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DIAN - Resolución 000048 de 24-01-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000048 de 24-01-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 48

(24 DE ENERO DEL 2025)

“Por la cual se establecen los horarios de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia”

EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARMENIA (A)

En uso de la facultad delegada en el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución N°00084 del 27 de agosto de 2021, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978 establece que la jornada laboral de los empleados públicos es de 44 horas semanales, quedando facultado el jefe del organismo para establecer el horario de trabajo y la forma en que debe ser cumplido.

Que de igual manera señala el artículo en mención que el trabajo realizado en día sábado no da derecho a remuneración adicional, salvo cuando exceda la jornada máxima semanal.

Que los artículos 34, 35 y 39 ibidem, que tratan sobre la jornada nocturna, las jornadas mixtas y el trabajo habitual y permanente en días dominicales y festivos, advierten que dicha regulación es aplicable a los empleados públicos, sin perjuicio de las disposiciones especiales que regulan el trabajo por el sistema de turnos.

Que el numeral 12 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, establece que es deber de los servidores públicos dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

Que el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través del numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 0084 del 22 de

de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.

Que el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través del numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 0084 del 22 de agosto de 2021, delegó en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados la facultad de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de a cuerdo con las necesidades del servicio, siempre y cuando se garantice el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.

Que el artículo 5 de la Resolución 08593 del 16 de septiembre de 2022, en desarrollo de la función delegada mediante el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución No. 0084 del 27 de agosto de 2021, faculta a los directores seccionales para revisar de acuerdo con la s necesidades del servicio, los horarios de trabajo actualmente establecidos en aras de garantizar la flexibilidad y contribuir al mejoramiento de la movilidad en las respectivas ciudades.

Que a través de la Resolución 567 del 20 de junio de 2014, se estableció como horario de trabajo de los servidores públicos ubicados en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia , de lunes a viernes de 7:30 am a 4:30 pm en jornada continua y horario de atención al público de 7:45 am a 3:45 pm.

Que actualmente la Divisi ón de la Operación Aduanera dentro del ejercicio de sus funciones de control y vigilancia de operaciones derivadas del régimen cambiario y de la administración de los derechos de aduana y comercio exterior debe atender la llegada y

Que actualmente la Divisi ón de la Operación Aduanera dentro del ejercicio de sus funciones de control y vigilancia de operaciones derivadas del régimen cambiario y de la administración de los derechos de aduana y comercio exterior debe atender la llegada y salida de los vuelos internacionales y vuelos chárteres, razón por la cual se requiere ajustar el horario de sus funcionarios con base en las necesidades del servicio.RESOLUCIÓN NÚMERO 48 DEL 24 DE ENERO DE 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen los horarios de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia” _______________________________________________________________________________

Que, con el objeto de asegurar el efectivo cumplimiento de las funciones asignadas a esta seccional, se hace necesario modificar los horarios de trabajo y crear turnos de trabajo. Que, en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º. Establecimiento de los horarios de trabajo. Establecer los siguientes horarios de trabajo para los servidores públicos ubicados en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia en jornada continua, garantizando la prestación de los servicios y calidad en la atención de los usuarios.

1. De lunes a viernes de 6:00 am a 3:00 pm con 55 minutos de almuerzo

2. De lunes a viernes de 7:00 am a 4:00 pm con 55 minutos de almuerzo

3. De lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm con 55 minutos de almuerzo

4. De lunes a viernes de 9:00 am a 6:00 pm con 55 minutos de almuerzo

5. De lunes a viernes de 6:00 am a 1:50 pm con 45 minutos de almuerzo y los días

4. De lunes a viernes de 9:00 am a 6:00 pm con 55 minutos de almuerzo

5. De lunes a viernes de 6:00 am a 1:50 pm con 45 minutos de almuerzo y los días sábado de 8:00 am a 11:50 am.

Parágrafo 1. El horario debe ser concertado con el jefe inmediato debido a las funciones y necesidades de cada área de trabajo.

