARÁGRAFO. El respectivo Director Seccional deberá informar a la Subdirección de Gestión del Empleo Público cuando se configure la condición de que trata el presente artículo. CAPÍTULO I NIVEL LOCAL ARTÍCULO 2°. DISTRIBUCIÓN DE DIVISIONES Y SUS FUNCIONES Y CREACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. Distribuir las Divisiones y sus funciones, y crear los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones en las Direcciones Seccionales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
1. GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO QUE DEPENDEN DE LOS DESPACHOS DE LAS DIRECCIONES SECCIONALES 1.1. Crear el Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano en el Despacho de las Direcciones Seccionales de Impuestos de Cartagena y Cúcuta, en la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá – Aeropuerto El Dorado, y en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:
1. Proponer y ejecutar los programas de bienestar, clima y ambiente laboral, prevención de riesgos y salud laboral de la Dirección Seccional, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano
y los resultados del análisis de variables propias de la Dirección Seccional.
2. Ejecutar programas de incentivos para los servidores públicos, de acuerdo con los lineamientos adoptados por la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano.
3. Proponer programas de capacitación de acuerdo con las necesidades propias de la Dirección Seccional y ejecutar programas de capacitación, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Subdirección Escuela de Impuestos y Aduanas.
4. Proponer a la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano planes de acción que contribuyan al cierre de brechas de las competencias conductuales y técnicas requeridas y ejecutar los mismos.
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RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3
Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________
5. Elaborar y ejecutar planes de acción que fortalezcan las competencias de los líderes de la Dirección Seccional.
6. Proyectar los actos administrativos de las situaciones administrativas en que se pueden encontrar los servidores públicos de la Dirección Seccional que sean de competencia del Director Seccional. Lo anterior comprende efectuar seguimiento y control a estos actos administrativos.
7. Realizar el análisis de las diferentes situaciones administrativas del Talento Humano de la Dirección Seccional y proponer acciones administrativas, programas de promoción, prevención, así como coordinar su ejecución con las ARL y EPS e instancias administrativas.
8. Realizar el informe mensual de ausentismo y su análisis frente a otras situaciones administrativas y proponer las acciones de mejora a los servidores públicos y líderes de equipo.
9. Gestionar el proceso de posesión de los servidores públicos de la Dirección Seccional. Lo anterior, comprende la afiliación al Fondo Nacional del Ahorro, a la Caja de Compensación y al Sistema en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales.
10. Ejecutar las actividades necesarias para la toma de posesión de servidores públicos en la Dirección Seccional y coordinar los procesos de afiliación ante la EPS, fondo de pensiones, ARL, carnetización y demás requisitos, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Subdirección de Gestión del Empleo Público.
11. Mantener un registro actualizado y sistemático del personal de la Dirección Seccional en el sistema disponible para tal fin.
12. Aplicar los lineamientos impartidos por la Subdirección de Gestión del Empleo Público sobre movilidad horizontal, reubicaciones y comisiones, entre otros.
13. Realizar el análisis interno de ausentismo no justificado que conlleve a tramitar abandono de cargo y cargar la información a la herramienta tecnológica de gestión humana, dispuesta para el fin.
14. Suministrar la información de personal de la Dirección Seccional, que sea requerida por entidades competentes, de acuerdo con la normatividad vigente en materia de reserva legal y las políticas de seguridad de la información de la
Entidad.
15. Remitir los documentos de los servidores públicos a la dependencia respectiva para actualizar la historia laboral, de acuerdo con las políticas que se establezcan.
16. Orientar a los servidores públicos de la Dirección Seccional sobre requisitos de
afiliación, servicios y demás aspectos relacionados con los Sistemas de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales, Fondo Nacional del Ahorro y Caja de Compensación Familiar, de acuerdo con los lineamientos impartidos por Subdirección de Gestión del Empleo Público.
17. Gestionar ante las EPS y ARL las incapacidades de origen común o laboral.
18. Ejecutar los programas relacionados con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________
19. Revisar la liquidación mensual y periódica de los salarios y prestaciones sociales, de los servidores públicos de la Dirección Seccional.
20. Brindar asistencia técnica relacionada con la gestión del desempeño y la ejecución de sus etapas a los servidores públicos de la Dirección Seccional de acuerdo con los lineamientos impartidos por la Subdirección de Desarrollo del Talento Humano y efectuar el control y seguimiento al cumplimiento de las diferentes fases.
