DIAN - Boletin 04 Diciembre 2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Boletin 04 Diciembre 2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
BOLETÍN JURÍDICO ADUANERO
Publicación Trimestral Octubre-Diciembre 2022 Alfredo Ramirez Castañeda Subdirector de Normativa y Doctrina Maritza Alexandra Díaz Granados Coordinadora de Relatoría
BOLETÍN JURÍDICO ADUANERO
Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
NORMATIVIDAD
DECRETOS
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIAY TURISMO
DECRETO 2598 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2022
Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de confecciones y se dictan otras disposiciones
DECRETO 2440 DEL 12 DE DICIEMBRE DE 2022
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3303 de 2006
DECRETO 2632 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Por el cual se prorroga el Decreto 2279 de 2019, prorrogado por el Decreto 1633 de 2020 La normatividadrelacionadapuedeser consultadaen: https://www.mincit.gov.co/normatividad/decretos/2022
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
DOCTRINA RELEVANTE –OPERACIONES AGENTES DE CARGA OFICIO 908275int 1411DE 2022NOVIEMBRE 16
De conformidad con el Decreto 1165 de 2019 ¿procede la aprehensión cuando el transportador o el agente de carga comete errores en la identificación de las mercancías o la transposiciónde dígitos en el manifiestode carga, al momentode la entrega?
OFICIO 907658int 1340 DE 2022OCTUBRE 21
- ¿Qué documento de transporte debe manifestarse al momento del arribo a puerto colombiano? ¿El documento de transporte que contempla todos los trayectos (origen, transbordos y destino) o basta con manifestar el documento de transporte que indica el puerto de transbordo hasta el puerto de destino en Colombia? ii) ¿Qué documento debe acreditarse para obtener los beneficios arancelarios derivados del origen si no fue manifestado el documento de transporte que compruebaque la mercancía proviene del país de origen?
OFICIO 907890int 1307 DE 2022OCTUBRE 25 1. ¿Cuál es el término que tiene un depósito habilitado para realizar la planilla de recepción una vez ha recibido del transportador la mercancía en puerto terrestre? 2. ¿El término para expedir la planilla de recepción está sujeta al tiempo que demore el depósito habilitado para realizar su descargue, teniendo en cuenta el volumen de mercancía, la disponibilidad de espacioinmediato e inconsistencias que se encuentrenluego del descargue?
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DOCTRINA RELEVANTE –IMPORTACIONES OFICIO 908273int 1381 DE 2022NOVIEMBRE 15
Para modificar de oficio la declaración de importación de temporal a ordinaria ¿qué debe realizar la Administración Seccional correspondiente? ¿quién profiere el respectivo acto administrativo? ¿se debe anexar por parte del importador alguna certificación, oficio, paz y salvo, resolución o algún otro documento emitido por laAdministración Seccional?
OFICIO 908278int 1416 DE 2022NOVIEMBRE 17
· Si se realiza la modificación de oficio de una importación temporal a largo plazo a una importación ordinaria ¿en qué situación jurídica se encuentran las mercancías cuando dicha modificación se hizo sin que se hubiera presentado la licencia de importación como documento soporte, estando obligado a ello? ¿qué efectos jurídicos tendría el acto administrativo de modificaciónde oficio expedidoen estas condiciones? · ¿Se debe aplicar la medida cautelar de aprehensión señalada en el numeral 7 del artículo 647 del Decreto 1165 de 2019 cuando exista modificación de oficio sin haberse presentadola licencia de importaciónexigible? OFICIO 907555int 1266 DE 2022OCTUBRE 6 ¿Procede declaración de legalización sin pago de rescate cuando en el control simultáneo el inspector otorga levante de la mercancía y envía toma de muestra al laboratorio de la DIAN y, posteriormente, el estudio reporta descripciónerrada e incompletade la mercancía y cambio de subpartidaarancelaria?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022 DOCTRINA RELEVANTE –SOCIEDADES DE COMERCIALIZACION OFICIO 908122int 1358 DE 2022NOVIEMBRE 9 1. ¿Es posible que dos sociedades, habilitadas y calificadas como sociedades de comercialización internacional, celebren contrato de cesión de derechos sobre un certificado al proveedor, obligándose el cedente a transferir los derechos económicos y, por su parte, el cesionario a exportar la mercancía dentro de
los términos fijados por la Ley?