Parágrafo 2. Previa concertación con el jefe inmediato se establecerán turnos de almuerzo en la franja de 12:00 am a 2:00 pm, con el fin de garantizar la continuidad en el servicio.

Parágrafo 3. Estos horarios podrán ser interrumpidos, suspendidos o modificados por el Director Seccional por causa o con ocasión de situaciones administrativas, emergencias, desastres, calamidad pública o por la necesidad del servicio, los cuales podrán retomarse una vez se retorne a la normalidad.

ARTICULO 2º. Para efectos de cambiar el horario seleccionado por el funcionario, debe transcurrir al menos seis (6) meses desde la escogencia de este.

El jefe inmediato tendrá la facultad de cambiar el horario seleccionado por los servidores a su cargo, previa autorización del Director Seccional.

Parágrafo. Cuando se produzca un cambio en el horario , previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º, el jefe inmediato debe reportarlo al despacho dentro de los tres (3) días calendario antes de producirse el mismo.

Parágrafo transitorio. Los (as) jefes de División y Grupos Internos de Trabajo remitirán al despacho a más tardar el 31 de enero de 2025, la relación consolidada de los servidores

Parágrafo transitorio. Los (as) jefes de División y Grupos Internos de Trabajo remitirán al despacho a más tardar el 31 de enero de 2025, la relación consolidada de los servidores públicos a su cargo, indicando el horario por el que optó cada uno y que haya sido concertado con el jefe inmediato.

ARTICULO 3º. Horario de trabajo para los teletrabajadores. Los teletrabajadores podrán concertar con su jefe inmediato uno de los horarios establecidos en el artículo 1º de la presente Resolución y deberán registrar el inicio y la culminación de la jornada laboral, según el mecanismo de registro y control que se establezca para tales efectos.

ARTICULO 4°. Establecimiento del horario de trabajo para los servidores de la División de la Operación Aduanera. Por la naturaleza del servicio que prestan los servidores de la División de la Operación Aduanera tendrán el siguiente horario de trabajo:

1. De lunes a viernes de 10:00 am a 7:10 pm con una hora de almuerzo.

2. De lunes a viernes de 6:00 am a 2:50 pm con 45 minutos de almuerzo.RESOLUCIÓN NÚMERO 48 DEL 24 DE ENERO DE 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen los horarios de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia” _______________________________________________________________________________

Parágrafo 1. El trabajo en horas diurnas o nocturnas no dará lugar al reconocimiento y pago de horas extras; únicamente procederá el pago de recargos nocturnos, en proporción al tiempo laborado, bajo tales circunstancias y en los términos de Ley.

pago de horas extras; únicamente procederá el pago de recargos nocturnos, en proporción al tiempo laborado, bajo tales circunstancias y en los términos de Ley.

ARTICULO 5º. Registro del horario laboral. Se establecen como mecanismos de registro y control del horario establecido en los artículos precedentes el registro electrónico ubicado en las zonas de acceso, sin perjuicio de su modificación. Sin perjuicio de lo dispuesto para los teletrabajadores.

En el evento en donde por causas externas o daños del sistema no se encuentre en funcionamiento el registro electrónico , el funcionario debe registrar el ingreso y salida mediante el sistema manual de planillas o el que le sea indicado por su jefe inmediato.

ARTICULO 6º. Inasistencia a laborar. Es responsabilidad del jefe inmediato dar aviso y reportar mediante comunicación i nterna al Despacho, la inasistencia a laborar de los servidores públicos a su cargo. La ausencia de dicho reporte genera acciones disciplinarias.