21. Realizar seguimiento al plan de inducción y reinducción para los servidores públicos de la Dirección Seccional.
22. Ejecutar las acciones pertinentes para la elección, conformación y buen funcionamiento del Copasst, Comité de Convivencia y Brigada de Emergencias.
23. Elaborar y ejecutar el plan de acción en conjunto con la Brigada de Emergencias.
24. Realizar las acciones necesarias para registrar y actualizar en el sistema de información para el Registro Único de Personal – RUP –, la información de los servidores públicos vinculados a la planta de personal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en lo relacionado con los asuntos de las funciones asignadas.
25. Proponer los ajustes al sistema de información del Registro Único de Personal – RUP – que se requieran para el registro y actualización permanente de la información de los servidores públicos vinculados a la planta de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en lo relacionado con los asuntos de las funciones asignadas.
PARÁGRAFO. En las Direcciones Seccionales en donde no haya División ni Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano, estas funciones las asume el despacho de la Dirección Seccional. 1.2. Crear el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Jurídica en el Despacho de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Armenia, Ipiales, Pasto, Tunja y Villavicencio, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:
1. Divulgar las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la jurisprudencia y doctrina en estas materias, a las dependencias de la Dirección Seccional y a la ciudadanía en general, a través de los medios que para el efecto disponga la Entidad.
2. Orientar jurídicamente a las diferentes áreas de la Dirección Seccional en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de conformidad con la doctrina oficial vigente.
3. Representar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, según
las delegaciones que le sean conferidas, ante las autoridades jurisdiccionales y administrativas competentes y llevar el registro correspondiente en los sistemas establecidos para el efecto.
4. Resolver los recursos de reconsideración y revocatorias directas interpuestos contra los actos de determinación de impuestos incluidas las sanciones impuestas, los que imponen sanciones, los que deciden sobre las solicitudes de devolución y/o compensación y los actos en materia cambiaria, de conformidad con las normas de competencia funcional establecidas en el artículo 69 del
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________ Decreto 1742 de 2020 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.
5. Resolver los demás recursos interpuestos contra los actos expedidos por las diferentes dependencias de la Dirección Seccional, sus Direcciones de Impuestos y Aduanas Delegadas y por las Direcciones Seccionales de Impuestos en el territorio de la Dirección Seccional de Aduanas o de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas cuya competencia no se encuentre asignada a otra División incluyendo la práctica de pruebas cuando a ello hubiere lugar.
6. Proyectar los actos administrativos que resuelvan los recursos y las solicitudes de revocatoria que sean de competencia del Director Seccional respectivo.
7. Formular las denuncias a que hubiere lugar por la comisión de conductas punibles en materia tributaria, aduanera y cambiaría, por la comisión de hechos punibles en el territorio de competencia de la Dirección Seccional, realizando el seguimiento y control a las mismas.
8. Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas destinadas a las querellas y a los procesos penales.
9. Adelantar la representación y gestiones ante la Fiscalía General de la Nación y autoridades judiciales para garantizar los derechos e intereses de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en las investigaciones y procesos penales en que la Entidad intervenga según las delegaciones que le sean conferidas.
10. Formular en nombre de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN las querellas a que hubiere lugar.
11. Actualizar las bases estadísticas y sistemas de información establecidos por la Entidad, acerca de las denuncias instauradas y tramitadas y las sentencias proferidas en los procesos penales a su cargo en materia de delitos fiscales y/o aduaneros, con el objeto de observar, vigilar y estudiar la conducta de los infractores.
12. Coordinar la capacitación de los servidores públicos de la respectiva Dirección Seccional en materia de delitos fiscales y/o aduaneros, según las directrices impartidas por la Subdirección de Asuntos Penales y la Subdirección Escuela de
Impuestos y Aduanas.
13. Incluir los registros y actualizar las bases de datos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN en cuanto a insumos de denuncias, denuncias instauradas y tramitadas, estados de los procesos penales, las sentencias e
incidentes de reparación integral proferidas en los procesos en que la Entidad intervenga, con los objetivos, entre otros, de observar, vigilar y estudiar la conducta de los infractores, aumentar la eficiencia en el análisis y gestión de la información, y promover estrategias que ayuden en la disminución de la comisión de las respectivas conductas punibles.
14. Constituirse en parte civil y/o formular incidentes de reparación integral en los procesos que así lo requieran. En este sentido, están facultados para determinar el valor de los perjuicios objeto de los incidentes de reparación integral. Para el ejercicio de esta función deberán seguirse los lineamientos establecidos por la
Subdirección de Asuntos Penales. 000069 09/AGO/2021
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________
15. Suministrar a la Subdirección de Asuntos Penales, dentro de los términos establecidos, la información correspondiente para realizar los diferentes reportes e informes con destino a los entes de control.
