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DIAN - Resolución 000145 de 05-02-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000145 de 05-02-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario, Aduanero y Cambiario
Año

No. 145Fecha: 2026RESOLUCION NÚMEROCódigo 6577

Por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante los días 6, 13, 16 y 17de febrero de 2026 en la Dirección Seccional de Aduanas de BarranquillaLA DIRECTORA SECCIONAL DE ADUANAS DE BARRANQUILLAEn ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial de las dispuestas en elnumeral 9 del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto del 2021 y,CONSIDERANDO:Que el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, modificado por los artículos 1 a 3 delDecreto 85 de 1986, dispone que el jefe del organismo podrá establecer el horario detrabajo, garantizando que con el mismo se cumpla la jornada laboral semanal que en él seestablece.Que el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, elDirector General de la UAE DIAN delega la facultad a los Directores Seccionales paraestablecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad conlas necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horariode atención al público.Que, la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla a la fecha tiene vigente laResolución de Horario N° 00142 de fecha 29 de febrero de 2024.Que, en el numeral 2 de la Circular 023 del 17 de julio del 2014 el Director General de laU.A.E. DIAN imparte lineamientos sobre la flexibilización de horarios para eventosregionales señalando que “ En la época de realización de acontecimientos que haganparte del folclor o

de la cultura local y/o regional, los Directores Seccionales en ejerciciode la facultad que le fue delegada podrán, en conformidad con lo establecido en el incisosegundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de losdías en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio públicoadecuando los horarios con el propósito de que los servidores públicos puedan asistir y/oparticipar en los mismos”.Que, el Carnaval de Barranquilla es un acontecimiento que hace parte del folclor y de lacultura local y/o regional, es la manifestación cultural más importante de Colombia,Patrimonio Cultural de la Nación y Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de laHumanidad, por declaratoria de la Unesco.Que, mediante Decreto No. 0024 de 16 de enero de 2026, la Alcaldía de Barranquilladeclara días cívicos en este Distrito Especial, Industrial y Portuario, los días 14, 15, 16 Y17 de febrero de 2026, fechas en las cuales se llevará a cabo el Carnaval de Barranquilla. ,Que durante los días 6, 13, 16 y 17 de febrero de 2026 se establecen cierres viales paraejercer control de la movilidad y la seguridad de los habitantes de la ciudad, debido a quese celebra este acontecimiento que hace parte del folclor, cultura local y/o regional.

|e, _ No. 145 Fecha: 2026-02-05RESOLUCIÓN NUMERO de Hoja No. 2 Continuación de la Resolución por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcionaldurante los días 6, 13, 16 y 17 de febrero de 2025 en la Dirección Seccional de Aduanasde Barranquilla.

Que es necesario establecer la jornada laboral especial que permita la participación de losservidores públicos en dichas actividades, garantizando en todo caso la prestación delservicio público esencial.Por lo anteriormente expuesto, la Directora Seccional de Aduanas de Barranquilla,RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO: Establecer la siguiente jornada especial laboral y de atención alpúblico, garantizando la continuidad en la prestación del servicio en la Dirección Seccionalde Aduanas de Barranquilla: Viernes 6 de febrero de 2026: Horario de 07:30 a.m. a 12:00 m. Con atención al públicodesde las 08:00 a.m. hasta la 12:00 m. Viernes 13 de febrero de 2026: Horario de 07:30 a.m. a 12:00 m. Con atención al públicodesde las 08:00 a.m. hasta la 12:00 m. Lunes 16 de febrero de 2026: Horario de 07:30 a.m. a 12:00 m. Con atención al públicodesde las 08:00 a.m. hasta las 12:00 m. Martes 17 de febrero de 2026: Horario de 07:30 a.m. a 12:00 m. Con atención al públicodesde las 08:00 a.m. hasta las 12:00 m.Parágrafo: Sin perjuicio del horario aquí establecido en todas las áreas de la DirecciónSeccional de Aduanas de Barranquilla debe prevalecer la continuidad en la prestación delservicio público esencial conforme a las necesidades.ARTICULO SEGUNDO: Los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas

deBarranquilla serán responsables del cumplimiento del horario establecido en la presenteresolución y los jefes de División y/o Grupo Internos de Trabajo deberán garantizar lacontinuidad en la prestación del servicio público esencial y efectuar los controlesnecesarios para garantizar el cumplimiento del horario.ARTICULO TERCERO: Comunicar la presente resolución a los jefes de División y deGrupos Internos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla.ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección deImpuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige los días 6, 13, 16 y 17 de febrero de2026. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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