DIAN - Resolución 000051 de 23-01-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000051 de 23-01-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- —
Información Pública
RESOLUCIÓN NÚMERO5123 de enero de 2026Por la cual se modifica temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja.LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJADe conformidad con el artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021yCONSIDERANDO:Que, el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 establece que dentro del límite máximo fijado de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, el jefe del respectivo organismo podrá ejercer el horario de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio.Que, el artículo 3 numeral 9 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 determina:- Delegar en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados las siguientes funciones: 9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades Que, mediante Resolución N°. 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de trabajo de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 04:30 p.m., en jornada continua, garantizando la continuidad en elservicio y una excelente atención a los contribuyentes y usuarios.Que, mediante correoselectrónicos de fecha 23 de enero de 2026, la Jefe del Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas de la División
de Recaudo y Cobranzas (A), Dra. Luz Yaneth Correa Camacho, conaprobación de la Directora Seccional, Dra. Flor Esther Cañas Romero, manifiesta que para facilitar la atención a los contribuyentes que deseen acogerse a los alivios tributarios establecidos en el Decreto Legislativo 1474 de 2025, expedido en el marco del Estado de Emergencia Económica, la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja brindará atención en horario especial a partir del 24 de enero y hasta el 31 de marzo de 2026; horario que quedará así:DíasHorario Jornada LaboralHorario de Atención al PúblicoDe lunes a viernes7:30 a.m. a 6:30 p.m. 8:00 a.m. a 6:00 p.m.En jornada continuaSábados8:00 a.m. a 3:00 p.m. 8:00 a. m. a 2:30 p.m.En jornada continuaQue, teniendo en cuenta el cronograma suministrado por la jefe delGIT de Gestión de Cobranzas de la División de Recaudo y Cobranzas; se hace necesario ampliar la jornada de atención al público en las fechas solicitadas.En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E:ARTÍCULO 1°.Habilitar comodías laborales enla Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, lossábados 24 y 31 de enero; 7, 14,
21 y 28 de febrero y 7, 14, 21 y 28 de marzo de 2026.ARTÍCULO 2°. Modificar a partir del 24 y hasta el 31 de marzo de 2026, el horario de la jornada laboral y de atención al público en laDirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, el cual quedará así:RESOLUCIÓN NÚMERO 51del 23 de enero de 2026 Hoja N°. 2Continuación de la resolución por la cual se modifica temporalmente el horario laboraly de atención al públicoenla Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja.
Información Pública
DíasHorario Jornada LaboralHorario de Atención al PúblicoDe lunes a viernes7:30 a.m.a 6:30 p.m. 8:00 a.m. a 6:00 p.m.En jornada continuaSábados8:00 a.m.a 3:00 p.m. 8:00 a. m. a 2:30 p.m.En jornada continuaARTÍCULO 3°. Es responsabilidad de cada jefe de GIT o División concertar, coordinar y realizar seguimiento a las actividades laborales que desarrollen sus colaboradores en cumplimiento de la jornada especial de atención a los contribuyentes que deseen acogerse a los alivios tributarios establecidos en el Decreto Legislativo 1474 de 2025, expedido en el marco del Estado de Emergencia Económica.ARTÍCULO 4°.La presente resolución modifica temporalmente el horario de trabajo y de atención al públicoenla Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunjaen el periodo establecido, retomando ala jornada ordinaria determinada en la Resolución N°090 del 07 de abril de 2011, a partir del 01 de abril de 2026.ARTÍCULO 5°.Notificar el contenido de la presente resolución, a través de la División Administrativa y Financiera de esta Dirección Seccional, según lo establecido en el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011, a los siguientes funcionarios:FUNCIONARIOCÉDULA CORREO ELECTRÓNICOMILTON JOSÉ DEL CARMEN BERNAL
ÁVILA1.042.573mbernala@dian.gov.coOLGA YANIBE SIERRA PARDO 30.205.624osierrap@dian.gov.coLUZ YANETH CORREA CAMACHO 40.015.059lcorreac@dian.gov.coLUISA ROCIO REYES PACHECO 40.024.391lreyesp@dian.gov.coNEYSA ISABEL FELIZZOLA COY 40.008.472nfelizzolac@dian.gov.coLUDY CONSTANZA RUIZ AVENDAÑO46.681.214lruiza@dian.gov.coFLOR ESTHER CAÑAS ROMERO51.810.015fcanasr@dian.gov.coLIZETH NATALIA ALVARADO RODRÍGUEZ1.073.383.604lalvarador@dian.gov.coFREDY RODRÍGUEZ NARANJO1.104.069.786frodriguezn@dian.gov.coARTÍCULO 6°.Publicar la presente resolución en lugar visible al público en la Dirección SeccionaldeImpuestos y Aduanas de Tunja,y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.ARTÍCULO 7°.Contra la presente resolución no procede recurso alguno.ARTÍCULO 8°.La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.NOTIFÍQUESE,PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Tunja, a los veintitrés (23) días del mes de enero de 2026.FLOR ESTHER CAÑAS ROMERODIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJAResolución N° 000082 del 26 de agosto de 2021Proyectó: Javier Antonio Ferrer Rolón Analista I - Despacho