16. Presentar al Subdirector de Asuntos Penales, propuestas de mejora para la representación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN en materia penal, lo cual deberá hacerse de forma fundamentada en la práctica judicial y datos estadísticos.
17. Resolver las solicitudes de reducción de sanción presentadas contra las resoluciones proferidas por la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria.
18. Remitir a la División de Cobranzas, o a la División de Recaudo y Cobranzas según
el caso, de las Direcciones Seccionales, los actos que presten mérito ejecutivo para su cobro, una vez se encuentren en firme.
19. Resolver las peticiones sobre silencio administrativo positivo para resolver el recurso de reconsideración.
20. Proyectar para la firma del Director Seccional los fallos de los recursos de apelación interpuestos contra los actos administrativos que otorgan, niegan o cancelan la autorización para ejercer la actividad como profesional de compra y venta de divisas en efectivo y cheques de viajero, dentro de su jurisdicción. 1.3. Crear el Grupo Interno de Trabajo de Formalización Tributaria en el Despacho de las Direcciones Seccionales de Impuestos de Barranquilla, Bogotá, Cali Cartagena, Cúcuta y Medellín y en los despachos de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga y Pereira, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:
1. Informar a la Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria, escenarios que impacten el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE a partir de los cambios normativos o jurisprudenciales, doctrinales o de los procedimientos.
2. Coordinar, apoyar y ejecutar la realización de estrategias de formalización tributaria con los municipios o distritos, previamente articuladas con la Subdirección para el
Impulso de la Formalización Tributaria.
3. Desarrollar jornadas de capacitación y sensibilización, en las Direcciones Seccionales a los servidores públicos y contribuyentes sobre el Régimen Simple de
Tributación – SIMPLE, así como en materia de herramientas y políticas de formalización tributaria, previa coordinación con la Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria y con el apoyo de la Escuela de Impuestos y Aduanas, en los casos que se requiera.
4. Ejecutar las campañas de inscripción de contribuyentes al Régimen Simple de
Tributación – SIMPLE.
5. Ejecutar las campañas para el cumplimiento de las obligaciones dentro del
Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.
6. Acompañar a los municipios y distritos en el manejo de las herramientas informáticas, así como hacer seguimiento al reporte de las tarifas y a la cuenta para la transferencia de los recursos del Impuesto de Industria y Comercio consolidado.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________
7. Promocionar en los eventos o jornadas realizadas por las agremiaciones, centros de estudio u observatorios fiscales, los beneficios del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE o simulaciones comparativas.
8. Resolver los derechos de petición, solicitudes de información, quejas, reclamos, sugerencias y demás requerimientos que se presenten relacionados con el
Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.
9. Coordinar y apoyar a los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y de los municipios y distritos en la realización de las
fiscalizaciones conjuntas del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.
10. Coordinar y apoyar a los servidores públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN en las campañas de inscripción oficiosa en el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE, actualización en el Registro Único Tributario – RUT en el régimen ordinario y exclusión de los contribuyentes en el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.
11. Reportar a la Subdirección para el Impulso de la Formalización Tributaria, tipologías de operaciones sospechosas o que configuren abuso en materia tributaria en el
Régimen Simple de Tributación – SIMPLE.
12. Ejecutar las estrategias y programas de socialización y difusión de los requisitos para promover el sistema de facturación, los documentos y servicios involucrados, de acuerdo con las directrices impartidas por el Nivel Central.
13. Realizar las actividades de masificación entre los responsables sobre el uso de las plataformas tecnológicas necesarias para el sistema de facturación, los documentos y servicios involucrados, con el fin de lograr las metas establecidas por la Entidad.
14. Realizar las actividades requeridas para atender incidentes y situaciones relacionadas con los servicios de numeración de las facturas electrónicas y de las facturas en general.
15. Tramitar solicitudes y brindar soporte a los usuarios del sistema de facturación, los documentos y servicios involucrados, de acuerdo con los parámetros establecidos por el Nivel Central.
16. Ejecutar las actividades de apoyo funcional a los usuarios del sistema de facturación, los documentos y servicios involucrados, de acuerdo con los
parámetros establecidos por el Nivel Central. PARÁGRAFO. En las Direcciones Seccionales de Impuestos y de Impuestos y Aduanas donde no se cuente con el Grupo Interno de Trabajo de Formalización Tributaria, estas funciones deben ser desarrolladas por el despacho del Director Seccional. 1.4. Crear el Grupo Interno de Trabajo Normalización de Saldos en el despacho de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:
1. Normalizar las obligaciones tributarias, registradas en los sistemas de información, en la Cuenta Corriente Contribuyente y en la Contabilidad; que se
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________ reciban de la Subdirección de Recaudo a través de la Coordinación competente en el Nivel Central.
