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DIAN - Resolución 000211-20250925 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000211-20250925 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN

Por la cual se establece, de manera excepcional, el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para el día 3 de octubre de 2025

EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARAUCA (ASIGNADO)

De conformidad con lo establecido y en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en las Resoluciones números 000084 del 27 de agosto de 2021 y 0009173 del 1 de octubre de 2024, y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Bienestar Laboral 2025 se estructura en torno a dimensiones fundamentales que abordan de manera integral el bienestar físico, emocional, social y profesional de los servidores públicos de la DIAN, garantizando así una visión holística de su desarrollo personal y laboral.

Que dicho programa incorpora una sección orientada al Salario Emocional, con el propósito de reconocer y promover beneficios intangibles como la calidad de vida, la flexibilidad laboral y el sentido de pertenencia, lo cual contribuye significativamente al fortalecimiento del compromiso y la satisfacción de los colaboradores con la Entidad.

Que se hace necesario abarcar la dimensión de Salud Física y Entorno , denominada “Programa Vital: deportes, actividad física, recreación y hábitos saludables ”, que comprende todo lo relacionado con la salud física, el ejercicio, la nutrición y el entorno en el que se vive (salud del medio ambiente, aire limpio, espacios adecuados), factores que influyen de manera directa en la vitalidad y la energía de las personas, en concordancia con las dimensiones del Modelo de William Hettler, particularmente la de bienestar físico.

influyen de manera directa en la vitalidad y la energía de las personas, en concordancia con las dimensiones del Modelo de William Hettler, particularmente la de bienestar físico.

Que, en virtud de lo anterior, y con el fin de promover un estilo de vida saludable entre los colaboradores de la Entidad, mediante estrategias que fomenten la práctica regular de deportes, actividades físicas y recreativas, así como la adopción de hábitos saludables para mejorar su bienestar integral, aumentar su calidad de vida y fortalecer su desempeño laboral, se hace necesario que el día 3 de octubre de 2025 se flexibilice el horario de atención al público hasta la 1:00 p. m., de manera que, durante el resto de la jornada de la tarde, los funcionarios participen en una actividad recreativa fuera de la sede administrativa.

En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Establecer, de manera excepcional, el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para el día 3 de octubre de 2025, en jornada continua de 7:30 a. m. a 1:00 p. m.

Parágrafo 1. El Puesto de Control del Puente Internacional General José Antonio Páez continuará prestando el servicio en caso de requerirse para facilitar inaplazables operaciones de comercio exterior que impliquen trámites administrativos y la inspección de mercancías.

Parágrafo 2. Con el fin de garantizar la recepción de comunicaciones oficiales de entrada que se generen el 3 de octubre de 2025 después de la 1:00 p. m. y hasta las 4:00 p. m.,

mercancías.

Parágrafo 2. Con el fin de garantizar la recepción de comunicaciones oficiales de entrada que se generen el 3 de octubre de 2025 después de la 1:00 p. m. y hasta las 4:00 p. m., se dispone para tal efecto el correo institucional: corresp_entrada_arauca@dian.gov.co.

No. 211

Fecha: 2025-09-25RESOLUCIÓN de Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se establece, de manera excepcional, el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para el día 3 de octubre de 2025 ” _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO 2º. Los jefes de División deberán garantizar la adecuada prestación del servicio al público en la fecha indicada en el artículo anterior y velar por el cumplimiento del horario laboral por parte de los funcionarios a su cargo.

ARTÍCULO 3º. La presente resolución aplica únicamente para el horario de atención al público correspondiente al día 3 de octubre de 2025.

A partir del 6 de octubre de 2025 , se retomará el horario habitual establecido en la Resolución Nº 259 del 11 de octubre de 2022, expedida por esta Dirección Seccional.

ARTÍCULO 4º. Comuníquese el contenido de la presente resolución a todos los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca mediante correo electrónico institucional.

ARTÍCULO FINAL. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

electrónico institucional.

ARTÍCULO FINAL. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Arauca, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de dos mil veinticinco (2025).

JOSÉ LIBARDO CASTILLO OSPINA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca (A)

Revisó y aprobó: José Libardo Castillo Ospina.

Proyectó: Endy Ruth Jiménez Reyes.

No. 211 Fecha: 2025-09-25

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