DIAN - Concepto 3 de 20-03-2009
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Concepto 3 de 20-03-2009
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2009
CONCEPTO N° 0003
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TECNICA ADUANERA ( 20 de marzo de 2009 )
Señor
RICARDO MEDINA GOMEZ
Calle 116 No. 19 – 41 Oficina 102
Bogotá Ref.: CORRECCIÓN CERTIFICADOS DE ORIGEN En ejercicio de la facultad asignada a la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera mediante el numeral 8 del artículo 28 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, relacionada con la interpretación y aplicación de las normas de origen, y acorde con lo establecido en el Parágrafo 2 del artículo 28 ibídem, nos permitimos dar respuesta en términos generales a su consulta registrada con No. 3468 del 13 de marzo de 2009 y recibida en ésta Subdirección en la misma fecha Pregunta: ¿Es posible que la autoridad aduanera acepte un Certificado de Origen, en el cual, en la casilla “OSERVACIONES” señala que “cancela y sustituye” un Certificado de Origen anterior?
Respuesta: Cuando se trata de rectificar o corregir errores de forma en los Certificados de Origen, el País Miembro exportador deberá seguir las instrucciones impartidas en el respectivo Acuerdo Comercial.
No obstante y en la medida que se determine expedir un nuevo Certificado de Origen que corrija uno anterior, éste podrá incluir en la casilla “OBSERVACIONES” cualquier expresión como por ejemplo “cancela”, “sustituye”, “anula”, “corrige”, “modifica”; “aclara” “reemplaza”, “enmienda”, etc., siempre y cuando se indique de manera expresa en dicha casilla, el número del Certificado de Origen inicial y la fecha de su expedición, al cual se está dando alcance.
La fecha de expedición del Certificado de Origen a tener en cuenta, para efectos del cumplimiento de lo señalado en el artículo 121 del Decreto 2685/99, será la fecha de expedición del Certificado de Origen inicial. Atentamente,
ORIGINAL FIRMADO
DIANA CAROLINA DIAZ RODRIGUEZ
Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: GGC/MPL/ Registro No. 3468 del 13/03/09 SGTA.