2. Normalizar las obligaciones tributarias con vigencias fiscales año 2006 y posteriores, registradas en los sistemas de información de la Obligación Financiera y de Contabilidad.
3. Solicitar a la División de Cobranzas, Divisiones de Recaudo y Cobranzas, o la dependencia que haga sus veces, la entrega de los expedientes de cobro o de la certificación del estado procesal de las obligaciones, para los casos en que existiendo deuda en uno de los aplicativos de cobro no se ha creado expediente.
4. Gestionar conforme a los procedimientos internos vigentes, la corrección y/o actualización de la información contenida en la Cuenta Corriente Contribuyente, en la Obligación Financiera y demás aplicativos, así como verificar que se produzca su actualización.
5. Determinar con el Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad de Recaudo o con la dependencia que haga sus veces, el impacto contable o no del auto de ajuste por saldo irreal.
6. Proyectar para la firma del servidor público competente los actos administrativos gestionados a través del Procedimiento de Normalización de Saldos, tales como resolución de prescripción, de remisibilidad y autos de ajuste por saldo irreal.
7. Verificar que la información que resulte de la formalización del acto administrativo de normalización de saldos se actualice, según sea el caso, en la Cuenta Corriente Contribuyente y el sistema de información de Obligación Financiera o de
Contabilidad.
8. Apoyar en la consistencia de la contabilización del recaudo, suministrando dentro de los términos establecidos, al Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad, la información de los actos administrativos proferidos.
9. Conformar carpetas por NIT con actos administrativos, documentos y soportes para obligaciones registradas únicamente en la Cuenta Corriente Contribuyente y velar por la debida custodia hasta que deban ser enviadas al archivo central utilizando los códigos y series “Depuración de Cartera” establecidos en las tablas
de Retención Documental.
10. Garantizar que los actos administrativos, documentos soporte y evidencias que soportan la normalización de los saldos, se encuentren debidamente registradas
de acuerdo con los lineamientos que para el efecto establezca la Subdirección de Recaudo.
11. Adelantar actividades de control que permitan mitigar los riesgos asociados al procedimiento de Normalización de Saldos, así como evaluar periódicamente la calidad y oportunidad que garanticen el cumplimiento, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Subdirección de Recaudo. 1.5. Crear el Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en el despacho de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá – Aeropuerto el Dorado, en las Direcciones Seccionales de Impuestos de Barranquilla, Bogotá, Cali y Medellín, y en las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga y Pereira, con la siguiente cobertura y funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente
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Continuación de la Resolución “Por la cual se distribuyen las Divisiones y sus funciones y se crean los Grupos Internos de Trabajo con sus funciones, en las Direcciones Seccionales de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN”. ______________________________________________________________________________ resolución:
Cobertura:
1. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Aduanas Bogotá – Aeropuerto el Dorado, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá – Aeropuerto El Dorado, a la Dirección Seccional de Aduanas Bogotá y
a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia.
2. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla y a las Direcciones Seccionales de Aduanas de Barranquilla y Cartagena, la Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena, y las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Maicao, Riohacha, San Andrés, Santa
Marta y Valledupar.
3. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, a las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Florencia, Girardot, Sogamoso, Tunja, Villavicencio y Yopal, y a las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de Puerto Inírida, Puerto Carreño, Mitú y San José del
Guaviare.
4. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos de Cali, a la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y a las Direcciones Seccionales de
Impuestos y Aduanas de Buenaventura, Ipiales, Palmira, Pasto, Popayán, Puerto Asís, Tumaco y Tuluá.
5. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos de Medellín, a la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, y a las Direcciones Seccionales
de Impuestos y Aduanas de Montería, Quibdó, Sincelejo y Urabá.
6. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, a la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta, a la Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta, a las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Arauca y Barrancabermeja y, a la
Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona.
7. El Grupo Interno de Trabajo de Innovación y Tecnología de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, apoyará la transformación tecnológica de la Entidad y prestará soporte técnico a la misma Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, y a las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de
Armenia, Ibagué, Manizales y Neiva.
Funciones: 000069 09/AGO/2021
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1. Atender los incidentes, problemas y requerimien
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