2. En el caso de que la anterior respuesta sea afirmativa ¿Cuál es el procedimiento para registrarlo en la correspondiente DEX y en el informe anual de compras bajo beneficios de CI? ¿Dicha cesión se aplica sin realizar la correspondiente retención en el fuente y con los beneficios que otorga la normativa aduanera a las comercializadoras internacionales? ¿Cómo registra el cedente esta operaciónen el informeanualde compras bajo beneficios de CI?
OFICIO 908050int 1312 DE 2022OCTUBRE 27 · ¿Es posible que dos sociedades autorizadas como sociedades de comercialización internacional celebren un contrato de consorcio o unión temporal para exportar mercancía adquirida en el mercadonacional? · ¿La celebraciónde los referidos contratos podría tipificar una infracción administrativa aduanera para las sociedades de comercializacióninternacional?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022 DOCTRINA RELEVANTE –PROCEDIMIENTO ADUANERO OFICIO 908847int 1523 DE 2022 DICIEMBRE 9 si un recurso de reconsideración ya ha sido presentado personalmente ante notario por el interesado o éste (el interesado), ya ha sido reconocido en la actuación por parte de la DIAN ¿El escrito del recurso de reconsideración puede presentarse electrónicamente a través del buzón corporativo virtual habilitadopor la DIAN según la ciudad? OFICIO 908653int 1478 DE 2022 DICIEMBRE 2 ¿La suspensiónde términos para la presentaciónde la declaración anticipadaestuvo vigente hasta que se mantuvo la emergenciasanitaria por COVID-19?
OFICIO 908848int 1524 DE 2022 DICIEMBRE 19 ¿En qué situaciones se liquidan intereses moratorios de acuerdo con el artículo 635 del Estatuto Tributario y en qué casos de acuerdo con el artículo 590 ibidem?
OFICIO 918779int 1498 DE 2022 DICIEMBRE 12
El Concepto 084 del 20 de septiembrede 2005, relacionadocon el artículo 4 del Decreto 2272 de 1991, se encuentra vigente. OFICIO 919077int 1522 DE 2022 DICIEMBRE 19 ¿Puede el usuario aduanero acogerse al allanamiento de que trata el artículo 610 del Decreto 1165 de 2019 en relación con la comisión de una nueva infracciónque tiene la misma naturaleza de aquella sobre la cual ya había sido sancionadoo se había allanado anteriormente?
OFICIO 908756int 1496 DE 2022 DICIEMBRE 12
Para el ejercicio del cobro coactivo por parte de la DIAN y tratándose de actos administrativos en los que se determine o surja un derecho de crédito a favor de la Entidad cuya base legal sean los Decretos 2685 de 1999, 390 de 2016 y 1165 de 2019, para efectos de emitir el respectivo mandamiento de pago ¿es necesario, en caso de que el título ejecutivo haya sido objeto de demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, esperar a la ejecutoria de la decisión judicialque ponga fin al proceso?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
DOCTRINA RELEVANTE –PROCEDIMIENTO ADUANERO OFICIO 908868int 1531 DE 2022 DICIEMBRE 20 ¿La infraccióndel numeral 2.6 del artículo 635 del Decreto 1165de 2019 se configura porcada guía de mensajería expresa o por el manifiestoexpreso? OFICIO 908313int 1419 DE 2022 NOVIEMBRE 18 ¿Pueden encontrarse firmados digitalmente el mandato aduanero auténtico, el formato de conocimiento de cliente, la autorización de tratamientos de datos y el acta de acuerdo de seguridad asociadode negocio que obtiene laAgencia deAduanas para el conocimiento desus clientes? OFICIO 916642int 1352 DE 2022 NOVIEMBRE 9 ¿Debe iniciarse el procedimiento para cancelar el levante -del artículo 650 del Decreto 1165 de 2019cuando la Autoridad Aduanera establece que la clasificación arancelaria de una mercancía es diferente a la descrita en una declaración de importación (lo cual implica acreditar el cumplimiento de una restricción legal y/o administrativa) o se debe formular liquidación oficial de revisión -en los términos del artículo 678 ibidempara la correspondiente corrección?
