🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 000107 de 16-02-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 000107 de 16-02-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario, Aduanero y Cambiario
Año

No. 107Fecha: 2026-(/2-16 RESOLUCIÓN NÚMERO0010716 de febrero de 2026 “Por la cual se establecen los horarios de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestosy Aduanas de Valledupar”EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE VALLEDUPAR (A)En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 9 del artículo3 de la Resolución No. 00084 del 27 de agosto de 2021, Resolución 007139 del 27 dejunio de 2025 y,

CONSIDERANDOQue el artículo 2 de la Ley 2101 de 2021 establece que la duración máxima de la jornadaordinaria de trabajo es de cuarenta y cuatro (44) horas a la semana, mismas que sereducirán a partir del 16 de julio de 2026 en adelante, a cuarenta y dos (42) horas a lasemana, atendiendo las disposiciones de implementación gradual de la misma.Que las entidades podrán implementar horarios flexibles, de conformidad con lo establecidoen el artículo 2.2.5.5.53 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector deFunción Pública, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, sin afectar la jornadalaboral y de acuerdo con las necesidades del servicio, que permitan establecer distintoshorarios de trabajo para sus servidores.Que el numeral 12 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019, reformada por la Ley 2094 de2021, establece que es deber de los servidores públicos dedicar la totalidad del tiemporeglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo lasexcepciones legales.Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución No. 0084 del 27 deagosto de 2021, se delegó en los Directores Seccionales Locales y en los DirectoresSeccionales Delegados la facultad de establecer el horario de trabajo en su respectivaDirección Seccional, de acuerdo con las necesidades del servicio, garantizando el mínimode tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.Que mediante Resolución 000436 del 6 dejunio de 2019, se estableció el horario de trabajode

los servidores públicos ubicados en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas deValledupar, en jornada continua de lunes a viernes desde 8:00 a.m. y hasta las 5:00 p.m. yel horario de atención al público de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.Que la Entidad con el ánimo de generar condiciones para que los funcionarios puedancompartir tiempo con sus familias, así como, colaborar con el mejoramiento de la movilidadde los ciudadanos, encuentra viable la flexibilización del horario de trabajo.Que con la flexibilización a que se refiere el inciso anterior, no se afecta la efectividad en laprestación del servicio, ni el cumplimiento de las funciones asignadas a la DirecciónSeccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar, toda vez que la misma estaráacompañada de controles adecuados que permitan potencializar al máximo lascapacidades y habilidades de los servidores públicos.No. 107 Fecha: 2026-02-16RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2Continuación de la Resolución por la cual se establecen los horarios de trabajo en laDirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar

Que con el objetivo de continuar consolidando acciones que contribuyan a mantener elequilibrio entre la vida laboral y familiar, resulta necesario establecer diferentes horarioslaborales en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar.Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVEARTICULO 1°. Establecer tres (3) horarios de trabajo para los servidores públicos ubicadosen la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar en jornada continua,garantizando la prestación de los servicios y la calidad en la atención de los usuarios.1. Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.2. Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.3. Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m.PARAGRAFO 1. Los servidores públicos previa concertación con sus jefes inmediatos,atendiendo las funciones y necesidades de cada área de trabajo, podrán optar por uno delos horarios establecidos, con la posibilidad de alternarlos, siempre y cuando entre uno yotro cambio transcurran al menos seis (6) meses; caso en el cual el servidor público deberáindicar los motivos sustentados que ameriten cambio de horario.PARAGRAFO 2. Los jefes de División y de Grupos Internos de Trabajo remitirán dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a la comunicación de este acto administrativo, larelación consolidada de los servidores públicos de sus dependencias, indicando el horariopor el que cada uno optó; igualmente deberán reportar dentro de los primeros cinco (5) díasde cada mes los cambios que se presenten, con sujeción a los términos establecidos en elparágrafo anterior.PARAGRAFO 3. Lo dispuesto en la presente Resolución no afecta los horariosestablecidos en virtud de la flexibilización laboral en relación con los padres y/o

madrescabeza de familia y por recomendaciones médicas, los cuales están establecidos por laEntidad de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. o de 8:30 a.m. a 5:30 p.m.ARTICULO 2”. Los servidores públicos teletrabajadores podrán concertar con su jefeinmediato uno de los horarios establecidos en el artículo primero de la presente Resolucióny deberán registrar el inicio y la culminación de la jornada laboral, según el mecanismo deregistro y control que se establezca para tales efectos por parte de su jefe inmediato.ARTICULO 3°. Los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanasde Valledupar dispondrán de una (1) hora de almuerzo, en turnos coordinados por los jefesinmediatos, asegurando que durante toda la jornada se garantice la oportuna atención yprestación del servicio.ARTICULO 4”. Se establecen como mecanismos de registro y control del horarioestablecido en los artículos precedentes, el registro electrónico ubicado en las zonas deacceso, sin perjuicio de su modificación y de lo dispuesto para los teletrabajadores.PARAGRAFO 1. El registro electrónico deberá ser realizado por cada servidor público demanera personal. Esta responsabilidad no puede ser transferida a terceros; de lo contrariose aplicarán las medidas disciplinarias a que haya lugar.PARAGRAFO 2. A partir de la entrada en vigor del presente acto administrativo, el registroy control del horario se efectuará únicamente en el piso donde se ubique el puesto detrabajo de cada servidor, registrando la hora de inicio y finalización de la jornada laboral,No. 107 Fecha: 2026-02-16RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3Continuación de la Resolución por la cual se establecen los horarios de trabajo en laDirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar

así mismo al empezar y culminar la hora de almuerzo, en consecuencia, los servidorespúblicos deben generar el registro de cuatro (4) marcaciones diarias.PARAGRAPO 3. En el evento en donde por causas externas o daños del sistema no seencuentre en funcionamiento el registro electrónico, el funcionario debe registrar el ingresoy salida mediante el sistema manual de planillas o el que le sea indicado por su jefeinmediato.ARTICULO 5°. Es responsabilidad del jefe inmediato dar aviso y reportar mediantecomunicación interna al Despacho, la inasistencia a laborar de los servidores públicos a sucargo, así como remitir la certificación sobre las inasistencias injustificadas mes vencidodentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente.ARTICULO 6°. El horario de atención al público será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00p.m., en jornada continua.ARTICULO 7”. Es responsabilidad de cada servidor público cumplir el horario laboral, sopena de las acciones disciplinarias y del respectivo descuento en el pago de suremuneración, de conformidad con lo previsto en el articulo 2.2.5.5.56 del Decreto 051 de2018.ARTICULO 8°. Los (as) jefes de División y de Grupos Internos de Trabajo, deben velar porel cumplimiento de los horarios de trabajo de los funcionarios a cargo. En razón aincumplimientos y/o necesidades del servicio, el jefe directo podrá realizar acciones quegaranticen el cumplimiento del horario.ARTICULO 9°. Publicar la presente Resolución en la página web de la U.A.E. Dirección

deImpuestos y Aduanas Nacionales.ARTICULO 10°. Comunicar la presente Resolución a los servidores públicos de la DirecciónSeccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar, a través de LD (Iddn).ARTICULO 11”. La presente Resolución rige a partir de su comunicación y deroga laResolución 000436 del 6 de junio de 2019 y todas las demás que le sean contrarias.PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASEDada en Valledupar a los dieciséis (16) días del mes de febrero de 2026.Firmado digitalmente porJOSE ALBERTO JOSE ALBERTO DITA MAESTREFecha: 2026.02.16 16:41:26DITA MAESTRE “esh92026021JOSE ALBERTO DITA MAESTREDirector Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar (A)

Consultar sobre este documento ...