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DIAN - Resolución 70 de 09-08-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 70 de 09-08-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

000070 RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0 9 / A G O / 2 0 2 1 ) Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN En uso de las facultades legales y en especial las establecidas en los artículos 4 y 5, en los numerales 1, 20 y 24 del artículo 8, así como los artículos 81 y 82 del Decreto 1742 del 22 de diciembre del 2020 y, CONSIDERANDO Que corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN), administrar el recurso humano y definir la organización interna de la Entidad. Que se hace necesario procurar la eficiencia y especialización de las funciones asignadas y el cumplimiento de las competencias a cargo de las dependencias del Nivel Central. Que la especialidad y el volumen de trabajo que tienen algunas de las dependencias hacen necesaria la organización interna por grupos internos de trabajo de forma tal que pueda garantizarse su eficiencia, control y oportunidad en la entrega de resultados. Que el número de empleados públicos en algunas dependencias hace que se dificulten los tramos de control por parte de la jefatura, generando la necesidad de disminuir su extensión. Que a la Dirección General le corresponde garantizar la realización de proyectos especiales y algunos procesos prioritarios dentro de la Entidad, a través de unidades

organizativas específicas para su ejecución. Que para efectos de la organización interna de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, el parágrafo del artículo 81 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 establece que los grupos internos de trabajo que hagan parte del Nivel Central se denominan coordinaciones, a excepción de los que se creen para la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera y su organización interna que se denominarán “divisiones”. Que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico es una de las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal, y para afianzar la seguridad jurídica. Que la Entidad requiere responder rápidamente a los cambios de su contexto interno y externo, que impactan su diseño organizacional y el ejercicio de las responsabilidades asignadas a la misma. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado del 24 al 28 de abril de 2021, del 30 de

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________ abril al 4 de mayo de 2021, del 6 al 10 de mayo de 2021 y del 20 al 24 de mayo de 2021 en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN con el objeto

de recibir comentarios sobre el contenido del mismo, los cuales fueron analizados para determinar su pertinencia, previa la expedición de esta resolución. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1º. Las coordinaciones y divisiones se podrán conformar mínimo con diez (10) funcionarios, incluido el respectivo jefe. En el momento en que el grupo no cumpla con el número de funcionarios requerido, tanto para la dependencia como para el grupo interno, este último será suprimido mediante acto administrativo, en el cual se dispondrá las condiciones de entrega de los activos de información; salvo cuando la disminución obedezca a comisiones de servicios en otras áreas y el término de esta no exceda de noventa (90) días calendario. PARÁGRAFO. El respectivo jefe de oficina, director de gestión, subdirector del área o el Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero deberá informar a la Subdirección de Gestión del Empleo Público cuando se configure la condición de que trata el presente artículo. CAPITULO I NIVEL CENTRAL ARTÍCULO 2°. Creación de Grupos Internos de Trabajo y sus funciones en el Nivel Central.

1. DIRECCIÓN GENERAL 1.1. OFICINA DE CONTROL INTERNO 1.1.1. Crear la Coordinación de Auditoría Integral en el despacho de la Oficina de Control Interno, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de

la presente resolución:

1. Diseñar, en coordinación con las distintas áreas de la Entidad el plan anual de auditoría interno, el cual deberá tener un enfoque preventivo para minimizar la

identificación de hallazgos por parte de los entes de control externos.

2. Coordinar con las demás áreas de la entidad la ejecución del Plan Anual de

Auditoría Interno.

3. Revisar los planes de mejoramiento propuestos por las áreas de la entidad, con el fin de validar que los mismos sean eficaces frente a la conminación de los hallazgos.

4. Hacer seguimiento al cumplimiento de los planes de mejoramiento que han sido validados previamente por la Oficina de Control Interno y que resultan de las auditorías realizadas conforme al Plan Anual Interno.

5. Coordinar con las diferentes dependencias de la Entidad la atención adecuada y

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RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________ oportuna de los distintos requerimientos de los entes de control del Estado, en lo concerniente a auditorías y planes de mejoramiento.

6. Integrar y consolidar las respuestas preparadas por las distintas áreas de la Entidad cuando el requerimiento de los entes de control involucre a más de una de ellas, en lo concerniente a auditorías y planes de mejoramiento.

