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DIAN - Resolución 000072 de 30-01-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000072 de 30-01-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

pág. 1

RESOLUCIÓN No. 125000201-

(30 DE ENERO DE 2025)

“Por la cual se extiende la modalidad de trabajo en casa hasta el 14 de febrero de 2025”

EL DIRECTOR DE IMPUESTOS Y ADUANAS SECCIONAL RIOHACHA

En uso de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por la Resolución No. 0084 de 2021 y la Resolución No. 0035 de 2022,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 2088 de 2021, “Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”, que establece la habilitación para los servidores públicos de desempeñar sus funciones transitoriamente fuera de su lugar habitual de trabajo, cuando se presenten circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento normal de sus funciones en el sitio de trabajo.

Que el Decreto 1662 de 2021 imparte instrucciones para la habilitación de trabajo en casa para el sector público, así como las condiciones complementarias necesarias para garantizar los derechos laborales de los servidores públicos, los derechos de las entidades del Estado y los deberes de ambas partes.

Que el Director General de la U.A.E. - DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN, expidió la Resolución No. 0035 de 15 de marzo del 2022, “Por la cual se habilita el trabajo en casa, se dictan lineamientos generales para su habilitación y se delegan funciones en la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN”, definiendo en el artículo primero el objeto de la habilitación del trabajo en casa como “… una forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o

delegan funciones en la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN”, definiendo en el artículo primero el objeto de la habilitación del trabajo en casa como “… una forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales en la U.A.E.- Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN….”.

Que la Resolución No. 125000201405 de 24 de octubre de 2024, autorizó el trabajo en casa para diversas dependencias de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha debido a las condi ciones excepcionales de la sede, asimismo, mediante R esolución No. 125000201414 de 28 de octubre de 2024 , se incorpora a la División de la Operación Aduanera a la modalidad de trabajo en casa.

Que la Resolución No. 125000201 -610 de diciembre 12 de 2024 extendió la modalidad de trabajo en casa hasta el 10 de enero de 2025 para diversas dependencias de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha, debido a las condiciones excepcionales de la sede.

Que la Resolución No. 125000201-012 de enero 9 de 2025 extendió la modalidad de trabajo en casa hasta el 31 de enero de 2025 para diversas dependencias de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha, debido a las condiciones excepcionales de la sede.

Que, a la fecha, la sede de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha continúa requiriendo adecuación y remodelación de sus instalaciones, lo que afecta el normal funcionamiento de diversas dependencias. Esto genera una situación excepcional que podría

Que, a la fecha, la sede de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha continúa requiriendo adecuación y remodelación de sus instalaciones, lo que afecta el normal funcionamiento de diversas dependencias. Esto genera una situación excepcional que podría poner en riesgo la integridad física de los servidores de la seccional, además de la indisponibilidad de los elementos de trabajo, tales como muebles y conectividad, necesarios para el normal desarrollo de sus funciones. No. 72

Fecha: 2025-01-30RESOLUCIÓN NÚMERO 125000201Continuación de la Resolución , “Por la cual se extiende la modalidad de trabajo en casa hasta el 14 de febrero de 2025” pág. 2

Que, en virtud de lo expuesto, se considera necesario extender la modalidad de trabajo en casa debido a la continuación de la remodelación de las instalaciones, afectando el normal funcionamiento de varias divisiones y la disponibilidad de los elementos de trabajo.

Que en mérito de lo expuesto el Director Seccional de Impuestos y Aduana de Riohacha,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO . Ampliación de la modalidad de trabajo en casa. Se extiende la modalidad de trabajo en casa para los servidores públicos de las siguientes dependencias de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha:

  • División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Extensiva
  • División Jurídica
  • Control Operativo
  • Despacho • División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva • División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria • División de Recaudo y Cobranza • Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas
  • Despacho • División de Fiscalización y Liquidación Tributaria Intensiva • División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria • División de Recaudo y Cobranza • Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cobranzas • División de la Operación Aduanera.

ARTÍCULO SEGUNDO. Duración de la ampliación. El trabajo en casa será autorizado hasta el 14 de febrero de 2025, de acuerdo con las condiciones excepcionales que afectan el funcionamiento de las instalaciones de la entidad. Vencido el plazo aquí mencionado, los servidores públicos deberán retornar a su puesto de trabajo en la sede de la entidad.

ARTICULO TERCERO. Mantenimiento de los lineamientos establecidos. Se mantienen los lineamientos establecidos en la Resolución No. 125000201 -405 de 24 de octubre de 2024 y Resolución No. 125000201-414 de 28 de octubre de 2024, a todos los servidores públicos de las dependencias autorizadas para trabajo en casa.

ARTICULO CUARTO . Comunicación. La División Administrativa y Financiera deberá comunicar a todos los servidores públicos de la Seccional la presente ampliación de la modalidad de trabajo en casa, para que estén al tanto de las nuevas fechas y las condiciones establecidas.

ARTÍCULO QUINTO. Publicación: Publicar la presente resolución en la página WEB de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales www.dian.gov.co.

ARTÍCULO SEXTO. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Riohacha, el 30 de enero de 2025.

expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Riohacha, el 30 de enero de 2025.

JORGE SHIGEMICHI NOGAMI AKI

Director Seccional DSIA Riohacha

Revisó: Kendris V.

Proyectó: Nestor V.N.

No. 72 Fecha: 2025-01-30

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