DIAN - Circular 000001 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Circular 000001 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
Información Pública 100202152021
Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica
CIRCULAR NÚMERO 000001
( 13 FEB 2025 )
PARA: Directores de Gestión.
ASUNTO: Lineamientos para la gestión de la Resolución de Información Exógena
Tributaria.
Teniendo en cuenta que el Decreto 1742 de 2020 creó la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica y le asignó, entre otras, la función de “Definir los lineamientos para la administración de la información exógena presentada ante la entidad, en coordinación con otras dependencias de la Entidad, en el ámbito de sus competencias”
Que el procedimiento PR -COT-0394 Gestión de la Información Exógena Tributaria, establece las actividades a desarrollar desde la designación del funcionario responsable de coordinar el proyecto de modificación/actualización de la resolución de información exógena y hasta la disposición de la información en los Sistemas de Información y aplicativos dispuestos para la consulta y cruces de información.
Que, teniendo en cuenta los reprocesos en la definición y aprobación de los cambios y adiciones en el desarrollo de las mesas técnicas, se hace necesario implementar mejoras en la gestión de la mesa de trabajo para la elaboración de la resolución de inform ación exógena tributaria, asignando actividades específicas a las áreas involucradas.
Que se hace necesario para la realización de las actividades, establecer un cronograma anual con obligaciones claras, fechas y límites de acuerdo con las facultades de los intervinientes, conforme lo establece el Procedimiento de Gestión de la Información Exógena Tributaria PR-COT-0394.
anual con obligaciones claras, fechas y límites de acuerdo con las facultades de los intervinientes, conforme lo establece el Procedimiento de Gestión de la Información Exógena Tributaria PR-COT-0394.
Que la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología debe conocer con anticipación la definición, ajustes y creación de nuevos formularios para realizar los desarrollos necesarios, para lo cual se hace necesario incluir en el cronograma mencionado, térmi nos fijos para garantizar la disposición de estos a la ciudadanía y que, por otra parte, la Dirección de Gestión Jurídica requiere el tiempo suficiente para su revisión y posterior publicación.
Que, con base en lo anterior, se hace necesario establecer los siguientes parámetros para tener en cuenta además de lo incluido en el procedimiento arriba mencionado:
1. Las actividades que aquí se describen durarán máximo 7 meses, comenzarán el primer día hábil del mes de marzo de cada año y finalizarán con la Resolución de Información Exógena, formalizada a más tardar el último día hábil del mes de septiembre de cada año.CIRCULAR NÚMERO 000001 DE PÁGINA 2 DE 3
Continuación de la Circular “Lineamientos para la gestión de la Resolución de Información Exógena Tributaria”.
Información Pública
2. Una vez se delegue al responsable de coordinar la mesa de trabajo del proyecto de Resolución de Información Exógena Tributaria por el Director de Gestión Estratégica y de Analítica, se convocará mediante correo electrónico a las direcciones de gestión para que elaboren, remitan las propuestas y los nombres de los delegados a más tardar al sexto día hábil del mes de marzo de cada año.
y de Analítica, se convocará mediante correo electrónico a las direcciones de gestión para que elaboren, remitan las propuestas y los nombres de los delegados a más tardar al sexto día hábil del mes de marzo de cada año.
En ningún caso exonerará de responsabilidad sobre la gestión adelantada ante la mesa de trabajo para la resolución de información exógena al Director de Gestión respectivo.
3. Los delegados deberán ejecutar oportunamente y con calidad las diferentes actividades que se propongan para llevar a término la Resolución de Información Exógena Tributaria. Las propuestas que no se remitan en el tiempo establecido no serán analizadas y los delegados que no sean designados en los tiempos señalados en esta circular no harán parte de la mesa para el año en cuestión y, por lo tanto, no podrán incluir ni solicitar modificación de información en el proyecto de resolución.
En todo el proceso de definición y formalización de la Resolución de Información Exógena Tributaria, los delegados deberán hacerse cargo de los temas propuestos por sus áreas: redacción normativa, construcción de los anexos de especificaciones técnicas, definición de validaciones, prueba de Prevalidadores y Sistema de Presentación de Información, así como de la definición de variables en el Sistema de Análisis de Operaciones y la atención de las PQRSD que se presenten sobre los temas a cargo.