7. Llevar el control de los términos de vencimiento de respuesta de los requerimientos a los entes de control del Estado y generar las alertas correspondientes a las áreas responsables con el fin de garantizar la oportunidad de las respuestas, en lo concerniente a auditorías y planes de mejoramiento.

2. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE IMPUESTOS

2.1. DESPACHO

2.2. SUBDIRECCIÓN DE RECAUDO

2.2.1. Crear la Coordinación de Control a Entidades Recaudadoras en el despacho de la Subdirección de Recaudo de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Controlar de conformidad con los lineamientos impartidos por el Subdirector de Recaudo, el efectivo recaudo de los tributos nacionales, derechos de aduana, impuestos al comercio exterior, de las sanciones cambiarias y de los demás gravámenes de competencia de la Entidad, efectuado por las Entidades Autorizadas para Recaudar, así como la calidad de la información reportada.

2. Orientar y efectuar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones de las Entidades Autorizadas para Recaudar en el proceso de recepción y recaudo de los tributos administrados por la Entidad, así como, proponer las especificaciones técnicas para la entrega de información de declaraciones y pagos, en forma física o electrónica.

3. Controlar la correcta y oportuna aplicación del índice de consignación, por parte de las Entidades Autorizadas para Recaudar, como contraprestación por el servicio de recepción y recaudo, conforme a la normatividad vigente.

4. Controlar que el traslado de los recaudos a la Dirección del Tesoro Nacional se realice en los términos pactados con las Entidades Autorizadas para Recaudar y efectuar las conciliaciones e interacciones a que haya lugar, para determinar la consistencia de la información entre lo reportado por las Entidades Autorizadas para Recaudar y los pagos efectuados por los declarantes.

5. Planear, coordinar y organizar la realización de auditorías y actividades de

capacitación dirigidas a las Entidades Autorizadas para Recaudar, cuando éstas se ejecuten directamente por la Coordinación de Control a Entidades Recaudadoras o través de las Direcciones Seccionales.

6. Controlar que la recepción de los documentos en las Direcciones Seccionales se efectúe conforme a los estándares y parámetros establecidos por la Subdirección de Recaudo y las normas que lo reglamentan.

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________

7. Coordinar con las áreas competentes el correcto y oportuno procesamiento de la información que reportan las Entidades Autorizadas para Recaudar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. 2.2.2. Crear la Coordinación de Contabilidad de la Función Recaudadora en el despacho de la Subdirección de Recaudo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Efectuar la consolidación de los estados financieros de los ingresos de competencia de la Entidad, generados por la contabilización de las operaciones tales como el recaudo, determinación, discusión, cobro, devolución y comercialización.

2. Rendir ante la Contaduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, dentro de los términos establecidos, los Estados Financieros consolidados de los ingresos de competencia de la Entidad y los demás informes

prescritos por las disposiciones legales.

3. Garantizar el cumplimiento, en la contabilización de los ingresos de competencia de la Entidad, de las normas de contabilidad pública para las entidades de Gobierno expedidas por la Contaduría General de la Nación (CGN).

4. Garantizar la actualización y consistencia de la información contabilizada sobre los saldos a cargo de los contribuyentes, responsables, agentes de retención y demás declarantes de los impuestos administrados por la Entidad.

5. Garantizar la actualización y consistencia de los saldos de recaudo en poder de las entidades autorizadas para recaudar, correspondientes a los ingresos de competencia de la Entidad.

6. Administrar el sistema de información contable con el fin de garantizar la facilidad de su uso, su actualización y la calidad de los datos e información.

7. Diseñar e implementar, de conformidad con los lineamientos e instrucciones del Subdirector de Recaudo, los mecanismos de control contable y análisis financiero, que permitan que la contabilidad de los ingresos de competencia de la Entidad se conviertan en herramienta básica para la toma de decisiones.

8. Administrar, registrar y controlar la realización de las transferencias del Impuesto de Industria y Comercio consolidado recaudado a las autoridades municipales y distritales, pagado por los contribuyentes que optaron por el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE, de acuerdo con los lineamientos e instrucciones de la Subdirección de Recaudo, en coordinación con la Subdirección para el Impulso y la Formalización Tributaria.

