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DIAN - Concepto 68 de 15-11-2000

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Concepto 68 de 15-11-2000
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2000

NIT 800197268-4

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

DIVISIÓN DE VALORACIÓN Y ORIGEN

61.00.046Santafé de Bogotá D.C., 15 de noviembre de 2000 Señora

ALCIRA MONTOYA LOPEZ

Asistente de Gerencia Compañía Colombiana Desmotadora de Algodón Ltda.

COLDESMOTES

Calle 87 No. 15-23, oficina 304 FAX 6362439 / 17 / 28 Ciudad

CONCEPTO No. 068

ORIGEN Y PROCEDENCIA DE MERCANCIAS PARA GOZAR DE LAS

PREFERENCIAS ARANCELARIAS EN EL MARCO DE LA ALADI.

Cordial saludo, Señora Montoya. En ejercicio de la facultad asignada a esta División para emitir conceptos técnicos de carácter general, relacionados con la interpretación y aplicación de las normas de origen y de conformidad con el numeral 43, literal c) de la circular 0017 de agosto 20 de 1999, nos permitimos dar respuesta a su consulta formulada con oficio No. S/N de Octubre 26 de 2000 y radicada en esta División bajo el número 2000/1437 de Noviembre 3. Consulta 1: ¿Para una importación de origen brasilero, cuyo país de compra es Estados Unidos, y que requiere ser enviada del Brasil a Bolivia para efectos de fumigación y posteriormente, embarcada por Chile con destino a Buenaventura, puede gozar de los beneficios establecidos en el marco de la ALADI?

Respuesta: La Resolución 252 de Agosto 4 de 1999, mediante la cual se expidió el Régimen General de Origen de la ALADI, establece

en el Capítulo I, numeral 4º, que las mercancías originarias de un país miembro de la ALADI, para que se beneficien de los tratamientos preferenciales establecidos en el Acuerdo, deben haber sido expedidas directamente del país exportador al país importador, entendiéndose como “expedición directa”, entre otros, las mercancías transportadas en tránsito por uno o más países no participantes y cuando dicho tránsito esté justificado por razones geográficas o por consideraciones relativas a requerimientos de transporte, con o sin transbordo o almacenamiento temporal, bajo la vigilancia de la autoridad aduanera competente en tales países y siempre que no sufran, durante su transporte y depósito, ninguna operación distinta a la carga y descarga o manipuleo para mantenerlas en buenas condiciones o asegurar su conservación . Por lo anterior, se concluye que la operación de fumigación es una operación que no está contemplada dentro de las permitidas, en casos de tránsitos y por lo tanto, no se cumplirían las condiciones para que la mercancía se considere originaria y procedente del Brasil y en consecuencia, no podría acogerse a los tratamientos preferenciales en el marco de la ALADI. Consulta 2: ¿Si un comprador en los Estados Unidos adquiere mercancía a varios proveedores en el Brasil y por lo tanto, existen varios Certificados de Origen expedidos por las entidades certificadoras del Brasil, es viable que Estados Unidos, al vender dicha mercancía a Colombia (originaria y procedente del Brasil), expida una factura comercial que corresponda a la totalidad de la mercancía amparada con todos los Certificados de Origen, ó debe expedir una factura comercial por

cada Certificado de Origen?

Respuesta: La Resolución 252 de la ALADI, en su Capítulo II, establece en el numeral noveno: “Cuando la mercancía objeto de intercambio sea facturada por un operador de un tercer país, miembro o no miembro de la Asociación, el productor o exportador del país de origen deberá señalar en el formulario respectivo, en el área relativa a “observaciones”, que la mercancía objeto de su declaración será facturada desde un tercer país, identificando el nombre, denominación o razón social y domicilio del operador que en definitiva será el que facture la operación a destino” (subrayado fuera de texto). Siempre y cuando se cumpla la anterior condición, el vendedor podrá expedir una factura comercial que corresponda a la totalidad de la mercancía, independientemente del número de Certificados de Origen que amparen dicha mercancía.

En espera de haber atendido su consulta, me suscribo. Cordialmente,

LEONOR EUGENIA DE VILLALOBOS

Jefe División de Valoración y Origen Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Grupo de Origen Origen concepto15

2000-11-10

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