En cada una de las reuniones de la s mesas de trabajo, se levantará un acta en la cual quede registrado con precisión, cada aspecto (formal y de fondo) a incorporar en el proyecto de resolución y así sucesivamente hasta tener el documento completo que elaborará el coordinador de la mesa de trabajo.
El proyecto final se entregará por parte de la mesa de trabajo al Director de Gestión
en el proyecto de resolución y así sucesivamente hasta tener el documento completo que elaborará el coordinador de la mesa de trabajo.
El proyecto final se entregará por parte de la mesa de trabajo al Director de Gestión Estratégica y de Analítica, con los vistos buenos de la Coordinación de Programas y Campañas de Control y de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas, el último día hábil del mes de julio de cada año.
4. El término máximo para radicar el proyecto final de Resolución de Información Exógena Tributaria para revisión en la Dirección de Gestión Jurídica, será el primer día hábil del mes de agosto de cada año.
De acuerdo con lo anterior, a través de la mesa de trabajo los delegados de cada área deberán atender y solucionar en el término de cinco días hábiles , las observaciones y solicitudes de ajuste/modificación que se presente por la Dirección de Gestión Jurídica.
El Director de Gestión Estratégica y de Analítica al día hábil siguiente , remitirá los ajustes a la Dirección de Gestión Jurídica para su autorización de publicación.
Finalizado el término de publicación del proyecto de resolución para comentarios de la ciudadanía, cada área , de acuerdo con los temas a su cargo , tendrá cinco días 13 FEB 2025CIRCULAR NÚMERO 000001 DE PÁGINA 3 DE 3
Continuación de la Circular “Lineamientos para la gestión de la Resolución de Información Exógena Tributaria”.
Información Pública hábiles para dar respuesta conforme los lineamientos de la Dirección de Gestión Jurídica y entregar al Coordinador de la mesa de trabajo el proyecto de resolución ajustado. El Coordinador de la mesa de trabajo entregará al día siguiente al Director
Información Pública hábiles para dar respuesta conforme los lineamientos de la Dirección de Gestión Jurídica y entregar al Coordinador de la mesa de trabajo el proyecto de resolución ajustado. El Coordinador de la mesa de trabajo entregará al día siguiente al Director de Gestión Estratégica y de Analítica, el proyecto de resolución consolidado con los vistos buenos de la Coordinación de Programas y Campañas de Control y de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas.
El Director de Gestión Estratégica y de Analítica remitirá al día hábil siguiente, el proyecto de resolución ajustado a la Dirección de Gestión Jurídica.
Las áreas delegadas de la mesa de trabajo que no den trámite y atiendan las observaciones que les corresponda en los términos previstos, les será retirada la información o modificación solicitada para esa vigencia.
5. El primer día hábil del mes de agosto se radicará en la herramienta habilitada por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, el proyecto de actualización tecnológica solicitando lo siguiente: emisión certificada de viabilidad técnica, construcción esquemas xsd, formatos nuevas versi ones, actualización prevalidadores de datos, actualización sistema de presentación.
Los delegados a través de la mesa de trabajo serán responsables de los ajustes y actualizaciones necesarias de acuerdo con las indicaciones dadas por la Dirección de Gestión de Tecnología e Innovación.
6. Una vez entre en vigencia la Resolución de Información Exógena Tributaria, no se podrá gestionar su modificación, salvo cambios normativos o técnicos posteriores que afecten la resolución lo cual tendrá que ser solicitado a la mesa de trabajo por el Director de Gestión correspondiente.
podrá gestionar su modificación, salvo cambios normativos o técnicos posteriores que afecten la resolución lo cual tendrá que ser solicitado a la mesa de trabajo por el Director de Gestión correspondiente.
La mesa de trabajo deberá garantizar que lo contenido en la resolución se elaboró con estándares de calidad y lenguaje claro propios de una norma
Javier Ávila Mahecha Director de Gestión Estratégica y de Analítica
Proyectó: Luz Alejandra Escandón Rosero, Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas.
Sandra Milena Rodríguez Naranjo, Subdirección de Análisis de Riesgo y Programas. Mauricio Ojeda Guerrero, Coordinación de Programas y Campañas de Control.
Revisó: Ángela Cruz Lasso, Subdirectora de Análisis de Riesgo y Programas.
Andrés Esteban Ordóñez Pérez, Asesor Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica
13 FEB 2025