9. Crear en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF y aprobar en los

sistemas de información de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN, la cuenta bancaria reportada por los municipios y distritos a la que se deben transferir los recursos recaudados por concepto del Impuesto de Industria y Comercio consolidado, de conformidad con los requisitos legales, reglamentarios o requerimientos de los diferentes procesos de la Entidad o del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 2.2.3. Crear la Coordinación de Administración de Aplicativos de Impuestos en el 000070 09/AGO/2021

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________ despacho de la Subdirección de Recaudo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Requerir a las dependencias competentes, la ejecución de acciones tendientes a normalizar la información contenida en los aplicativos de Impuestos o recaudo, para asegurar la calidad y consistencia con que ingresa a la Contabilidad y a los sistemas de información dispuestos para el efecto.

2. Impartir instrucciones a las Direcciones Seccionales y a la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes para que las correcciones realizadas a los documentos privados presentados por los contribuyentes sean consistentes y se efectúen de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

3. Controlar el uso de los roles asignados a los servidores públicos del Nivel Central y del Nivel Local, de los aplicativos y Sistemas de información que administra.

4. Gestionar los requerimientos funcionales para los ajustes y desarrollos de los sistemas de información que administra y aquellos que se desarrollen y asignen a la Coordinación.

5. Proyectar respuesta a las solicitudes de información que realicen la Fiscalía General de la Nación, las Contralorías, Procuradurías, Superintendencias, Juzgados y demás Entidades del Estado legalmente autorizadas, respecto a la información sobre contribuyentes contenida en los sistemas de información y/o aplicativos que gestiona la Coordinación, conforme a la normatividad vigente frente a la confidencialidad, manejo de información y reserva, en coordinación con otras dependencias de la Entidad, cuando sea el caso.

6. Proyectar respuesta a las solicitudes que realicen la Fiscalía General de la Nación, las Contralorías, Procuradurías, Superintendencias, Juzgados y demás Entidades del Estado legalmente autorizadas, respecto a la información exógena sobre contribuyentes, conforme a la normatividad vigente frente a la confidencialidad, manejo de información y reserva, en coordinación con otras dependencias de la Entidad, cuando sea el caso. 2.3. SUBDIRECCIÓN DE SERVICIO AL CIUDADANO EN ASUNTOS TRIBUTARIOS 2.3.1. Crear la Coordinación de Canales de Servicio y Experiencia del Usuario, en el despacho de la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente

resolución:

1. Adelantar las actividades tendientes a ejecutar las estrategias en materia de

asistencia brindada a través de los diferentes canales de servicio dispuestos por la Entidad, atendiendo las políticas de servicio establecidas y la segmentación y caracterización de los ciudadanos - clientes.

2. Proponer los estándares que deben atender las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de Gestión de Servicio al Ciudadano, así como para la operación del canal telefónico y virtual para la atención del ciudadano - cliente en asuntos tributarios, conforme las estrategias y políticas de servicio de la Entidad.

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________

3. Proponer el contenido de la información a divulgar en las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de Gestión de Servicio al Ciudadano, y demás canales dispuestos al servicio del ciudadano - cliente y hacer el respectivo seguimiento, de acuerdo con las políticas institucionales adoptadas sobre el particular.

4. Diseñar metodologías, indicadores e instrumentos de medición para evaluar y mejorar la capacidad operativa, física y tecnológica de las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de Gestión de Servicio al Ciudadano y demás canales dispuestos para el servicio del ciudadano – cliente, de acuerdo con los estándares de calidad establecidos, y en coordinación con las demás dependencias de la Entidad, dentro del marco de sus competencias.

5. Promover en las dependencias de la Entidad, la cultura del servicio como pilar

institucional para mejorar la percepción de cercanía al ciudadano.

6. Proponer el marco normativo de la cultura del servicio en la Entidad.

7. Diseñar estrategias diferenciadas de servicio para la atención y asistencia a los ciudadanos - clientes a través de los diferentes canales de servicio dispuestos por la Entidad, atendiendo las políticas de servicio establecidas y la segmentación y caracterización de los ciudadanos - clientes.

8. Asistir a las dependencias de la Entidad en la definición de estrategias de servicio que incentiven el cumplimiento voluntario de las obligaciones.

9. Proponer y mantener actualizada la Carta de Servicio de la Entidad.

10. Diseñar e implementar la metodología para la evaluación de la percepción del servicio y cercanía al ciudadano.

11. Presentar para aprobación del Subdirector de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios el plan de servicio, que permita el cierre de las brechas identificadas en los resultados de la evaluación de la percepción del servicio y cercanía al ciudadano.