OFICIO 908262int 1365 DE 2022 NOVIEMBRE 11
Resuelve interrogantes, tomando como punto de partida el artículo 186 del Decreto 1165 de 2019 sobre la procedencia del levante con posterioridad al requerimientoespecial aduanero (REA):
1. Si ya se vencieron los cinco (5) días para corregir ¿qué quiso decir el legislador cuando señala que procede el levante respondiendo el requerimiento, corrigiendo y pagandolo que reconoce deber?
2. Después de transcurridos los cinco (5) días para corregir ¿se puede corregir y contestar el requerimiento con el correspondiente allanamiento antes de notificarsela decisión de fondo? 3. ¿Qué pasa si no se corrije dentro de los cinco (5) días siguientes y, sin embargo, se paga la sanción?¿se puedecontestar el REAcon el soporte de pago?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
DOCTRINA RELEVANTE –PROCEDIMIENTO ADUANERO OFICIO 908259int 1372 DE 2022 NOVIEMBRE 15
Pueden quedar suspendidos los términos para la entrega directa de la carga o mercancía cuando se adelante inspección previa, así como opera la suspensiónen la etapa de entrega de la carga cuandohay reconocimiento de carga, según el parágrafo3 del artículo 156 del Decreto 1165 de 2019?
OFICIO 907657int 1338 DE 2022 OCTUBRE 21
Qué se entiendepor reincidencia para efectos del artículo 773-4 del Decreto 1165 de 2019. DOCTRINA RELEVANTE –ALTEX OFICIO 907889int 1306 DE 2022 OCTUBRE 25 1. ¿Puede cualquier profesional de ciencias económicas, jurídicas o un ingeniero industrial ser empleado de cumplimiento de acuerdo con la Circular Externa DIAN 170 de 2002? 2. ¿Puede una comercializadora internacional que cumple los requisitos para ser inscrita como “usuario altamente exportador” calificarse como tal? ¿esto es algo que pueda hacer de oficio la DIAN? 3. ¿Cuáles son los requisitos para contratar a un empleado de cumplimiento conforme a la Circular DIAN 170 de 2002?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022 DOCTRINA RELEVANTE –ZONAS FRANCAS OFICIO 908870int 1532 DE 2022 DICIEMBRE 2 ¿Se encuentra o no gravado con aranceles e IVA el ingreso de unas mercancías bajo el control aduanero (i.e., tránsito aduanero), que realice una sociedad que no es usuaria de zona franca, con destino a un usuario comercial para su almacenamiento, siempre que los documentos se encuentran endosados en procuración? ¿De acuerdo con la pregunta anterior, y de conformidad con los artículos 477 y 492 del Decreto 1165 de 2019, no se encuentran (sic) gravado (sic) con IVAla posterior venta que realice la sociedad que no es usuario de zona franca y que endosó los bienes en procuración al usuario comercial, cuando el compradores un usuario de otra zona franca?
OFICIO 908311 - int 1424 DE 2022 NOVIEMBRE 21
1. Cuando los productos procedentes de zona franca, elaborados 100% con componentes de origen nacional, sean vendidos a una sociedad de comercialización internacional, no hay lugar a la presentación de la declaración especial de importación, teniendo en cuenta que los bienes están exentos de IVAen aplicación del literal b) del artículo 481 del Estatuto Tributario, pudiendo, por lo tanto, salir la mercancía exportada por dicha sociedad directamente de zona franca al exterior de conformidad con el artículo 478 y el parágrafo 1 del artículo 433 del Decreto 1165 de 2019. 2. Las mercancías fabricadas en zona
franca con productos 100% nacionales, teniendo en cuenta que no están sujetas a la presentación de declaración de importación, no les aplica lo dispuesto en el artículo 290 del Decreto 1165 de 2019 sobre legalización y pago de rescate, por no ser bienes de origen extranjero. 3. Se debe aclarar en los conceptos 100208221-2806 del 3 de diciembre de 2019, 100208221-1322 del 21 de octubre de 2020, 100208192-809 del 17 de junio de 2022 y 100208192-1129 del 8 de septiembre del mismo año que no procede la presentación de declaración especial de importación respecto a la mercancía de origen 100% nacional, así como tampocohay lugar al pago de rescate, dado que los productos a importar desde zona franca son de origen colombiano.
