DIAN - Resolución 000123 de 13-02-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000123 de 13-02-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- —
RESOLUCIÓN
"Por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante los días 16 y 17 de febrero de 2026 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta.”
El DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SANTA MARTA (A)
En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 5 del artículo 70 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, la Resolución de asignación 001272 del 11 de febrero de 2026 y el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, modificado por los artículos 1 a 3 del Decreto 85 de 1986, dispone que el jefe del organismo podrá establecer el horario de trabajo, garantizando que con el mismo se cumpla la jornada laboral semanal que en él se establece.
Que el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, el Director General de la UAE DIAN delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabaj o en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.
Que mediante la Resolución No.000441 del 08 de julio de 2022 se establece el hor ario de la jornada laboral ordinaria vigente en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, comprendido entre las 07:30 horas hasta las 16:20 horas en jornada continua de lunes a viernes.
la jornada laboral ordinaria vigente en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, comprendido entre las 07:30 horas hasta las 16:20 horas en jornada continua de lunes a viernes.
Que mediante Decreto No.078 del 12 de febrero de 2026 el Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, declara los días lunes 16 y martes 17 de febrero de 2026 como días cívicos no laborales en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta con ocasión a la celebración de las fiestas de carnaval.
Que el numeral 2 de la circular 023 del 17 de julio de 2014, establece que en la época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que le fue delegada podrán distribuir la jornada ordinaria en los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público, adecuando los horarios con el propósito de que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos.
Que es necesario establecer la jornada laboral especial que permita la participación de los servidores públicos en dichas actividades, garantizando en todo caso la prestación del servicio público esencial
Que, por lo anteriorment e ex puesto, el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta,
No. 123
Fecha: 2026-02-13Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante los días 16 y 17 de febrero de 2026 en la Dirección Seccional de Impuestos y
Fecha: 2026-02-13Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante los días 16 y 17 de febrero de 2026 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta. _______________________________________________________________________________
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Establecer para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta el siguiente horario especial de trabajo durante los días 16 y 17 de febrero de 2026. En estas fechas, previa concertación con sus jefes inmediatos y sin que se produzca afectación a las necesidades del servicio, los funcionarios podrán optar por los siguientes horarios de trabajo alternativo:
- Jornada laboral completa el 16 de fe brero de 2026 y día cívico no laboral el día 17 de febrero de 2026. • Jornada laboral completa el 17 de febrero de 2026 y día cívico no laboral el día 16 de febrero de 2026.
PARÁGRAFO 1°: Sin perjuicio del horario aquí establecido en todas las áreas de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta debe prevalecer la continuidad en la prestación del servicio público esencial conforme a las necesidades.
PARÁGRAFO 2°: Los funcionarios manifestarán ante su jefe inmediato por cuál de los horarios establecidos en el artículo 1° optan y los jefes deberán informar al Despacho adjuntando la certificación correspondiente.
ARTÍCULO 2° : Los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta serán responsables del cumplimi ento del horario establecido en
adjuntando la certificación correspondiente.
ARTÍCULO 2° : Los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta serán responsables del cumplimi ento del horario establecido en la presente resolución y los jefes de División y/o Grupo Internos de Trabajo deberán garantizar la continuidad en la prestación del servicio público esencial y efectuar los controles necesarios para garantizar el cumplimiento del horario.
ARTÍCULO 3°: Comunicar la presente resolución a los jefes de División y de Grupos Internos de trabajo de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta.
ARTÍCULO 4°: Publicar la presente resolución en la página web de la Dire cción de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
ARTÍCULO 5º: La presente resolución rige por los días 16 y 17 de febrero de 2026.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santa Marta D.T. C.H. a los trece (13) días del mes de febrero de 2026.
IAN ALBERTO MEJÍA VILLALOBOS
Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta (A)
Proyectó: Marieth De Arce – GIT de Talento Humano
Revisó: Guiselli Collantes – Jefe GIT de Talento Humano
No. 123 Fecha: 2026-02-13