12. Proponer las estrategias masivas de servicio con apoyo de la Oficina de Comunicaciones Institucionales, en coordinación con las demás dependencias de la Entidad, según el objeto de la estrategia.

13. Proponer a la Oficina de Comunicaciones Institucionales temáticas para el desarrollo de acciones comunicativas, a partir del análisis de las interacciones de los ciudadanos en las redes sociales.

14. Analizar el comportamiento de los ciudadanos - clientes frente a las obligaciones fiscales, con el fin de proponer a las demás dependencias de la Entidad acciones orientadas a garantizar una mejor experiencia de usuario y que contribuyan al cumplimiento voluntario de las obligaciones.

15. Sensibilizar a las dependencias de la entidad sobre la identificación y cierre de

brechas de servicio, segmentación y caracterización de clientes, para mejorar la experiencia del usuario y proponer a la dependencia competente las necesidades de capacitación de los funcionarios. 2.3.2. Crear la Coordinación de Administración del Sistema de PQSRD - Peticiones, Quejas, Sugerencias, Reclamos y Denuncias, en el despacho de la Subdirección de

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________ Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Coordinar y controlar la operación del servicio de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias, acorde con la normatividad vigente para la recepción y canalización de éstas, a través del medio dispuesto por la Entidad.

2. Definir y actualizar el procedimiento de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias acorde con la normatividad vigente para la recepción de las mismas a través de los diferentes canales de atención dispuestos por la Entidad.

3. Efectuar seguimiento a las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias y demás solicitudes que se ingresen y atiendan a través del sistema dispuesto para el efecto y generar los informes de oportunidad, vencimientos y calidad

correspondientes

4. Coordinar las actividades encaminadas a mejorar y controlar de forma continua el servicio al cliente brindado por la Entidad a través de los canales de servicio implementados, en especial las referentes al servicio de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias o el que lo sustituya.

5. Impulsar y articular acciones de mejora con las áreas del negocio a partir de las interacciones recibidas a través del servicio de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias - PQSRD.

6. Analizar y direccionar las no competencias que se generen en la asignación de las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias que se reciban en el servicio de PQSRD dentro de las dependencias del Nivel Central y de las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias que se reciban de las Direcciones Seccionales para ser atendidas en el Nivel Central conforme con la competencia funcional.

7. Coordinar con las diferentes dependencias de la entidad la atención oportuna de las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias que se reciban en el servicio de PQSRD cuando no es posible determinar la competencia para su trámite.

8. Promover el debido uso del servicio de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias por parte de la ciudadanía, para garantizar la debida canalización y la atención oportuna del funcionario competente. 2.3.3. Crear la Coordinación de Cultura de la Contribución, en el despacho de la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes

funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Desarrollar estrategias orientadas a promover la Cultura de la Contribución, en concordancia con los planes que defina y adopte la Entidad en materia de educación fiscal.

2. Promover la difusión de las acciones que contribuyan a fortalecer la Cultura de la Contribución, a través de los canales institucionales de atención y comunicación, la participación en ferias y/o la organización de eventos que faciliten dicho objetivo.

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________

3. Coordinar con otras dependencias de la Entidad las acciones que promuevan el cumplimiento voluntario de las obligaciones por parte de los administrados.

4. Promover alianzas con entidades públicas y/o privadas para la realización de acciones que permitan el reconocimiento, apropiación y difusión de la Cultura de la Contribución en la ciudadanía.

5. Desarrollar las políticas de investigación establecidas por la Entidad, para promover la Cultura de la Contribución.

6. Proponer la estructura del programa de formación en materia de Cultura de la Contribución, para insertarla en las distintas modalidades de la educación formal y no formal.

7. Evaluar los resultados de las acciones adelantadas para promover la Cultura de la Contribución y adoptar las mejoras que sean necesarias.

8. Implementar las buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de Cultura de la Contribución que apliquen para el cumplimiento de los objetivos

misionales de la Entidad.

9. Gestionar el diseño de información, piezas pedagógicas y lúdicas orientadas a promover la Cultura de la Contribución en la ciudadanía y su divulgación a través de los diferentes medios y canales de comunicación en coordinación con la Oficina

de Comunicaciones Institucionales. 2.4. SUBDIRECCIÓN DE COBRANZAS Y CONTROL EXTENSIVO 2.4.1. Crear la Coordinación de Cobranzas en el despacho de la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Supervisar y controlar la gestión de las Divisiones de Cobranzas, y de Recaudo y Cobranzas de las Direcciones Seccionales y de la Subdirección Operativa de Servicio, Recaudo, Cobro y Devoluciones de la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, en los temas de su competencia.