OFICIO 908592int 1470 DE 2022 NOVIEMBRE 29
En el evento que un Usuario Operador de Zona Franca constituya como garantía una fianza ¿ésta se debe sujetar a lo previsto en el artículo 29 del Decreto 1165 de 2019 o en el artículo 476 ibidem? Esto, teniendo en cuenta que el término “asegurable” es propio de las aseguradoras y la garantía en comento no es expedida poruna aseguradora.
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022 DOCTRINA RELEVANTE –ZONAS FRANCAS OFICIO 908049int 1310 DE 2022 OCTUBRE 27 · ¿Existe algún impedimento para que los socios, representantes legales y/o accionistas de un Grupo Empresarial, que cuenta con sociedades que actúan
como Usuarios de Zona franca, constituyan una sociedadque tenga por objeto principalel agenciamiento aduanero enla misma Zona Franca? · De ser negativa la respuesta anterior ¿existe algún impedimento para que los socios, representantes legales y/o accionistas de un Grupo Empresarial, que cuenta con sociedades que actúan como Usuarios de Zona franca, constituyan una sociedad que tenga por objeto principal el agenciamiento aduanero en una Zona Franca diferentea la Zona Franca en la que se encuentran los referidos Usuarios? DOCTRINA RELEVANTE – DISPOSCIION DE MERCANCIAS OFICIO 917294int 1432 DE 2022 NOVIEMBRE 21 ¿Es susceptible disponer de los combustibles y sus derivados de conformidad con el procedimiento especial de donación contemplado en el artículo 744 del Decreto 1165 de2019?
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
DOCTRINA RELEVANTETRANSITO OFICIO 915030int 1268 DE 2022 OCTUBRE 6
ZONAS DE RÉGIMENADUANERO ESPECIAL DOCTRINA RELEVANTE - CAMBIARIO OFICIO 908258int 1371 DE 2022 NOVIEMBRE 15 ¿Es posible aplicar la reducción sancionatoria del artículo 640 del Estatuto Tributario a las sanciones cambiarias que imponga la DIAN en aplicación del Decreto Ley 2245 de2011? OFICIO 907551int 1263 DE 2022 OCTUBRE 6 1. “¿Cuál es la competencia de la DIAN para solicitar información exógena a los intermediarios del mercado cambiario, titulares de cuentas de compensación, a los concesionarios de servicios de correos y a los importadores y exportadores que no son titulares de cuentas de compensación a través de la Resolución
4083 de 1999, modificadapor la Resolución69 de 2019? 2. ¿Cuál es el la razón para que la DIAN solicite información a través de la Resolución 4083 de 1999 modificada por la Resolución 69 de 1999, y no con base en el artículo 9 del Decreto 2245 de 1999 (sic)? Señor Usuario la doctrina podráser consultadaen el siguiente enlace: https://normograma.dian.gov.co/dian/ de no hallar la informaciónen el enlace efectúela solicitud a través del aplicativo PQRS.
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Publicación Trimestral Octubre - Diciembre 2022
JURISPRUDENCIA RELEVANTECONSEJO DE ESTADO SECCIÓN CUARTA.
La corrección de irregularidades formales en la actuación administrativo aduanera que se rige por los artículos 41 del CPACA y 285 del Código General del Proceso, procede antes de que se profiera el acto administrativo definitivo, esto es, la liquidación oficial Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, sentencia de 8 de septiembre de 2022, C. P. Stella Jeannette Carvajal Basto, radicación: 08001-23-33-000-201800299-01(25456). Se precisa la correctaaplicación de los métodos de valoración aduanera, así como la procedencia del método del último recurso. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, sentencia de 28 de julio de 2022, C. P. Julio Roberto Piza Rodríguez, radicación: 13001-23-33-000-2014-0031501 (25663) https://www.consejodeestado.gov.co/jurisprudencia/index.htm
Boletín Jurídico Aduanero OctubreDiciembre 2022 Coordinación de Relatoría Subdirección de Normativa y Doctrina