ARTICULO 7º. Horarios especiales para estudio o docencia. La Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia contará con horarios laborales especiales, para los casos en que se concede permiso para estudios o académicos y por prestación de servicios de docencia, de la siguiente forma:

Académico: Se podrá ajustar el horario del servi dor que ade lante estudios en las modalidades presencial, semipresencial y/o virtual por un término máximo de cinco (5) horas semanales o veinte (20) horas al mes , previa autorización del jefe inmediato. De conformidad con lo previsto en la Circular número 000013 del 25 de mayo de 20 18, este

horas semanales o veinte (20) horas al mes , previa autorización del jefe inmediato. De conformidad con lo previsto en la Circular número 000013 del 25 de mayo de 20 18, este tiempo no debe compensarse, pero su aprobación estará sujeta a la aprobación previa y escrita del jefe inmediato y la necesidad del servicio.

Docencia: Se podrá ajustar el horario del servidor durante una (1) hora diaria y hasta por un máximo de cinco (5) horas semanales, para ejercer la docencia universitaria en instituciones legalmente reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional. Este tiempo no debe compensarse, pero su aprobación estará sujeta a la aprobación previa y escrita del jefe inmediato y la necesidad del servicio.

ARTÍCULO 8o. Prohibición: Les está prohibido a los servidores públicos realizar cambios de horarios sin la respectiva autor ización del Director Seccional , de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021 o la norma que la modifique.

Parágrafo: En caso de incumplimiento del horario establecido sin justificación o la realización de cambios que previamente no fueron autorizados , el jefe inmediato debe informar la novedad al despacho de la Dirección Seccional , para el inicio de las acciones disciplinarias a que haya lugar.

ARTICULO 9°. Horario de atención al público. El horario de atención al público será de lunes a viernes de 7:45 am a 3:45 pm.

En las Divisiones distintas a Servicio al Ciudadano y/ o Grupos Internos de Trabajo se atenderá de acuerdo con las necesidades del servicio y con el debido control de los (as)

lunes a viernes de 7:45 am a 3:45 pm.

En las Divisiones distintas a Servicio al Ciudadano y/ o Grupos Internos de Trabajo se atenderá de acuerdo con las necesidades del servicio y con el debido control de los (as) jefes inmediatos.RESOLUCIÓN NÚMERO 48 DEL 24 DE ENERO DE 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen los horarios de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia” _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO 10º. Organización de horarios. Es responsabilidad de los (as) jefes de División y de los Grupos Internos de Trabajo, velar por la distribución del personal que se requiera en cada uno de los horarios , de acuerdo con la necesidad del servicio y las funciones a cargo de cada División y/o Grupo Interno de Trabajo.

ARTÍCULO 11º. Responsabilidad en el c umplimiento del horario. Es responsabilidad de cada servidor público cumplir el horario laboral, so pena de las acciones disciplinarias y del respectivo descuento en el pago de su remuneración, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.5.5.56 del Decreto 051 de 2018.

ARTICULO 12º. Control al Cumplimiento del horario. Los (as) jefes de División y de Grupos Internos de Trabajo, deben velar por el cumplimiento de los horarios de trabajo de los funcionarios a cargo. En razón a incumplimientos y/o necesidades del servicio , el jefe directo podrá realizar acciones que garanticen el cumplimiento del horario.

ARTICULO 13º. Publicación. Enviar copia de la presente Resolución al corresponsal de

los funcionarios a cargo. En razón a incumplimientos y/o necesidades del servicio , el jefe directo podrá realizar acciones que garanticen el cumplimiento del horario.

ARTICULO 13º. Publicación. Enviar copia de la presente Resolución al corresponsal de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia para gestionar su publicación en la página web.

ARTICULO 14º. Comunicación. La presente Resolución debe ser comunicada por el LD a los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia

ARTICULO 15º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 03 de febrero de 2025

ARTICULO 1 6º. Derogatoria. La presente Resolución deroga y deja si efectos la Resolución 567 del 20 de junio de 2014 y todas las demás que le sean contrarias.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Armenia, (Q), a los veinticuatro (24) días del mes de enero de 2025.

NELSON MAURICIO BAUTISTA TORRES Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia (A)

Proyectó: Beatriz E. Díaz

Revisó: Germán Herrera A.

Revisó: Jefes de División y Git DSIA Armenia

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