2. Proponer para aprobación del Subdirector el plan de cobro, de acuerdo con las políticas y lineamientos establecidos por la Dirección General y la Dirección de

Gestión de Impuestos.

3. Efectuar seguimiento a la ejecución del plan de cobro y evaluar su cumplimiento de conformidad con las metas establecidas.

4. Proponer políticas, programas y estrategias para el efectivo cobro de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y demás gravámenes que según las disposiciones pertinentes le compete recaudar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

5. Proponer técnicas y estrategias de negociación e investigación de bienes que

faciliten el cobro. 000070 09/AGO/2021

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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________

6. Controlar que las Direcciones Seccionales y la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, hagan parte en los Procesos Especiales en los cuales tenga interés el área para asegurar la recuperación del crédito fiscal.

7. Apoyar a las Direcciones Seccionales en las decisiones con los Procesos Especiales en que deba intervenir la Entidad de acuerdo con la legislación vigente, con el fin de obtener el pago de las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

8. Orientar y efectuar seguimiento a la aplicación de los procedimientos adelantados por las Direcciones Seccionales, de acuerdo con la legislación vigente. 2.4.2. Crear la Coordinación Control Extensivo de Obligaciones, en el despacho de la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución.

1. Apoyar a la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo en la ejecución de acciones de gestión masiva de amplia cobertura orientados al control persuasivo y extensivo, que conlleven al cumplimiento voluntario y correcto de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, obligados, responsables y agentes retenedores.

2. Coordinar con la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios,

las Direcciones Seccionales y la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, la atención a los contribuyentes requeridos, a través de las acciones de control extensivo.

3. Proyectar para firma del Subdirector de Cobranzas y Control Extensivo, el informe de los contribuyentes, declarantes, obligados, agentes de retención y responsables que no atendieron las acciones de control ordenadas por el Comité Técnico de Programas y Campañas de Control y demás dependencias competentes de la Entidad, con el fin de efectuar el envío correspondiente a la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas.

4. Elaborar y presentar a la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo, los informes de gestión de las acciones de control extensivo masivo ejecutadas.

5. Proponer a la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo, las diferentes acciones que deben incluirse dentro del Plan de choque contra la evasión y el contrabando.

6. Controlar hasta la declaratoria de cumplimiento o incumplimiento las solicitudes de facilidades de pago abreviadas a que hace referencia el artículo 2° del Decreto 688 del 22 de mayo de 2020 o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

7. Coordinar, controlar y apoyar a nivel nacional las acciones conducentes a la calificación y readmisión de las entidades que soliciten pertenecer al Régimen

Tributario Especial - RTE.

8. Efectuar las acciones tendientes a la recuperación de la cartera por los conceptos tributarios, aduaneros, cambiarios, entre otros, dentro de los 120 días calendario

siguientes a la fecha en que se haya hecho exigible cada obligación.

3. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE ADUANAS RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 0 7 0 d e 0 9 / A G O / 2 0 2 1 Hoja No. 10

Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los grupos internos de trabajo en el Nivel Central en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”. ____________________________________________________________________________ 3.1. DESPACHO 3.2. SUBDIRECCIÓN DE OPERACIÓN ADUANERA 3.2.1. Crear la Coordinación de Regímenes Aduaneros en el despacho de la Subdirección de Operación Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 3º de la presente resolución:

1. Hacer seguimiento a las actividades de control de la operación aduanera sobre la debida aplicación de los regímenes aduaneros y su ejecución en las Direcciones

Seccionales de Aduanas y/o Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas.

2. Brindar la orientación y el apoyo necesario a los servidores públicos de la Entidad en los asuntos de competencia de la Subdirección de Operación Aduanera.

3. Recaudar la información requerida para los procesos y los sistemas de información y servicios digitales de la operación aduanera, incluyendo los del centro de trazabilidad aduanera. Asimismo, recaudar y suministrar al Subdirector de Operación Aduanera la información necesaria para fines de control, capacitación,

comunicación interna y/o divulgación, de conformidad con lo establecido en la Ley y los reglamentos.

4. Verificar y hacer seguimiento a la gestión de las Direcciones Seccionales de Aduanas y/o Di

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